Los residentes no estadounidenses que sean condenados por un delito grave o que estén en el país ilegalmente pueden recibir un Aviso de comparecencia (NTA) en la corte de inmigración.
Recibir un NTA no significa necesariamente que un inmigrante será deportado. Significa que el inmigrante debe pasar por el proceso de la corte de inmigración ante un juez de inmigración.
Las formas en que un inmigrante puede luchar contra la deportación después de recibir un NTA incluyen (sin limitación):
- Discreción fiscal (persuadir a ICE para que no persiga el caso),
- Alivio posterior a la condena por un cargo criminal,
- Ganar el caso en la corte de inmigración,
- Cuestionar un defecto en el Aviso de comparecencia,
- Obtener alivio de una orden de deportación a través de:
- Asilo, una visa “U” u otra protección contra la persecución o la tortura, o
- Si un delito no se clasificó como un “delito agravado”, alivio de la deportación como “cancelación de la remoción”; o
- Partida voluntaria.
Para ayudarlo a comprender mejor los Avisos de comparecencia en la corte de inmigración, nuestros abogados de inmigración de California discuten, a continuación:
- 1. ¿Qué es un “Aviso de comparecencia” en la corte de inmigración?
- 2. ¿Cómo recibo un NTA?
- 3. ¿Quién emite el Aviso de comparecencia en la corte de inmigración?
- 4. ¿Cuándo será mi audiencia?
- 5. ¿Recibiré un NTA si se me coloca en los procedimientos de “remoción acelerada”?
También puede desear revisar nuestro artículo sobre 15 formas de detener la deportación.
1. ¿Qué es un “Aviso de comparecencia” en la corte de inmigración?
Un Aviso de comparecencia (NTA) es una citación legal para comparecer en la corte de inmigración. Es emitido por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS).
Una NTA puede ser servida después de que un inmigrante solicite al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) un beneficio como el ajuste de estatus o la naturalización, y el beneficio es denegado debido a:
- Fraude, o
- Ciertas determinaciones como la terminación del Estatus de Residencia Condicional, la terminación del estatus de refugiado o la denegación de la Petición para Eliminar las Condiciones de Residencia
Sin embargo, es más probable que se sirva una NTA después de que un no residente de los Estados Unidos sea condenado por:
- Un delito susceptible de deportación, o
- Un delito que hace a un extranjero inadmisible en los Estados Unidos.1
La lista de delitos susceptibles de deportación e inadmisibles es larga. Incluye, entre muchos otros delitos, los siguientes:
- Asalto con un arma mortal (“ADW”),
- Tráfico de drogas,
- Conducción bajo la influencia con múltiples condenas,
- Secuestro,
- Asesinato,
- Actividades relacionadas con la prostitución,
- Violación, y
- Abuso sexual de un menor.
2. ¿Cómo recibo una NTA?
Un inmigrante puede recibir la NTA (Formulario I-862) de dos maneras:
- Personalmente, de un oficial de inmigración, o
- Por correo en la última dirección conocida del extranjero.
Si el extranjero tiene un abogado de registro, también se le enviará una copia.
El aviso incluirá una declaración de los cargos. Establecerá la supuesta razón (es) por la que el extranjero está sujeto a la deportación, por ejemplo:
- El extranjero ha sido condenado por un delito removible,
- El extranjero ingresó ilegalmente a los EE. UU., o
- El extranjero excedió un visado.
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) también presentará la NTA ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (“EOIR” o “tribunal de inmigración”). La presentación de la Notificación ante el tribunal de inmigración es lo que desencadena el inicio de los procedimientos de deportación.
3. ¿Quién emite el Aviso para comparecer ante el tribunal de inmigración?
En el caso de individuos condenados por un delito, la NTA suele ser emitida por un Oficial de Inmigración y Aduanas de los Estados Unidos (“ICE”).
Los oficiales de ICE tienen una considerable discreción sobre si emitir una NTA en cualquier caso en particular. Su prioridad más alta es deportar a los extranjeros que “son un peligro para la seguridad nacional o un riesgo para la seguridad pública”.
Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (“USCIS”) también pueden emitir una NTA, cuando encuentran que un no ciudadano no ha cumplido con las regulaciones que rigen la admisión o el mantenimiento de un estado legal después de la admisión.
Y finalmente, Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (“CBP”) puede emitir una NTA cuando un no ciudadano que llega a los EE. UU.:
- Es considerado inadmisible,
- No retira su solicitud de admisión,
- No se coloca en procedimientos de remoción acelerada, y
- No hace una solicitud de asilo.
Aunque CBP detiene a más de 300.000 extranjeros que llegan al año, emite NTAs a menos del 10% de tales extranjeros que llegan. 3
4. ¿Cuándo será mi audiencia?
El Aviso para Comparecer contendrá la fecha, hora y ubicación para la audiencia inicial de inmigración, conocida como la “Audiencia de Calendario Maestro” (MCH). O esta información se enviará en un Aviso de Audiencia separado.
Por ley, la MCH tendrá lugar a más tardar diez días después del servicio del aviso. Esto le da al detenido tiempo para encontrar un abogado, si lo desea, y para preparar la documentación.
A diferencia de los juicios criminales, el gobierno no está obligado a nombrar un abogado al extranjero a expensas del gobierno. Los inmigrantes pueden contratar a un abogado a su propio costo. O pueden buscar los servicios de un abogado sin costo (pro bono) o de bajo costo.
Si se le sirve una Notificación de Comparecencia, el gobierno le proporcionará una lista de abogados (actualizada trimestralmente) dispuestos a representar a los no ciudadanos de forma gratuita. También es posible obtener nombres adicionales de su asociación local de abogados. Por ejemplo, en Los Ángeles, es posible que desee comunicarse con el Proyecto de Asistencia Legal de Inmigración de la Asociación de Abogados del Condado de Los Ángeles.
Un inmigrante puede renunciar al requisito de notificación de 10 días. Esto puede ser deseable si el extranjero está siendo detenido por ICE y no puede obtener o pagar una fianza.
5. ¿Recibiré una NTA si se me coloca en procedimientos de “expulsión acelerada”?
La respuesta corta es “no”. Los procedimientos de expulsión acelerada permiten al gobierno deportar a un inmigrante inmediatamente y sin una audiencia formal.
La expulsión acelerada generalmente no se aplica después de una condena penal, sin embargo. Se usa con mayor frecuencia para deportar a inmigrantes que:
- Ingresaron a los EE. UU. sin documentos válidos (como un pasaporte y/o visa);4 o
- Obtuvieron entrada por fraude o falsedad real o intentada.5
Sin embargo, en los casos de expulsión acelerada, a veces un no ciudadano desea ser notificado con una NTA y colocado en procedimientos de expulsión formales.
Recomendamos encarecidamente discutir sus opciones con un abogado de inmigración experimentado en California.
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Referencias legales:
- Vea el Decreto Ejecutivo de la Casa Blanca: Mejorando la seguridad pública en el interior de los Estados Unidos, 25 de enero de 2017.
- 8 CFR § 239.1.
- Vea
- Ley de Inmigración y Nacionalidad (“INA”) § 212 (a)(6)(C).
- 8 USC § 1182(a)(7).