Estatuto Revisado de Colorado § 18-3-207 define la extorsión criminal como amenazar a alguien como medio para lograr que esa persona haga (o se abstenga de hacer) algo en contra de su voluntad. También llamada “chantaje,” la extorsión suele ser un delito grave de clase 4 que conlleva prisión y multas de $2,000 a $500,000.
La siguiente tabla detalla los términos de encarcelamiento por extorsión en Colorado:
| Delito de Extorsión Criminal |
Sentencia de Prisión en Colorado |
| La mayoría de los casos | 2 a 6 años |
| Si se involucró un arma mortal, o si alguien fue asesinado o gravemente herido | 5 a 16 años |
Nuestros abogados de defensa criminal en Denver, Colorado discutirán ahora los siguientes temas sobre la extorsión:
- 1. Elementos
- 2. Extorsión Agravada
- 3. Penalizaciones
- 4. Penalizaciones Agravadas
- 5. Defensas
- Lectura Adicional
1. Elementos
Hay tres elementos que los fiscales de Colorado deben probar más allá de toda duda razonable para condenarte por extorsión criminal bajo el CRS 18-3-207.
El primer elemento es que tu intención era inducir a otra persona a:
- hacer algo en contra de su voluntad, o
- abstenerse de realizar un acto legal, o
- darte dinero o cualquier otra cosa de valor.
El segundo elemento es que hiciste una “amenaza sustancial” para:
- confinar o restringir a alguien, o
- causar dificultades económicas a alguien, o
- causar que alguien sufra lesiones corporales o daño físico, o
- dañar la propiedad o reputación de alguien;
El elemento final es que amenazaste con tales consecuencias ya sea:
- realizando un acto ilegal, o causando que se realice un acto ilegal; o
- invocando la acción de un tercero – incluyendo, pero no limitado a, agentes del orden u otros funcionarios gubernamentales – cuyos intereses no están sustancialmente relacionados con tus intereses al hacer la amenaza. 1
Un ejemplo clásico de extorsión es amenazar a una figura pública con revelar pruebas de que engaña a su cónyuge a menos que la celebridad te pague una gran suma de dinero.
¿Qué es una “amenaza sustancial”?
Un elemento clave de la extorsión en Colorado es que la amenaza debe ser “sustancial.” Una “amenaza sustancial” es:
- razonablemente probable que induzca a la persona amenazada a creer que la amenaza se cumplirá y
- amenaza con confinamiento, restricción, lesión o daño significativo.
Ejemplos incluyen amenazas de:
- dañar a un familiar o mascota de alguien,
- hacer públicos hechos embarazosos,
- arruinar el negocio de alguien,
- romper las piernas de alguien,
- quemar la casa de alguien,
- reportar el estatus migratorio de alguien a las autoridades, o
- dañar a la persona si no paga una deuda.2
2. Extorsión Agravada
La extorsión criminal agravada es cuando, además de cualquiera de los actos descritos arriba, tus amenazas incluyen el uso de agentes químicos, biológicos o radiactivos dañinos, armas o veneno. Previsiblemente, los cargos por extorsión agravada son relativamente raros en Colorado.
La extorsión criminal agravada bajo CRS 18-3-207 implica el uso de armas o veneno.
3. Penalizaciones
La extorsión criminal es generalmente un delito grave de clase 4 en Colorado, que conlleva:
- 2 a 6 años de prisión (con 3 años de libertad condicional obligatoria) y/o
- Una multa de $2,000 a $500,000.
Sin embargo, la extorsión criminal se convierte en un “delito de violencia” si, durante la comisión del delito o la huida inmediata:
- Usas, amenazas con usar, o posees un arma mortal, o
- Alguien que no sea un co-conspirador es asesinado o gravemente herido.
Como delito de violencia, las penalizaciones por extorsión criminal incluyen:
- Una sentencia obligatoria de prisión de 5 a 16 años (seguida de 3 años de libertad condicional obligatoria) y
- Una posible multa de $2,000 a $500,000.
4. Penalizaciones Agravadas
La extorsión criminal agravada es un delito grave de clase 3 en Colorado, que conlleva:
- 4 a 12 años de prisión (con 5 años de libertad condicional obligatoria) y/o
- Una multa de $3,000 a $750,000.
Sin embargo, si la extorsión criminal agravada también se clasifica como un delito violento, la pena aumenta a:
- Una sentencia obligatoria de 10 a 32 años en el Departamento de Correcciones y
- Una posible multa de $3,000 a $750,000.
5. Defensas
Aquí en Colorado Legal Defense Group, hemos representado a innumerables personas acusadas de extorsión. En nuestra experiencia, las siguientes ocho defensas han demostrado ser muy efectivas con fiscales, jueces y jurados.
- No amenazaste a nadie,
- Solo estabas bromeando o expresando frustración,
- Tu amenaza no fue una amenaza sustancial,3
- No tenías medios reales para cumplir tu amenaza (y la supuesta víctima lo sabía),
- No intentabas coaccionar a la supuesta víctima para que hiciera o se abstuviera de hacer algo,4
- Fuiste falsamente acusado,
- Fuiste víctima de una identificación errónea, o
- La policía obtuvo pruebas durante una búsqueda e incautación ilegal, coaccionó tu confesión, o violó tus derechos de otro modo.
Tu cargo debería ser desestimado siempre que el fiscal de distrito no pueda probar la culpabilidad más allá de toda duda razonable.
Ten en cuenta que los fiscales tienen un plazo de prescripción de tres años para presentar cargos por extorsión en Colorado.5
Lectura Adicional
Para información más detallada, consulta los siguientes artículos académicos:
- Chantaje: Un Análisis Económico de la Ley – University of Pennsylvania Law Review.
- Teorías Competitivas del Chantaje: Una Crítica Empírica a la Teoría del Derecho Penal – Texas Law Review.
- Robo por Coerción: Extorsión, Chantaje y Negociación Dura – Washburn Law Review.
- En Defensa de Mantener el Chantaje como Delito: Respondiendo a Block y Gordon – Loyola of Los Angeles Law Review.
- El Chantaje como un Delito sin Víctimas – Brackton Law Journal.
Recursos Legales:
- CRS 18-3-207.
(1) Una persona comete extorsión criminal si:
(a) La persona, sin autoridad legal y con la intención de inducir a otra persona en contra de la voluntad de esa otra persona a realizar un acto o a abstenerse de realizar un acto legal, hace una amenaza sustancial para confinar o restringir, causar dificultades económicas o lesiones corporales, o dañar la propiedad o reputación de la persona amenazada u otra persona; y
(b) La persona amenaza con causar los resultados descritos en el párrafo (a) de este inciso (1) mediante:
(I) Realizar o causar que se realice un acto ilegal; o
(II) Invocar la acción de un tercero, incluyendo, pero no limitado al estado o cualquiera de sus subdivisiones políticas, cuyos intereses no están sustancialmente relacionados con los intereses perseguidos por la persona que hace la amenaza.
(1.5) Una persona comete extorsión criminal si la persona, con la intención de inducir a otra persona en contra de la voluntad de esa otra persona a darle dinero u otro objeto de valor, o con la intención de inducir a otra persona en contra de la voluntad de esa otra persona a realizar un acto o a abstenerse de realizar un acto legal, amenaza con reportar a las autoridades el estatus migratorio de la persona amenazada u otra persona.
(2) Una persona comete extorsión criminal agravada si, además de los actos descritos en el inciso (1) de esta sección, la persona amenaza con causar los resultados descritos en el párrafo (a) del inciso (1) de esta sección por medio de agentes químicos, biológicos o radiactivos dañinos, armas o veneno.
(3) Para los propósitos de esta sección, “amenaza sustancial” significa una amenaza que es razonablemente probable que induzca la creencia de que la amenaza se cumplirá y que amenaza con que ocurrirá un confinamiento, restricción, lesión o daño significativo.
(4) La extorsión criminal, como se describe en los incisos (1) y (1.5) de esta sección, es un delito grave de clase 4. La extorsión criminal agravada, como se describe en el inciso (2) de esta sección, es un delito grave de clase 3.
- People v. Rosenberg (1978) 572 P.2d 1211, 194 Colo. 423.
- Ver también People v. Gallegos (2010) 260 P.3d 15, Colo. App.
- Ver también People v. Knox (2019) COA 152, — P.3d —.
- CRS 16-5-401.