Nevada NRS § 597.850 establece la ley del privilegio del tendero. Esta sección permite a los dueños y trabajadores de tiendas detener legalmente a sospechosos de hurto en tiendas siempre que lo hagan de manera razonable.
Los comerciantes también pueden alegar el privilegio del tendero como una defensa ante ciertas reclamaciones civiles y cargos penales, incluyendo
- detención ilegal (NRS 200.460) y
- arresto ciudadano ilegal (NRS 171.126).
El texto del estatuto dice que:
Cualquier comerciante que tenga motivos para creer que una persona ha tomado mercancía de manera indebida … puede, con el propósito de intentar recuperar dicha mercancía o para informar a un oficial de paz sobre las circunstancias de dicha detención, tomar a la persona bajo custodia y detenerla, en el local, de manera razonable y por un tiempo razonable.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Las Vegas discuten:
- 1. ¿Qué es el privilegio del tendero en Nevada?
- 2. ¿Pueden los comerciantes usar la fuerza bajo el NRS 597.850?
- 3. ¿Dónde pueden los comerciantes detener a los sospechosos? ¿Y por cuánto tiempo?
- 4. ¿Qué pasa si el sospechoso no hurtó nada?
La ley de Nevada reconoce el privilegio del tendero.
1. ¿Qué es el privilegio del tendero en Nevada?
Bajo el NRS 597.850, los comerciantes pueden detener legalmente a sospechosos de hurto en tiendas. El propósito de esta detención es intentar recuperar los artículos robados. Los comerciantes también pueden llamar a la policía para citar o arrestar a los sospechosos.
Los comerciantes deben tener motivos para creer que alguien hurtó para poder detenerlo legalmente. La ley de Nevada presume que los comerciantes tienen este “motivo para creer” si observan al sospechoso ocultando mercancía mientras está en el local.
Ejemplo: Kim es cajera en una tienda Staples en Las Vegas. Ve a un adolescente meter un pendrive en su bolsillo. Kim bloquea la salida del chico y exige que devuelva el pendrive. Cuando el chico lo niega, ella llama a la policía. Kim hace que el personal de seguridad espere con él en la tienda hasta que llega el oficial.
Aquí, Kim no hizo nada ilegal al detener al chico. Tenía motivos para creer que robó al verlo ocultar el pendrive. Ejerció legalmente su privilegio del tendero.
En el ejemplo anterior, no importa que Kim sea una empleada y no la dueña. El privilegio del tendero se extiende a:
- Dueños,
- Operadores,
- Directivos de dueños u operadores,
- Agentes,
- Consignatarios,
- Empleados, y
- Arrendatarios
Normalmente, restringir la libertad de movimiento de alguien es ilegal. Los fiscales podrían presentar cargos penales. Y la víctima podría demandar. Pero el privilegio del tendero ofrece una excepción. Específicamente, el privilegio del tendero es una defensa contra los siguientes cuatro delitos y causas de acción:
- Arresto falso,
- Detención ilegal,
- Difamación, o
- Detención ilegal
Tenga en cuenta que los comerciantes deben mostrar el siguiente aviso en negrita y de forma visible en el local. De lo contrario, no podrán alegar el privilegio del tendero como defensa:
Cualquier comerciante o su agente que tenga motivos para creer que una persona ha tomado mercancía de manera indebida puede detener a dicha persona en el local del comerciante con el propósito de recuperar la propiedad o notificar a un oficial de paz. Un adulto o los padres o tutor legal de un menor que robe mercancía es civilmente responsable por su valor y daños adicionales. NRS 597.850, 597.860 y 597.870.
En resumen, los sospechosos de hurto en tiendas no pueden presentar con éxito cargos penales o civiles contra los comerciantes por detenerlos siempre que:
- Los comerciantes tuvieran motivos para creer que robaron;
- La detención fue razonable; y
- El comerciante colocó el aviso anterior1
2. ¿Pueden los comerciantes usar la fuerza bajo el NRS 597.850?
El estatuto no menciona la fuerza. Dice que los tenderos pueden intentar recuperar los artículos robados, pero no dice cómo.
Sin embargo, el estatuto dice que el privilegio del tendero es una defensa contra el “arresto falso”. Y los arrestos casi siempre implican usar fuerza, como sujetar a alguien mientras llega la policía.
Aun así, se recomienda que los comerciantes intenten razonar con los sospechosos para que entreguen la mercancía. Si eso no funciona, deben llamar a la policía. Los comerciantes deben tratar de usar la menor fuerza posible – si es que usan alguna – para detener al sospechoso hasta que llegue la policía.
El privilegio del tendero no es una defensa contra cargos por agresión (NRS 200.481). Así que si los comerciantes se exceden y son demasiado agresivos, podrían enfrentar cargos penales y una demanda civil.2
Bajo el NRS 597.850, observar a alguien ocultar mercancía da a los comerciantes suficiente “motivo para creer” que la persona hurtó.
3. ¿Dónde pueden los comerciantes detener a los sospechosos? ¿Y por cuánto tiempo?
El NRS 597.850 instruye a los tenderos a detener a los sospechosos en el local. El estatuto define local como:
cualquier establecimiento o parte del mismo donde se muestre, mantenga u ofrezca mercancía para la venta.
Presumiblemente, esto incluye la
- sala de exhibición,
- los cuartos de almacenamiento, y
- las oficinas traseras.
Por lo tanto, los comerciantes no pueden llevar a los sospechosos fuera del local para detenerlos.
El estatuto también instruye a los tenderos a detener a los sospechosos por un tiempo razonable. Esto es el tiempo que toma recuperar los artículos robados y/o esperar a que llegue la policía. Así que la duración exacta depende de las circunstancias.3
4. ¿Qué pasa si el sospechoso no hurtó nada?
A veces, los comerciantes se equivocan y detienen a personas inocentes. Pero siguen estando inmunes a responsabilidad civil y penal si ambos:
- Los comerciantes tenían motivos para creer que alguien robó, y
- Los comerciantes detuvieron al sospechoso de manera razonable y por un tiempo razonable
Ejemplo: Sarah está en un CVS de Henderson mirando en la sección de maquillaje. Luego Sarah saca su propio lápiz labial de su bolso y se lo vuelve a aplicar usando el espejo de la tienda. Todo lo que ve el cajero es a Sarah aplicándose el lápiz labial y guardándolo en su bolso. El cajero no se da cuenta de que es de Sarah. Entonces el cajero detiene a Sarah y llama a la policía.
Sarah explica que el lápiz labial es suyo. Sarah lo saca y muestra que está muy usado. El cajero inspecciona el lápiz labial y se da cuenta de que cometió un error. Luego deja ir a Sarah y llama a la policía para informar que fue una falsa alarma.
Aquí, el cajero no infringió ninguna ley. Realmente pensó que Sarah robó al verla meter un lápiz labial en su bolso en la sección de cosméticos. Y tan pronto como se dio cuenta de su error, dejó ir a Sarah.
En resumen, los comerciantes deben comportarse de manera razonable. Mientras actúen con buena fe y sospecha fundada y detengan a los sospechosos solo el tiempo necesario, deberían evitar ser procesados.4
¿Está en California? Vea nuestro artículo sobre el privilegio del tendero en California.
Referencias legales
- NRS 597.850; Lerner Shops v. Marin, 83 Nev. 75, 423 P.2d 398 (1967).
- Igual.
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