NRS § 484B.653 define conducción temeraria en Nevada como operar un vehículo con desprecio voluntario o temerario por la seguridad de las personas o la propiedad. Ejemplos pueden incluir:
- exceder significativamente el límite de velocidad
- ignorar dispositivos de control de tráfico, como pasarse semáforos en rojo
- chocar contra los separadores y acotamientos mientras se conduce o se hacen giros en U
- adelantar rápidamente vehículos o cambiar del carril más a la izquierda al más a la derecha en una carretera de varios carriles sin señalizar
- conducción excesivamente agresiva durante road rage
Esta tabla ilustra las sanciones:
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Delito de conducción temeraria |
Sanciones en Nevada |
| El incidente no causa daño corporal sustancial | Delito menor: $250 a $1,000, 8 puntos de demérito en DMV, y hasta 6 meses de cárcel |
| El incidente sí causa daño corporal sustancial. | Delito grave categoría B: 1 a 6 años de prisión y $2,000 a $5,000 |
NRS § 484B.653 establece que:
1. Es ilegal que una persona:
(a) Conduzca un vehículo con desprecio voluntario o temerario por la seguridad de las personas o la propiedad en una carretera o en un lugar al que el público tiene acceso.
(b) Conduzca un vehículo en una competencia de velocidad no autorizada en una carretera o en un lugar al que el público tiene acceso.
(c) Organice una competencia de velocidad no autorizada en una carretera o en un lugar al que el público tiene acceso.
(d) Conduzca un vehículo en una exhibición no autorizada de maniobras peligrosas en una carretera o donde el público tenga acceso.
(e) Facilite una exhibición no autorizada de maniobras peligrosas en una carretera o donde el público tenga acceso.
Una violación de los párrafos (a), (b) o (d) de este inciso o del inciso 1 de NRS 484B.550 constituye conducción temeraria.
Las sanciones en Nevada por causar accidentes graves de tráfico son mucho más severas cuando están involucradas drogas o alcohol:
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Delitos vehiculares que causan lesiones o muerte |
Sanciones en Nevada |
| Homicidio vehicular (NRS 484C.130): DUI fatal tras tres DUI previos | Delito grave categoría A: 25 años o cadena perpetua en prisión |
| DUI que causa lesiones o muerte (NRS 484C.430): Causar una fatalidad o daño corporal sustancial por conducir ebrio o drogado | Delito grave categoría B: 2 a 25 años de prisión (según el caso) y $2,000 a $5,000 |
| Conducción temeraria que causa lesiones o muerte (NRS 484B.653): Conducir con desprecio voluntario o temerario por la seguridad de personas o propiedad (sin alcohol ni drogas) | Delito grave categoría B: 1 a 6 años de prisión y $2,000 a $5,000 |
| Homicidio vehicular involuntario (NRS 484B.657): Causar proximate la muerte de otra persona por conducir con “negligencia simple” (sin alcohol ni drogas) | Delito menor: Hasta 6 meses de cárcel y/o $1,000 |
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Las Vegas discuten:
- 1. Definición de conducción temeraria
- 2. Mejores defensas
- 3. Sellado de antecedentes
- 4. Reducción desde DUI
- Lectura adicional
1. Definición de conducción temeraria
La definición legal de conducción temeraria es operar un automóvil de manera extremadamente riesgosa. No se trata simplemente de ser descuidado o negligente. Tus infracciones de tráfico están poniendo en peligro la seguridad pública.
Las sanciones por violar las leyes de conducción temeraria dependen de las circunstancias del caso. El castigo puede duplicarse si la infracción ocurre en una zona de trabajo o zona de seguridad peatonal.
Ten en cuenta que si solo te citan por conducción temeraria (en lugar de arrestarte), la policía aún puede remolcar tu auto.1
Conducir con desprecio voluntario o temerario por la seguridad de personas o propiedad
La forma más común de conducción temeraria en Nevada es conducir con desprecio voluntario o temerario por la seguridad de personas o propiedad. Esto es más grave que infracciones menores de tráfico como exceder cinco millas por hora el límite de velocidad o ceder el paso en lugar de detenerse. La conducción temeraria puede causar daños mayores.
La conducción temeraria por actuar con desprecio voluntario o temerario por la seguridad de personas o propiedad es un delito menor en Nevada, sancionado con multa, ocho puntos de demérito en DMV y posible pena de cárcel de hasta seis meses. La primera infracción conlleva multas de $250 a $1,000. La segunda, multas de $1,000 a $1,500. La tercera o subsiguientes, multas de $1,500 a $2,000.
Sin embargo, la conducción temeraria que cause muerte o daño corporal sustancial es un delito grave categoría B, sancionado con uno a seis años en Prisión Estatal de Nevada y multa de $2,000 a $5,000. El máximo de prisión es de 10 años si el caso involucra exceso de velocidad de al menos 50 mph sobre el límite o sucede en una zona de seguridad peatonal, zona escolar o zona de cruce escolar. 2
Evadir un vehículo policial
Es un tipo de conducción temeraria en Nevada no detenerse voluntariamente ante oficiales de paz en un vehículo fácilmente identificable, que señalan al conductor que se detenga. Evadir a un vehículo policial es un delito menor, con hasta seis meses de cárcel y/o hasta $1,000 en multas. Si resulta muerte o daño corporal, evadir es un delito grave categoría B con dos a 20 años de prisión y/o multa máxima de $50,000.3
Aprende más sobre evadir a la policía en Nevada (NRS 484B.550).
Chocar con un peatón o ciclista
Es un tipo de conducción temeraria en Nevada causar una colisión por no ejercer el debido cuidado hacia peatones, conductores de scooters eléctricos, ciclistas o ciclistas eléctricos. Un ejemplo común es atropellar a un corredor tras no ceder el paso en un cruce peatonal. Esta infracción es un delito menor sancionado con multas, servicio comunitario, suspensión de licencia de conducir de seis meses a dos años y posible cárcel de hasta seis meses.
La primera infracción conlleva multas de $250 a $1,000 y de 50 a 99 horas de servicio comunitario. La segunda, multas de $1,000 a $1,500 y de 100 a 199 horas de servicio comunitario. La tercera o subsiguientes, multas de $1,500 a $2,000 y 200 horas de servicio comunitario.4
Competencias de velocidad no autorizadas
Las carreras ilegales son un tipo de conducción temeraria en Nevada si no tienes permisos oficiales. Conducir en una competencia de velocidad no autorizada en un área pública es un delito menor en Nevada, sancionado con multas, servicio comunitario, suspensión de licencia de seis meses a dos años y posible cárcel de hasta seis meses.
La primera infracción conlleva multas de $250 a $1,000 y de 50 a 99 horas de servicio comunitario. La segunda, multas de $1,000 a $1,500 y de 100 a 199 horas de servicio comunitario. La tercera o subsiguientes, multas de $1,500 a $2,000 y 200 horas de servicio comunitario.
Además, pueden confiscar tu vehículo de carreras por 15 días. Si es reincidencia, la confiscación será por 30 días.
Ten en cuenta que las sanciones anteriores aplican si solo organizaste la carrera y no condujiste.5
Exceder significativamente el límite de velocidad es conducción temeraria según NRS 484B.653.
Maniobras peligrosas no autorizadas
Realizar o participar en una exhibición no autorizada de maniobras peligrosas es un tipo de conducción temeraria en Nevada. Una “exhibición de maniobras peligrosas” significa usar un vehículo para hacer acrobacias en una carretera (o donde el público tenga acceso) donde el tráfico ha sido impedido o bloqueado para permitir la realización o filmación de las acrobacias.
Conducir un vehículo en una exhibición no autorizada de maniobras peligrosas es un delito menor grave, sancionado con multas, servicio comunitario, posible suspensión de licencia de seis meses a dos años y hasta 364 días de cárcel. La primera infracción conlleva multas de $1,000 a $1,500 y de 100 a 199 horas de servicio comunitario. La segunda o subsiguientes, multas de $1,500 a $2,000 y 200 horas de servicio comunitario.
Mientras tanto, la primera infracción por facilitar una exhibición no autorizada de maniobras peligrosas es un delito menor, con multas de hasta $1,000, 50 a 99 horas de servicio comunitario, posible suspensión de licencia de seis meses a dos años y posible cárcel de hasta seis meses. La segunda o subsiguientes son delito menor grave, con multas de $1,000 a $1,500, 100 a 199 horas de servicio comunitario, posible suspensión de licencia de seis meses a dos años y posible cárcel de hasta 364 días.
También enfrentas la confiscación de tu vehículo usado en la exhibición por 30 días.6
2. Mejores defensas
Aquí en Las Vegas Defense Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de infracciones de tráfico como conducción temeraria. En nuestra experiencia, una defensa efectiva es argumentar que tus acciones no alcanzaron el nivel de “desprecio temerario por la seguridad de otros.”
Lo que constituye conducción temeraria puede ser muy subjetivo, y diferentes policías tienen distintos umbrales. Hemos visto varios casos donde oficiales fueron excesivos y arrestaron falsamente a conductores inocentes.
En casos de conducción temeraria grave donde ocurrió muerte, argumentaríamos que una causa interviniente no relacionada con tu conducción causó la muerte. Ejemplos que hemos visto incluyen:
- Escombros como una rama caída que voló a la carretera, y reaccionaste como cualquier persona razonable;
- Tu auto tuvo una falla debido a un defecto; y/o
- Otro conductor o la víctima causó el accidente.
Alternativamente, podemos demostrar que actuaste negligentemente en lugar de temerariamente. Así, tu cargo podría reducirse a homicidio vehicular involuntario (NRS 484B.657), que es solo un delito menor.
Las pruebas comunes en las que confiamos en casos de conducción temeraria incluyen:
- Grabaciones de vigilancia de tráfico
- Videos y fotografías de teléfonos inteligentes
- Testimonios de testigos presenciales
- Testimonios de expertos en reconstrucción de accidentes
- Registros GPS del vehículo
- Reportes meteorológicos y de carretera
3. Sellado de antecedentes
Las condenas por conducción temeraria pueden ser selladas de tu historial criminal en Nevada, pero hay un período de espera. Sin embargo, los cargos criminales que se desestiman pueden sellarse inmediatamente.7
| Categoría de condena por conducción temeraria | Período de espera para sellar antecedentes en Nevada |
| Delito menor | 1 año después de cerrar el caso |
| Delito menor grave | 2 años después de cerrar el caso |
| Delito grave categoría B | 5 años después de cerrar el caso |
| Desestimación (sin condena) | Sin espera |
Aprende cómo sellar antecedentes penales en Nevada.
4. Reducción desde DUI
Podemos persuadir a los fiscales para que reduzcan tu cargo de conducción bajo influencia a conducción temeraria como parte de un acuerdo de culpabilidad. Aún tendrías que cumplir con todas las sanciones penales estándar por DUI en Nevada, como panel de impacto a víctimas y escuela de DUI. Sin embargo, los beneficios de reducir el cargo son dos:
- Una vez finalizado el caso, tu historial criminal mostrará solo una condena por conducción temeraria, no por DUI. Los empleadores potenciales son menos propensos a descalificarte por conducción temeraria que por conducir bajo influencia de alcohol o drogas, que tiene mayor estigma social.
- Las sanciones por DUI se endurecen con cada condena sucesiva. Sin embargo, los cargos de DUI que se reducen a conducción temeraria no cuentan como “antecedentes” si vuelves a ser arrestado por DUI. Así, cualquier caso futuro de conducción bajo influencia se tratará como si tu caso previo de DUI nunca existió porque fue cambiado a conducción temeraria.
La siguiente tabla compara y contrasta las leyes de DUI con las de conducción temeraria:
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LEY DE NEVADA |
Conducción Temeraria |
DUI |
| Definición | Conducir con desprecio voluntario o temerario por la seguridad de personas o propiedad | Conducir con un BAC de 0.08% o más o bajo la influencia de drogas o alcohol |
| Sanciones por primera condena por delito menor | $250 a $1,000, 8 puntos de demérito en DMV, hasta 6 meses de cárcel y servicio comunitario en algunos casos* | Hasta $1,000, escuela de DUI, panel de impacto a víctimas, revocación de licencia por 185 días y hasta 6 meses de cárcel |
| ¿Aumentan las sanciones con condenas sucesivas? | Sí, a menos que el caso involucre evadir a un oficial de policía | Sí, si el caso previo fue en los últimos 7 años |
| ¿Se suspende la licencia? | No | Sí |
| Tiempo de espera para sellar antecedentes | 1 año después de cerrar el caso | 7 años después de cerrar el caso |
| *Si tu cargo de DUI fue reducido a conducción temeraria como parte de un acuerdo, el juez probablemente impondrá sanciones de DUI. | ||
Aprende más sobre cómo reducir un DUI en Nevada.
Recursos adicionales
Para información más detallada, consulta estos artículos académicos:
- Deportación y conducción: DUI grave y conducción temeraria como crímenes de violencia tras Leocal v. Ashcroft – Journal of Crime & Criminology.
- Derecho penal: La conducción temeraria no es un delito menor incluido de conducir bajo influencia de alcohol – Washburn Law Journal.
- Conducción temeraria y negligente: ¿Hay diferencia? – The Journal of Criminal Law.
- Correlatos sociodemográficos, conductuales y de consumo de sustancias en la conducción temeraria en Estados Unidos: Resultados de una muestra nacional – Journal of Psychiatric Research.
- Muerte en la carretera: Conducción temeraria como asesinato – Oregon Law Review.
Consulta nuestro artículo relacionado, ¿Cuándo es la conducción temeraria un delito grave en Nevada?
Conducir con “road rage” puede llevar a cargos por conducción temeraria.
Referencias legales
- Estatutos Revisados de Nevada 484 B. 653. Conducción temeraria, organización de competencias de velocidad no autorizadas y conducción o facilitación de exhibiciones no autorizadas de maniobras peligrosas prohibidas; sanciones; corte para suspender licencia de conducir de ciertos infractores; sanciones adicionales por violación cometida en zona de trabajo o zona de seguridad peatonal o si el conductor es causa próxima de colisión con peatón o persona en bicicleta; corte puede ordenar incautación de vehículo de ciertos infractores.
1. Es ilegal que una persona:
(a) Conduzca un vehículo con desprecio voluntario o temerario por la seguridad de personas o propiedad en una carretera o lugar al que el público tiene acceso.
(b) Conduzca un vehículo en una competencia de velocidad no autorizada en una carretera o lugar al que el público tiene acceso.
(c) Organice una competencia de velocidad no autorizada en una carretera o lugar al que el público tiene acceso.
(d) Conduzca un vehículo en una exhibición no autorizada de maniobras peligrosas en una carretera o lugar al que el público tiene acceso,
(e) Facilite una exhibición no autorizada de maniobras peligrosas en una carretera o lugar al que el público tiene acceso.
Una violación de los párrafos (a), (b) o (d) de este inciso o del inciso 1 de NRS 484B.550 constituye conducción temeraria.
2. Si, mientras se violan las disposiciones de los incisos 1 a 5, inclusive, de NRS 484B.270, NRS 484B.280, párrafo (a) o (c) del inciso 1 de NRS 484B.283, NRS 484B.350, incisos 1 a 4, inclusive, de NRS 484B.363 o inciso 1 de NRS 484B.600, el conductor de un vehículo motorizado en una carretera o lugar al que el público tiene acceso es la causa próxima de una colisión con un peatón o persona en bicicleta, bicicleta eléctrica o scooter eléctrico, la violación constituye conducción temeraria.
3. Una persona que viola el párrafo (a) del inciso 1 es culpable de un delito menor y:
(a) Para la primera infracción, será sancionada:
(1) Con una multa no menor de $250 ni mayor de $1,000; o
(2) Con multa y prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(b) Para la segunda infracción, será sancionada:
(1) Con una multa no menor de $1,000 ni mayor de $1,500; o
(2) Con multa y prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(c) Para la tercera y cada infracción subsiguiente, será sancionada:
(1) Con una multa no menor de $1,500 ni mayor de $2,000; o
(2) Con multa y prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
4. Una persona que viola el párrafo (b) o (c) del inciso 1 o comete una violación que constituye conducción temeraria conforme al inciso 2 es culpable de un delito menor y:
(a) Para la primera infracción:
(1) Será sancionada con multa no menor de $250 ni mayor de $1,000;
(2) Deberá realizar no menos de 50 horas, pero no más de 99 horas, de servicio comunitario; y
(3) Podrá ser sancionada con prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(b) Para la segunda infracción:
(1) Será sancionada con multa no menor de $1,000 ni mayor de $1,500;
(2) Deberá realizar no menos de 100 horas, pero no más de 199 horas, de servicio comunitario; y
(3) Podrá ser sancionada con prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(c) Para la tercera y cada infracción subsiguiente:
(1) Será sancionada con multa no menor de $1,500 ni mayor de $2,000;
(2) Deberá realizar 200 horas de servicio comunitario; y
(3) Podrá ser sancionada con prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
5. Además de cualquier multa, servicio comunitario y prisión impuesta conforme al inciso 4, la corte:
(a) Deberá emitir una orden suspendiendo la licencia de conducir de la persona por un período no menor de 6 meses ni mayor de 2 años y exigir la entrega de todas las licencias de conducir que posea;
(b) Dentro de 5 días después de emitir la orden conforme al párrafo (a), deberá enviar al Departamento cualquier licencia junto con copia de la orden;
(c) Para la primera infracción, podrá emitir una orden de incautación por 15 días de cualquier vehículo registrado a la persona que viole el párrafo (b) o (c) del inciso 1 si el vehículo se usó en la comisión del delito;
(d) Para la segunda y cada infracción subsiguiente, deberá emitir una orden de incautación por 30 días de cualquier vehículo registrado a la persona que viole el párrafo (b) o (c) del inciso 1 si el vehículo se usó en la comisión del delito;
(e) Si la corte emite una orden de incautación conforme al párrafo (c) o (d), deberá exigir al Departamento que rescinda y cancele el registro del vehículo a menos que el propietario registrado complete una inspección del vehículo según lo prescrito por el inciso 3 de NRS 482.460; y (f) Dentro de 5 días después de emitir una orden conforme al párrafo (c) o (d) y párrafo (e), deberá enviar al Departamento el número de la placa del vehículo y el año, marca y modelo del vehículo a incautar, junto con copia de las órdenes.
6. Una persona que viola el párrafo (d) del inciso 1 es culpable de un delito menor grave y:
(a) Para la primera infracción:
(1) Será sancionada con multa no menor de $1,000 ni mayor de $1,500;
(2) Deberá realizar no menos de 100 horas, pero no más de 199 horas, de servicio comunitario; y
(3) Podrá ser sancionada con prisión en la cárcel del condado por no más de 364 días.
(b) Para la segunda y cada infracción subsiguiente:
(1) Será sancionada con multa no menor de $1,500 ni mayor de $2,000;
(2) Deberá realizar 200 horas de servicio comunitario; y
(3) Podrá ser sancionada con prisión en la cárcel del condado por no más de 364 días.
7. Una persona que viola el párrafo (e) del inciso 1 es culpable de:
(a) Para la primera infracción, un delito menor y:
(1) Será sancionada con multa no mayor de $1,000;
(2) Deberá realizar no menos de 50 horas, pero no más de 99 horas, de servicio comunitario; y
(3) Podrá ser sancionada con prisión en la cárcel del condado por no más de 6 meses.
(b) Para la segunda y cada infracción subsiguiente, un delito menor grave y:
(1) Será sancionada con multa no menor de $1,000 ni mayor de $1,500;
(2) Deberá realizar no menos de 100 horas, pero no más de 199 horas, de servicio comunitario; y
(3) Podrá ser sancionada con prisión en la cárcel del condado por no más de 364 días.
8. Además de cualquier multa, servicio comunitario y prisión impuesta conforme a los incisos 6 o 7, la corte:
(a) Podrá emitir una orden suspendiendo la licencia de conducir de la persona por un período no menor de 6 meses ni mayor de 2 años y exigir la entrega de todas las licencias de conducir que posea;
(b) Dentro de 5 días después de emitir la orden conforme al párrafo (a), deberá enviar al Departamento cualquier licencia junto con copia de la orden;
(d) Si la corte emite una orden de incautación conforme al párrafo (c), deberá exigir al Departamento que rescinda y cancele el registro del vehículo a menos que el propietario registrado complete una inspección del vehículo según lo prescrito por el inciso 3 de NRS 482.460; y (e) Dentro de 5 días después de emitir una orden conforme a los párrafos (c) y (d), deberá enviar al Departamento el número de la placa del vehículo y el año, marca y modelo del vehículo a incautar, junto con copia de las órdenes.
(c) Podrá emitir una orden de incautación por 30 días de cualquier vehículo registrado a la persona si el vehículo se usó en la comisión del delito;
9. A menos que se disponga una sanción mayor conforme al inciso 4 de NRS 484B.550, una persona que haga cualquier acto o descuide cualquier deber impuesto por la ley mientras conduce o tiene control físico real de cualquier vehículo en una carretera o lugar al que el público tiene acceso con desprecio voluntario o temerario por la seguridad de personas o propiedad, si el acto o descuido causa proximate la muerte o daño corporal sustancial a otra persona, es culpable de un delito grave categoría B y será sancionada con prisión estatal por un término mínimo de (a) Excepto que se disponga lo contrario en el párrafo (b) no menor a 1 año y máximo no mayor a 6 años y con multa no menor de $2,000 ni mayor de $5,000. (b) Un término mínimo no menor a 1 año y máximo no mayor a 10 años y multa no menor de $2,000 ni mayor de $5,000 si: (1) La violación implica operar un vehículo a una velocidad
de 50 millas por hora o más sobre el límite de velocidad; o (2) La violación se comete en un área designada como
zona de seguridad peatonal o zona escolar o zona de cruce escolar.
10. Una persona que viole cualquier disposición de esta sección puede estar sujeta a cualquier sanción adicional establecida en NRS 484B.130 o 484B.135 a menos que esté sujeta a la sanción prevista en el inciso 4 de NRS 484B.550.
11. Según se usa en esta sección:
(a) “Facilitar” significa planear, programar o promover, o ayudar en la planificación, programación o promoción de, una exhibición no autorizada de maniobras peligrosas o participar de cualquier otra forma en una exhibición no autorizada de maniobras peligrosas, incluyendo, sin limitación:
(1) Usar un vehículo para desviar, ralentizar, impedir o bloquear el tráfico con la intención de permitir o ayudar en una exhibición no autorizada de maniobras peligrosas; o
(2) Filmar o grabar de otro modo una exhibición no autorizada de maniobras peligrosas con la intención de promoverla.
(b) “Organizar” significa planear, programar o promover, o ayudar en la planificación, programación o promoción de, una competencia de velocidad no autorizada en una carretera o donde el público tenga acceso, sin importar si se cobra una tarifa por asistir.
(c) “Exhibición de maniobras peligrosas” significa usar un vehículo para realizar trucos, acrobacias u otras maniobras en una carretera o donde el público tenga acceso, en la que el tráfico ha sido desviado, ralentizado, impedido o bloqueado para permitir la realización o filmación de tales trucos, acrobacias o maniobras.NAC 483.510; NRS 483.490; Proyecto de ley de la Asamblea de Nevada 201 (2019); véase también Lee v. State, (2000) 116 Nev. 452, 997 P.2d 138 (NRS 484B.653 no se aplica a caminos de acceso minero, que no son “carreteras públicas”). AB-408 (2023). - NRS 484B.653. Véase también Mark Credico, La muerte de un niño inspira proyecto de ley contra la ‘capital mundial de la conducción temeraria’, Las Vegas Review-Journal (5 de febrero de 2023)(“La Ley Rex aumentaría la pena por conducción temeraria que cause daño corporal sustancial o muerte a 10 a 20 años de prisión con siete años adicionales si el choque ocurrió en zona escolar o de construcción.”). Véase también Jeff Burbank, Baja la velocidad, Nevada: número ‘alarmante’ de conductores multados por superar 100 mph, Las Vegas Review-Journal (13 de junio de 2023)(“[L]as decisiones sobre qué hacer con un conductor a 100 mph recaen en los tribunales locales en los condados donde se emiten las multas, incluyendo el monto de la multa y si procesar al conductor por conducción temeraria como delito menor.”). SB-322 (2023).
- NRS 484B.653; véase también Baldridge v. State, (Nev. Ct. App. 2016) 132 Nev. 943.
- NRS 484B.653.
- NRS 484B.653.
- NRS 484B.653.
- NRS 179.245; NRS 179.255.