Mientras que la ley federal no requiere un descanso para comer o para descansar en un turno de 5 horas, algunas leyes estatales sí lo hacen. Sin embargo, muchos estados solo garantizan un descanso para comer para turnos de más de 5 horas.
Mientras que los descansos para descansar son pagados, los descansos para comer usualmente son no pagados. Si su empleador no proporciona un descanso obligatorio, puede presentar una demanda por salario y horas.
¿Cuál es la ley federal sobre los descansos laborales?
La ley laboral federal no requiere que los empleadores proporcionen ningún descanso. Cualquier protección legal o garantía de un descanso para comer o para descansar provendrá de la ley laboral estatal y las órdenes salariales.
La principal ley laboral federal es la Ley de Normas Laborales Justas, o FLSA. La FLSA no tiene requisitos para descansos para comer o para descansar, sin importar la duración de su turno. Sin embargo, la mayoría de los empleadores ofrecen descansos aunque no estén obligados a hacerlo.
Una vez que un empleador ofrece descansos, se activan ciertas regulaciones de la FLSA. Según el Departamento de Trabajo de EE. UU., la FLSA distingue entre:
- descansos para descansar, y
- descansos para comer.1
Descansos para descansar
Los descansos para descansar son cortos, típicamente de 5 a 20 minutos. Cuando se proporcionan, deben contarse como tiempo trabajado. Esto significa que son descansos para descansar pagados.2
Descansos para comer
Los descansos para comer son más largos. A menudo duran 30 minutos o más, aunque la FLSA permite que sean más cortos en algunas circunstancias. Los períodos para comer no se consideran tiempo de trabajo. Por lo tanto, no son pagados.
Sin embargo, para que se permita un descanso para comer, los empleadores deben liberar a los empleados de todas las tareas a menos que la naturaleza del trabajo lo haga imposible. Si se le exige comer en su escritorio para realizar tareas pasivas, como contestar teléfonos, generalmente no se considera un descanso para comer genuino.3
Beneficios de los descansos
Los empleadores tienden a proporcionar estos descansos para:
- atraer trabajadores talentosos,
- mantener la moral de los trabajadores,
- aumentar la productividad de los trabajadores,
- competir con empresas que ofrecen mejores descansos para comer y descansar a sus trabajadores,
- construir una comunidad laboral más fuerte, y
- reducir la rotación de trabajadores.
¿Algún estado requiere un período de descanso en un turno de 5 horas?
Muchos estados requieren que los empleadores proporcionen descansos para comer o para descansar a los trabajadores. Sin embargo, la mayoría de estos estados solo requieren descansos para comer si trabaja por períodos más largos.
Sin embargo, un par de estados tienen leyes que garantizan a algunos trabajadores un descanso para comer en un turno de 5 horas. Más estados garantizan un descanso para descansar en turnos más cortos.
En muchos estados, sin embargo, hay excepciones a estas reglas. Algunas excepciones comunes son para trabajadores que laboran en:
- el sector salud,
- la industria cinematográfica,
- lugares con un convenio colectivo, y
- empresas con muy pocos empleados.
Descansos para comer
Generalmente, las leyes estatales no requieren que los empleadores proporcionen un descanso para comer durante un turno de 5 horas. Sin embargo, hay excepciones.
Un buen ejemplo de la regla general es Colorado. Allí, los trabajadores tienen garantizado un período para comer de al menos 30 minutos, siempre que su turno exceda las 5 horas.4 Hay leyes similares que proporcionan un descanso para comer o descanso para almorzar para turnos que superan las cinco horas en los siguientes estados:
- New Hampshire,5
- North Dakota,6 y
- Washington.7
Algunos otros estados solo proporcionan un descanso para comer si el turno es más largo. Por ejemplo, Tennessee,8 Massachusetts,9 y West Virginia10 solo garantizan un descanso para comer para turnos de más de 6 horas. En Connecticut, solo tiene derecho a uno si su turno es de 7.5 horas.11 En Nevada, solo recibe un descanso para comer si trabaja un turno de 8 horas.12
Sin embargo, en un par de estados, tiene derecho a un descanso para comer en un turno de 5 horas. Por ejemplo, en Kentucky, tiene derecho a un período para comer después de 3 horas pero menos de 5 horas desde el inicio de su turno.13
Es más probable que tenga derecho a un descanso para comer en un turno de 5 horas si es menor de edad. En Florida, por ejemplo, los menores tienen derecho a un descanso para comer de 30 minutos si trabajan más de cuatro horas seguidas y son menores de 18 años.14
Descansos para descansar
En la mayoría de los estados, tiene derecho a un descanso para descansar durante un turno de 5 horas. Algunos de los estados que garantizan un descanso para descansar durante un turno de 5 horas incluyen:
- Colorado,15
- Nevada,16
- Oregon,17 y
- Washington.18
Estos descansos deben durar al menos 10 minutos.
Los descansos para descansar son pagados, mientras que los descansos para comer no tienen que ser pagados.
¿Los períodos de descanso o comida son pagados?
La ley federal requiere que los descansos para descansar sean pagados. Sin embargo, los descansos para comer no tienen que ser pagados. Los empleadores pueden optar por pagarle durante su descanso para comer. Sin embargo, pocos eligen hacerlo.
Si no se le libera completamente de todas sus tareas durante un descanso para comer, puede tener derecho a que le paguen durante ese tiempo. Estos se conocen como descansos para comer en servicio.
¿Cuál es la ley en California?
Bajo la ley de descansos para comer y descansar de California, los empleados no exentos tienen derecho a un descanso para descansar de 10 minutos en un turno de 5 horas, pero no a un descanso para comer.
Descansos para comer
Los trabajadores en California tienen derecho a un descanso para comer si trabajan más de 5 horas en un día laboral. Ese descanso para comer debe durar al menos 30 minutos. Si trabaja más de 10 horas en el día, recibe otro período para comer de 30 minutos.19
Generalmente, se le debe permitir salir del lugar de trabajo durante este descanso.20
Renuncia a los descansos para comer
Puede renunciar a su derecho al primer descanso para comer si no trabaja más de 6 horas en un día. Puede renunciar a su derecho al segundo descanso para comer si no renunció al primero y no trabajará más de 12 horas.21
Algunas personas eligen renunciar a sus descansos para comer porque no son pagados. Al renunciar, pueden terminar su turno antes al eliminar un período de 30 minutos de descanso para comer no pagado.
Descansos para descansar
La ley de California le otorga derecho a un descanso para descansar por cada 4 horas de trabajo. También tiene derecho a un descanso para descansar por cada fracción sustancial de un período de trabajo de 4 horas. El descanso para descansar debe durar al menos 10 minutos. En la medida de lo posible, su descanso para descansar debe estar en la mitad de cada período de trabajo. El descanso para descansar es tiempo pagado.22
Como tiene derecho a un descanso para descansar por cada 4 horas consecutivas de trabajo, o por cada fracción importante de 4 horas, no tiene derecho a un descanso para descansar si su turno es menor a tres horas y media.23
¿Qué pasa si no recibo un descanso para comer o para descansar?
Según la Corte Suprema de California, los empleadores en el estado deben proporcionarle una oportunidad razonable para tomar sus descansos sin interrupciones.24 Si su empleador no le permite tomar un descanso al que tiene derecho, o le obliga a trabajar durante un descanso, puede presentar una demanda por salario y horas.
En California, estas reclamaciones salariales pueden recuperar una hora adicional de pago por cada descanso que se le haya negado. Esa compensación se calcula a su tarifa regular de pago.25
Estas demandas frecuentemente terminan siendo acciones colectivas. Si su empleador le niega sus descansos obligatorios para comer o descansar, probablemente también se los esté negando a sus compañeros de trabajo.
Recursos adicionales
Para más información, consulte lo siguiente:
- Agencia de Desarrollo Laboral y de la Fuerza Laboral de California (LWDA) – Una agencia del poder ejecutivo que trabaja para promover lugares de trabajo equitativos y seguros, proporcionar beneficios y fomentar un buen empleo para todos los que quieren trabajar.
- Oficina del Comisionado de Trabajo de California – También llamada División de Aplicación de Normas Laborales (DLSE), esta agencia hace cumplir las leyes laborales combatiendo el robo de salarios y la represalia.
- Departamento de Derechos Civiles de California (CRD) – Agencia de California encargada de combatir la discriminación en el lugar de trabajo.
- División de Compensación para Trabajadores de California – Agencia encargada de supervisar la administración de reclamaciones de compensación laboral.
- Departamento de Trabajo de EE. UU. – Agencia federal para proteger y hacer cumplir las leyes laborales, incluyendo la protección de buscadores de empleo y jubilados.
Referencias legales:
- 29 CFR 785.18 (descansos para descansar) y 785.19 (descansos para comer).
- 29 CFR 785.18.
- 29 CFR 785.19.
- Orden de Normas de Pago Mínimo y Horas Extra de Colorado #38, Regla 5.
- Estatutos Revisados de New Hampshire 275:30-a.
- Código Administrativo de North Dakota 46-02-07-02(5).
- Código Administrativo de Washington 296-126-092.
- Código Anotado de Tennessee 50-2-103(h).
- Ley General de Massachusetts Capítulo 149, sección 100.
- Código de West Virginia 21-3-10a.
- Estatuto General de Connecticut 31-51ii.
- Estatuto Revisado de Nevada 608.019.
- Estatuto de Kentucky 337.355.
- Estatuto de Florida 450.081(4).
- Orden de Normas de Pago Mínimo y Horas Extra de Colorado #38, Regla 5.
- Estatuto Revisado de Nevada 608.019.
- Regla Administrativa de Oregon 839-020-0050(6).
- Código Administrativo de Washington 296-126-092(4).
- Código Laboral de California 512 LAB.
- Brinker Restaurant Corp. v. Superior Court (2012) 53 Cal.4th 1004.
- Código Laboral de California 512 LAB.
- 8 Código de Regulaciones de California (CCR) 11040.
- Igual.
- Brinker Restaurant Corp. v. Superior Court (2012) 53 Cal.4th 1004.
- 8 Código de Regulaciones de California (CCR) 11040.