Si eres un contratista de Nevada y eres condenado por un crimen, estás sujeto a acciones disciplinarias por parte de la Junta de Contratistas del Estado de Nevada (NSCB). Por lo tanto, es importante contratar a un abogado de defensa criminal lo antes posible después de tu arresto para luchar contra los cargos.
Buena conducta moral
La ley de Nevada requiere que los contratistas con licencia “posean buena conducta”. La NSCB puede establecer falta de conducta cuando has sido condenado en Nevada o en otro estado por un crimen que demuestre falta de aptitud para actuar como contratista. Estos incluyen cualquier:
- delito grave o
- crimen que involucre depravación moral (como crímenes de violencia, fraude o robo).
Las faltas menores no deberían amenazar tu licencia de contratista.
Acciones disciplinarias
Dependiendo de la gravedad de tu condena criminal, la NSCB puede imponer acciones disciplinarias como:
- revocar tu licencia
- suspender tu licencia
- negar la renovación de tu licencia
- emitir una reprimenda pública
- aumentar la cantidad de fianza o depósito en efectivo en tu licencia
- imponer límites en el campo, alcance y límite monetario de tu licencia
- imponer un pago de multa
- imponer un pago de restitución
- ordenarte tomar medidas correctivas
Luchar contra acciones disciplinarias
Como contratista en Nevada, tienes derecho a una audiencia administrativa si la NSCB está considerando suspender o revocar tu licencia. Estas audiencias son como un mini juicio donde tú o tu abogado pueden presentar pruebas en tu nombre y argumentar por qué no deberías ser disciplinado.
Ten en cuenta que para que la NSCB tome acciones disciplinarias, tu condena debe haber sido confirmada en apelación o el tiempo para apelar debe haber transcurrido.
Contratar sin licencia
Si tu licencia de contratista es suspendida o revocada en Nevada, debes detener el trabajo hasta que obtengas una nueva. Es un crimen según la NRS 624.700 continuar contratando, como lo ilustra esta tabla:
Contratar sin licencia | Sanciones de Nevada |
1er delito | Delito menor:
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2do delito | Delito mayor:
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Delito posterior | Delito grave de categoría E:
|
Además, ser condenado por contratar sin licencia probablemente te impedirá obtener una licencia de contratista en Nevada en el futuro.

Una condena criminal puede amenazar la licencia de un contratista de Nevada.
Recursos adicionales
- Asociación de Contratistas de Nevada – Una asociación comercial sin fines de lucro que representa y brinda servicios para la industria de la construcción de Nevada.
- Asociación de Subcontratistas de Nevada – Una asociación comercial sin fines de lucro que aboga por y brinda educación, capacitación y otros recursos a los subcontratistas en la industria de la construcción de Nevada.
- Asociación de Contratistas Mecánicos de Las Vegas – Una asociación comercial que representa y brinda servicios para contratistas mecánicos en el área de Las Vegas.
- Asociación Nacional de Contratistas Minoritarios – Una asociación comercial que brinda programas, servicios y defensa para mejorar las oportunidades comerciales de las empresas de construcción propiedad de minorías.
- Alianza de Constructores de Nevada – Una asociación comercial sin fines de lucro que representa y brinda defensa, educación, capacitación y otros recursos para constructores de viviendas y profesionales asociados en Nevada.
Referencias legales:
- NRS 624.265 – Buena conducta del solicitante o contratista con licencia y ciertos asociados; motivos para establecer falta de buena conducta; investigación de antecedentes; confidencialidad de los resultados de la investigación de antecedentes; tarifa por procesamiento de huellas dactilares; Junta puede obtener antecedentes penales.
1. Un solicitante de licencia de contratista o un contratista con licencia, cada funcionario, director, socio y asociado del mismo, y cualquier persona que califique en nombre del solicitante de conformidad con la subsección 2 de NRS 624.260 debe poseer buena conducta. La falta de carácter puede establecerse demostrando que el solicitante o contratista con licencia, cualquier funcionario, director, socio o asociado del mismo, o cualquier persona que califique en nombre del solicitante tiene:
(a) Cometido cualquier acto que sería motivo de denegación, suspensión o revocación de una licencia de contratista;
(b) Una mala reputación por honestidad e integridad;
(c) Ingresado una declaración de culpabilidad, culpable pero mentalmente enfermo o nolo contendere a, sido declarado culpable o culpable pero mentalmente enfermo de, o sido condenado, en este Estado o en cualquier otra jurisdicción, por un delito que surja de, en relación con o relacionado con las actividades de dicha persona de manera que demuestre su incapacidad para actuar como contratista, y el plazo para apelar ha vencido o la sentencia de condena ha sido confirmada en apelación; o
(d) Tenido una licencia revocada o suspendida por motivos que impedirían la concesión o renovación de una licencia para la cual se ha presentado la solicitud.
2. A solicitud de la Junta, un solicitante de licencia de contratista, cualquier funcionario, director, socio o asociado del solicitante y cualquier persona que califique en nombre del solicitante de conformidad con la subsección 2 de NRS 624.260 debe presentar a la Junta tarjetas de huellas dactilares completadas y un formulario autorizando una investigación de los antecedentes del solicitante y la presentación de las huellas dactilares al Repositorio Central de Registros de Antecedentes Penales de Nevada y el Buró Federal de Investigaciones. Las tarjetas de huellas dactilares y el formulario de autorización presentados deben ser los que la Junta proporcione al solicitante. Las huellas dactilares del solicitante pueden ser tomadas por un agente de la Junta o una agencia de aplicación de la ley.
3. Excepto según lo dispuesto en NRS 239.0115, la Junta mantendrá confidenciales los resultados de la investigación y no estarán sujetos a inspección por parte del público en general.
4. La Junta establecerá por reglamento la tarifa por el procesamiento de las huellas dactilares que debe pagar el solicitante. La tarifa no debe exceder la suma de los montos cobrados por el Repositorio Central de Registros de Antecedentes Penales de Nevada y el Buró Federal de Investigaciones por el procesamiento de las huellas dactilares.
5. La Junta puede obtener registros de una agencia de aplicación de la ley o cualquier otra agencia que mantenga registros de antecedentes penales, incluidos, entre otros, registros de:
(a) Arrestos;
(b) Declaraciones de culpabilidad y culpables pero mentalmente enfermos;
(c) Sentencia;
(d) Libertad condicional;
(e) Libertad condicional;
(f) Fianza;
(g) Quejas; y
(h) Disposiciones finales,
–> para la investigación de un titular de licencia o un solicitante de licencia de contratista.
- NRS 624.266 – Obligación del solicitante o titular de licencia de divulgar cierta información a la Junta.
1. Un solicitante de licencia de contratista o un titular de licencia notificará por escrito a la Junta si es declarado culpable, o ingresa una declaración de culpabilidad, culpable pero mentalmente enfermo o nolo contendere a:
(a) Un delito contra un niño según se define en NRS 179.245;
(b) Un delito sexual según se define en NRS 179.245;
(c) Asesinato según se define en NRS 200.010;
(d) Homicidio voluntario según se define en NRS 200.050; o
(e) Cualquier otro delito grave o delito que implique turpitud moral si la condena ocurrió o se ingresó la declaración de culpabilidad, culpable pero mentalmente enfermo o nolo contendere en los 15 años inmediatamente anteriores,
–> en este Estado o en cualquier otra jurisdicción.
2. Un solicitante de licencia de contratista o un titular de licencia presentará la notificación requerida por la subsección 1 no más de 30 días después de la condena o ingreso de la declaración de culpabilidad, culpable pero mentalmente enfermo o nolo contendere.