La ley de Nevada define la conducción temeraria bajo el NRS § 484B.653 como la operación de un vehículo con desprecio voluntario o temerario por la seguridad de las personas o la propiedad. La conducción temeraria es un delito de falta castigable con multas de $250 a $1,000, 8 puntos de demérito del DMV y una posible sentencia de prisión de 6 meses.
Cuando ocurre daño corporal sustancial o la muerte, la conducción temeraria se eleva a un delito de categoría B, que conlleva una pena de 1 a 6 años de prisión y multas que van desde $2,000 a $5,000.
NRS § 484B.653 establece que:
1. Es ilegal para una persona:
(a) Conducir un vehículo con desprecio voluntario o temerario por la seguridad de las personas o la propiedad en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso.
(b) Conducir un vehículo en una competencia de velocidad no autorizada en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso.
(c) Organizar una competencia de velocidad no autorizada en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso.
(d) Conducir un vehículo en una exhibición de conducción de trucos no autorizada en una carretera pública.
(e) Facilitar una exhibición de conducción de trucos no autorizada en una carretera pública.
Una violación del párrafo (a), (b) o (d) de este apartado o del apartado 1 de NRS 484B.550 constituye conducción temeraria.
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal de Las Vegas discuten:
- 1. ¿Cómo define y castiga la ley de Nevada la conducción temeraria?
- 2. ¿Cómo puede un abogado combatir los cargos de NRS 484B.653?
- 3. ¿Se puede sellar el registro?
- 4. ¿Se puede reducir el DUI a conducción temeraria?
1. ¿Cómo define y castiga la ley de Nevada la conducción temeraria?
La definición legal de conducción temeraria implica que un conductor opera un automóvil de manera extremadamente arriesgada. El conductor no está simplemente siendo descuidado o negligente. Las infracciones de tránsito del conductor están poniendo en peligro la seguridad pública.
Las penalidades por violar las leyes de conducción temeraria dependen de las circunstancias del caso. Y la pena puede ser hasta el doble si la infracción de tráfico ocurrió en una zona de trabajo o zona de seguridad para peatones. 1
1.1. Conducir con desprecio deliberado o temerario por la seguridad de las personas o la propiedad
La forma más común de conducción temeraria en Nevada es conducir con desprecio deliberado o temerario por la seguridad de las personas o la propiedad. Esto es más grave que las infracciones menores de la ley de tráfico, como excederse cinco millas por encima del límite de velocidad o ceder en lugar de detenerse. La conducción temeraria puede potencialmente causar un gran daño. Los ejemplos pueden incluir:
- excederse significativamente del límite de velocidad
- ignorar los dispositivos de control de tráfico, como pasar los semáforos en rojo
- golpear medianas y hombros mientras se conduce o hacer giros en U
- adoptar una conducción excesivamente agresiva durante la ira de la carretera
La conducción temeraria al actuar con desprecio deliberado o temerario por la seguridad de las personas o la propiedad es un delito menor en Nevada, sancionado con una multa, ocho puntos de demérito del DMV y una posible sentencia de prisión de hasta seis meses. Una primera ofensa conlleva multas de $250 a $1,000. Una segunda ofensa conlleva multas de $1,000 a $1,500. Y una ofensa posterior conlleva multas de $1,500 a $2,000.
Sin embargo, la conducción temeraria que cause muerte o lesiones corporales graves es un delito de categoría B, sancionado con una pena de uno a seis años en la Cárcel Estatal de Nevada y una multa de $2,000 a $5,000. 2
1.2. Eludir un vehículo de la policía
Es un tipo de conducción temeraria en Nevada fallar deliberadamente en detenerse para los oficiales de paz en un vehículo fácilmente identificable que señala al conductor para detenerse. Eludir un vehículo de la policía es un delito menor, con una pena de hasta seis meses de prisión y/o hasta $1,000 en multas. Pero si se produce muerte o lesiones corporales, eludir es un delito de categoría B con una pena de dos a 20 años de prisión y/o una multa máxima de $50,000. 3
Aprenda más sobre evadir la policía en Nevada (NRS 484B.550).
1.3. Chocar con un peatón o ciclista
Es un tipo de conducción temeraria en Nevada causar una colisión al no ejercer el debido cuidado hacia los peatones, los conductores de patinetes eléctricos, los ciclistas o los ciclistas eléctricos. Un ejemplo común es golpear a un corredor después de no ceder el paso en un paso de peatones. Esta falta se castiga con multas, servicio comunitario, una suspensión de la licencia de conducir de seis meses a dos años y una posible sentencia de prisión de hasta seis meses.
Una primera ofensa conlleva multas de $250 a $1,000 y 50 a 99 horas de servicio comunitario. Una segunda ofensa conlleva multas de $1,000 a $1,500 y 100 a 199 horas de servicio comunitario. Y una ofensa posterior conlleva multas de $1,500 a $2,000 y 200 horas de servicio comunitario.4
1.4. Concursos de velocidad no autorizados
El arrastre de carreras es un tipo de conducción temeraria en Nevada si los participantes no tienen permiso y permisos oficiales. Conducir en un concurso de velocidad no autorizado en un área pública es una falta en Nevada, que se castiga con multas, servicio comunitario, una suspensión de la licencia de conducir de seis meses a dos años y una posible pena de prisión de hasta seis meses.
Una primera ofensa conlleva multas de $250 a $1,000 y 50 a 99 horas de servicio comunitario. Una segunda ofensa conlleva multas de $1,000 a $1,500 y 100 a 199 horas de servicio comunitario. Y una ofensa posterior conlleva multas de $1,500 a $2,000 y 200 horas de servicio comunitario.
Además, los infractores por primera vez pueden tener su vehículo de carreras embargado durante 15 días. Y cualquier infractor reincidente tendrá su vehículo de carreras embargado durante 30 días.
Tenga en cuenta que las penas anteriores también se aplican a las personas que simplemente organizaron un concurso de velocidad, incluso si no conducían.5
Manejar imprudentemente es una infracción de tránsito que conlleva 8 puntos de demérito en Nevada.
1.5. Manejo de trucos no autorizado
Realizar o participar en una exhibición de manejo de trucos no autorizada es un tipo de manejo imprudente en Nevada. Una “exhibición de manejo de trucos” significa usar un vehículo para realizar acrobacias en una carretera pública donde el tráfico se ha impedido o bloqueado para permitir la realización o filmación de las acrobacias.
Manejar un vehículo en una exhibición de manejo de trucos no autorizada en una carretera pública es un delito grave, sancionado con multas, servicio comunitario, una posible suspensión de la licencia de conducir de seis meses a dos años, y posiblemente hasta 364 días de prisión. Una primera ofensa conlleva multas de $1,000 a $1,500 y 100 a 199 horas de servicio comunitario. Una subsecuente ofensa conlleva multas de $1,500 a $2,000 y 200 horas de servicio comunitario.
Mientras tanto, una primera ofensa de facilitar una exhibición de manejo de trucos no autorizada es un delito menor – con multas de hasta $1,000, 50 a 99 horas de servicio comunitario, una posible suspensión de la licencia de conducir de seis meses a dos años, y una posible sentencia de prisión de hasta seis meses. Y una ofensa subsecuente es un delito grave, con multas de $1,000 a $1,500, 100 a 199 horas de servicio comunitario, una posible suspensión de la licencia de conducir de seis meses a dos años, y una posible sentencia de prisión de hasta 364 días.
Nota que los acusados
2. ¿Cómo puede un abogado luchar contra los cargos de NRS 484B.653?
Lo que constituye manejo temerario es subjetivo, por lo que un abogado defensor podría argumentar que las acciones del acusado no alcanzaron el nivel de desprecio temerario por la seguridad de los demás. La evidencia común en estos casos incluye:
- Grabaciones de vigilancia de tráfico
- Videos y fotografías de teléfonos inteligentes
- Testimonio de testigos
- Testimonio de un experto en reconstrucción de accidentes
- Registros de GPS del vehículo
- Informes meteorológicos y de carreteras
En los casos de manejo temerario de delitos graves donde ocurrió una muerte, una defensa común es que una causa interviniente no relacionada con la conducción del acusado resultó en la muerte. O si el abogado defensor puede demostrar que el acusado estaba actuando negligentemente en lugar de temerariamente, la acusación podría reducirse a homicidio vehicular (NRS 484B.657) – que solo es un delito menor.
3. ¿Se puede sellar el registro?
Las condenas por manejo temerario se pueden sellar del registro criminal del acusado en Nevada, pero hay un período de espera. Sin embargo, las acusaciones penales que se desestiman son sellables inmediatamente.7
Categoría de condena por manejo temerario | Período de espera para sellar el registro en Nevada |
Delito menor | 1 año después de que el caso se cierre |
Delito grave | 2 años después de que el caso se cierre |
Delito de categoría B | 5 años después de que el caso se cierre |
Desestimación (sin condena) | Sin espera |
Aprenda cómo sellar los registros criminales de Nevada.
4. ¿Se puede reducir DUI a manejo temerario?
Los abogados defensores penales pueden persuadir a los fiscales para reducir una acusación de conducción bajo la influencia a una acusación de manejo temerario como parte de un acuerdo de transacción. El acusado todavía tendría que completar todas las sanciones penales estándar de Nevada DUI (NRS 484C.400), como un panel de impacto a la víctima y la escuela de DUI. Pero los beneficios de declararse culpable son dobles:
Aprende más sobre cómo reducir un DUI en Nevada.
Llame a nuestra firma de abogados en Las Vegas, NV para obtener asesoramiento legal. Nuestros abogados de defensa de multas de tráfico y criminal ofrecen consultas en todo el condado de Clark, el condado de Washoe y el estado de Nevada.
Referencias Legales
- Estatuto Revisado de Nevada 484B.653. Conducción temeraria, organización de concursos de velocidad no autorizados y conducción o facilitación de exhibiciones de conducción de trucos no autorizadas; penas; el tribunal debe suspender la licencia de conducir de ciertos infractores; penas adicionales por violación cometida en una zona de trabajo o zona de seguridad para peatones o si el conductor es la causa proxima de una colisión con un peatón o persona montando una bicicleta; el tribunal puede ordenar el decomiso del vehículo de ciertos infractores.
1. Es ilegal para una persona:
(a) Conducir un vehículo con descuido voluntario o temerario de la seguridad de las personas o la propiedad en una carretera o un lugar al que el público tenga acceso.
(b) Conducir un vehículo en un concurso de velocidad no autorizado en una carretera o un lugar al que el público tenga acceso.
(c) Organizar un concurso de velocidad no autorizado en una carretera o un lugar al que el público tenga acceso.
(d) Conducir un vehículo en una exhibición de conducción de trucos no autorizada en una carretera pública.
(e) Facilitar una exhibición de conducción de trucos no autorizada en una carretera pública.
Una violación del párrafo (a), (b) o (d) de este apartado o del apartado 1 de NRS 484B.550 constituye conducir temerariamente.
2. Si, al violar las disposiciones de los apartados 1 a 5, inclusive, de NRS 484B.270, NRS 484B.280, el párrafo (a) o (c) del apartado 1 de NRS 484B.283, NRS 484B.350, los apartados 1 a 4, inclusive, de NRS 484B.363 o el apartado 1 de NRS 484B.600, el conductor de un vehículo motorizado en una carretera o un lugar al que el público tenga acceso es la causa proxima de una colisión con un peatón o una persona montando una bicicleta, una bicicleta eléctrica o un patinete eléctrico, la violación constituye conducir temerariamente.
3. Una persona que viola el párrafo (a) del apartado 1 es culpable de un delito menor y:
(a) Por la primera ofensa, será castigada:
(1) Con una multa de no menos de $250 pero no más de $1,000; o
(2) Con multa e imposición de prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(b) Por la segunda ofensa, será castigada:
(1) Con una multa de no menos de $1,000 pero no más de $1,500; o
(2) Con multa e imposición de prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(c) Por la tercera y cada ofensa subsiguiente, será castigada:
(1) Con una multa de no menos de $1,500 pero no más de $2,000; o
(2) Con multa e imposición de prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
4. Una persona que viola el párrafo (b) o (c) del apartado 1 o comete una violación que constituye conducir temerariamente de conformidad con el apartado 2 es culpable de un delito menor y:
(a) Por la primera ofensa:
(1) Será castigada con una multa de no menos de $250 pero no más de $1,000;
(2) Deberá realizar no menos de 50 horas, pero no más de 99 horas, de servicio comunitario; y
(3) Puede ser castigada con imposición de prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(b) Por la segunda ofensa:
(1) Será castigada con una multa de no menos de $1,000 pero no más de $1,500;
(2) Deberá realizar no menos de 100 horas, pero no más de 199 horas, de servicio comunitario; y
(3) Puede ser castigada con imposición de prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(c) Por la tercera y cada ofensa subsiguiente:
(1) Será castigada con una multa de no menos de $1,500 pero no más de $2,000;
(2) Deberá realizar 200 horas de servicio comunitario; y
3. Además de cualquier multa, servicio comunitario e imposición de prisión a una persona de conformidad con el apartado 4, el tribunal:
(a) Deberá emitir una orden suspendiendo la licencia de conducir de la persona por un período de no menos de 6 meses pero no más de 2 años y requiriendo que la persona entregue todas las licencias de conducir que entonces posea;
(b) Dentro de los 5 días posteriores a la emisión de una orden de conformidad con el párrafo (a), deberá enviar al Departamento cualquier licencia, junto con una copia de la orden;
(c) Para la primera infracción, puede emitir una orden de decomiso, por un período de 15 días, de cualquier vehículo que esté registrado a la persona que viola el párrafo (b) o (c) del apartado 1 si el vehículo se usa en la comisión de la infracción; y
(d) Para la segunda y cada infracción subsiguiente, deberá emitir una orden de decomiso, por un período de 30 días, de cualquier vehículo que esté registrado a la persona que viola el párrafo (b) o (c) del apartado 1 si el vehículo se usa en la comisión de la infracción.
9. A menos que se proporcione una pena mayor de conformidad con el apartado 4 de NRS 484B.550, una persona que realice cualquier acto o descuide cualquier deber impuesto por la ley mientras conduce o tiene el control físico real de cualquier vehículo en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso con desprecio intencional o temerario por la seguridad de las personas o de los bienes, si el acto o el descuido del deber causa directamente la muerte o lesiones corporales graves a otra persona, es culpable de un delito de categoría B y será castigado con prisión en la cárcel estatal por un término mínimo de no menos de 1 año y un término máximo de no más de 6 años y con una multa de no menos de $2,000 pero no más de $5,000.
10. Una persona que viola cualquier disposición de esta sección puede estar sujeta a cualquier pena adicional establecida en NRS 484B.130 o 484B.135 a menos que la persona esté sujeta a la pena prevista en el apartado 4 de NRS 484B.550.
11. Como se usa en esta sección:
(a) “Facilitar” significa planificar, programar o promover, o ayudar en la planificación, programación o promoción de, una exhibición de conducción de trucos no autorizada o de cualquier otra manera participar en una exhibición de conducción de trucos no autorizada, incluyendo, sin limitación:
(1) Utilizar un vehículo para desviar, ralentizar, impedir o bloquear el tráfico con la intención de habilitar o ayudar a una exhibición de conducción de trucos no autorizada; o
(2) Filmación o grabación de otra manera de una exhibición de conducción de trucos no autorizada con la intención de promover una exhibición de conducción de trucos no autorizada.
(b) “Organizar” significa planificar, programar o promover, o ayudar en la planificación, programación o promoción de, una competencia de velocidad no autorizada en una carretera pública, independientemente de si se cobra una tarifa por asistir a la competencia de velocidad no autorizada.
(c) “Exhibición de conducción de trucos” significa usar un vehículo para realizar trucos, acrobacias u otras maniobras en una carretera pública sobre la que el tráfico se ha desviado, ralentizado, impedido o bloqueado para permitir la realización de tales trucos, acrobacias u otras maniobras o para tener tales trucos, acrobacias u otras maniobras filmados o grabados de otra manera.NAC 483.510; NRS 483.490; Proyecto de Ley de la Asamblea de Nevada 201 (2019); ver también Lee v. State, (2000) 116 Nev. 452, 997 P.2d 138 (NRS 484B.653 no se aplica a las carreteras de acceso a la minería, que no son una “carretera pública”). - NRS 484B.653. Ver también Mark Credico, La muerte de un niño inspira un proyecto de ley para combatir la ‘capital de la conducción temeraria del mundo’, Las Vegas Review-Journal (5 de febrero de 2023) (“La Ley Rex aumentaría la pena por conducir temerariamente con resultado de lesiones corporales graves o muerte a 10 a 20 años de prisión con una pena adicional de siete años si el accidente ocurre en una zona escolar o de construcción”).
- NRS 484B.653; vea también Baldridge v. Estado, (Nev. Ct. App. 2016) 132 Nev. 943.
- NRS 484B.653.
- NRS 484B.653.
- NRS 484B.653.
- NRS 179.245; NRS 179.255.