Si arrojas basura, desperdicios u otro material en una propiedad pública o privada en el condado de Ventura, California, podría costarte mucho.
El Código Penal de California 374.3 hace ilegal arrojar materia de desperdicios:
- sobre una carretera pública o privada, incluida cualquier parte de la franja de derecho de paso, o
- en o sobre una propiedad privada a la que el público tiene acceso por una servidumbre o licencia, o
- sobre una propiedad privada sin el consentimiento del propietario, o
- en o sobre un parque público u otra propiedad pública que no esté designada o apartada para ese propósito por la junta o cuerpo gobernante que tenga a cargo esa propiedad.
De manera similar, también es una violación del Código Penal 374.3 “colocar, depositar o arrojar” los siguientes materiales en cualquiera de las propiedades descritas anteriormente:
- piedras
- concreto
- asfalto
- tierra
Las penas por una condena por una violación del Artículo 374.3 en el condado de Ventura son las siguientes:
- Primera ofensa: una multa obligatoria de no menos de $250 ni más de $1,000
- Segunda ofensa: una multa obligatoria de no menos de $500 ni más de $1,500
- Tercera y posteriores ofensas: una multa obligatoria de no menos de $750 ni más de $3,000.
Si el tribunal encuentra que la materia de desperdicios colocada, depositada o arrojada eran neumáticos usados, las multas enumeradas anteriormente se duplicarán.
Cantidades más grandes arrojadas ilegalmente = penas mucho más grandes
Si se te condena por arrojar ilegalmente “cantidades comerciales” de desperdicios en el condado de Ventura, las penas son significativamente mayores y pueden incluir tiempo en la cárcel. Código Penal Sección 374.3 (h) (1).
“Cantidades comerciales” significa “una cantidad de materia de desperdicios generada en el curso de un comercio, negocio, profesión o ocupación, o una cantidad igual o superior a un metro cúbico”.
Una condena por arrojar ilegalmente cantidades comerciales de desperdicios es un delito menor de California. Las penas pueden incluir hasta seis meses en la cárcel del condado de Ventura y las siguientes multas:
- Primera ofensa: una multa obligatoria de no menos de $1,000 ni más de $3,000
- Segunda ofensa: una multa obligatoria de no menos de $3,000 ni más de $6,000
- Tercera y posteriores ofensas: una multa obligatoria de no menos de $6,000 ni más de $10,000.
Si estás enfrentando cargos por arrojar ilegalmente en el condado de Ventura, te puede costar mucho dinero y te puede llevar a la cárcel si te condenan. Podemos ayudar. Llame hoy a uno de nuestros experimentados abogados de defensa penal del condado de Ventura para discutir su caso.