Si es correcto o efectivo disciplinar a su hijo o hija mediante una paliza es un tema de mucha controversia. ¿Pero puede darle una paliza a su hijo o hija en Oakland, California y ser acusado de un delito por violar las leyes de abuso infantil de California?
Sí, si la paliza se considera “cruel e inhumano”, “no necesariamente necesario” o “excesivo” y resulta en un trauma para el niño.
Ley de Abuso Infantil de California
La paliza es una forma de “castigo corporal”, que es cualquier forma de castigo físico infligido por un padre u otro adulto con autoridad sobre un niño.
El Código Penal de California, Sección 273 (d), la principal ley de abuso infantil del estado, aborda el castigo corporal y establece en parte que:
Cualquier persona que intencionalmente inflige a un niño un castigo corporal cruel o inhumano o una lesión que resulte en una condición traumática es culpable de un delito grave.
Por lo tanto, el castigo corporal puede ser la base de un cargo y una condena por abuso infantil en Oakland bajo la Sección 273 (d). Si se le ha acusado de abuso infantil bajo la Sección 273 (d), los fiscales primero tendrán que demostrar que se han cometido los elementos del delito, es decir, que usted:
- inflingió intencionalmente un castigo cruel o inhumano y/o una lesión a su hijo y
- el castigo y/o la lesión que infligió causaron una condición física traumática al niño
La disciplina parental “razonable” es una defensa contra los cargos de abuso infantil
Sin embargo, puede alegar la disciplina parental razonable como defensa contra los cargos de abuso infantil bajo esta sección.
Específicamente:
Es legal para un padre disciplinar razonablemente a un niño, y al hacerlo administrar un castigo razonable, incluida la infligencia de un castigo corporal razonable. Sin embargo, es ilegal para un padre infligir un castigo injustificado a un niño. El castigo corporal no está justificado y, por lo tanto, es ilegal si el castigo no era necesariamente razonable o era excesivo, según las circunstancias.
CALJIC 4.80 – Derecho de los padres a disciplinar al niño.
Si alega la defensa de la disciplina parental razonable, los fiscales tendrán entonces la carga de demostrar, además de los elementos del delito establecidos anteriormente, “que la fuerza aplicada al niño era ilegal, es decir, no necesariamente razonable o excesiva, según las circunstancias”. (CALJIC 4.80)
Si un jurado tiene una duda razonable de que se aplicó una fuerza ilegal, deben declarar a un acusado no culpable de abuso infantil bajo la Sección 273 (d).
Si se le ha acusado de abuso infantil en Oakland, California por darle una paliza o disciplinar físicamente a su hijo de otra manera, una condena puede resultar en penas severas, incluyendo tiempo en la cárcel. Sin embargo, como se señaló, la disciplina parental razonable es una defensa. Afirmar efectivamente esa defensa y luchar contra estos cargos graves requiere un abogado de defensa penal experimentado y capacitado en Oakland, California. Por favor, llámenos hoy para que podamos discutir su situación y comenzar a trabajar en su defensa.