Un accesorio a un delito es alguien que ayudó a cometer el delito sin participar realmente en él.
Es similar al delito de “ayuda e instigación”, aunque se puede ser un accesorio incluso si no estabas presente en la escena del delito.
En este artículo discutiré en detalle lo que significa ser un accesorio a un delito. También escucha nuestro informativo podcast sobre el tema:
Elementos de ser un Accesorio a un Delito
Ser un accesorio a un delito es, en sí mismo, un delito penal. Según las Instrucciones del Jurado Penal del Consejo Judicial de California:
“Una persona puede ser culpable de un delito de dos maneras. Uno, puede haber cometido directamente el delito… Dos, puede haber ayudado e instigado a un perpetrador, que cometió directamente el delito. Una persona es culpable de un delito ya sea que lo haya cometido personalmente o haya ayudado e instigado al perpetrador.”1
Ser un accesorio a un delito suele ser el delito de ayudar a alguien después de que haya cometido un delito propio. Los elementos de ser un accesorio a un delito son generalmente:
- alguien más cometió un delito,
- sabías que el perpetrador había cometido el delito o había sido acusado por él,
- después de que se cometió el delito, ocultaste, encubriste o ayudaste al perpetrador, y
- al actuar, tu intención era que el perpetrador evitara ser arrestado o castigado.2
Muchos estados tienen leyes penales separadas para ayudar a alguien antes de la comisión de un delito. En estos estados, ayudar a alguien antes de que cometa su delito se llama generalmente “ayuda e instigación”.3
Ejemplos
Seis ejemplos de personas que son accesorios a un delito son:
- esconder a alguien que sabes que ha cometido un delito y está huyendo de la policía, y decirle a la policía que no sabes dónde está para que pueda escapar del arresto,
- proporcionar una coartada a un amigo que ha sido acusado de conducir bajo la influencia (DUI),
- conducir el coche de escape,
- darle a alguien un arma de fuego para que la use durante un robo,
- ayudar a las personas a planear cometer el delito, y
- actuar como vigilante durante el delito.
En todos estos ejemplos, estarías ayudando al perpetrador.
Accesorios Después del Delito
Los primeros tres ejemplos son de accesorios después del delito. Incluso en el ejemplo de conducir el coche de escape, el delito ya ha ocurrido: simplemente estás ayudando al perpetrador a evitar responsabilidades por cometer el delito.
Ten en cuenta que, en cada uno de estos ejemplos, tienes conocimiento del delito o sabes que el perpetrador ha sido acusado.
Accesorios Antes o Durante el Delito
A veces se le llama “ayuda e instigación a un delito”, ayudar a alguien antes de que cometa el delito o durante su comisión es un delito. Los últimos tres ejemplos son el delito de accesorio antes o durante el delito.
Ten en cuenta que, en cada ejemplo, eres consciente de que se está cometiendo el delito o está a punto de serlo.
Darle dinero a un fugitivo para que pueda seguir eludiendo a la policía es un ejemplo de ser un accesorio.
Diferencia entre un Accesorio y un Cómplice
Un cómplice de un delito es alguien que no comete el delito pero está en la escena del delito y tiene un papel que desempeñar en él. Algunos accesorios también son cómplices, especialmente aquellos que ayudan e instigan antes o durante el delito.
Cuanto mayor sea el papel que desempeñas en la comisión del delito, es más probable que seas un cómplice en lugar de un accesorio. Cuando encajas en ambas descripciones, es probable que se te acuse como cómplice ya que eso conlleva penas más severas.
Sanciones en California
En California, las sanciones por responsabilidad de cómplice dependen de si el cargo es por:
- ayudar e instigar el delito o
- ser un accesorio después del delito.
Una condena por ayudar e instigar conlleva las mismas sanciones que el delito subyacente.4 Por ejemplo, las condenas por robo conllevan hasta nueve años de prisión.5 Por lo tanto, los cargos penales por ayudar e instigar un robo también conllevan hasta nueve años de prisión.
Una condena por ser un accesorio después del delito es un delito mixto en California. Esto significa que puede ser acusado como delito grave o delito menor.
Cuando se acusa como delito menor, una condena conlleva hasta un año de cárcel. Cuando se acusa como delito grave, una condena conlleva hasta tres años de prisión.6
También puede ser acusado de otros delitos separados, como:
- conspiración criminal y/o
- obstrucción de la justicia.
Defensas para Cargos de Accesorios
Si ha sido acusado de ser un accesorio en un delito, hay varias formas de luchar contra los cargos. En mi experiencia, las siguientes cinco defensas han demostrado ser muy efectivas con los fiscales, jueces y jurados:
- usted era un espectador que no ayudó realmente en el delito,
- usted no tuvo la intención de ayudar en el delito,
- usted no sabía que se había cometido un delito o que estaba a punto de cometerse,
- usted estaba bajo coacción, y
- usted se retiró y no ayudó al perpetrador a cometer el delito.
Un ejemplo de actuar bajo coacción es un ladrón de bancos enmascarado que salta al asiento del pasajero del auto que usted está conduciendo, apuntándole con un arma y ordenándole que conduzca. Algunos estados permiten la defensa de la coacción en ciertos casos si usted fue víctima de violencia doméstica.7
Para que la defensa de la retirada funcione en algunos estados, es posible que tenga que dejar en claro al conspirador o al delincuente principal que se está retirando de la empresa para cometer el delito.8 Algunos estados también requieren que usted se dirija a las autoridades o le informe a un oficial de policía sobre el caso criminal.
Lecturas Adicionales
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Una Encuesta de Exenciones de Accesorios Después del Hecho – Revista de Derecho de Dickinson.
- Exclusión de un Accesorio después del Hecho de una Condena por Arma de Fuego – Revista de Derecho de Wayne.
- Partes en un Delito – Revista de Derecho de la Universidad de Pensilvania.
- Exención para Miembros de la Familia como Accesorios después del Hecho – Revista de Derecho de Familia.
- Procedimiento Penal – Prueba – Testimonio de un Cómplice – El Testimonio de un Accesorio después del Hecho no Necesita Ser Corroborado – Revista de Derecho de St. Mary.
Intentar despistar a la policía de un fugitivo es un ejemplo de ser un accesorio.
Referencias Legales
- Instrucciones del Jurado Criminal de California (CALCRIM) No 400.
- Ver CALCRIM No. 440 y 18 USC 3.
- Ver CALCRIM No. 400 (Ayuda y Asistencia: Principios Generales).
- Código Penal de California 31 PC. Ver también, por ejemplo, People v. Partee (2020) ; People v. Gonzalez (Cal.App. 2024) .
- Código Penal de California 213 PC.
- Código Penal de California 33 PC.
- Ver Estatuto de Florida 777.03(1)(b).
- Ver CALCRIM No. 420.