
En California, un despido constructivo ocurre cuando usted renuncia voluntariamente porque su empleador creó condiciones laborales intolerables. Esas condiciones deben ser lo suficientemente malas como para que no tenga una alternativa razonable más que renunciar.
Aunque usted renuncie, el despido se trata como una terminación. Si su empleador no tenía derecho a despedirlo, esto puede dar lugar a una demanda por despido injustificado.
En este artículo, discuto las cosas más importantes que necesita saber sobre las leyes de despido constructivo en California.

Significado de “Despido Constructivo”
En California, si usted afirma haber sido despedido constructivamente, debe demostrar los siguientes dos elementos:
- el empleador, a través de sus funcionarios, directores, agentes o empleados supervisores, creó intencionalmente o permitió conscientemente condiciones laborales tan intolerables que una persona razonable no tendría otra alternativa razonable más que renunciar,1 y
- usted, de hecho, renunció debido a estas condiciones laborales.2
Para ser suficientemente intolerables, las condiciones laborales generalmente deben ser:
- inusualmente agravadas, o
- un patrón continuo.3
Aunque actos únicos e aislados de mala conducta por parte del empleador generalmente son insuficientes, pueden respaldar una demanda por despido constructivo si fueron un incidente muy grave.4
Factores del Despido Constructivo
En mi experiencia, algunos factores que pueden ayudar a determinar si una renuncia fue realmente un despido constructivo son:
- cuánto tiempo permaneció en el trabajo, a pesar del ambiente laboral intolerable,
- si notificó al empleador sobre las condiciones laborales intolerables,
- si el empleador investigó e intentó remediar sus quejas,
- si sufrió un delito (incluido un delito violento) a manos de su empleador, y
- si el empleador le exigió cometer un delito para mantener su trabajo.5
Muchos, pero no todos, los despidos constructivos son ilegales en California. Frecuentemente son una forma de represalia, que es una violación fundamental de sus derechos laborales.
En otros casos, pueden hacer cambios tan irrazonables al contrato de trabajo que equivalen a un incumplimiento grave del contrato (contrato expreso o implícito). Si esto ocurre, puede dar lugar a una demanda por despido injustificado.6
Ser obligado a renunciar por condiciones laborales intolerables puede calificar como un despido constructivo.
Ejemplos de Despido Constructivo
Un empleado de correos con 35 años de antigüedad es pasado por alto para un ascenso. Él afirma que no fue promovido debido a su raza. Dos de sus supervisores luego lo acusan de retrasar intencionalmente el correo, lo cual es un delito. Una investigación no encuentra mala conducta, pero se le dice al empleado que los cargos solo se retirarán si renuncia o se traslada a una ubicación aislada con una reducción salarial.7
Un trabajador de mantenimiento que ganaba el salario mínimo fue obligado a conducir su camioneta personal para diligencias relacionadas con el trabajo. Cuando solicitó el reembolso por gasolina y mantenimiento, se le negó. Se le asignaron tareas que requerían conducir extensamente. Sin reembolso, el trabajador renunció, alegando que no tenía otra opción debido a los costos de la gasolina y su bajo salario.8
Ejemplos que NO son Despido Constructivo
Un coordinador de ventas se quejó de posible actividad ilegal en el lugar de trabajo. Varios años después, recibió evaluaciones de desempeño deficientes. Basado en estas evaluaciones, renunció.9
Un gerente de ventas recibió varias evaluaciones pobres y fue degradado. Basado en la degradación, renunció y consiguió un nuevo trabajo, luego afirmó que fue despedido constructivamente.10
Presentar una Demanda
En California, debe presentar una demanda por despido injustificado antes de que expire el plazo de prescripción aplicable. Qué plazo de prescripción aplica depende de por qué el despido constructivo equivalió a un despido injustificado.
En California, la demanda debe presentarse dentro de dos años si se basa en una violación de la política pública.11 Sin embargo, debe presentarse dentro de tres años si invoca protecciones para denunciantes bajo la ley laboral de California.12 Estos plazos comienzan cuando el empleado renuncia, no cuando ocurrieron las condiciones laborales intolerables.13
Las demandas no presentadas dentro del período aplicable pueden ser fácilmente desestimadas.
Empleados a Voluntad
Si usted es un empleado a voluntad en California, puede ser despedido constructivamente. Sin embargo, cuándo ese despido equivale a un despido injustificado es más limitado que para otros trabajadores.
Un empleado a voluntad es alguien que puede renunciar o ser despedido por cualquier motivo o sin motivo, siempre que no sea ilegal. La mayoría de las relaciones laborales se presumen a voluntad, incluyendo en California.14 Generalmente, usted no es a voluntad solo cuando el contrato de trabajo lo establece.
Si usted es un empleado a voluntad, aún puede presentar demandas por despido injustificado – incluyendo aquellas realizadas mediante un despido constructivo – si la terminación:
- violó un término implícito de buena fe y trato justo,
- violó un contrato de empleo continuo implícito,
- fue contraria a la política pública, o
- equivalió a fraude o tergiversación.
Pago Promedio
Los empleados que fueron despedidos injustificadamente, incluyendo mediante un despido constructivo, tienden a recibir entre $5,000 y $80,000 en compensación en un acuerdo por despido injustificado. Sin embargo, por lo que he visto, no existe un caso “promedio” de despido injusto constructivo en California. Esto significa que no hay un pago promedio.
La compensación disponible en una demanda por despido injustificado incluye cobertura financiera para los siguientes daños:
- pérdida de salario, incluyendo salario futuro y salarios atrasados,
- beneficios no salariales, como seguro médico o pago por comisión,
- gastos médicos, ya sea por condiciones médicas derivadas del despido o por gastos de bolsillo que habrían sido cubiertos por el seguro médico proporcionado por el empleador,
- angustia emocional por el despido,
- daño a la reputación, y
- honorarios de abogados, cuando estén disponibles.
Incluso pueden estar disponibles daños punitivos, si la conducta del empleador fue especialmente injusta.
Factores que Determinan los Daños
Estas formas de compensación pueden variar ampliamente entre casos. Algunos factores importantes incluyen:
- el salario y beneficios que recibió,
- las acciones del empleador,
- si mitigó sus daños buscando un nuevo empleo, y
- si su reputación fue dañada durante el despido.
El despido constructivo a menudo es una forma de represalia y/o incumplimiento de contrato.
Preguntas Frecuentes
¿Puedo cobrar beneficios de desempleo si renuncio debido a un despido constructivo?
Generalmente, sí. En California, si renuncia con “causa justificada”, es decir, que sus condiciones laborales fueron tan malas que una persona razonable se habría sentido obligada a renunciar, normalmente es elegible para beneficios de desempleo. Sin embargo, la carga de la prueba recae en usted para demostrar al EDD que no tuvo otra opción más que irse.
¿Tengo que reportar el problema a Recursos Humanos antes de renunciar?
Aunque no es estrictamente obligatorio en todos los casos, es altamente recomendable. Para ganar una demanda por despido constructivo, usualmente debe demostrar que su empleador “permitió conscientemente” las condiciones intolerables. Si no notifica a la gerencia o a Recursos Humanos y no les da una oportunidad razonable para solucionar el problema, el tribunal puede dictaminar que no le dio al empleador la oportunidad de remediar la situación.
¿Cuenta como despido constructivo un jefe grosero o la microgestión?
Usualmente, no. Los tribunales de California han dictaminado que el estrés laboral estándar, la insatisfacción con el estilo de un gerente, la falta de promociones o evaluaciones de desempeño embarazosas no son suficientes para reclamar un despido constructivo. La conducta debe ser “extraordinaria y atroz”, como acoso ilegal, discriminación o demandas para cometer un delito.
¿Cómo pruebo que me vi obligado a renunciar?
Necesita documentación. Las demandas exitosas a menudo dependen de un “rastro documental” que muestre la línea de tiempo de los eventos. Esto incluye copias de correos electrónicos o mensajes quejándose a Recursos Humanos, registros del acoso o condiciones inseguras, y una carta de renuncia final que indique claramente que renuncia específicamente debido a las condiciones laborales intolerables.
Recursos Adicionales
Para más información, consulte lo siguiente:
- Workplace Fairness – Organización de derechos de empleados con información sobre terminación constructiva para California.
- Derechos del Empleado – Resumen de derechos de empleados por la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE.UU. (EEOC).
- Instituto Nacional para los Derechos de los Trabajadores – Organización sin fines de lucro que provee educación, investigación y asistencia legal para proteger y ampliar los derechos legales de los trabajadores.
- ¿Cuáles son los derechos de los trabajadores? – Resumen por el Departamento de Trabajo de EE.UU.
- Junta Nacional de Relaciones Laborales – Agencia federal independiente que protege los derechos de los trabajadores del sector privado para mejorar sus salarios y condiciones laborales.
Referencias Legales:
- Turner v. Anheuser-Busch, Inc. (1994) 7 Cal.4th 1238.
- Instrucciones al Jurado Civil de California (CACI) No. 2510.
- Igual. Véase también Kruitbosch v. Bakersfield Recovery Services, Inc. (2025) 108 Cal.App.5th 698.
- Igual.
- Turner v. Anheuser-Busch, Inc., supra.
- Green v. Brennan (2016) 136 S.Ct. 1769.
- Igual.
- Vasquez v. Franklin Management Real Estate Fund, Inc. (2013) 222 Cal.App.4th 819.
- Turner v. Anheuser-Busch, Inc., supra.
- Gibson v. Aro Corp., 32 Cal.App.4th 1628 (1995).
- Código de Procedimiento Civil de California 335.1 CCP.
- Código Laboral de California 1102.5 LAB y Minor v. Fedex Office & Print Services, Inc. (N.D. Cal. 2016) 182 F.Supp.3d 966.
- Mullins v. Rockwell International Corp. (1997) 15 Cal.4th 731.
- Código Laboral de California 2922 LAB.