NRS 171.126 es la ley de Nevada que autoriza arrestos ciudadanos. Las personas privadas que no tienen autoridad de aplicación de la ley están autorizadas a detener a sospechosos criminales si:
- el sospechoso cometió un delito menor o un delito grave menor en presencia del civil, o
- el sospechoso cometió un delito grave, ya sea que el civil lo haya presenciado o no
Las personas privadas que detienen a sospechosos no pueden usar más fuerza de la necesaria para detenerlos. Y nunca se permite el uso de fuerza letal durante los arrestos ciudadanos a menos que la persona privada actúe en legítima defensa.
Los civiles que ejecutan un arresto ciudadano ilegal enfrentan una acusación penal dependiendo de las circunstancias del caso. Las posibles penas incluyen encarcelamiento, multas y pagos de restitución a la víctima de la persona que fue arrestada ilegalmente.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de Las Vegas discuten cómo hacer arrestos ciudadanos en Nevada bajo NRS 171.126:
- 1. Definición
- 2. Cuándo las personas privadas pueden hacer arrestos
- 3. Uso de la fuerza
- 4. Privilegio del tendero
- 5. Penas por arresto ciudadano ilegal
1. Definición legal de un arresto ciudadano en Nevada
Un arresto ciudadano es cuando una persona que no es miembro de la ley hace una detención de un sospechoso criminal. Típicamente, el ciudadano privado ordena al sospechoso que se quede quieto y puede tener que restringir físicamente al sospechoso hasta que llegue la policía para tomar el control.1
2. Cuándo las personas privadas pueden hacer arrestos en Nevada
NRS 171.126 proporciona tres situaciones en las que los ciudadanos privados pueden detener a un sospechoso criminal:
- El sospechoso cometió cualquier delito en presencia de la persona (en otras palabras, la persona presenció que el sospechoso rompió la ley);
- El sospechoso cometió un delito de felonía, incluso si la persona no lo presenció; o
- Se ha cometido un delito de felonía y la persona tiene motivos razonables para creer que el sospechoso lo cometió
En resumen, la única situación en la que las personas no pueden hacer arrestos ciudadanos es si el sospechoso supuestamente cometió un delito menor o un delito grave fuera de la presencia de la persona.
Tenga en cuenta que no se requieren órdenes judiciales para que las personas privadas hagan un arresto en Nevada. También tenga en cuenta que los arrestos ciudadanos pueden ocurrir en cualquier momento, de día o de noche; no hay períodos en los que los arrestos ciudadanos estén prohibidos.2
3. Uso de la fuerza en arrestos ciudadanos en Nevada
Cuando las personas privadas realizan un arresto ciudadano en un sospechoso criminal, no pueden usar más fuerza de la necesaria razonablemente en las circunstancias.
Por ejemplo, si un sospechoso se rinde y no resiste, la persona privada no debería golpear al sospechoso; en cambio, la persona privada solo debe quedarse con el sospechoso hasta que llegue la policía.
La única vez que las personas privadas pueden usar fuerza letal contra un detenido es en defensa legítima o defensa de otros. Por lo tanto, a menos que el sospechoso represente una amenaza de lesiones corporales graves para cualquier persona, la persona que realiza la detención no tiene justificación legal para matar al sospechoso, sin importar qué delito haya cometido. 3
4. Privilegio del tendero en Nevada
La ley de Nevada permite a los tenderos tomar a los ladrones sospechosos en custodia y detenerlos en el lugar de una manera razonable y por un tiempo razonable hasta que llegue la policía. Algunos comerciantes optan por liberar a los sospechosos sin llamar a las autoridades siempre que los sospechosos entreguen los bienes robados. 4
Los tenderos no serán responsables civil ni penalmente por detener razonablemente a un sospechoso de hurto siempre que tengan la siguiente notificación visiblemente en la tienda en letra de imprenta en negrita:
Cualquier comerciante o su agente que tenga razones para creer que la mercancía ha sido tomada indebidamente por una persona puede detener a dicha persona en los locales del comerciante con el fin de recuperar la propiedad o notificar a un oficial de paz. Un adulto o los padres o tutor legal de un menor que robe mercancías será responsable civilmente por su valor y daños adicionales. NRS 597.850, 597.860 y 597.870.
Aprenda más sobre el privilegio del tendero (NRS 597.850).
5. Penas por arrestos ilegales de ciudadanos en Nevada
Las personas que someten a otras personas a arrestos ilegales de ciudadanos pueden enfrentar diversos cargos penales dependiendo de las circunstancias del arresto. Los siguientes son delitos comunes que cometen las personas cuando toman ilegalmente a otros en custodia.
5.1. Privación ilegal de la libertad
La privación ilegal de la libertad (NRS 200.460) ocurre cuando una persona priva ilegalmente a otra persona de su libertad de movimiento. Mantener a alguien abajo durante un arresto ilegal de ciudadanos podría calificar como privación ilegal de la libertad.
Commeter una privación ilegal de la libertad con el uso de un arma mortal es un delito de categoría B, que conlleva de uno a seis años en la Prisión Estatal de Nevada. De lo contrario, la privación ilegal de la libertad es un delito grave, que conlleva:
- Hasta 364 días en la cárcel, y/o
- Hasta $2,000 en multas
5.2. Agresión con arma mortal
La agresión con arma mortal (NRS 200.471 (2) (b)) ocurre cuando una persona usa una pistola u otro objeto peligroso para poner a otra persona en razonable temor de daño corporal inmediato. Apuntar una pistola a alguien durante un arresto ciudadano ilegal podría calificar como agresión con arma mortal.
La agresión con arma mortal se procesa como un delito de categoría B, que conlleva:
- 1 – 6 años en prisión, y/o
- hasta $5,000 en multas
5.3. Impersonación de un oficial
La impersonación de un funcionario público (NRS 199.430) ocurre cuando alguien defrauda a otra persona haciéndose pasar por un funcionario público (que incluye a los oficiales de policía). En 2012, una persona fue arrestada en Las Vegas por un arresto ciudadano ilegal por alegar falsamente al sospechoso que era un oficial de policía.5
La impersonación de un oficial de policía es un delito grave, que conlleva:
- Hasta 364 días en la cárcel, y/o
- Hasta $2,000 en multas
Además, el acusado puede tener que pagar restitución a la víctima a las víctimas que sufrieron daños por la falsa impersonación.
Llame a un abogado de defensa penal de Nevada…
¿Acusado de hacer un arresto ciudadano ilegal en Nevada? Llame a nuestros abogados de defensa penal de Las Vegas para una consulta. Haremos todo lo posible para reducir o desestimar los cargos para que su expediente permanezca limpio. En la mayoría de los casos, podemos lograr una resolución favorable sin un juicio.
¿En California? Vea nuestro artículo sobre Código Penal 837 PC. ¿En Colorado? Vea nuestro artículo sobre CRS 16-3-201.
Referencias Legales
- NRS 171.126 Arresto por una persona privada. Una persona privada puede arrestar a otra: 1. Por un delito público cometido o intentado en presencia de la persona. 2. Cuando la persona arrestada haya cometido un delito grave, aunque no esté en presencia de la persona. 3. Cuando se haya cometido un delito grave, y la persona privada tenga motivos razonables para creer que la persona arrestada lo haya cometido.
- Id.
- State v. Weddell, 117 Nev. 651, 27 P.3d 450 (2001). (Lexis: “Al asegurar o intentar un arresto bajo el NRS 171.126, una persona privada solo puede usar la cantidad de fuerza que sea razonable y necesaria en las circunstancias; el uso de fuerza letal, como cuestión de ley, es irrazonable, a menos que el arrestado represente una amenaza de lesiones corporales graves para el arrestador privado u otros.”)
- NRS 597.850 Hurto en tiendas: El comerciante puede solicitar a la persona en el lugar que mantenga la mercancía a la vista; detención del sospechoso; inmunidad del comerciante de responsabilidad; exhibición de aviso. 1. Como se usa en esta sección y en los NRS 597.860 y 597.870: (a) “Mercancía” significa cualquier bien personal, capaz de entrega manual, exhibido, mantenido o ofrecido para la venta por un comerciante. (b) “Comerciante” significa un propietario o operador, y el agente, consignatario, empleado, arrendatario o oficial de un propietario o operador, de cualquier lugar de comercio. (c) “Lugar” significa cualquier establecimiento o parte de él donde se exhiben, mantienen o ofrecen mercancías para la venta. 2. Cualquier comerciante puede solicitar a cualquier persona en el lugar del comerciante que coloque o mantenga a la vista cualquier mercancía que la persona pueda haber retirado, o que el comerciante tenga motivos para creer que la persona pueda haber retirado, de su lugar de exhibición u otro lugar, ya sea para examinar, comprar o para cualquier otro propósito. Ningún comerciante es responsable criminal o civil por haber hecho tal solicitud. 3. Cualquier comerciante que tenga motivos para creer que la mercancía ha sido tomada indebidamente por una persona y que el comerciante puede recuperar la mercancía tomando a la persona en custodia y deteniéndola, puede, con el fin de intentar efectuar tal recuperación o con el fin de informar a un oficial de paz de las circunstancias de tal detención, tomar a la persona en custodia y detenerla, en el lugar, de una manera razonable y por un tiempo razonable. Se presume que un comerciante tiene motivos para creer que la mercancía ha sido tomada indebidamente por una persona y que el comerciante puede recuperar la mercancía tomando a la persona en custodia y deteniéndola si el comerciante observó que la persona ocultaba la mercancía mientras estaba en el lugar. Tal toma en custodia y detención por parte de un comerciante no hace que el comerciante sea responsable criminal o civilmente por arresto falso, encarcelamiento falso, difamación o detención ilegal a menos que la toma en custodia y detención sean irrazonables bajo todas las circunstancias. 4. Ningún comerciante tiene derecho a la inmunidad de responsabilidad prevista en esta sección a menos que se muestre en un lugar visible y destacado en el lugar del comerciante un aviso en tipo de letra en negrita claramente legible y en forma sustancialmente similar a la siguiente:
Cualquier comerciante o su agente que tenga motivos para creer que una persona ha tomado mercancía de forma indebida, puede detener a dicha persona en las instalaciones del comerciante con el fin de recuperar la propiedad o notificar a un agente de la paz. Un adulto o los padres o tutor legal de un menor que robe mercancías será responsable civilmente por su valor y daños adicionales. NRS 597.850, 597.860 y 597.870.
- Francis McCabe, “Hacer una detención ciudadana puede tener consecuencias negativas en Nevada‘, Las Vegas Review-Journal (31 de marzo de 2013).