NRS § 484B.653 define la conducción temeraria en Nevada como operar un vehículo con desprecio voluntario o imprudente por la seguridad de personas o propiedad. Ejemplos pueden incluir:
- ir significativamente por encima del límite de velocidad
- ignorar dispositivos de control de tráfico, como pasar semáforos en rojo
- chocar con medianas y bordes mientras se conduce o se hacen giros en U
- adelantar rápidamente a otros vehículos o cambiar de carril de izquierda a derecha en una autopista de varios carriles sin señalizar
- conducción excesivamente agresiva durante ataques de ira en la carretera
Esta tabla ilustra las sanciones:
Delito de conducción temeraria |
Sanciones en Nevada |
El incidente no causa daño corporal grave | Delito menor: $250 a $1,000, 8 puntos de demérito del DMV, y hasta 6 meses en la cárcel |
El incidente causa daño corporal grave. | Delito grave de categoría B: de 1 a 6 años en prisión y de $2,000 a $5,000 |
NRS § 484B.653 establece que:
1. Es ilegal para una persona:
(a) Conducir un vehículo con desprecio voluntario o imprudente por la seguridad de personas o propiedad en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso.
(b) Conducir un vehículo en una carrera de velocidad no autorizada en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso.
(c) Organizar una carrera de velocidad no autorizada en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso.
(d) Conducir un vehículo en una exhibición de trucos no autorizada en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso.
(e) Facilitar una exhibición de trucos no autorizada en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso.
Una violación de los párrafos (a), (b) o (d) de esta subsección o de la subsección 1 de NRS 484B.550 constituye conducción temeraria.
Las sanciones en Nevada por causar accidentes automovilísticos graves son mucho más severas cuando hay drogas o alcohol involucrados:
Delitos vehiculares que causan lesiones o muerte |
Sanciones en Nevada |
El incidente no causa daño corporal grave o muerte | Delito menor: $1,000 a $2,000, 8 puntos de demérito del DMV, y hasta 6 meses en la cárcel |
El incidente causa daño corporal grave o muerte | Delito grave de categoría B: de 2 a 20 años en prisión y de $2,000 a $5,000 |
El incidente causa daño corporal grave o muerte y el conductor estaba bajo la influencia de drogas o alcohol | Delito grave de categoría B: de 2 a 20 años en prisión y de $2,000 a $5,000, más 2 a 20 años adicionales si el conductor tiene una condena previa por DUI |
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de Las Vegas discuten:
- 1. ¿Cómo define y castiga la ley de Nevada la conducción temeraria?
- 2. ¿Cómo puedo luchar contra los cargos de NRS 484B.653?
- 3. ¿Puede mi registro ser sellado?
- 4. ¿Puede reducirse el DUI a conducción temeraria?
- Lectura adicional
1. ¿Cómo define y castiga la ley de Nevada la conducción temeraria?
La definición legal de conducción temeraria es operar un automóvil de manera extremadamente arriesgada. No se trata simplemente de ser descuidado o negligente. Sus violaciones de tráfico están poniendo en peligro la seguridad pública.
Las sanciones por violar las leyes de conducción temeraria dependen de las circunstancias del caso. La pena puede ser duplicada si la infracción de tráfico ocurrió en una zona de trabajo o de seguridad peatonal.
Tenga en cuenta que si solo recibe una citación por conducción temeraria (en lugar de ser arrestado), la policía aún puede remolcar su automóvil.1
Conducir con desprecio voluntario o imprudente por la seguridad de personas o propiedad
La forma más común de conducción temeraria en Nevada es conducir con desprecio voluntario o imprudente por la seguridad de personas o propiedad. Esto es más grave que las violaciones menores de las leyes de tráfico, como ir cinco millas por encima del límite de velocidad o ceder en lugar de detenerse. La conducción temeraria puede causar daños importantes.
La conducción temeraria al actuar con desprecio voluntario o imprudente por la seguridad de las personas o la propiedad es un delito menor en Nevada, castigado con una multa, ocho puntos de demérito del DMV y una posible pena de cárcel de hasta seis meses. Una primera infracción conlleva una multa de $250 a $1,000. Una segunda infracción conlleva una multa de $1,000 a $1,500. Una tercera o subsiguiente infracción conlleva una multa de $1,500 a $2,000.
Sin embargo, la conducción temeraria que cause la muerte o lesiones corporales graves es un delito grave de categoría B, castigado con uno a seis años en la Prisión Estatal de Nevada y una multa de $2,000 a $5,000. La pena máxima de prisión es de 10 años si el caso involucra exceder el límite de velocidad en al menos 50 mph o si ocurre en una zona de seguridad para peatones, zona escolar o una zona de cruce escolar. 2
Eludir a un vehículo policial
Es un tipo de conducción temeraria en Nevada el no detenerse voluntariamente ante los agentes de la paz en un vehículo fácilmente identificable que señala al conductor que se detenga. Eludir el vehículo de un oficial de policía es un delito menor, con una pena de hasta seis meses de cárcel y/o hasta $1,000 en multas. Si resulta en la muerte o lesiones corporales, eludir es un delito grave de categoría B con una pena de dos a 20 años de prisión y/o una multa máxima de $50,000.3
Obtenga más información sobre eludir a la policía en Nevada (NRS 484B.550).
Colisión con un peatón o ciclista
Es un tipo de conducción temeraria en Nevada causar una colisión al no ejercer la debida precaución hacia los peatones, conductores de scooters eléctricos, ciclistas o ciclistas eléctricos. Un ejemplo común es atropellar a un corredor después de no ceder el paso en un cruce de peatones. Este delito menor conlleva multas, servicio comunitario, una suspensión de la licencia de conducir de seis meses a dos años y una posible pena de cárcel de hasta seis meses.
Una primera infracción conlleva una multa de $250 a $1,000 y de 50 a 99 horas de servicio comunitario. Una segunda infracción conlleva una multa de $1,000 a $1,500 y de 100 a 199 horas de servicio comunitario. Una tercera o subsiguiente infracción conlleva una multa de $1,500 a $2,000 y 200 horas de servicio comunitario.4
Carreras de velocidad no autorizadas
Las carreras de arrastre son un tipo de conducción temeraria en Nevada si no tiene permiso y permisos oficiales. Conducir en una carrera de velocidad no autorizada en un área pública es un delito menor en Nevada, castigado con multas, servicio comunitario, una suspensión de la licencia de conducir de seis meses a dos años y posible tiempo de cárcel de hasta seis meses.
Una primera infracción conlleva una multa de $250 a $1,000 y de 50 a 99 horas de servicio comunitario. Una segunda infracción conlleva una multa de $1,000 a $1,500 y de 100 a 199 horas de servicio comunitario. Una tercera o subsiguiente infracción conlleva una multa de $1,500 a $2,000 y 200 horas de servicio comunitario.
Además, su vehículo de carreras puede ser confiscado durante 15 días. Si es una infracción repetida, su vehículo de carreras será confiscado durante 30 días.
Tenga en cuenta que las sanciones anteriores se aplican a usted si simplemente organizó una carrera de velocidad y no condujo.5
Conducción temeraria no autorizada
Realizar o participar en una exhibición de conducción temeraria no autorizada es un tipo de conducción temeraria en Nevada. Una “exhibición de conducción temeraria” significa usar un vehículo para realizar acrobacias en una carretera (o donde el público tenga acceso) donde el tráfico ha sido impedido o bloqueado para permitir la realización o filmación de las acrobacias.
Conducir un vehículo en una exhibición de conducción temeraria no autorizada es un delito grave, castigado con multas, servicio comunitario, una posible suspensión de la licencia de conducir de seis meses a dos años y posiblemente hasta 364 días en la cárcel. Una primera infracción conlleva de $1,000 a $1,500 en multas y de 100 a 199 horas de servicio comunitario. Una segunda o posterior infracción conlleva de $1,500 a $2,000 en multas y 200 horas de servicio comunitario.
Mientras tanto, una primera infracción de facilitar una exhibición de conducción temeraria no autorizada es un delito menor – con hasta $1,000 en multas, de 50 a 99 horas de servicio comunitario, una posible suspensión de la licencia de conducir de seis meses a dos años y una posible sentencia de hasta seis meses en la cárcel. Una segunda o posterior infracción es un delito grave, con multas de $1,000 a $1,500, de 100 a 199 horas de servicio comunitario, una posible suspensión de la licencia de conducir de seis meses a dos años y una posible sentencia de hasta 364 días en la cárcel.
También se enfrenta a un decomiso de 30 días de su vehículo que se utilizó en la exhibición.6
2. ¿Cómo puedo defenderme de los cargos de NRS 484B.653?
Aquí en Las Vegas Defense Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos de tráfico como la conducción temeraria. En nuestra experiencia, una defensa efectiva es argumentar que sus acciones no alcanzaron el nivel de “desprecio temerario por la seguridad de los demás”.
Lo que constituye la conducción temeraria puede ser muy subjetivo, y diferentes agentes de policía tienen diferentes umbrales. Hemos visto varios casos en los que los agentes de policía fueron demasiado entusiastas y arrestaron falsamente a conductores inocentes.
En casos de conducción temeraria con resultado de muerte, argumentaríamos que una causa interviniente no relacionada con su conducción causó la muerte. Algunos ejemplos que hemos visto incluyen:
- Escombros como una rama de árbol caída volaron a la carretera, y usted reaccionó como cualquier persona razonable lo haría;
- Su automóvil falló debido a un defecto; y/o
- Otro conductor o la víctima causaron el accidente.
Alternativamente, podemos demostrar que estaba actuando negligentemente en lugar de temerariamente. De esta manera, su cargo podría reducirse a homicidio vehicular (NRS 484B.657) – que es solo un delito menor.
Las pruebas comunes en las que confiamos en casos de conducción imprudente incluyen:
- Imágenes de vigilancia del tráfico
- Videos y fotografías de teléfonos inteligentes
- Testimonio de testigos presenciales
- Testimonio de expertos en reconstrucción de accidentes
- Registros de GPS del vehículo
- Informes meteorológicos y de carreteras
3. ¿Puede mi registro ser sellado?
Las condenas por conducción imprudente pueden ser selladas de su registro criminal en Nevada, pero hay un período de espera. Sin embargo, los cargos criminales que son desestimados pueden ser sellados de inmediato.7
Categoría de condena por conducción imprudente | Período de espera para sellar el registro en Nevada |
Delito menor | 1 año después del cierre del caso |
Delito mayor | 2 años después del cierre del caso |
Delito grave de categoría B | 5 años después del cierre del caso |
Desestimación (sin condena) | Sin espera |
Aprenda cómo sellar registros criminales en Nevada.
4. ¿Puede reducirse el DUI a conducción imprudente?
Podemos persuadir a los fiscales para que reduzcan su cargo de manejo en estado de ebriedad a conducción imprudente como parte de un acuerdo de culpabilidad. Aún tendría que completar todas las sanciones penales estándar de DUI de Nevada, como un panel de impacto en las víctimas y una escuela de DUI. Sin embargo, los beneficios de declararse culpable son dobles:
- Una vez que el caso haya terminado, su registro criminal mostrará solo una condena por conducción imprudente y no por DUI. Los posibles empleadores son menos propensos a descalificarlo por conducir imprudentemente que por conducir bajo la influencia del alcohol o las drogas, lo que tiene un mayor estigma social.
- Las sanciones por DUI se vuelven más duras con cada condena sucesiva. Sin embargo, los cargos por DUI que se reducen a condenas por conducción imprudente no cuentan como “antecedentes” si alguna vez es arrestado por DUI nuevamente. Por lo tanto, cualquier caso futuro de manejo en estado de ebriedad se tratará como si su caso anterior de DUI nunca hubiera existido porque se cambió a conducción imprudente.
Aprenda más sobre cómo reducir un DUI en Nevada.
Recursos adicionales
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Deportación y conducción: DUI grave y conducción imprudente como delitos de violencia después de Leocal v. Ashcroft – Journal of Crime & Criminology.
- Derecho penal: la conducción imprudente no es un delito menor incluido en la conducción bajo la influencia del alcohol – Washburn Law Journal.
- Conducción imprudente y descuidada: ¿hay alguna diferencia? – The Journal of Criminal Law.
- Correlatos sociodemográficos, conductuales y de consumo de sustancias de la conducción imprudente en Estados Unidos: hallazgos de una muestra nacional – Journal of Psychiatric Research.
- Muerte en la carretera: conducción imprudente como asesinato – Oregon Law Review.
Referencias Legales
- Estatuto Revisado de Nevada 484B.653. Conducción temeraria, organización de carreras de velocidad no autorizadas y conducción o facilitación de exhibiciones de conducción temeraria no autorizadas; sanciones; tribunal para suspender la licencia de conducir de ciertos infractores; sanciones adicionales para violaciones cometidas en una zona de trabajo o de seguridad peatonal o si el conductor es la causa próxima de una colisión con un peatón o una persona que monta una bicicleta; el tribunal puede ordenar el decomiso del vehículo de ciertos infractores. 1. Es ilegal que una persona:
(a) Conduzca un vehículo con desprecio voluntario o imprudente por la seguridad de personas o propiedad en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso.
(b) Conduzca un vehículo en una carrera de velocidad no autorizada en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso.
(c) Organice una carrera de velocidad no autorizada en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso.
(d) Conduzca un vehículo en una exhibición de conducción temeraria no autorizada en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso,
(e) Facilite una exhibición de conducción temeraria no autorizada en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso.
Una violación del párrafo (a), (b) o (d) de esta subsección o de la subsección 1 de NRS 484B.550 constituye conducción temeraria.
2. Si, mientras se violan las disposiciones de las subsecciones 1 a 5, inclusive, de NRS 484B.270, NRS 484B.280, párrafo (a) o (c) de la subsección 1 de NRS 484B.283, NRS 484B.350, subsecciones 1 a 4, inclusive, de NRS 484B.363 o subsección 1 de NRS 484B.600, el conductor de un vehículo de motor en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso es la causa próxima de una colisión con un peatón o una persona que monta una bicicleta, una bicicleta eléctrica o un patinete eléctrico, la violación constituye conducción temeraria.
3. Una persona que viole el párrafo (a) de la subsección 1 es culpable de un delito menor y:
(a) Por la primera infracción, será castigado:
(1) Con una multa de no menos de $250 pero no más de $1,000; o
(2) Con multa y encarcelamiento en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(b) Por la segunda infracción, será castigado:
(1) Con una multa de no menos de $1,000 pero no más de $1,500; o
(2) Con multa y encarcelamiento en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(c) Por la tercera y cada infracción subsiguiente, será castigado:
(1) Con una multa de no menos de $1,500 pero no más de $2,000; o
(2) Con multa y encarcelamiento en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
4. Una persona que viole el párrafo (b) o (c) de la subsección 1 o cometa una violación que constituya conducción temeraria de conformidad con la subsección 2 es culpable de un delito menor y:
(a) Por la primera infracción:
(1) Será castigado con una multa de no menos de $250 pero no más de $1,000;
(2) Realizará no menos de 50 horas, pero no más de 99 horas, de servicio comunitario; y
(3) Puede ser castigado con encarcelamiento en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(b) Por la segunda infracción:
(1) Será castigado con una multa de no menos de $1,000 pero no más de $1,500;
(2) Deberá realizar no menos de 100 horas, pero no más de 199 horas, de servicio comunitario; y
(3) Puede ser castigado con prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(c) Para la tercera y cada infracción posterior:
(1) Será castigado con una multa de no menos de $1,500 pero no más de $2,000;
(2) Deberá realizar 200 horas de servicio comunitario; y
(3) Puede ser castigado con prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
5. Además de cualquier multa, servicio comunitario y prisión impuestos a una persona de conformidad con la subsección 4, el tribunal:
(a) Emitirá una orden suspendiendo la licencia de conducir de la persona por un período de no menos de 6 meses pero no más de 2 años y requiriendo que la persona entregue todas las licencias de conducir que posea en ese momento;
(b) Dentro de los 5 días posteriores a la emisión de una orden de conformidad con el párrafo (a), enviará al Departamento cualquier licencia, junto con una copia de la orden;
(c) Para la primera infracción, puede emitir una orden de incautación, por un período de 15 días, de cualquier vehículo que esté registrado a la persona que viole el párrafo (b) o (c) de la subsección 1 si el vehículo se utiliza en la comisión de la infracción; y
(d) Para la segunda y cada infracción posterior, emitirá una orden de incautación, por un período de 30 días, de cualquier vehículo que esté registrado a la persona que viole el párrafo (b) o (c) de la subsección 1 si el vehículo se utiliza en la comisión de la infracción.
6. Una persona que viole el párrafo (d) de la subsección 1 es culpable de un delito mayor y:
(a) Para la primera infracción:
(1) Será castigado con una multa de no menos de $1,000 pero no más de $1,500;
(2) Deberá realizar no menos de 100 horas, pero no más de 199 horas, de servicio comunitario; y
(3) Puede ser castigado con prisión en la cárcel del condado por no más de 364 días.
(b) Para la segunda infracción y cada infracción posterior:
(1) Será castigado con una multa de no menos de $1,500 pero no más de $2,000;
(2) Deberá realizar 200 horas de servicio comunitario; y
(3) Puede ser castigado con prisión en la cárcel del condado por no más de 364 días.
7. Una persona que viole el párrafo (e) de la subsección 1 es culpable de:
(a) Para la primera infracción, un delito menor y:
(1) Será castigado con una multa de no más de $1,000;
(2) Deberá realizar no menos de 50 horas, pero no más de 99 horas, de servicio comunitario; y
(3) Puede ser castigado con prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(b) Para la segunda infracción y cada infracción posterior, un delito mayor y:
(1) Será castigado con una multa de no menos de $1,000 y no más de $1,500;
(2) Deberá realizar no menos de 100 horas, pero no más de 199 horas, de servicio comunitario; y
(3) Puede ser castigado con prisión en la cárcel del condado por no más de 364 días.
8. Además de cualquier multa, servicio comunitario y prisión impuestos a una persona de conformidad con la subsección 6 o 7, el tribunal:
(a) Puede emitir una orden suspendiendo la licencia de conducir de la persona por un período de no menos de 6 meses pero no más de 2 años y requiriendo que la persona entregue todas las licencias de conducir que posea en ese momento;
(b) Dentro de los 5 días posteriores a la emisión de una orden de conformidad con el párrafo (a), enviará al Departamento cualquier licencia, junto con una copia de la orden; y
(c) Puede emitir una orden de incautación, por un período de 30 días, de cualquier vehículo registrado a la persona si el vehículo se utiliza en la comisión de la infracción.
9. A menos que se proporcione una pena mayor de conformidad con la subsección 4 de NRS 484B.550, una persona que realice cualquier acto o descuide cualquier deber impuesto por la ley mientras conduce o tiene el control físico real de cualquier vehículo en una carretera o en un lugar al que el público tenga acceso con desprecio voluntario o imprudente por la seguridad de personas o propiedad, si el acto o descuido del deber causa directamente la muerte o lesiones corporales graves a otra persona, es culpable de un delito grave de categoría B y será castigado con prisión en la prisión estatal por un período mínimo de (a) Excepto según lo dispuesto en el párrafo (b) no menos de 1 año y un período máximo de no más de 6 años y con una multa de no menos de $2,000 pero no más de $5,000. (b) Un período mínimo de no menos de 1 año y un período máximo de no más de 10 años y con una multa de no menos de $2,000 pero no más de $5,000 si: (1) La infracción implica conducir un vehículo a una velocidad de
50 millas por hora o más por encima del límite de velocidad publicado; o (2) La infracción se comete en un área designada como una
zona de seguridad peatonal o zona escolar o una zona de cruce escolar.
10. Una persona que viole cualquier disposición de esta sección puede estar sujeta a cualquier pena adicional establecida en NRS 484B.130 o 484B.135 a menos que la persona esté sujeta a la pena prevista en la subsección 4 de NRS 484B.550.
11. Como se usa en esta sección:
(a) “Facilitar” significa planificar, programar o promover, o ayudar en la planificación, programación o promoción de una exhibición de conducción de trucos no autorizada o participar de cualquier otra manera en una exhibición de conducción de trucos no autorizada, incluyendo, sin limitación:
(1) Usar un vehículo para desviar, disminuir la velocidad, impedir o bloquear el tráfico con la intención de permitir o ayudar en una exhibición de conducción de trucos no autorizada; o
(2) Filmar u otra grabar una exhibición de conducción de trucos no autorizada con la intención de promover una exhibición de conducción de trucos no autorizada.
(b) “Organizar” significa planificar, programar o promover, o ayudar en la planificación, programación o promoción de una carrera de velocidad no autorizada en una carretera o en un lugar donde el público tenga acceso, independientemente de si se cobra una tarifa por asistir a la carrera de velocidad no autorizada.
(c) “Exhibición de conducción de trucos” significa usar un vehículo para realizar trucos, acrobacias u otras maniobras en una carretera o en un lugar donde el público tenga acceso, en el que el tráfico haya sido desviado, ralentizado, impedido o bloqueado para permitir la realización de dichos trucos, acrobacias o maniobras o tener dichos trucos, acrobacias o maniobras filmados o grabados de otra manera. AC 483.510; NRS 483.490; Proyecto de Ley de la Asamblea de Nevada 201 (2019); ver también Lee v. State, (2000) 116 Nev. 452, 997 P.2d 138 (NRS 484B.653 no se aplica a carreteras de acceso a la minería, que no son una “carretera pública”). AB-408 (2023).
- NRS 484B.653. Ver también Mark Credico, La muerte de un niño inspira un proyecto de ley que apunta a la “capital mundial de la conducción imprudente”, Las Vegas Review-Journal (5 de febrero de 2023)(“La Ley de Rex aumentaría la pena por conducción imprudente que resulte en lesiones corporales graves o muerte a 10 a 20 años de prisión con siete años adicionales si el accidente ocurrió en una zona escolar o de construcción.”). Ver también Jeff Burbank, Disminuya la velocidad, Nevada: “Alarmante” número de conductores multados por superar los 100, Las Vegas Review-Journal (13 de junio de 2023)(“[L]as decisiones sobre qué hacer con un conductor que va a 100 millas por hora corresponden a los tribunales locales en los condados donde se emiten las multas, incluido el monto de la multa y si se procesa al conductor por conducción imprudente como delito menor.”). SB-322 (2023).
- NRS 484B.653; ver también Baldridge v. State, (Nev. Ct. App. 2016) 132 Nev. 943.
- NRS 484B.653.
- NRS 484B.653.
- NRS 484B.653.
- NRS 179.245; NRS 179.255.