En California, un calendario de pagos se refiere a la(s) fecha(s) y períodos de tiempo en los que los empleadores están legalmente obligados a pagarle. Si no le pagan a tiempo, puede presentar una reclamación por
- salarios atrasados más
- penalizaciones por tiempo de espera.
La siguiente tabla resume cuándo debe esperar recibir su cheque de pago:
|
Tipo de empleado en California |
Cuándo debe realizarse el pago |
| Empleados no exentos | Al menos dos veces al mes, antes del 10 y 26 |
| Empleados exentos | Una vez al mes, antes del 26 |
| Empleados que trabajan horas extras | El segundo día de pago regular después del trabajo extra |
| Empleados despedidos, suspendidos o que renuncian con aviso de 72 horas | Su último día de trabajo |
| Empleados que renuncian sin aviso de 72 horas | Dentro de 72 horas |
Nuestros abogados laborales y de empleo de California tienen décadas de experiencia combinada representando a empleados trabajadores que fueron engañados con sus ganancias. También tenemos un largo historial de ganar no solo el pago completo atrasado sino también significativas penalizaciones monetarias que su empleador le debe.

A continuación explicamos lo siguiente sobre las leyes de días de pago en California:
- 1. Días de pago
- 2. Recibos de sueldo
- 3. Cheques de pago atrasados
- 4. Cheques de pago finales
- 5. Ley federal
- Lectura adicional
1. Días de pago
Los empleadores en California deben proporcionarle un aviso de cómo se le pagará y luego pagarle en consecuencia. Si usted es un empleado no exento, debe pagarse con una frecuencia no menor a:
- en o antes del día 26 del mes por el dinero ganado entre el día 1 y 15 de ese mes, y
- antes del día 10 del mes siguiente por cualquier dinero ganado durante la segunda mitad del mes.
Ya sea que le paguen quincenalmente, semanalmente o cada dos semanas, debe recibir el pago dentro de los 7 días posteriores al final del período de pago. Si el día de pago cae en un día festivo, su empleador puede pagarle el salario el siguiente día hábil.
Si usted es un empleado exento (lo que significa que no tiene derecho a pago por horas extras), su empleador puede pagarle mensualmente en o antes del día 26. Los empleados exentos suelen ser de “cuello blanco” y ocupan cargos ejecutivos, administrativos u otros puestos profesionales.
Tenga en cuenta que los contratistas de mano de obra agrícola deben pagarse semanalmente.1
Pago de horas extras
Como empleado no exento, su empleador debe pagarle las horas extras en el segundo día de pago regular después de su trabajo extra. El pago por horas extras es 1.5 veces su tarifa regular de pago, y tiene derecho a ello si trabaja más de:
- 8 horas en un solo día laboral,
- 40 horas en una sola semana laboral, o
- 6 días en una sola semana laboral.2
Comisiones de ventas
Si un empleador le paga bajo un acuerdo de comisión, entonces debe pagarle cuando la comisión se gana.3 Su contrato de trabajo establece cuándo ocurre esto.
Las leyes laborales de California requieren que la mayoría de los empleadores paguen a sus empleados quincenalmente, o dos veces al mes.
2. Recibos de sueldo
Los recibos de sueldo (talones de pago) deben incluir una lista detallada que muestre sus salarios brutos y netos por el número correspondiente de horas del período de pago regular, más cualquier deducción (como seguro de salud e impuestos). Además, la ley de California requiere que los recibos tengan:
- su nombre completo y los últimos cuatro dígitos de su número de seguro social,
- el nombre completo y la dirección física de su empleador,
- las fechas del período de pago,
- el total de horas trabajadas,
- el número de horas trabajadas a cada tarifa por hora, y
- la cantidad de unidades y tarifa para cualquier trabajo por pieza (si aplica).4
El recibo puede ser
- un documento separado,
- un talón de pago desprendible, o
- visible en el portal de su empresa.
Solicitud de registros de nómina
Si solicita sus registros de nómina, su empleador debe permitirle examinarlos dentro de 21 días. Su empleador puede cobrar costos razonables de copiado si desea conservar una copia.
Si su empleador no cumple con su solicitud a tiempo, puede tener derecho a un extra de $750 de su empleador.5
3. Cheques de pago atrasados
Si su empleador no le paga a tiempo, le debe una “penalización estatutaria” de $100 por la primera violación ($200 si su empleador no le pagó intencionalmente). Todas las violaciones posteriores conllevan una penalización estatutaria de $200 más el 25% del monto retenido.
Puede perseguir estas penalizaciones estatutarias presentando una reclamación salarial ante el Comisionado de Trabajo de California.6
Si un empleador no cumple con las leyes del período de pago, puede ser sancionado.
4. Cheques de pago finales
Si su empleador lo despide o suspende, la ley de California requiere que reciba su cheque de pago final de inmediato. Su cheque de pago final debe incluir no solo
- salarios sino también
- cualquier tiempo de vacaciones no utilizado y tiempo libre pagado (PTO).
Si renuncia o deja un trabajo sin al menos 72 horas de aviso, su empleador tiene 72 horas para entregarle su cheque de pago final. Pero si renuncia con al menos 72 horas de aviso, debe recibir su cheque de pago final en su último día.7

Penalización por retraso
Si el empleador se retrasa con su cheque de pago final, debe pagarle una penalización. La penalización equivale a un día completo de salario por cada día que el cheque final se retrase, hasta 30 días.8
5. Ley federal
La ley principal es la Ley de Normas Laborales Justas (FLSA), que es principalmente aplicada por el Departamento de Trabajo de EE.UU. (DOL).
La FLSA establece leyes de calendario de pagos similares a las descritas arriba. Tenga en cuenta que si una ley estatal entra en conflicto con la ley federal, el empleador debe seguir la que le brinde mayor protección.9
Lectura adicional
Para información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- El momento del pago – Journal of Financial Economics.
- ¿Con qué frecuencia pagan los negocios privados a los trabajadores? – Oficina de Estadísticas Laborales.
- Duración de los períodos de pago en la industria estadounidense – Monthly Labor Review.
- Pago por pieza y pago por hora durante el ciclo – Labour Economics.
- ¿Importa la frecuencia del pago? Evidencia a partir de microdatos – Journal of Financial Economics.
Vea también nuestro artículo sobre leyes de cheques de pago en California.
Referencias legales:
- Sección 204 del Código Laboral de California. Código Laboral de California 204a y 204c. Códigos Laborales de California 204a, 205.
- Código Laboral de California 204b.
- Código Laboral de California 201a. Véase también Código Laboral de California 204a. Sciborski v. Pacific Bell Directory (2012) 205 Cal.App.4th 1152
- Código Laboral de California 226.
- Ver nota 1. Código Laboral de California 1198.5.
- Código Laboral de California 203. Código Laboral de California 210a. AB 673 (2019).
- Código Laboral de California 201.
- Códigos Laborales de California 202a, 1194.2.
- 29 U.S.C. § 218(a). Véase también Aguilar v. Association for Retarded Citizens (1991) 234 Cal.App.3d 21.