La ley de Nevada considera un delito contribuir a la delincuencia de un menor. Específicamente, esto significa causar que una persona menor de 18 años:
- mendigue en público, esté indigente, sin hogar, o viva en un burdel u otro hogar inadecuado;
- no tenga supervisión adulta, esté en compañía de delincuentes o en un salón;
- consuma drogas o alcohol o de otro modo infrinja la ley; o
- falte habitualmente a la escuela o lleve una vida ociosa o inmoral.
Una violación de NRS 201.110 es un delito menor con castigos máximos de:
- 6 meses en la cárcel, y/o
- $1,000
Puede ser posible que los cargos por delincuencia contributiva sean desestimados o reducidos como parte de un acuerdo de culpabilidad. Los argumentos típicos de defensa incluyen:
- Usted fue víctima de acusaciones falsas,
- No hubo delincuencia, o
- Su comportamiento estaba legalmente protegido
El texto completo del estatuto dice:
NRS 201.110. 1. Salvo que se disponga lo contrario en esta sección, cualquier persona que cometa cualquier acto u omita el cumplimiento de cualquier deber, cuyo acto u omisión cause o tienda a causar o fomentar que cualquier persona menor de 18 años se convierta en un “niño descuidado”, “niño que necesita supervisión” o “niño delincuente”, según se define en NRS 201.090, 201.100 y 201.110 o cuyo acto u omisión contribuya a ello, o cualquier persona que, por cualquier acto u omisión, o por amenazas, órdenes o persuasión, induzca o intente inducir a cualquier persona menor de 18 años a realizar cualquier acto o seguir cualquier conducta o vivir de tal manera que cause o manifiestamente tienda a causar que dicha persona se convierta o permanezca como un “niño descuidado”, “niño que necesita supervisión” o “niño delincuente”, según se define en NRS 201.090, es culpable de negligencia contributiva o delincuencia contributiva. La negligencia contributiva o delincuencia contributiva es un delito menor.
2. Una persona no comete una violación del inciso 1 por el solo hecho de entregar o inducir la entrega de un niño a un proveedor de servicios de emergencia conforme a NRS 432B.630.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Las Vegas, Nevada discuten:
- 1. ¿Qué es “contribuir a la delincuencia de un menor”?
- 2. ¿Cuáles son las penas?
- 3. ¿Cómo lucho contra los cargos?
- 4. ¿Cuándo se puede sellar el expediente?
- 5. ¿Existen consecuencias migratorias?
- 6. Delitos relacionados
- Lectura adicional
1. ¿Qué es “contribuir a la delincuencia de un menor”?
Es un delito en Nevada contribuir al comportamiento delincuente o negligente de un niño. Específicamente, enfrenta cargos por delincuencia contributiva por causar que un niño (menor de 18 años) se encuentre en cualquiera de las siguientes 14 situaciones:
- mendigar en la calle u otro lugar público;
- no tener padre o tutor que ejerza el control parental adecuado;
- estar indigente o sin las necesidades básicas;
- vivir en un hogar inadecuado para un niño;
- vivir en un burdel;
- estar sin hogar;
- mantener compañía de delincuentes o vagabundos;
- visitar un salón;
- consumir alcohol o drogas;
- negarse a obedecer las órdenes razonables de los padres o tutores;
- faltar habitualmente a la escuela;
- llevar una vida ociosa, disoluta, lasciva o inmoral;
- comportarse de manera indecente o inmoral; o
- infringir la ley1
Tenga en cuenta que contribuir a la delincuencia de un menor es diferente de abuso infantil (NRS 200.508), que típicamente implica causar daño físico, sexual o mental.2
Leyes de Refugio Seguro
Tenga en cuenta que las leyes de “refugio seguro” de Nevada permiten dejar legalmente bebés de no más de 30 días en:
- un hospital, un centro obstétrico o un centro independiente de atención médica de emergencia con licencia conforme al capítulo 449 de NRS;
- una agencia pública de bomberos, incluyendo, sin limitación, un departamento de bomberos voluntario;
- una agencia de aplicación de la ley (como un departamento de policía o sheriff);
- un servicio de ambulancia que tenga un permiso emitido conforme a las disposiciones del capítulo 450B de NRS; o
- una agencia que provea servicios de bienestar infantil.
Si entrega de forma segura a sus bebés de 30 días o menos en cualquiera de estos “refugios”, no enfrentará enjuiciamiento penal por delincuencia contributiva.3
NRS 201.110 considera delito menor contribuir a la delincuencia de un menor.
2. ¿Cuáles son las penas?
Como delito menor, contribuir a la delincuencia de un menor conlleva una sentencia de:
- hasta seis (6) meses en la cárcel, y/o
- hasta $1,000 en multas4
Es raro que los jueces ordenen cárcel para un delito menor por primera vez. Sin embargo, dado que estas situaciones involucran el bienestar infantil, los jueces pueden ser menos propensos a dejarlo solo con una multa. Por lo tanto, debe contratar un abogado para luchar contra los cargos y negociar la mejor resolución posible.
Dado que contribuir a la delincuencia de un menor es solo un delito menor, es un delito favorable para acuerdos de culpabilidad a delitos menores: Por ejemplo, poner en peligro a un niño conlleva penas más severas que la delincuencia contributiva, y los fiscales pueden estar dispuestos a reducir el cargo de poner en peligro a un niño a delincuencia contributiva en algunos casos.
3. ¿Cómo lucho contra los cargos?
La mejor manera de luchar contra los cargos de delincuencia contributiva depende de los hechos del caso. Algunas defensas comunes incluyen:
- Usted fue acusado falsamente
- No hubo delincuencia
- Su comportamiento estaba legalmente protegido
Usted fue acusado falsamente
A veces, la policía arresta a la persona equivocada por accidente. A veces, personas —especialmente niños enojados o ex parejas— acusan deliberadamente a una persona inocente por venganza.
Investigaríamos la situación y recopilaríamos pruebas —como comunicaciones y grabaciones pasadas— para mostrar que el acusador pudo haber tenido motivos para mentir y que usted no hizo nada malo. Si el fiscal no logra probar la culpabilidad más allá de toda duda razonable, el cargo debería ser desestimado.
No hubo delincuencia
La crianza “mala” o “perezosa” no equivale necesariamente a contribuir a la delincuencia de un niño. Por ejemplo:
- Alimentar a un niño con comida procesada o chatarra no contribuye a que carezca de las necesidades básicas; o
- Permitir que un niño vea televisión todo el día no contribuye a que lleve una vida inmoral.
El hecho de que un niño tenga hábitos indeseables no lo hace delincuente. Si la policía lo arrestó apresuradamente bajo cargos de NRS 201.110, habríamos reunido pruebas para mostrar que nada de lo que hizo alcanzó el nivel de delincuencia contributiva.
Su comportamiento estaba legalmente protegido
La policía puede ser demasiado entusiasta al arrestar a adultos que parecen contribuir a la delincuencia infantil pero que en realidad solo están ejerciendo sus derechos para imponer un castigo razonable. Por ejemplo, es perfectamente legal en Nevada castigar a sus hijos mediante:
- mandarlos a su habitación,
- no permitirles participar en ciertas actividades, o
- privarlos de una cena.
En estas situaciones, argumentaríamos que nada en el texto de NRS 201.110 se aplica a sus acciones. El fiscal podría entonces estar de acuerdo en retirar los cargos.
4. ¿Cuándo se puede sellar el expediente?
Hay un período de espera de un (1) año para sellar una condena bajo NRS 201.110. Tenga en cuenta que el período de espera comienza después de que termina el caso, no después del arresto inicial o veredicto de culpabilidad.5
No hay período de espera para sellar un expediente si el caso NRS 201.110 es desestimado (lo que significa que no hay condena). Sin embargo, el proceso de sellado de expediente en sí toma varios meses.6
Contribuir a la delincuencia juvenil conlleva hasta $1,000 en multas y/o seis meses en la cárcel.
5. ¿Existen consecuencias migratorias?
Aunque la delincuencia contributiva es un delito menor, un no ciudadano condenado por violar NRS 201.110 aún podría ser deportado si el tribunal considera que el delito es un crimen de turpitud moral.
Por lo tanto, cualquier extranjero sospechoso de delincuencia contributiva debe contratar un abogado experimentado de inmediato que pueda lograr que el cargo sea desestimado o cambiado a un delito no deportable.7
6. Delitos relacionados
Proveer alcohol a una persona menor de 21 años
Puede ser acusado de proveer alcohol a una persona menor de 21 años por cualquiera de los siguientes motivos:
- vender o dar alcohol a una persona menor de edad;
- dejar alcohol en un lugar con la intención de que una persona menor de edad lo tome; o
- dar dinero a una persona menor de edad sabiendo que usará ese dinero para obtener alcohol
Este delito es un delito menor que conlleva hasta seis (6) meses en la cárcel y/o hasta $1,000 en multas.8
Ayudar a un niño a poseer un arma
Permitir que un menor posea un arma de fuego sin permiso y supervisión legal es un delito. (En algunas situaciones, hay excepciones relacionadas con la caza, entrenamiento o el ejército.)
Permitir que un niño no violento tenga un arma es un delito menor que conlleva hasta seis (6) meses en la cárcel y/o hasta $1,000 en multas. Si el niño es violento, proveerle un arma es un delito grave.9
Dejar a un niño sin supervisión en un automóvil
Nevada prohíbe dejar a un niño menor de ocho (8) años en un automóvil si las llaves están en el encendido o las condiciones son potencialmente peligrosas, a menos que una persona de doce (12) años o más supervise activamente al niño.
Como delito menor, dejar a un niño sin supervisión en un automóvil conlleva hasta seis (6) meses en la cárcel y/o hasta $1,000 en multas.10
Engañar a un niño
La ley de Nevada prohíbe contactar a un niño menor de dieciséis (16) años y que sea al menos cinco (5) años menor que usted con la intención de llevarse al niño sin el consentimiento del tutor. Si el propósito del engaño fue sexual, la edad del niño es irrelevante: lo único que importa es que usted creyó que la víctima era menor de 16 años y al menos 5 años menor.
Engañar a un niño puede ser un delito menor grave o un delito grave.11
Lectura adicional
Para información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Absentismo escolar: no se trata solo de faltar a la escuela – Child and Adolescent Social Work Journal.
- Percepciones de los ausentes sobre factores familiares como causas del absentismo escolar y no asistencia – Journal of Psychology.
- Contribuir a la delincuencia: un ejercicio de especulación judicial – Akron Law Review.
- Factores que contribuyen a la delincuencia juvenil – American Institute of Criminal Law & Criminology.
- Contribuir a la delincuencia – St. Louis University Law Journal.
Referencias legales
- NRS 201.110. Véase Martin v. State (Nev. 2021) 499 P.3d 1176.
NRS 201.090 “Niño descuidado”, “niño delincuente” y “niño que necesita supervisión” definidos. Según se usa en NRS 201.100 y 201.110, salvo que el contexto requiera lo contrario, un “niño descuidado”, “niño delincuente” o “niño que necesita supervisión” significa cualquier persona menor de 18 años:
1. Que se encuentre mendigando, recibiendo o juntando limosnas, o que se encuentre en cualquier calle, camino o lugar público con ese propósito, ya sea mendigando realmente o bajo el pretexto de vender o ofrecer a la venta cualquier artículo, o de cantar o tocar algún instrumento musical, o de dar algún entretenimiento público o acompañar o ser usado en ayuda de cualquier persona que así lo haga.
2. Que no tenga padre o tutor, que no tenga padre o tutor dispuesto o capaz de ejercer el control parental adecuado, o que no tenga padre o tutor que ejerza realmente dicho control adecuado, y que necesite tal control.
3. Que esté indigente, o que no reciba las necesidades de la vida de sus padres, y que no tenga otros medios para obtener tales necesidades.
4. Cuyo hogar sea un lugar inadecuado para el niño, por negligencia, crueldad o depravación de cualquiera de sus padres, tutores u otra persona a cuyo cuidado esté el niño.
5. Que se encuentre viviendo en cualquier casa de mala fama, o con persona de mala reputación.
6. Que se encuentre vagando y que no tenga hogar, lugar fijo de residencia, medios visibles de subsistencia o tutela adecuada.
7. Que frecuenta la compañía de delincuentes, vagabundos o prostitutas, o personas así reputadas, o que esté en cualquier casa de prostitución o cita.
8. Que visite ilegalmente un salón donde se vendan, cambien o regalen bebidas alcohólicas.
9. Que use habitualmente bebidas alcohólicas o use opio, cocaína, morfina u otra droga similar sin la dirección de un médico competente.
10. Que persistentemente o habitualmente se niegue a obedecer las órdenes razonables y adecuadas de sus padres, tutor o custodio, o que esté fuera del control de dicha persona.
11. Que sea un ausente habitual de la escuela.
12. Que lleve, o por cualquier causa esté en peligro de llevar, una vida ociosa, disoluta, lasciva o inmoral.
13. Que escriba o use lenguaje vil, obsceno, profano o indecente, o que sea culpable de conducta indecente, inmoral o lasciva.
14. Que viole cualquier ley de este Estado o cualquier ordenanza de cualquier pueblo, ciudad o condado de este Estado que defina un delito.–> Cualquier niño que sea fugitivo, ingobernable o ausente habitual es un niño que necesita supervisión según se usa ese término en el título 5 de NRS, y no es un niño delincuente.NRS 201.100 Cómo se puede denominar el delito. Cuando el cargo contra cualquier persona bajo NRS 201.090, 201.100 y 201.110 se refiere a la negligencia de un niño o niños, o a los problemas de un niño que necesita supervisión, el delito, para conveniencia, puede denominarse “negligencia contributiva”, y cuando se refiere a la delincuencia de un niño o niños, para conveniencia puede denominarse “delincuencia contributiva.”
Véase, por ejemplo: Ex parte Converse, (1921) 45 Nev. 93, 198 P. 229; Hudson v. City of Las Vegas, (1965) 81 Nev. 677, 409 P.2d 245. - NRS 200.508.
- NRS 201.110. NRS 432B.630 (“Ley de Protección de Bebés Refugio Seguro”).
- Id.
- NRS 179.245.
- NRS 179.255.
- 8 U.S.C. § 1227.
- NRS 202.055.
- NRS 202.300.
- NRS 202.575.