En Colorado, una segunda ofensa de armas dentro de un período de 5 años puede resultar en cargos penales por delito grave. La posesión de un arma desfigurada, el porte ilegal de un arma oculta y el uso prohibido de un arma generalmente son delitos menores. Sin embargo, de acuerdo con el CRS 18-12-107, una segunda ofensa dentro de los 5 años es un delito de clase 5. Las penas incluyen hasta 3 años de prisión y una multa de hasta $100,000. En este artículo, nuestros abogados de defensa penal de Colorado abordarán:
- 1. ¿Cuál es una segunda ofensa de armas?
- 2. ¿Qué ofensas de armas anteriores califican?
- 3. ¿Cuáles son las penas por una segunda ofensa de armas de fuego?
- 4. ¿Cuáles son algunas defensas para delitos de armas o armas?
- 5. Delitos relacionados
1. ¿Cuál es una segunda ofensa de armas?
Cualquier persona que tenga una segunda o posterior ofensa de armas bajo los siguientes estatutos ha cometido una segunda ofensa de armas:
- Posesión de un arma desfigurada C.R.S. 18-12-103
- Porte ilegal de un arma oculta C.R.S. 18-12-105
- Uso prohibido de armas C.R.S. 18-12-106
Una primera ofensa de estas ofensas de armas generalmente se trata como un delito menor. Sin embargo, una segunda de estas ofensas de armas dentro de los 5 años de una condena anterior es un delito de clase 5.1
2. ¿Qué ofensas de armas anteriores califican?
La posesión de un arma desfigurada, el porte ilegal de un arma oculta o el uso prohibido de un arma son ofensas anteriores que califican para una segunda ofensa de armas. En general, las ofensas penales anteriores pueden calificar como factores agravantes que aumentan la sentencia por otros delitos. Sin embargo, solo estas tres ofensas específicas califican como una segunda ofensa de armas bajo el CRS 18-12-107.
Posesión de un arma desfigurada C.R.S. 18-12-103
La posesión consciente e ilegal de un arma de fuego con el número de serie eliminado, desfigurado, alterado o destruido es un delito menor de clase 1.
Portar ilegalmente un arma oculta C.R.S. 18-12-105
El portar ilegalmente y con conocimiento un arma oculta es un delito de clase 1. Esto incluye portar un arma de fuego oculta o un cuchillo en o alrededor de su persona. Portar ilegalmente un arma de fuego, explosivo o dispositivo peligroso a cualquier reunión de la asamblea general de Colorado también se considera una violación de armas ocultas.
Uso Prohibido de Armas C.R.S. 18-12-106
El uso prohibido de un arma es un delito de clase 1 o clase 2 dependiendo del arma. Esto incluye:
- Apuntar un arma de fuego a otra persona;
- Disparar un arma o un arco y flecha de forma temeraria;
- Colocar una trampa peligrosa y desatendida, incluyendo un dispositivo que dispare un arma o cause una explosión cuando se acerque o se active;
- Posesión de un arma de fuego mientras está bajo los efectos de drogas o alcohol; o
- Uso de una estrella de lanzamiento o nunchaku.
3. ¿Cuáles son las penas por un segundo delito con armas de fuego?
Un delito por primera vez de estos cargos de armas es un delito de clase 1 o 2. Las penas por un segundo o posterior delito dependen de la cantidad de tiempo entre la condena anterior y el segundo delito. Si el segundo o posterior delito se cometió dentro de los 5 años de la condena anterior, el delito posterior es un delito de clase 5.
Un segundo delito de armas dentro de los 5 años es castigable con 1 a 3 años de prisión y una multa de entre $1,000 y $100,000. También puede haber un período de libertad condicional obligatorio después de la liberación.
Delitos graves también pueden resultar en penas a largo plazo. Esto incluye posibles restricciones al voto y la inhabilitación para servir en un jurado o ocupar un cargo público. También puede ser mucho más difícil para un delincuente encontrar un trabajo en el futuro.
Referencias Legales
- C.R.S. 18-12-107
- C.R.S. 18-12-103. Antes del 1 de marzo de 2022, las penas incluían hasta 18 meses de prisión. SB21-271.
- C.R.S. 18-12-105. Antes del 1 de marzo de 2022, portar armas ocultas era un delito de segundo grado con una pena de 3 a 12 meses de prisión y/o $250 a $1,000. SB21-271.
- C.R.S. 18-12-106. Antes del 1 de marzo de 2022, el uso de armas prohibidas siempre era un delito de segundo grado con una pena de 3 a 12 meses de prisión y/o $250 a $1,000. SB21-271.