Estatuto Revisado de Colorado § 18-7-801 C.R.S. prohíbe la invasión criminal de la privacidad, que es observar o tomar fotografías de las partes íntimas del cuerpo de una persona sin su consentimiento. Este delito menor de clase 2 conlleva:
- hasta 120 días en la cárcel y/o
- una multa de hasta $750.
También puede ser demandado por la presunta víctima por invasión civil de la privacidad, lo que puede conllevar daños compensatorios considerables. Esto es cierto independientemente de si se le acusa penalmente o no.

En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Denver abordarán los siguientes temas clave sobre la invasión criminal de la privacidad en la ley de Colorado:
- 1. Elementos del C.R.S. 18-7-801
- 2. Imágenes prohibidas
- 3. Consecuencias migratorias
- 4. Registro de delincuentes sexuales
- 5. Invasión civil de la privacidad
- 6. Delitos relacionados
- Preguntas frecuentes
- Recursos adicionales
1. Elementos del C.R.S. 18-7-801
Para que sea condenado por invasión criminal de la privacidad en Colorado, los fiscales tienen la carga de probar más allá de toda duda razonable que:
- usted observó o tomó conscientemente una fotografía de las partes íntimas de otra persona, y
- esa persona no dio su consentimiento.
Este delito involucra situaciones donde la persona observada o fotografiada tiene una expectativa razonable de privacidad, como un vestidor, baño o vestuario. No incluiría una playa nudista o un club de striptease.1
“Partes íntimas” incluyen las partes externas de cualquier persona:
- genitales,
- perineo,
- ano,
- nalgas,
- región púbica, o
- senos.2
También puede ser acusado de invasión criminal de la privacidad si instala una cámara para observar a una persona en un momento posterior, incluso si nunca llega a ver las imágenes.
2. Imágenes prohibidas
Tomar fotografías de las partes íntimas de una persona sin consentimiento no se limita a fotos tradicionales.3 Bajo el C.R.S. 18-7-801, las fotografías incluyen:
- fotografías
- películas
- videotapes
- transmisiones en vivo
- impresiones
- negativos
- diapositivas; o
- otro material visual reproducido.
3. Consecuencias migratorias
Una condena por invasión de la privacidad puede tener consecuencias migratorias como la deportación dependiendo de las circunstancias. Por lo tanto, si usted no es ciudadano, asegúrese de contratar un abogado lo antes posible para intentar que se desestime el cargo o se reduzca a un delito no deportable.4
Violar el C.R.S. 18-7-801 es un delito menor de clase 2.
4. Registro de delincuentes sexuales
Una condena por invasión de la privacidad no genera la obligación de registrarse como delincuente sexual en Colorado. Sin embargo, sí debe registrarse si es condenado por el delito separado de invasión de la privacidad para gratificación sexual (C.R.S. 18-3-405.6).
La invasión de la privacidad para gratificación sexual es un delito menor de clase 1; sin embargo, es un delito grave de clase 6 si tiene una condena previa o si la fotografía fue de una persona menor de 15 años.5
5. Invasión civil de la privacidad
La invasión de la privacidad no es solo un delito sino también una “causa de acción” civil. Si pierde su demanda, normalmente se le ordena pagar daños monetarios al demandante (víctima). A diferencia de los tribunales penales, los tribunales civiles no pueden imponer tiempo en la cárcel.
Colorado reconoce dos causas de acción civil separadas por invasión de la privacidad:
- Divulgación, que es la publicación irrazonable de la vida privada de otra persona sin su consentimiento; y
- Apropiación, que es usar el nombre o la imagen de otra persona sin permiso.
Las reclamaciones civiles por invasión de la privacidad en Colorado tienen poca semejanza con la invasión criminal de la privacidad. Las reclamaciones civiles no requieren necesariamente que tome fotos íntimas sin el consentimiento del sujeto.
Para ganar una demanda civil por invasión de la privacidad, el demandante (víctima) debe probar que usted es responsable por preponderancia de la evidencia. Este es un estándar mucho más bajo que en el tribunal penal, donde los fiscales deben probar la culpabilidad más allá de toda duda razonable.
Las posibles defensas a las reclamaciones civiles por invasión de la privacidad son que:
- usted estaba protegido por la Primera Enmienda,
- el demandante no tenía una expectativa razonable de privacidad, y/o
- usted estaba reportando noticias o dando un comentario.6
6. Delitos relacionados
Exhibicionismo C.R.S. 18-7-302
Exponer sus genitales a otra persona se considera exhibicionismo y una violación de la ley de Colorado. Masturbarse en público también se considera exhibicionismo. El exhibicionismo es un delito menor de clase 1 en Colorado y puede resultar en hasta 364 días en la cárcel y/o una multa de $1,000. Una condena por exhibicionismo también puede requerir que se registre como delincuente sexual.
Indecencia pública C.R.S. 18-7-302
Exponer sus partes íntimas, tener relaciones sexuales en público o exponer sus genitales para ofender a otra persona es una violación del estatuto de indecencia pública de Colorado. La indecencia pública es una falta menor. Una condena por indecencia pública podría resultar en hasta 10 días en la cárcel y una multa de hasta $300.
Conducta lasciva C.R.S. 18-7-301
La conducta lasciva implica exponer sus genitales, tener relaciones sexuales en público o masturbarse en público, o manosear a otra persona, y es una violación de las leyes de indecencia pública y exhibicionismo de Colorado. Las penas por conducta lasciva dependen de si la conducta se acusa como indecencia pública o exhibicionismo.
Allanamiento criminal C.R.S. 18-4-502
Comete allanamiento criminal cuando ingresa o permanece ilegalmente en la propiedad de otra persona. El allanamiento puede ser de primer, segundo o tercer grado, dependiendo del tipo de propiedad involucrada y su motivo para entrar o permanecer en la propiedad. Las penas por allanamiento criminal en Colorado varían desde una multa y libertad condicional hasta tres años de prisión y una multa de $100,000.
En Colorado, tomar fotos de las partes íntimas de una persona sin su consentimiento es invasión criminal de la privacidad.
Preguntas frecuentes
¿Es la invasión de la privacidad un delito grave en Colorado?
No. La invasión criminal básica de la privacidad es un delito menor de clase 2, castigado con hasta 120 días en la cárcel y/o hasta $750 en multas. Sin embargo, pueden aplicarse cargos más graves si la conducta fue para gratificación sexual o involucró a un menor.
¿Tengo que ver realmente la grabación para ser acusado?
No. Puede ser acusado incluso si nunca vio la grabación. Colocar o usar conscientemente una cámara oculta o dispositivo de grabación sin consentimiento puede ser suficiente para violar la ley.
¿La víctima tiene que estar completamente desnuda?
No. La ley se aplica si alguien observa o fotografía las partes íntimas de otra persona, incluso si están parcialmente cubiertas por ropa interior o ropa, siempre que la persona tuviera una expectativa razonable de privacidad.
¿Puedo ser acusado si grabo a alguien en un lugar público?
Generalmente no. La ley se aplica solo cuando la persona tenía una expectativa razonable de privacidad, como en un baño, vestidor o dormitorio. Grabar a alguien a la vista pública en un lugar público generalmente no es invasión criminal de la privacidad.
Recursos adicionales
Para más información, consulte lo siguiente:
- Unidad de Registro de Delincuentes Sexuales de Colorado – La oficina estatal que supervisa el registro y seguimiento de delincuentes sexuales.
- Oficina de Investigaciones de Colorado (CBI) – La agencia estatal que proporciona apoyo forense, investigativo y de justicia penal a las fuerzas del orden.
- Departamento de Correcciones de Colorado – La agencia estatal responsable de administrar prisiones y supervisar a los liberados condicionales.
- Junta de Gestión de Delincuentes Sexuales de Colorado – El organismo regulador que establece los estándares de tratamiento y supervisión para delincuentes sexuales.
- Departamento de Seguridad Pública de Colorado – La agencia que coordina la aplicación de la ley, respuesta a emergencias y servicios de justicia penal.
- Oficina de Correcciones Comunitarias de Colorado – La agencia estatal que supervisa alternativas a la encarcelación, como casas de transición y programas de reinserción.
Referencias legales
- C.R.S. 18-7-801 – Invasión criminal de la privacidad.
(1) Una persona que observa conscientemente o toma una fotografía de las partes íntimas de otra persona, según se define en la sección 18-3-401 (2), sin el consentimiento de esa persona, en una situación donde la persona observada o fotografiada tiene una expectativa razonable de privacidad, comete invasión criminal de la privacidad.
(2) La invasión criminal de la privacidad es un delito menor de clase 2.
(3) Para los propósitos de esta sección, “fotografía” incluye una fotografía, película, cinta de video, transmisión en vivo, impresión, negativo, diapositiva u otro material visual reproducido mecánica, electrónica, digital o químicamente.Antes del 1 de marzo de 2022, los delitos menores de clase 2 conllevaban de 3 a 12 meses en la cárcel y una multa de hasta $1,000. SB21-271. Véase, por ejemplo, People v. Crawford (Colo. 2025) 568 P.3d 426. - C.R.S. 18-3-401(2)
- C.R.S. 18-7-801(3)
- 8 U.S.C. 1227.
- C.R.S. 18-3-405.6(2). C.R.S. 16-22-102(9)(aa).
- Instrucciones civiles del jurado de Colorado 28:4 y 28:5; véase también Robert C. Ozer, P.C. v. Borquez (Colo. 1997) 940 P.2d 371; People v. Home Ins. Co. (Colo. 1979) 591 P.2d 1036. Note que Colorado no reconoce los agravios de “intrusión” (intrusión irrazonable en la privacidad de otro) o “falsa luz” (publicidad que muestra irrazonablemente a otra persona en público de manera falsa).