No es un escenario poco común. Un acusado sale de una tienda departamental con algunos artículos sin pagar. Son detenidos y detenidos por la seguridad de la tienda. Mientras esperan a que llegue la policía, la seguridad les hace una lista de preguntas. ¿Debería este acusado recibir una advertencia de Miranda antes de ser interrogado?
Hay mucha confusión sobre cuándo es apropiado recibir una advertencia de Miranda. El concepto detrás de esto es que los ciudadanos bajo custodia policial deben ser advertidos de sus derechos del 5to. Enmienda antes de que puedan ser interrogados. Si se les pregunta o proporcionan información antes de esto, la información se considera involuntaria e inadmisible en un tribunal.
Es importante tener en cuenta que la seguridad de la tienda no tiene la misma autoridad que la policía. Si un guardia de seguridad detiene a un acusado, no están obligados a leer su advertencia de Miranda. Tienen el derecho de detener a un sospechoso si tienen motivos razonables para creer que se ha cometido un delito. La prueba para el motivo razonable es si una persona objetiva de inteligencia razonable creería bajo las circunstancias que se ha cometido un delito. Esta detención debe ser por un tiempo razonable y llevarse a cabo de manera razonable.
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