Si sus pasiones obtienen lo mejor de usted y un compañero íntimo mientras está afuera y alrededor del Condado de Ventura, California y tienen sexo en público, podrían ser acusados
Conducta desordenada
La ley de California lo hace una forma de conducta desordenada para participar “en conducta lasciva o disoluta en cualquier lugar público o en cualquier lugar abierto al público o expuesto a la vista pública”. Código Penal de California Sección 647 (a).
Los términos “lascivo” y “disoluto” tal como se usan en el estatuto se refieren al toque de los genitales, nalgas o senos femeninos con el propósito de excitación sexual, gratificación, molestia o ofensa.
Bajo esta definición, el coito u otras actividades sexuales entre dos personas claramente constituirían actos “lascivos” y “disolutos” en virtud de la Sección 647 (a).
¿Qué es “En Público”?
Sin embargo, tener relaciones sexuales solo constituirá una violación de este estatuto si lo hace en un “lugar público”, un “lugar abierto al público” o “expuesto a la vista pública”. Incluso entonces, es posible que no sea una violación si nadie vio, es probable que vea o se ofenda por el comportamiento.
La palabra “público” para los propósitos de este estatuto se ha interpretado ampliamente y los tribunales han encontrado una amplia gama de lugares para ser “públicos”, incluyendo:
- una cabina de cine privada en una librería para adultos
- un coche estacionado en una calle pública
- un pasillo de un edificio de apartamentos
- el área detrás del mostrador de servicio de una tienda
- una casa de masajes
Pero al igual que un árbol que cae en un bosque puede no hacer un sonido si nadie está alrededor, el sexo en “público” puede no ser una violación de la ley a menos que razonablemente debería haber sabido que alguien probablemente lo vería y se ofendería.
La Corte Suprema de California lo expresó de esta manera:
“[Código Penal 647a] … sirve el propósito principal de proteger a los espectadores que pueden ser ofendidos por la conducta proscrita … [E] incluso si el comportamiento ocurre en un lugar que es técnicamente un lugar público, un lugar abierto al público o uno expuesto a la vista pública, el estado tiene poco interés en prohibir ese comportamiento si no hay personas presentes que puedan ser ofendidas “.
Pryor v. Municipal Court, 25 Cal.3d 238, 158 Cal.Rptr. 330 (1979).
Una violación de la Sección 647 (a) en el Condado de Ventura es un delito menor que, al ser condenado, puede resultar en hasta seis meses en la cárcel del Condado de Ventura y multas de hasta $ 1,000.
Además de ser acusado bajo la Sección 647 (a), tener relaciones sexuales en público en el Condado de Ventura también puede ser una violación de otras leyes de California, incluyendo:
- Código Penal 647 (b) – solicitar o participar en prostitución
- Código Penal 647 (d) – merodear en o cerca de un inodoro abierto para participar o solicitar conducta lasciva
- Código Penal – exposición indecente
Si está enfrentando cargos penales relacionados con tener relaciones sexuales en público en el Condado de Ventura, hay defensas disponibles para usted, y un abogado experto en defensa penal del Condado de Ventura puede trabajar con usted para luchar contra los cargos o reducirlos. Llámenos hoy para hablar sobre su situación.