Publicado

Pérdida de consorcio es el daño emocional que es sufrido por la familia y seres queridos de la víctima de un accidente. Puede ser llamado pérdida de compañía, apoyo moral perdido, o intimidad perdida. Solo los parientes cercanos de la víctima pueden reclamar pérdida de consorcio. Su demanda de compensación se une a la demanda por lesiones personales de la víctima.
¿Qué significa “pérdida de consorcio”?
La definición legal de pérdida de consorcio es el dolor emocional o daño que se inflinge a los miembros de la familia o seres queridos de una víctima de un accidente. Es uno de los tipos de daños legales que se pueden recuperar en una reclamación por lesiones personales.
Diferentes jurisdicciones usan diferentes nombres para este tipo de daño, como:
- pérdida de consorcio,
- pérdida de compañía,
- apoyo moral perdido,
- pérdida de sociedad,
- pérdida de servicios, o
- intimidad perdida.
Independientemente del nombre, la pérdida de consorcio busca compensar a los seres queridos de la víctima por el sufrimiento emocional que sufrieron debido al accidente. Esto puede tomar la forma de:
- angustia mental de ver sufrir a un ser querido,
- pérdida de beneficios matrimoniales, especialmente si altera la relación sexual de la pareja,
- duelo por proporcionar cuidado a la víctima,
- realizar tareas del hogar para cuidar al afectado,
- hacer cambios en el estilo de vida o cambiar los arreglos de vida para acomodar las lesiones de la víctima, y
- no poder pedir consejo o guía a la víctima.
A diferencia de facturas médicas, la pérdida de consorcio es difícil de establecer en un valor monetario. Esto lo convierte en una forma de daño no económico. Sin embargo, solo porque es sufrido por un miembro de la familia de la víctima, en lugar de por la víctima, y solo porque es difícil de determinar, no significa que la pérdida de consorcio no exista. Especialmente cuando la lesión del cónyuge fue una lesión grave que causó una discapacidad importante, como una lesión cerebral traumática, sus familiares pueden sufrir mucho. Merecen ser compensados por ello.
Estos casos de pérdida de consorcio a menudo se presentan junto con la demanda por lesiones físicas sufridas por un:
También son comunes en demandas por muerte injusta.
¿Quién puede hacer una reclamación por pérdida de consorcio?
Los seres queridos de la víctima hacen una reclamación por pérdida de consorcio. La reclamación generalmente se une a la demanda por lesiones personales de la víctima en una reclamación derivada. Si la demanda de la víctima falla, la demanda de los seres queridos por daños por pérdida de consorcio también fallará.
La relación familiar específica necesaria para presentar una reclamación por pérdida de compañía dependerá de la ley de lesiones personales del estado. Generalmente, los estados limitan la compensación por la pérdida de consorcio a cónyuges actuales. Muchos estados son muy estrictos con esta limitación, principalmente porque se centran en las relaciones sexuales perdidas. Los convivientes no casados o incluso los comprometidos para casarse a menudo están prohibidos de recuperar una compensación por su pérdida de consorcio. 1 En algunos estados, sin embargo, los cónyuges que están separados pueden presentar una reclamación por pérdida de consorcio. 2
Algunos estados también permiten que los hijos de la víctima presenten una reclamación por pérdida de consorcio. 3
Algunos estados permiten que los padres de la víctima recuperen los daños por pérdida de consorcio, aunque esto solo puede permitirse si la víctima es un niño pequeño y ha sufrido lesiones graves. 4
Casi todos los estados impiden que los padrastros o hermanos de la víctima recuperen la pérdida de consorcio. 5
Cualquier persona elegible para presentar una reclamación por pérdida de consorcio debe hablar con un abogado de lesiones personales y obtener su consejo legal sobre cómo proceder.
¿Los daños por pérdida de consorcio se ven afectados por las reglas de responsabilidad compartida?
Algunos estados reducirán los daños compensatorios que reciba el ser querido de la víctima en función de la participación de la víctima en el accidente. Otros estados no lo harán.
Todos los estados tienen reglas de responsabilidad compartida para cuando la víctima fue parcialmente responsable del accidente que la lastimó. Estas reglas de responsabilidad compartida se dividen en 2 categorías básicas:
La negligencia contributiva impide a las víctimas recuperar cualquier compensación si contribuyeron al accidente, de cualquier manera. La negligencia comparativa reduce la indemnización de la víctima por su porcentaje de culpa. Algunos estados usan un esquema de negligencia comparativa modificada que impide a la víctima recuperar nada si fue más de la mitad de culpa.
Debido a que el ser querido de la víctima presenta su reclamación por pérdida de consorcio junto con la reclamación por lesiones personales de la víctima, esto significa que la participación de la víctima en el accidente podría reducir la compensación que reciban sus seres queridos por la pérdida de compañía.
Algunos estados se adhieren a la idea de que las reclamaciones por pérdida de consorcio son derivadas de la demanda. Esto significa que las reglas de responsabilidad compartida del estado reducirán la cantidad que reciban los seres queridos de la víctima. 6 Otros estados, sin embargo, se niegan a reducir la indemnización por pérdida de consorcio porque la víctima fue parcialmente responsable. 7
Evitar una reducción por responsabilidad compartida es esencial. Establecer una relación abogado-cliente con un abogado de lesiones personales experimentado de una firma de abogados de buena reputación puede ayudar tanto a la víctima como a su cónyuge o miembro de la familia.
¿Cuál es la ley en California?
De acuerdo con la ley estatal de California, solo los cónyuges y los socios domésticos pueden recuperar una compensación por pérdida de consorcio. 8 Los niños no pueden recuperar una compensación por la pérdida de consorcio parental. 9 Ni los padres de los niños lastimados. 10
Para recuperar una compensación, el cónyuge no lesionado debe demostrar:
- que existía un matrimonio legal y válido entre el cónyuge no lesionado y la víctima del accidente en el momento de la lesión,
- que la víctima sufrió una lesión por un delito,
- la extensión de la pérdida de consorcio del cónyuge no lesionado, y
- que la pérdida de consorcio fue causada directamente por el acto del demandado.11
Importante, la pareja tenía que estar casada en el momento de la lesión, no necesariamente en el momento del accidente. Si la víctima se lastima antes del matrimonio, pero la lesión no se encuentra o descubre hasta después del matrimonio, el cónyuge puede recuperar la pérdida de consorcio si la acción de responsabilidad surgió durante el matrimonio.12
Esa compensación no está limitada a lo que el cónyuge ha sufrido. Se pueden otorgar daños prospectivos si la pérdida de consorcio del cónyuge es suficientemente segura para ocurrir.13 Sin embargo, esos daños prospectivos están limitados a la expectativa de vida de la víctima y el cónyuge, lo que sea más corto.14
California relaciona la reclamación de pérdida de consorcio con la reclamación de lesiones personales de la víctima. Si el caso de lesiones personales se desestima o no recupera nada, entonces la reclamación de pérdida de consorcio también falla.15
Las reglas de responsabilidad compartida de California también reducirán la compensación recibida por el cónyuge de la víctima en la pérdida de consorcio. Si la víctima fue parcialmente responsable de sus lesiones, ese porcentaje de culpa reducirá la indemnización por pérdida de consorcio del cónyuge.16
Referencias legales:
- Ver Hastie v. Rodriguez, 716 S.W.2d 675 (Tex. App. 1986) (cohabitantes) y Sawyer v. Bailey, 413 A.2d 165 (Me. 1980) (prometidos).
- Ver Planned Parenthood, Inc. v. Vines, 543 N.E.2d 654 (Ind. Ct. App. 1989).
- Ver, por ejemplo, Giuliani v. Guiler, 951 S.W.2d 318 (Ky. 1997).
- Ver Reben v. Ely, 146 Ariz. 309 (1985) (un niño de 10 años sufrió un daño cerebral severo y permanente).
- Ver, por ejemplo, Ford Motor Co. v. Miles, 967 S.W.2d 377 (Tex. 1998).
- Ver, por ejemplo, White v. Lunder, 66 Wis.2d 563 (1975).
- Ver, por ejemplo, Feltch v. General Rental Co., 383 Mass. 603 (1981).
- Elden v. Sheldon, 46 Cal.3d 267 (1988).
- Borer v. American Airlines, Inc., 19 Cal.3d 441 (1977).
- Baxter v. Superior Court, 19 Cal.3d 461 (1977).
- Vanhooser v. Superior Court, 206 Cal.App.4th 921 (2012).