Bajo la ley en la mayoría de los estados, no hay diferencia entre una orden de protección y una orden de restricción. Los dos términos se usan indistintamente. Ambos son descritos como una orden judicial diseñada para proteger a una persona de:
- acoso,
- abuso físico,
- acecho, o
- amenazas
por otra persona – que está específicamente nombrada en la orden.
El Código Penal 273.6 PC es la ley de California que hace que sea un delito para una persona violar los términos o condiciones de una orden de restricción/orden de protección.
Una violación de esta ley puede ser acusada como un delito menor o un delito mayor dependiendo de los hechos del caso.
Afortunadamente, existen una variedad de defensas legales aplicables cuando un acusado es acusado de violar una orden de protección. Un abogado de defensa calificado en California puede presentar estas defensas en su nombre. Tres defensas comunes incluyen:
- falta de conocimiento,
- falta de intención, y
- acusaciones falsas.
¿Qué es una orden de restricción/orden de protección según la ley de California?
En términos generales, una orden de restricción es lo mismo que una orden de protección según la ley de California. Ambas son descritas como una orden judicial diseñada para proteger a una persona de:
- acoso,
- abuso físico,
- acecho, o
- amenazas
por la persona nombrada en la orden. La orden exacta dictará qué tipo de comportamiento está prohibido o no, pero probablemente incluirá disposiciones que el partido restringido se abstenga de cualquier tipo de contacto con la persona protegida.
Contacto generalmente incluye:
- contacto personal (es decir, acercarse a cierta distancia de esa persona),
- llamadas telefónicas o mensajes de texto,
- correos electrónicos,
- interacción en sitios de redes sociales como Facebook, o
- cualquier tipo de vigilancia.
¿Hay diferentes tipos de órdenes de restricción?
Hay esencialmente cuatro tipos de órdenes de protección de California que los tribunales emitirán. Estos son:
- órdenes de restricción por violencia doméstica (emitidas para proteger a individuos de abusos sufridos a manos de alguien con quien esa persona comparte una relación “íntima”),
- órdenes de restricción por acoso civil (emitidas para proteger de personas que no califican como “parejas íntimas” como vecinos, compañeros de trabajo y otras personas con las que no tienes una relación cercana),
- órdenes de restricción por abuso de ancianos o adultos dependientes (emitidas para proteger a ancianos con ciertas discapacidades de abuso físico, emocional y financiero y/o negligencia), y
- órdenes de restricción por violencia en el lugar de trabajo (solicitadas por un empleador para proteger a un empleado de violencia o amenazas de violencia en el lugar de trabajo).
¿Qué sucede si una persona viola una orden de protección en California?
Si una persona que es la persona “restringida” nombrada en una orden de restricción no cumple con sus términos y condiciones, entonces los fiscales pueden acusarlo de violar una orden de protección bajo Código Penal 273.6 PC.
Un fiscal debe probar tres cosas para condenar con éxito a alguien por violar una orden de restricción. Estas son:
- el juez emitió una orden de protección legal,
- el acusado sabía sobre la orden, y
- él la violó intencionalmente.
Una violación de PC 273.6 generalmente se acusa como un delito menor. El delito es castigado con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta un año, y/o
- una multa máxima de $1,000.
En algunos casos, una violación de una orden de restricción puede llevar a cargos graves. Un cargo grave es castigado con:
- encarcelamiento en la prisión estatal por hasta tres años, y/o
- una multa máxima de $10,000.
¿Existen defensas para violar una orden de protección?
Una persona puede plantear una defensa legal si es acusada de violar el Código Penal 273.6. Una buena defensa puede ayudar a reducir o incluso eliminar completamente un cargo.
Tres defensas legales comunes incluyen:
- falta de conocimiento – lo que significa que el acusado demuestra que no sabía sobre una orden. Si puede probar que no tenía conocimiento de una orden, entonces no puede ser condenado por violarla intencionalmente.
- falta de intención – lo que significa que el acusado demuestra que, aunque pudo haber violado una orden de restricción de alguna manera, no lo hizo intencionalmente (por ejemplo, violó una orden por accidente).
- acusaciones falsas – desafortunadamente, las personas son falsamente acusadas de un delito todo el tiempo. Es una defensa válida, entonces, que un acusado demuestre que alguien mintió sobre él violando una orden de protección.