Esto depende de la ofensa por la cual se le dio el golpe juvenil. Un golpe no puede ser desestimado, o eliminado, si:
- se le dio por una grave ofensa sexual enlistada en el Código de Bienestar e Instituciones 707b,
- la ofensa fue cometida cuando el acusado tenía 14 años de edad o más, y
- el menor de edad está obligado a registrarse como un delincuente sexual.
Para todas las demás ofensas de golpe, el infractor puede pedir al tribunal que desestime la ofensa. Pero el tribunal no está obligado a hacerlo.
Tenga en cuenta que si un juez decide sellar el expediente de un acusado, éstos no se destruyen. Se mantienen en archivo y pueden ser accedidos por
- la acusación,
- el departamento de libertad condicional, o
- el tribunal si el menor de edad es condenado por una posterior felonía.
Tenga en cuenta que se deben cumplir cuatro condiciones para que una ofensa juvenil cuente como un “golpe” bajo la Ley de los Tres Golpes de California. Estas son:
- el acusado tenía al menos 16 años de edad cuando cometió la ofensa,
- el menor de edad fue encontrado apto para comparecer en la corte juvenil,
- la ofensa fue una felonía grave o violenta, y
- el infractor fue declarado un pupilo de la corte por haber cometido una felonía grave o violenta.
¿Qué golpes juveniles pueden ser desestimados?
Si un menor de edad fue condenado por un delito y se le dio un “golpe”, puede pedir al tribunal que desestime, o elimine, la ofensa. Para incluso hacer esta solicitud, sin embargo, el menor de edad debe ser o bien:
- 21 años de edad y haber completado la supervisión por parte de la División de Justicia Juvenil, o
- 18 años de edad y haber completado su supervisión de libertad condicional.
Si se hace una solicitud de desestimación, corresponde al juez otorgarla o negarla. Si se otorga, el tribunal no destruye los registros del menor de edad. Más bien, permanecen en archivo y pueden ser accedidos por la acusación, la libertad condicional o el tribunal si el menor de edad es condenado por una posterior felonía.
Tenga en cuenta que una condena no puede ser expurgada si:
- se le dio por un delito grave de sexo enumerado en el Código de Bienestar e Instituciones 707b,
- el delito se cometió cuando el acusado tenía 14 años o más, y
- el menor de edad está obligado a registrarse como delincuente sexual.
“Delitos graves de sexo” bajo el W&I 707b incluyen:
- violación con fuerza, violencia o amenaza de gran daño corporal,
- sodomía por fuerza, violencia, coacción, amenaza o gran daño corporal,
- actos lascivos según lo dispuesto en la subdivisión (b) del Artículo Código Penal 288, y
- copulación oral por fuerza, violencia, coacción, amenaza o gran daño corporal.
Tenga en cuenta además que un tribunal no puede sellar un expediente de menor de edad si:
- el expediente es por una condena de adulto en un tribunal penal, y/o
- el acusado fue condenado como adulto por un delito que involucre “turpitud moral” (por ejemplo, asesinato, un delito sexual o un delito que involucre deshonestidad).
¿Cuándo se cuenta un delito de menor de edad como una condena?
Cuatro condiciones deben cumplirse para que un delito de menor de edad cuente como una “condena” bajo la Ley de Tres Condenas de California. Estas son:
- el acusado tenía al menos 16 años cuando cometió el delito,
- el menor de edad fue encontrado apto para comparecer en el tribunal de menores,
- el delito fue un delito grave o violento, y
- el infractor fue declarado tutelado del tribunal por haber cometido un delito grave o violento.
Un “tutelado del tribunal” significa que un guardián fue nombrado por el tribunal para cuidar y asumir la responsabilidad del infractor menor de edad.
¿Cuándo se considera un delito de menor de edad como un delito grave o violento?
El Código de Bienestar e Instituciones 707b enumera todos los delitos de menor de edad que la ley considera como delitos graves o violentos. Algunos ejemplos de delitos graves y violentos bajo este estatuto son:
- asesinato,
- intento de asesinato,
- homicidio voluntario,
- incendio,
- robo de vehículos,
- violación con fuerza o violencia o amenaza de gran daño corporal.
- sodomía por fuerza, violencia, coacción, amenaza o gran daño corporal.
- copulación oral por fuerza, violencia, coacción, amenaza o gran daño corporal, y
- secuestro.
¿Cuáles son algunos beneficios de tener un expediente sellado?
Hay dos principales beneficios de tener un delito juvenil expurgado o sellado. Estos son:
- un acusado no tiene que revelar que tiene un registro juvenil, y
- los empleadores no pueden considerar el registro de delitos de un menor de edad al tomar consideraciones de empleo.
Tenga en cuenta, sin embargo, que hay algunas excepciones para ambos beneficios. Por ejemplo, el ejército y algunas agencias federales pueden no reconocer el sellado de registros. Y, pueden estar al tanto del historial juvenil de una persona incluso si los registros juveniles de esa persona fueron sellados.