Cuando te arrestan en Colorado, puede ser posible asegurar tu liberación mediante el pago de una fianza ante el tribunal. Una fianza sirve como una promesa monetaria de que asistirás a todos los procedimientos judiciales futuros a cambio de poder permanecer fuera de custodia durante el caso.
Aquí hay cinco cosas clave que debes saber:
- Una vez que tu caso penal termine, el juez ordenará que el dinero de la fianza sea devuelto (“exonerado”).
- El dinero de la fianza se exonera independientemente de si tu cargo penal resulta en desestimación, absolución o condena.
- Sin embargo, si no te presentas en la corte, el juez puede confiscar la fianza, lo que significa que el dinero de la fianza nunca será devuelto.
- Si no puedes pagar la fianza en efectivo o con tarjeta de crédito, puedes contratar a un fiador por solo el 15% del monto de la fianza.
- Para infracciones menores y delitos menores, a menudo es posible obtener una liberación bajo palabra sin pagar fianza.

En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal y abogados de DUI en Denver abordarán los siguientes temas clave sobre las leyes de fianzas en Colorado.
- 1. Pago de fianza
- 2. Montos de fianza
- 3. Fianzas
- 4. Condiciones de la fianza
- 5. Salir del estado
- 6. Regla de 48 horas
- 7. Apelación de la fianza
- 8. Incumplimiento de comparecencia
- 9. Devolución de la prima de la fianza
- 10. Faltar a la corte
- 11. Leyes de fianzas de Colorado en resumen
- Preguntas frecuentes
- Lectura adicional
1. Pago de fianza
Si un ser querido es arrestado en Colorado y no puedes pagar la fianza por tu cuenta, puedes encontrar fiadores locales mediante una búsqueda en internet. Puedes llamarlos o visitar su oficina para discutir los siguientes pasos.
Cuando contratas a un fiador para liberar a tu ser querido, eres considerado un garante o co-firmante. Debes tener al menos 18 años ya que se requiere un contrato escrito.
Para que un fiador publique una fianza ante el tribunal, él o ella:
- te cobrará una prima no reembolsable, usualmente el 15% del monto total de la fianza, y
- asegurará una garantía para el 85% restante en caso de que tu ser querido no se presente en la corte y el juez confisque la fianza.
Los fiadores generalmente aceptan pagos con tarjeta de crédito, y algunos también permiten pagos a plazos. También puede que necesites pagar extra si el fiador debe almacenar tu garantía en un depósito público.
Una vez que el fiador publica la fianza ante el tribunal, tu ser querido debería ser liberado en unas pocas horas. Mientras obedezca todas las órdenes judiciales y se presente en futuras audiencias, no deberías tener que tratar con el fiador nuevamente.
Sin embargo, si tu ser querido no se presenta en la corte, el tribunal emitirá una orden de arresto y puede confiscar el monto de la fianza. Esto significa que el fiador:
- enviará a un cazarrecompensas para encontrar a tu ser querido y llevarlo a la corte, y
- usará tu garantía para reembolsarse por la fianza confiscada y cualquier gasto de caza de recompensas.1
La posibilidad de confiscación es la razón por la que es esencial no asumir la responsabilidad de contratar a un fiador a menos que estés seguro de que tu ser querido cumplirá con las órdenes judiciales. Además, asegúrate de conservar una copia de tu contrato y obtener un recibo por tu prima y garantía.2
Ten en cuenta que los fiadores no pueden solicitarte servicios; debes contactarlos tú. Si tu ser querido contacta a un agente de fianzas mientras está en custodia y te nombra como co-firmante, está bien que el agente te llame.
Consulta nuestro artículo relacionado, Agente de recuperación de fugitivos en Colorado – Cómo funcionan los cazarrecompensas.
2. Montos de fianza
Cada condado y municipio de Colorado tiene su propio calendario de fianzas que asigna a cada delito menor y delito grave un monto estándar de fianza.
Algunas infracciones, como infracciones menores de tráfico, no requieren fianza. Violaciones más graves, como un delito grave de clase 1 por asesinato en primer grado, no tienen montos de fianza bajo las directrices; por lo tanto, el acusado debe permanecer en custodia hasta la resolución del caso.
Los jueces tienen la discreción de desviarse del calendario de fianzas según las circunstancias únicas del acusado, tales como si:
- tiene historial de no presentarse en la corte,
- representa un peligro para la comunidad, y
- tiene la capacidad financiera para pagar la fianza.
Los tribunales pueden usar la Herramienta de Evaluación Preliminar de Colorado (CPAT) para determinar si una persona probablemente regresará a la corte y/o reincidirá mientras está en libertad. Esto implica asignar una puntuación basada en los siguientes factores:
- Tener un teléfono fijo o móvil
- Ser propietario o arrendatario de una residencia
- Contribuir a los pagos residenciales
- Problemas pasados o actuales con el alcohol
- Tratamiento de salud mental pasado o actual
- Edad al primer arresto
- Sentencia previa en cárcel
- Sentencia previa en prisión
- Tener órdenes de arresto activas
- Tener otros casos pendientes
- Estar bajo supervisión actualmente
- Historial de revocación de fianza o supervisión
Según la puntuación del acusado, se le asigna a una categoría de riesgo que se relaciona con la probabilidad de
- presentarse en la corte o
- reincidir mientras está en libertad.
Bajo la ley penal estatal, el nivel 1 es la categoría de menor riesgo pre-juicio, siendo el nivel 4 la categoría de mayor riesgo.
Si no puedes pagar la fianza de tu ser querido, el abogado defensor puede solicitar siempre una audiencia de fianza para pedir una fianza menor o incluso sin fianza. Aunque es probable que los fiscales lo impugnen y pidan una fianza más alta.
Ten en cuenta que si pagas la fianza en línea con tarjeta de crédito, la tarifa de procesamiento está limitada a $10.3
Derecho a una revisión de fianza a los siete días
Bajo C.R.S. 16-4-107, si no has sido liberado dentro de los siete días posteriores a la fijación de la fianza, tienes derecho a una revisión formal de esas condiciones.
Durante esta audiencia, el tribunal debe reevaluar la fianza para determinar si existen formas menos restrictivas de garantizar la seguridad pública y tu comparecencia. Esta “Regla de los siete días” sirve como un control crucial contra la detención “de facto”, donde se te retiene simplemente porque no tienes los medios económicos para pagar una fianza alta.
Uso de los estándares de la ABA para reducir la fianza
Aunque los jueces de Colorado están sujetos a la ley estatal, las estrategias de un abogado defensor para reducir la fianza a menudo se basan en los Estándares de la American Bar Association (ABA) para la liberación previa al juicio (específicamente el Estándar 10-1.4) para argumentar por la equidad. Estas directrices nacionales promueven un sistema “basado en el riesgo” en lugar de “basado en recursos”, afirmando que tu libertad nunca debe depender únicamente de tu cuenta bancaria.
Al citar estos estándares, tu abogado puede argumentar que las condiciones financieras son legalmente apropiadas solo para asegurar que regreses a la corte, no como una forma de garantizar la seguridad pública. Usar el marco de la ABA ayuda a presionar al tribunal para que pase por alto el “calendario de fianzas” estándar y se enfoque en las “condiciones menos restrictivas” necesarias para la liberación, lo cual es una herramienta poderosa al buscar una fianza menor o una liberación bajo palabra.
Ten en cuenta que las fianzas también se llaman “fianzas de comparecencia”.
3. Fianzas
Existen varios tipos de fianzas disponibles para liberar a tu ser querido de una cárcel en Colorado. Sin embargo, el tribunal puede permitir solo un tipo específico de fianza, dependiendo de su:
- delito,
- factor de evaluación de riesgo, y
- condiciones legales de liberación.
Fianzas bajo palabra
- Una “fianza bajo palabra no garantizada” permite que tu ser querido sea liberado bajo su palabra (PR), también llamada liberación bajo palabra o liberación OR. No se necesita garantía si promete presentarse en todas las fechas judiciales futuras requeridas.
- Una “fianza bajo palabra no garantizada con condiciones no monetarias adicionales” es similar a la liberación PR pero con condiciones adicionales. Un ejemplo sería usar un grillete con rastreador GPS durante la liberación previa al juicio.4
Ten en cuenta que el fiscal debe dar su aprobación antes de que tu ser querido pueda ser liberado bajo una fianza PR si:
- enfrenta cargos por delitos graves o fue condenado por uno en los últimos cinco años;
- enfrenta cargos por delitos menores de clase 1 o fue condenado por uno en los últimos dos años; o
- anteriormente no se presentó en una fianza.5
Fianzas con condiciones garantizadas
- Una “fianza con condición monetaria garantizada” es cuando tu ser querido es liberado a cambio de pagar la fianza directamente o a través de un fiador.6
- En casos raros, algunos tribunales aceptan una “fianza con condiciones garantizadas por bienes raíces.” También llamada fianza de propiedad, es cuando el tribunal coloca un gravamen sobre tu propiedad para asegurar su comparecencia. El valor neto de la propiedad debe ser al menos una vez y media el monto de la fianza. Si el acusado no se presenta, el tribunal puede ejecutar la hipoteca.7
4. Condiciones de la fianza
Todo acusado que es arrestado y liberado bajo fianza en Colorado debe prometer presentarse en futuras fechas judiciales.
Los acusados bajo fianza también deben reconocer y cumplir con la “orden de restricción obligatoria” que permanece vigente desde su audiencia de formulación de cargos hasta la resolución final. Esto significa que no pueden:
- contactar,
- intimidar,
- tomar represalias contra, o
- manipular
a ninguna víctima o testigo del caso.
Además, el tribunal tiene amplia discreción para imponer condiciones adicionales tales como:
- contacto telefónico periódico;
- visitas periódicas a la oficina;
- visitas periódicas a su domicilio por parte de policías;
- pruebas periódicas de drogas o alcohol;
- asesoramiento en salud mental o violencia doméstica;
- tratamiento por abuso de sustancias;
- mantenerse fuera de problemas (no cometer nuevos delitos);
- notificar al tribunal cualquier cambio de residencia/nueva dirección;
- liberación laboral previa al juicio; y
- monitoreo electrónico.
Los jueces incluso pueden ordenar que los acusados permanezcan en Colorado si su hogar está fuera del estado.8
El propósito de otorgar fianza y condiciones es evitar la detención previa al juicio para acusados que representan poco riesgo para la seguridad y que probablemente se presenten a sus audiencias. Cuando los acusados no cumplen estas condiciones, el juez del tribunal de primera instancia puede
- incrementar el monto de la fianza y/o endurecer las condiciones, o
- hacer que se confisque el dinero de la fianza y enviarlos a la cárcel (“revocación de la fianza”).
Ten en cuenta que desde las reformas pre-juicio de Colorado de 2013 (HB 13-1236), el significado de “fianza” ha cambiado de enfocarse en “una cantidad de dinero” a “una garantía.” Este cambio enfatiza que las condiciones financieras son solo una herramienta entre muchas para asegurar que regreses a la corte.
Una protección crítica bajo esta reforma es el límite impuesto a los fiscales: aunque un fiscal puede negar su consentimiento para una fianza PR estándar “Subsección (a)”, no puede impedir que un juez otorgue una fianza PR “Subsección (b)”, que incluye condiciones no monetarias como monitoreo GPS o registros periódicos. Esto asegura que, incluso si un fiscal se opone, el juez mantiene la autoridad final para liberarte sin requerir efectivo.
Cuando pagas una fianza, hay una tarifa de procesamiento de $10. Si pagas con tarjeta de crédito, hay una tarifa de procesamiento del 3.5%.
5. Salir del estado
Por lo general, se requiere el permiso del tribunal, así como un “consentimiento del fiador” del agente de fianzas, antes de que los acusados bajo fianza puedan salir del estado. Contacta al tribunal o al fiador si no estás seguro.
6. Regla de 48 horas
La ley de Colorado requiere que los arrestados sean presentados ante un juez dentro de las 48 horas para la fijación inicial de la fianza. Si el arresto ocurrió antes de un fin de semana o feriado, no es inusual que pasen más de 48 horas antes de la primera comparecencia.9
7. Apelación de la fianza
Puedes apelar las condiciones de la fianza, pero es una batalla difícil en Colorado.
Cuando un tribunal de apelaciones revisa las decisiones de fianza de un tribunal de primera instancia, usa un estándar de “abuso de discreción”. Esto significa que el tribunal de apelaciones mantendrá las decisiones de fianza si son razonables. La fianza solo puede ser revocada si es
- manifiestamente injusta y/o
- ilegal.10
Al determinar los montos de fianza y las condiciones, el juez está obligado a hacer las siguientes cuatro cosas:
- “considerar todos los métodos de fianza y condiciones de liberación para evitar encarcelamiento pre-juicio innecesario”;11
- determinar que la condición de la fianza es “razonable y necesaria para asegurar la comparecencia de la persona en la corte o la seguridad de cualquier persona en la comunidad”;12
- calcular qué monto de fianza y condiciones son necesarias para proteger la seguridad pública y maximizar las probabilidades de que el acusado se presente en la corte “considerando las características individuales de cada persona en custodia, incluyendo la condición financiera de la persona”;13 y
- inferir que el acusado es “elegible para liberación bajo fianza con las condiciones apropiadas y menos restrictivas.”14
Si el tribunal de apelaciones encuentra que el juez de primera instancia cumplió con estos estándares, probablemente mantendrá las condiciones de la fianza.
El monitoreo electrónico es una posible condición de la fianza. Violar esta condición provoca la emisión de una orden de arresto.
8. Incumplimiento de comparecencia
No presentarse en la corte puede ser un delito en Colorado. Por ejemplo, si tu ser querido está bajo fianza por un cargo de delito grave y conscientemente no se presenta para evitar el enjuiciamiento, el fiscal puede acusarlo de un delito grave de clase 6. La pena es
- de 1 año a 18 meses de prisión, y
- de $1,000 a $100,000.
(Las condenas por delitos graves de clase 6 deben permanecer en tu historial criminal por tres años antes de que puedas solicitar un sellado de antecedentes.)
Si tu ser querido está bajo fianza por un delito sexual, no presentarse conlleva una pena mínima de un año de prisión sin posibilidad de:
- libertad condicional o
- sentencia suspendida.15
9. Devolución de la prima de la fianza
Los tribunales de Colorado pueden ordenar a tu fiador que te devuelva la prima, pero usualmente solo lo harán si:
- el caso penal se desestima poco después de que pagaste la fianza;
- el fiador revoca la fianza;
- pagas al fiador, pero él no publica la fianza a tiempo; o
- otra agencia de la ley tiene una retención sobre tu ser querido, por lo que pagar la fianza a través de un fiador no resultó en su liberación.
Si al concluir el caso el fiador no devuelve el saldo restante de tu garantía o ha dañado tu garantía, puedes contactar a su aseguradora o a la División de Seguros para intentar resolver la situación.
Ten en cuenta que si el fiador puso un gravamen sobre tu propiedad, el tribunal deberá darte un “liberación de fianza” o “certificado de descarga” para que se lo entregues al fiador y se pueda levantar el gravamen.16
La fianza es una “garantía, que puede incluir una fianza, requerida por un tribunal para la liberación de una persona en custodia y que debe proporcionar una garantía razonable de seguridad pública y comparecencia en la corte.”
10. Faltar a la corte
Si tu ser querido faltó a la corte, contacta al fiador para ayudar a localizarlo. Idealmente, tu ser querido puede entregarse a la corte antes de que el juez dicte sentencia sobre la fianza.
Normalmente se requiere un “consentimiento del fiador” para que el tribunal restablezca la fianza.16 El fiador no debería cobrarte una tarifa extra por esto.
Probablemente serás responsable de los gastos del fiador si tiene que buscar y capturar a tu ser querido. Si tu ser querido nunca es encontrado o se encuentra demasiado tarde, serás responsable de pagar al agente de fianzas la totalidad del monto de la fianza.
Aunque el fiador puede usar fuerza física y amenazar a tu ser querido, nunca puede usar fuerza física ni amenazarte a ti. Esto es porque tú eres el co-firmante, no el acusado.
Leyes de fianzas de Colorado en resumen
| Número de estatuto | Descripción |
| C.R.S. 16-4-103 | Establece los criterios que los jueces deben usar al seleccionar un tipo de fianza, incluyendo la presunción de liberación bajo las condiciones menos restrictivas posibles. |
| C.R.S. 16-4-104 | Describe las cuatro categorías específicas de fianzas: fianzas PR, fianzas PR con condiciones no monetarias, fianzas monetarias garantizadas y fianzas de bienes raíces. |
| C.R.S. 16-4-105 | Detalla las condiciones obligatorias y discrecionales de liberación, como restricciones de viaje, órdenes de protección y monitoreo de sobriedad. |
| C.R.S. 16-4-109 | Establece el procedimiento judicial para solicitar un cambio en la fianza, incluyendo cómo el tribunal puede reducir, aumentar o modificar el tipo de garantía requerida. |
Un abogado defensor puede argumentar por una fianza menor o liberación bajo palabra en una audiencia de fianza.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no puedo pagar el monto de la fianza fijado por el juez?
En Colorado, tienes el derecho constitucional a una fianza que no sea “excesiva.” Bajo C.R.S. 16-4-103, el tribunal debe considerar tus circunstancias financieras.
Si la fianza está fuera de tu alcance, tu abogado puede presentar una moción para una audiencia de reducción de fianza. En esta audiencia, podemos presentar evidencia de tus ingresos limitados, falta de activos o fuertes lazos comunitarios para argumentar que una fianza menor —o incluso una fianza bajo palabra (PR)— es suficiente para asegurar que regreses a la corte.
¿Pueden encarcelarme por más de una semana solo porque soy pobre?
Generalmente, no. La ley de Colorado incluye una “válvula de seguridad” bajo C.R.S. 16-4-107. Si permaneces en custodia por siete días únicamente porque no puedes cumplir con las condiciones financieras de tu fianza, tienes derecho a una revisión obligatoria de esas condiciones.
El tribunal debe decidir si existe una forma menos restrictiva de asegurar tu comparecencia, como monitoreo GPS o registros aumentados, en lugar de mantenerte encarcelado por falta de fondos.
¿Tiene el fiscal el poder de bloquear mi fianza PR?
El fiscal puede objetar, pero no tiene la última palabra. Tras las reformas de 2013, un fiscal solo puede negar su consentimiento para una fianza PR “estándar” Subsección (a). Sin embargo, el juez aún mantiene la autoridad absoluta para otorgarte una fianza PR Subsección (b), que te libera bajo palabra con condiciones adicionales (como monitoreo de sobriedad o prohibiciones de viaje). El objetivo principal del juez es usar el método “menos restrictivo” posible para asegurar tu regreso.
¿Puede un juez obligarme a quedarme en Colorado si vivo en otro estado?
Sí. Bajo los estándares establecidos en casos como People v. Jones, los jueces tienen amplia discreción para establecer condiciones que crean “reducir el riesgo de fuga.” Esto puede incluir la exigencia de que permanezcas dentro del estado hasta que se resuelva tu caso.
Si vives o trabajas fuera del estado, tu abogado debe solicitar proactivamente un “Permiso de viaje” o una modificación específica de la fianza temprano en el proceso para permitirte regresar a casa mientras el caso está pendiente.
Lectura adicional
Para información más detallada sobre la ley de fianzas, consulta los siguientes artículos académicos:
- Rompiendo con el fiador: un argumento para abolir la fianza monetaria – Lincoln Memorial University Law Review.
- Interés privado, esfera pública: Eliminando el uso de fiadores comerciales en el sistema de justicia penal – Boston College Law Review.
- ¿Quién falta? Un análisis del incumplimiento de comparecencia en fianzas – Journal of Applied Security Research.
- Breve historia de la fianza – Judges Journal.
- Muerte de un fiador: la implementación y éxitos de sistemas de fianza no monetarios y basados en riesgo – Emory Law Journal.
Referencias legales
- Estatuto Revisado de Colorado 16-1-104. Ten en cuenta que los agentes de fianzas necesitan licencia en Colorado y deben tener un nombramiento de compañía de seguros o ser agentes de fianza en efectivo calificados; la División de Seguros maneja la aplicación y quejas.
- El recibo de la prima debe decir: “Si el tribunal ordena un reembolso de la prima después de que se publique la fianza, la prima será devuelta en la cantidad y dentro del tiempo especificado por la orden del tribunal. Si la fianza no se publica dentro de las veinticuatro horas, según lo exige la ley, todo el dinero pagado debe ser devuelto dentro de los siete (7) días posteriores a la recepción de fondos válidos. Se preparará un recibo de prima separado cada vez que un productor de seguros publique una fianza ante el tribunal.” El recibo de la garantía debe decir: “La garantía será devuelta después de recibir una copia de la orden del tribunal que resulte en la liberación de la fianza por parte del tribunal. La garantía será devuelta dentro de los catorce (14) días calendario. Conforme a § 10-2-705(3.5)(d), C.R.S., aplicable al uso de bienes raíces, tu reconveyance de título, certificado de descarga o liberación completa de cualquier gravamen será proporcionada dentro de los 35 días después de recibir aviso de que el tiempo para apelar una orden que exoneró la fianza ha expirado. Las escrituras de fideicomiso serán devueltas dentro de los treinta y cinco (35) días calendario. Si la fianza no se publica dentro de las veinticuatro horas posteriores a la recepción del pago completo o un contrato firmado para el pago, la garantía debe ser devuelta y el gravamen liberado dentro de los siete (7) días posteriores a la recepción de fondos válidos.” 3 CCR 702-1.
- C.R.S. 16-4-103. HB25-1015.
- C.R.S. 16-4-104.
- C.R.S. 16-4-104.
- C.R.S. 16-4-104(1)(c).
- C.R.S. 16-4-104(1)(d); véase también Fullerton v. County Court (Colo. App. 2005), 124 P.3d 866 (la fianza para acusados que esperan extradición bajo una orden del gobernador está regulada por el estatuto de Colorado C.R.S. 16-19-117).
- C.R.S. 16-4-105 subsección (8). C.R.S. 18-1-1001. Ten en cuenta que manipular, tomar represalias o contactar a víctimas o testigos en un caso es un delito separado. People v. Jones (Colo. 2015) 346 P.3d 44
- C.R.S. 16-4-102.
- Ver People v. Jones (Colo. 2015) 346 P.3d 44.
- C.R.S. 16-4-103(4)(c).
- C.R.S. 16-4-104(1)(c); C.R.S. 16-4-105(7).
- C.R.S. 16-4-103(3)(a).
- C.R.S. 16-4-103(4)(a). Véase también H.B. 13-1236 (Sobre la liberación previa al juicio). Véase también Estándares de la American Bar Association para la Justicia Penal Estándar 10-1.4. Condiciones de liberación:
(a) De acuerdo con estos Estándares, cada jurisdicción debe adoptar procedimientos diseñados para promover la liberación de los acusados bajo su propia palabra o, cuando sea necesario, fianza no garantizada. Se deben imponer condiciones adicionales solo cuando la necesidad esté demostrada por los hechos del caso individual para asegurar razonablemente la comparecencia en los procedimientos judiciales, proteger a la comunidad, víctimas, testigos o cualquier otra persona y mantener la integridad del proceso judicial. Siempre que sea posible, se deben desarrollar métodos para proporcionar al funcionario judicial apropiado información confiable relevante para la decisión de liberación, preferiblemente a través de una agencia o función de servicios previos al juicio, como se describe en el Estándar 10-1.9.
(b) Cuando la liberación bajo palabra no sea apropiada para asegurar razonablemente la comparecencia del acusado en la corte y prevenir la comisión de delitos que amenacen la seguridad de la comunidad o cualquier persona, se deben emplear condiciones de liberación no financieras constitucionalmente permisibles de acuerdo con el Estándar 10-5.2.
(c) Las condiciones financieras deben usarse solo cuando ninguna otra condición asegure la comparecencia. Cuando se impongan condiciones financieras, el tribunal debe considerar primero liberar al acusado bajo una fianza no garantizada. Si la fianza no garantizada no se considera una condición suficiente de liberación, y el tribunal aún busca imponer condiciones monetarias, la fianza debe fijarse en el nivel más bajo necesario para asegurar la comparecencia del acusado y considerando la capacidad financiera del acusado para pagar la fianza.
(d) No se deben emplear condiciones financieras para responder a preocupaciones de seguridad pública.
(e) El funcionario judicial no debe imponer una condición financiera de liberación que resulte en la detención previa al juicio de un acusado únicamente debido a la incapacidad del acusado para pagar.
(f) De acuerdo con los procesos provistos en estos Estándares, se deben abolir los fiadores remunerados. Cuando se imponga fianza financiera, el acusado debe ser liberado mediante el depósito de efectivo o valores ante el tribunal de no más del diez por ciento del monto de la fianza, que será devuelto al concluir el caso.Véase también People v. Jenkins (Colo. App. 2025) N. 25CA0630 (las peticiones para revisión de órdenes de fianza bajo C.R.S. § 16-4-204 están sujetas al plazo de presentación de 49 días establecido en C.A.R. 4(b)). - C.R.S. 18-8-212.
- C.R.S. 10-23-108;
- Igual.