En Colorado, intimidar a un jurado con amenazas de violencia o daño es un delito penal. Intimidar a un jurado implica usar amenazas para influir en el voto u opinión de un jurado. Intimidar a un jurado es un delito grave de clase 4.
La Estatuto Revisado de Colorado § 18-8-608 dice lo siguiente:
(1) Una persona comete intimidación a un jurado si intencionalmente intenta, mediante el uso de una amenaza de daño o lesión a cualquier persona o propiedad, influir en el voto, opinión, decisión u otra acción de un jurado. (2) Intimidar a un jurado es un delito grave de clase 4.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de Denver, Colorado abordarán:
- 1. ¿Qué es intimidar a un jurado?
- 2. ¿Qué jurados están incluidos?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. Delitos relacionados
1. ¿Qué es intimidar a un jurado?
Intimidar a un jurado es usar amenazas o actos de daño o lesión para influir en la decisión del jurado. Esto incluye intentos de influir en el voto, opinión, decisión u otra acción del jurado.1
Un acusado en un caso penal o civil puede querer influir en el jurado para que este decida a su favor. Esto podría incluir un caso penal en el que el acusado enfrenta tiempo en la cárcel. Como la mayoría de los estados, Colorado requiere un veredicto unánime del jurado para condenar a un acusado en un proceso penal. Solo un jurado necesita decir que el acusado es inocente y el acusado no será declarado culpable.
No siempre es el acusado quien intenta influir en uno o más jurados. La familia o amigos del acusado también pueden intentar intimidar a un jurado para que vote de cierta manera. El acusado puede ni siquiera ser consciente de que alguien más está tratando de intimidar a un jurado en su nombre.
2. ¿Qué jurados están incluidos?
Un “jurado” significa cualquier persona que sea miembro de un jurado o gran jurado que sirva en un panel de jurados en cualquier tribunal de Colorado. También incluye a cualquier persona que haya sido seleccionada o convocada para asistir como jurado potencial.2
Un jurado puede servir en un caso criminal o civil. En un caso criminal, el acusado puede enfrentar tiempo en la cárcel, condena por delito grave, estatus de delincuente sexual, pérdida de privilegios u otras sanciones. En un caso civil, el acusado o demandante pueden intentar influir en un jurado cuando hay mucho dinero en juego.
3. ¿Cuáles son las sanciones?
Intimidar a un jurado es un delito grave de clase 4 en Colorado.3 La pena mínima por una condena por delito grave de clase 4 por intimidar a un jurado es de 2 años en la Prisión Estatal de Colorado y una multa de $2,000. La pena máxima por intimidar a un jurado es de 6 años en prisión y una multa de hasta $500,000. Además, hay un período obligatorio de libertad condicional de 3 años.
4. Delitos relacionados
4.1. Soborno a un jurado C.R.S. 18-8-606
Sobornar a un jurado implica ofrecer o acordar ofrecer dinero u otro beneficio a un jurado para influir en el voto u opinión del jurado. Sobornar a un jurado es un delito grave de clase 4, con sanciones que incluyen de 2 a 6 años en prisión y hasta $500,000 en multas.
4.2. Manipulación de testigos C.R.S. 18-8-707
Manipular a un testigo implica intentar hacer que un testigo retenga su testimonio, testifique falsamente o esté ausente de un procedimiento oficial. Manipular a un testigo es un delito grave de clase 4, con sanciones que incluyen de 2 a 6 años en prisión y hasta $500,000 en multas.
4.3. Represalias contra un testigo C.R.S. 18-8-706
Represalias contra un testigo o víctima implica tomar represalias contra una víctima o testigo a través de acoso o amenazas de daño, lesiones o daños a la propiedad. Las represalias contra un testigo son un delito grave de clase 3, con sanciones que incluyen de 4 a 12 años en prisión y hasta $750,000 en multas.
4.4. Soborno a un testigo C.R.S. 18-8-703
En Colorado, ofrecer dinero u otros beneficios a un testigo o víctima de un delito para influir en sus decisiones es sobornar a un testigo. Sobornar a un testigo es un delito grave. Las sanciones por soborno a un testigo o víctima incluyen hasta 6 años en prisión y una multa de hasta $500,000.
Referencias Legales
- C.R.S. 18-8-608(1)
- C.R.S. 18-8-601(1)
- C.R.S. 18-8-608(2)