NRS § 453.337 y NRS § 453.338 son las leyes de drogas de Nevada que hacen “ilegal que una persona posea con el propósito de vender cualquier sustancia controlada”. La mayoría de los cargos se presentan como una felonía de categoría D sancionable con 1 a 4 años de prisión estatal y hasta $5000.00 en multas.
La posesión de drogas con la intención de venderlas siempre es una felonía. La sentencia exacta depende del tipo de droga y la cantidad. El tribunal puede otorgar la libertad condicional en lugar de la prisión por una condena por primera vez.
Los fiscales pueden reducir los cargos si no pueden demostrar que las drogas estaban destinadas a la venta. Si la policía encontró las drogas a través de una búsqueda ilegal, el caso puede ser desestimado completamente.
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal de Las Vegas responden preguntas frecuentes sobre la posesión de drogas con la intención de venderlas en Nevada:
- 1. ¿Cuál es la definición de “posesión para la venta” en Nevada?
- 2. ¿Cómo prueban los fiscales la “intención de vender”?
- 3. ¿Qué drogas están prohibidas?
- 4. ¿Cuáles son las defensas?
- 5. ¿Cuáles son las penas?
- 6. ¿Se pueden desestimar los cargos?
- 7. ¿Puedo sellar el registro?
- 8. ¿Seré deportado?
- 9. Delitos relacionados
- 10. ¿Necesito un abogado?
La posesión de drogas con la intención de venderlas es una felonía en Nevada según los NRS 453.337 y NRS 453.338.
1. ¿Cuál es la definición de “posesión para la venta” en Nevada?
La posesión para la venta es tener una sustancia controlada con la intención de venderla. Por lo tanto, los NRS 453.337 y NRS 453.338 prohíben las ventas de drogas que aún no han tenido lugar y que tal vez nunca tengan lugar.
Predictablemente, la posesión para la venta es un delito más grave que mantener drogas para uso personal (NRS 453.336). Además, es un delito menos grave que vender drogas (NRS 453.321).1
La posesión para la venta también se conoce como “posesión para el propósito de la venta” y “PCSWITS” — abreviatura de posesión de una custancia sometida a control con intención de vender.
Para obtener información sobre la marihuana en particular, lea nuestro artículo sobre posesión de marihuana para la venta.
2. ¿Cómo demuestran los fiscales la “intención de vender”?
Los fiscales se basan en pruebas circunstanciales para demostrar que tenía la intención de vender drogas. Seis indicadores comunes de “intención de vender” incluyen:
- Almacenó las drogas en cantidades “listas para vender” premedidas en contenedores o bolsas separadas.
- Llevaba un arma de fuego, presumiblemente para protegerse si la transacción de drogas salía mal.
- Tenía una gran cantidad de drogas, más de lo que la mayoría de los usuarios recreativos mantienen.
- No estaba drogado y no tenía parafernalia de drogas, lo que podría indicar que era un vendedor y no un usuario.
- Llevaba mucho dinero en efectivo, especialmente billetes pequeños, lo que podría indicar ventas ilegales.
- Lo encontraron en un área conocida por las transacciones de drogas.2
Ciertamente, ninguna de estas circunstancias por sí sola prueba que tenía la intención de vender drogas. Puede haber explicaciones inocentes para todas ellas. Aunque la policía sí usa estos indicadores para decidir si arrestarlo por posesión para uso personal o posesión para la venta.
3. ¿Qué drogas están prohibidas?
La ley de Nevada prohíbe la posesión de cualquier sustancia controlada con el propósito de venderla. Hay cinco calendarios (categorías) de sustancias controladas en los EE. UU.3
Calendario de narcóticos | Ejemplos comunes |
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4. ¿Cuáles son las defensas?
La mejor manera de combatir cargos de “posesión para la venta” en Nevada depende de las circunstancias del caso. Las defensas comunes incluyen:
- Las drogas pertenecían a otra persona;
- No tenías la intención de vender las drogas; o
- La policía realizó una búsqueda ilegal
4.1. Las drogas pertenecían a otra persona
A veces la policía arresta a transeúntes inocentes durante las redadas.
En el calor de una redada de drogas, la policía puede arrestar a personas inocentes que estaban en el lugar equivocado en el momento equivocado. Tal vez solo eras un amigo del verdadero traficante de drogas. O tal vez estabas buscando comprar las drogas, no venderlas.
Typicalmente, la evidencia en estos casos incluye testimonios de testigos y vídeos de vigilancia. Si no hay pruebas suficientes de que poseías las drogas, el caso puede ser desestimado.
4.2. No tenías la intención de vender las drogas
“Intención de vender” es un concepto intangible que es difícil de probar. Mientras que una venta de drogas real puede ser testigo y grabada, la intención de vender drogas se trata de tu estado mental. Como se discutió anteriormente en la sección 2, los fiscales rara vez tienen evidencia directa para respaldar un cargo de posesión para la venta.
Por lo tanto, el abogado defensor trataría de mostrar que hay “duda razonable” de que estabas planeando hacer una venta. Si los fiscales están de acuerdo en que su caso es demasiado débil, pueden reducir el cargo de posesión para la venta a posesión para uso personal.
4.3. La policía realizó una búsqueda ilegal
De acuerdo con la Cuarta Enmienda, la policía debe seguir estrictas pautas al buscar personas, vehículos y hogares. Cada vez que la policía encuentra evidencia de una búsqueda ilegal, puede presentar una moción para suprimir ante el tribunal. Esta moción pide al tribunal que desestime (“suprima”) cualquier evidencia que la policía obtuvo ilegalmente.
Si el tribunal concede la moción para suprimir, el estado puede tener demasiada poca evidencia para procesar. El estado puede luego acordar reducir los cargos o desestimar el caso por completo.
5. ¿Cuáles son las penas?
La pena de Nevada por posesión para la venta depende del horario de la droga y de tu historial criminal. La libertad condicional sin tiempo de prisión puede ser posible para un delito por primera vez.4
Sustancia controlada | Penas de Nevada por posesión para la venta | |||||||
Horario I, Horario II, Flunitrazepam, o Gamma-hidroxibutirato (GHB) | 1er delito Delito de categoría D:
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2do delito
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3er o subsiguiente delito
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Programa III, Programa IV, o Programa V | 1er o 2do delito Delito de categoría D
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3er o subsiguiente delito Delito de categoría C:
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*El tribunal puede otorgar la libertad condicional o una sentencia suspendida en lugar de prisión. El tribunal solo puede otorgar la libertad condicional si existen circunstancias atenuantes. Tenga en cuenta que la posesión de parafernalia de drogas con la intención de venderla es un delito de categoría E. Las condenas por delitos de categoría E conllevan libertad condicional y una sentencia suspendida. (Aunque si tiene dos o más condenas previas por delitos mayores, el tribunal puede imponer de uno a cuatro años en la Cárcel Estatal de Nevada y hasta $5,000 en multas).5 6. ¿Se pueden desestimar los cargos?Los fiscales en casos de drogas a menudo están dispuestos a negociar un acuerdo de declaración de culpabilidad a cambio de no ir a juicio. Los fiscales pueden acordar desestimar un cargo de posesión para la venta si el abogado defensor puede demostrar que el caso del estado es débil. (Desplácese hacia arriba hasta la sección 4 para conocer las estrategias de defensa comunes). Como alternativa, los fiscales pueden acordar reducir el cargo a posesión para uso personal. Esto suele ser un delito de categoría E sin tiempo de prisión para un primer delito. Otra opción es que los fiscales reduzcan el cargo a un delito menor según el NRS 454.351. Siempre que cumpla todos los términos de la sentencia, como el servicio comunitario, el juez no impondrá prisión. 7. ¿Puedo sellar el registro?Las condenas por posesión para la venta pueden sellarse cinco años después de que finalice el caso. El período de espera puede ser más corto si el caso se reduce a un cargo menor. Si el caso se desestima, no se requiere espera.6
| 5 años después de que finalice el caso | |||||||
Sin condena (disminución) | Inmediatamente |
Aprende sobre cómo obtener un sello de registro de Nevada.
8. ¿Seré deportado?
La posesión de drogas para la venta es un delito deportable. No importa si la droga era solo marihuana.7
Cualquier no ciudadano acusado de un delito de narcóticos debe contratar un abogado de inmediato. Reducir o desestimar la acusación puede ser la única forma del inmigrante de permanecer en los EE. UU.
9. Delitos relacionados con drogas
9.1. Posesión
La posesión según el NRS 453.366 es simplemente tener drogas para uso personal. Es el delito de drogas menos grave en Nevada, y generalmente puedes evitar la cárcel como un delincuente de primera vez. Sin embargo, una condena puede hacer que los posibles empleadores te descarten para un trabajo.
9.2. Venta
El segundo delito de drogas más grave de Nevada es la venta de narcóticos según el NRS 453.321. La venta comprende el intercambio de drogas por cualquier cosa de valor, incluyendo dinero en efectivo, joyas u otra propiedad. En algunos casos, es posible que se te otorgue la libertad condicional en lugar de la prisión como delincuente de primera vez.
9.3. Tráfico
El tráfico en Nevada comprende cualquier acto que involucre grandes cantidades de drogas de programa I o II, GHB o Rohypnol, incluso la posesión para uso personal. El tráfico conlleva las penas más duras y las multas más altas de cualquier delito de drogas. Incluso entonces, si aceptas ser un informante, es posible que puedas evitar la encarcelación. Lee más sobre tráfico de narcóticos (NRS 453.3385).
Llama a nuestros abogados de defensa penal de Las Vegas para una consulta hoy.
10. ¿Necesito un abogado?
Cualquiera acusado de un delito de drogas en Nevada debe luchar contra él ya que las consecuencias son tan altas. La mejor defensa es un buen abogado de defensa que cuestione las pruebas del estado y agote a los fiscales.
Si has sido arrestado por un delito de drogas en Nevada, llama a nuestros abogados de drogas de Nevada. Es posible que podamos persuadir al estado para reducir o desestimar la acusación para que te mantengas fuera de la cárcel y tu registro permanezca limpio.
¿Habla español? Obtenga información sobre las leyes de Nevada sobre posesión de drogas para la venta.
¿Arrestado en California? Vea nuestro artículo sobre Código de Salud y Seguridad 11351 HS.
Referencias Legales
- NRS 453.337. Poseer ilegalmente para la venta flunitrazepam, gamma-hidroxibutirato y sustancias de la lista I o II; penas.
1. Excepto cuando se autorice de otra forma por las disposiciones de NRS 453.011 a 453.552, inclusive, es ilegal para una persona poseer con el propósito de vender flunitrazepam, gamma-hidroxibutirato, cualquier sustancia de la que el flunitrazepam o el gamma-hidroxibutirato sea un precursor inmediato o cualquier sustancia controlada clasificada en la lista I o II.
2. A menos que se establezca una pena mayor en NRS 453.3385 o 453.339, se castigará a la persona que viole esta sección de la siguiente manera: (a) Por la primera ofensa, con un delito de categoría D según lo dispuesto en NRS 193.130. (b) Por la segunda ofensa, o si, en el caso de una primera condena por violar esta sección, el infractor haya sido previamente condenado por un delito bajo la Ley Uniforme de Sustancias Controladas o por un delito bajo las leyes de los Estados Unidos o de cualquier estado, territorio o distrito que, si se cometiera en este Estado, equivalería a un delito bajo la Ley Uniforme de Sustancias Controladas, con un delito de categoría C según lo dispuesto en NRS 193.130. (c) Por la tercera o subsiguientes ofensas, o si el infractor haya sido previamente condenado dos o más veces por un delito bajo la Ley Uniforme de Sustancias Controladas o por cualquier delito bajo las leyes de los Estados Unidos o de cualquier estado, territorio o distrito que, si se cometiera en este Estado, equivalería a un delito bajo la Ley Uniforme de Sustancias Controladas, con un delito de categoría B mediante la prisión en la cárcel estatal por un término mínimo de no menos de 3 años y un término máximo de no más de 15 años, y se puede castigar adicionalmente con una multa de no más de $20,000 por cada ofensa.
3. Excepto como se dispone en este subapartado, a menos que existan circunstancias atenuantes que justifiquen la concesión de la libertad condicional, el tribunal no concederá la libertad condicional ni suspenderá la sentencia de una persona condenada por violar esta sección y que sea castigable de conformidad con el párrafo (b) o (c) del apartado 2. El tribunal no concederá la libertad condicional ni suspenderá la sentencia de una persona condenada por violar esta sección, incluso si existen circunstancias atenuantes que de otra forma justificarían la concesión de la libertad condicional, si la persona violó esta sección al poseer flunitrazepam, gamma-hidroxibutirato o cualquier sustancia de la que el flunitrazepam o el gamma-hidroxibutirato sea un precursor inmediato.NRS 453.338. Poseer ilegalmente para la venta sustancias clasificadas en la lista III, IV o V; penas.
1. Excepto cuando se autorice de otra forma por las disposiciones de NRS 453.011 a 453.552, inclusive, es ilegal para una persona poseer con el propósito de vender cualquier sustancia controlada clasificada en la lista III, IV o V.
2. Se castigará a la persona que viole esta sección de la siguiente manera: (a) Por la primera y segunda ofensas, con un delito de categoría D según lo dispuesto en NRS 193.130, y se puede castigar adicionalmente con una multa de no más de $10,000. (b) Por la tercera o subsiguientes ofensas, o si el infractor haya sido previamente condenado dos o más veces por un delito bajo la Ley Uniforme de Sustancias Controladas o por cualquier delito bajo las leyes de los Estados Unidos o de cualquier estado, territorio o distrito que, si se cometiera en este Estado, equivalería a un delito bajo la Ley Uniforme de Sustancias Controladas, con un delito de categoría C según lo dispuesto en NRS 193.130.
3. A menos que existan circunstancias atenuantes que justifiquen la concesión de la libertad condicional, el tribunal no concederá la libertad condicional ni suspenderá la sentencia de una persona condenada por violar esta sección y que sea castigable de conformidad con el párrafo (b) del apartado 2.Vea LaChance v. State, 321 P.3d 919, 130 Nev. Adv. Rep. 29 (2014).
- Vea, por ejemplo, State v. Stinnett, 104 Nev. 398, 760 P.2d 124 (1988). También vea Figueroa-Beltran v. United States, 136 Nev. Adv. Op. 45 (2020) (“la identidad de una sustancia es un elemento del delito descrito en NRS 453.337, de modo que cada sustancia controlada de la lista I o II poseída simultáneamente con la intención de venderla constituye un delito separado.”).
- Programación de drogas de la DEA.
- NRS 453.337; NRS 453.338.
- NRS 453.560.
- NRS 179.245; NRS 179.255.
- 8 U.S.C. § 1227.