Estatuto Revisado de Colorado § 18-15-104 C.R.S. tipifica como delito la comisión de usura, que son prácticas de préstamos depredadoras con tasas de interés excesivas superiores a una tasa anual del 45%. Una condena es un delito grave de clase 6 sancionado con:
- 12 a 18 meses de prisión (más 1 año de libertad condicional obligatoria) y
- Una multa de $1,000 a $100,000.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Denver abordarán los siguientes temas clave sobre las leyes de usura de Colorado:
- 1. Elementos del C.R.S. 18-15-104
- 2. Por qué ocurre la usura
- 3. Defensas
- 4. Delitos relacionados
- Preguntas frecuentes
- Lectura adicional
1. Elementos del C.R.S. 18-15-104
Para que seas condenado por usura criminal en Colorado, el fiscal general del estado debe probar más allá de toda duda razonable que cobraste, tomaste o recibiste conscientemente cualquier dinero u otra propiedad como cargo financiero de préstamo donde el cargo excedió una tasa porcentual anual del 45%.1
Esta práctica de prestar dinero a tasas de interés irrazonablemente altas también puede conocerse como:
- “prestamismo depredador” o
- “préstamos depredadores.”
Ten en cuenta que también es un delito en Colorado proporcionar dinero o propiedad a una persona con el entendimiento de que los fondos pueden usarse para incurrir en usura.2 Incluso poseer u ocultar registros de transacciones usurarias criminales es un delito.3
2. Por qué ocurre la usura
Algunas personas tienen dificultades para calificar para un préstamo personal o para pequeñas empresas debido a:
- mal crédito,
- falta de garantía, y/o
- antecedentes penales.
Estas personas pueden tener que solicitar un préstamo con tasas de interés irrazonablemente altas para obtener el dinero. A menudo, el propósito de tomar estos préstamos es:
- cubrir pérdidas por apuestas,
- comprar contrabando,
- pagar costosas facturas médicas, y/o
- pagar cuentas para evitar perder su casa o automóvil.
La usura a menudo involucra préstamos proporcionados por sindicatos criminales organizados.
Existen varias defensas afirmativas contra la usura criminal.
3. Defensas
Aquí en Colorado Legal Defense Group, hemos representado a innumerables personas acusadas de delitos de cuello blanco como la usura. En nuestra experiencia, si tienes un contrato escrito firmado, tu cargo bajo el C.R.S. 18-15-104 debería ser desestimado si el tribunal determina que:
- En el momento de hacer el cargo financiero del préstamo, no se pudo determinar que la tasa porcentual anual excedería el 45% anual; o
- El cargo financiero del préstamo no excedió el 45% anual cuando la tasa del cargo financiero se calculó sobre el saldo impago de la deuda bajo la suposición de que la deuda se pagará según sus términos y no se paga antes del final del plazo acordado.4
Los cargos por usura criminal también deben ser retirados en casos que involucren:
- hipotecas inversas,
- cargos de tarjetas de crédito que no excedan los permitidos, y
- otros cargos o tarifas permitidos por la ley de Colorado.5
4. Delitos relacionados
- Extorsión bajo la Ley de Crimen Organizado de Colorado (C.R.S. 18-17-104) – Un patrón de actividad criminal generalmente cometido por pandillas o crimen organizado. Esto incluye juegos de azar, préstamos depredadores, receptación de bienes robados o distribución de drogas.
- Lavado de dinero (C.R.S. 18-5-309) – Mover dinero para intentar evadir la capacidad del gobierno de rastrear la fuente de los fondos. El lavado de dinero puede usarse para ocultar dinero que fue malversado de un empleador.
- Extorsión (C.R.S. 18-3-207) – Amenazar a alguien para que esa persona u otra haga algo o se abstenga de hacer algo en contra de su voluntad. La extorsión comúnmente se llama “chantaje.”
- Soborno (C.R.S. 18-3-302) – Ofrecer dinero u otros beneficios a un funcionario público para influir en sus acciones.
No todos los acuerdos de préstamos con altos intereses son usurarios bajo el C.R.S. 18-15-104.
Preguntas frecuentes
¿Qué tasa de interés hace que un préstamo sea ilegal en Colorado?
En Colorado, cobrar más del 45% de interés anual en un préstamo se considera usura criminal, que es un delito grave de clase 6. Esta ley está diseñada para proteger a los prestatarios de prácticas de préstamos depredadores.
¿Cuáles son las penas si soy condenado por usura criminal en Colorado?
La usura criminal es un delito grave de clase 6 en Colorado. Si eres condenado, enfrentas de 12 a 18 meses de prisión más un año de libertad condicional obligatoria, y multas que van de $1,000 a $100,000.
¿Puedo ser acusado de usura aunque no haya hecho el préstamo directamente?
Sí, la ley de Colorado prohíbe proporcionar dinero a alguien sabiendo que lo usará para usura, e incluso poseer u ocultar registros de transacciones usurarias criminales es un delito.
¿Qué defensas están disponibles si me acusan de usura criminal?
Las defensas clave incluyen demostrar que en el momento del préstamo no se pudo determinar que la tasa excedería el 45%, o que cuando se calculó correctamente sobre el saldo impago, la tasa no excedió el 45%. Estas defensas requieren un contrato escrito firmado presentado al tribunal al menos 10 días antes del juicio.
Lectura adicional
Para información más detallada, consulta los siguientes artículos académicos:
- El delito internacional de la usura: la deuda usuraria del Tercer Mundo – Crime and Social Justice.
- Usura – California Law Review.
- Tasas de interés y la ley: una historia de la usura – Arizona State Law Journal.
- ¿Criptomoneda o usura? Delito y técnicas alternativas de lavado de dinero – European Journal of Law and Economics.
- Un estudio sobre la regulación del delito de usura desde la perspectiva del Código Penal actual – Review of Law and Social Studies.
Referencias legales
- C.R.S. 18-15-104 – Cometer usura criminal:
(1) Cualquier persona que conscientemente cobre, tome o reciba cualquier dinero u otra propiedad como cargo financiero de préstamo donde el cargo exceda una tasa porcentual anual del cuarenta y cinco por ciento o su equivalente para un período más largo o más corto comete el delito de usura criminal, que es un delito grave de clase 6.
(2) Es una defensa afirmativa contra la usura criminal para una persona, o su agente o cesionario, que cobre, tome o reciba dinero o propiedad como cargo financiero de préstamo en exceso de una tasa porcentual anual del cuarenta y cinco por ciento en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(a) Que en el momento de hacer el cargo financiero del préstamo no se pudo determinar mediante un cálculo matemático que la tasa porcentual anual excedería una tasa porcentual anual del cuarenta y cinco por ciento;
(b) Que el cargo financiero del préstamo no excedió una tasa porcentual anual del cuarenta y cinco por ciento cuando la tasa del cargo financiero se calculó sobre el saldo impago de la deuda bajo la suposición de que la deuda se pagará según sus términos y no se paga antes del final del plazo acordado.
(3) Las defensas afirmativas mencionadas en el inciso (2) de esta sección solo se aplicarán cuando las disposiciones relacionadas con el cargo financiero del préstamo estén establecidas en un acuerdo escrito firmado por todas las partes y dicho acuerdo escrito se presente al tribunal y al fiscal de distrito al menos diez días antes del juicio.
(4) Esta sección no se aplicará a:
(a) Cargos y tarifas permitidos por los artículos 1 a 6 del título 5, C.R.S., o cargos y tarifas similares a dichos cargos y tarifas y que estén específicamente autorizados por la ley;
(b) Cargos y tarifas de tarjetas de crédito que no excedan los permitidos para transacciones de consumo bajo los artículos 1 a 6 del título 5, C.R.S., cuando se impongan o cobren a una persona o en una transacción no sujeta a dichas disposiciones;
(c) Una hipoteca inversa según se define en la sección 11-38-102, C.R.S.; y
(d) Cargos adicionales por intereses permitidos por la sección 5-12-107 (3), C.R.S.Ver, por ejemplo, Haugen v. Western Fed. Sav. & Loan Ass’n (Colo. App. 1981) 633 P.2d 497. - C.R.S. 18-15-106. Véase, para comparación: David Lazarus, Columna: La ley de usura de California limita las tasas de préstamos. Extrañamente, la mayoría de los prestamistas están exentos, Los Angeles Times (30 de julio de 2021): Departamento de Banca y Seguros, Nueva Jersey; Departamento de Instituciones Financieras – tasas de interés estatales, Utah; Ley Penal de N.Y. § 190.4.
- C.R.S. 18-15-108. Véase también: 12 U.S.C. 85/Ley Nacional Bancaria (ley federal). Véase también Smiley v. Citibank (Corte Suprema de EE.UU., 1996) 517 U.S. 735
. Véase también la OCC. Véase también Código Uniforme de Crédito al Consumidor de Colorado. Véase también Meade v. Marlette Funding, LLC (Tribunal de Distrito de Colorado, Denver, 2018) Acción Civil No. 17-cv-00575-PAB-MJW (sobre la doctrina válida-cuando-se-hizo). - C.R.S. 18-15-104.
- C.R.S. 18-15-104.