La ley de Colorado permite que lleves un arma oculta si se te ha emitido una licencia de porte oculto válida por el estado o por otro estado que Colorado honra. Una CCW se puede obtener por
- cualquier residente de al menos 21 años de edad
- que no esté prohibido de tener un arma de fuego.
Sin tal permiso, llevar un arma oculta normalmente es una violación de la ley de Colorado.
Para ayudarlo a comprender mejor el proceso para obtener un permiso de porte oculto de Colorado, nuestros abogados de defensa criminal de Denver abordan las siguientes preguntas frecuentes a continuación:
- 1. ¿Quién puede obtener un permiso de porte oculto de Colorado?
- 2. ¿Cuál es el costo y el procedimiento para obtener una CCW?
- 3. ¿Cuánto tiempo es válido mi permiso de porte oculto?
- 4. ¿Hay restricciones para los alcohólicos y los adictos a las drogas?
- 5. ¿Hay restricciones para llevar un arma oculta?

Un permiso para armas ocultas se puede obtener por cualquier residente de al menos 21 años de edad que no esté prohibido de tener un arma de fuego.
1. ¿Quién puede obtener un permiso de porte oculto de Colorado?
Puede obtener un permiso de Colorado para llevar un pistola oculta en una oficina del sheriff del condado local si se cumplen TODAS las siguientes condiciones:
- Eres un residente legal del estado de Colorado (no un no residente), o tú o un miembro de tu familia inmediata son miembros de las fuerzas armadas en servicio permanente en una instalación militar en Colorado;
- Tienes 21 años de edad o más;
- No eres ineligible para poseer un arma de fuego según la ley estatal o federal;
- No has sido condenado por perjurio en relación con la información proporcionada o deliberadamente omitida en una solicitud de permiso;
- No usas crónicamente y habitualmente bebidas alcohólicas hasta el punto de que tus facultades normales estén disminuidas (a menos que tengas una declaración jurada firmada por un profesional calificado en adicciones que confirme que has dejado de usar alcohol durante al menos tres años);
- No eres un usuario ilegal o adicto a una sustancia controlada según la ley federal y los reglamentos;
- No estás sujeto a una orden de protección permanente o temporal en el momento en que se presenta tu solicitud:
- Demuestras competencia con una pistola presentando:
- Evidencia de experiencia con un arma de fuego a través de la participación en competiciones de tiro organizadas o servicio militar actual;
- Evidencia de que, en el momento en que se presente su solicitud, usted es un instructor certificado;
- Prueba de baja honorable de una rama de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos dentro de los tres años anteriores a la presentación de la solicitud;
- Prueba de baja honorable de una rama de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos que refleje calificaciones de pistola obtenidas dentro de los diez años anteriores a la presentación de la solicitud;
- Un certificado que muestre la jubilación de una agencia de aplicación de la ley de Colorado que refleje calificaciones de pistola obtenidas dentro de los diez años anteriores a la presentación de la solicitud; o
- Un certificado de capacitación de una clase de entrenamiento con pistola (curso de seguridad) obtenido dentro de los diez años anteriores a la presentación de la solicitud. Debe presentar el certificado original de capacitación con armas de fuego o una fotocopia de este que incluya la firma original del instructor de la clase.
Sin embargo, incluso si cumple con todos estos requisitos, si el sheriff tiene una creencia razonable de que su comportamiento documentado anterior hace que sea probable que presente un peligro para sí mismo o para otros si recibe un permiso para llevar una pistola oculta, el sheriff puede denegar su solicitud.1
(Los permisos CCW también se conocen como CHP, abreviatura de permisos de porte oculto de armas de fuego.)
2. ¿Cuál es el costo y el procedimiento para obtener un CCW?
Puede obtener una solicitud y un paquete de información para porte oculto de armas de fuego del sheriff local del condado en el que reside o donde posee o arrienda bienes raíces que usa para negocios.
La tarifa de procesamiento para una solicitud de permiso para portar un arma de fuego oculta no puede exceder los $100. Además, hay una tarifa de la Oficina de Investigación de Colorado (CBI) para la verificación de antecedentes y las huellas dactilares, y este pago debe hacerse con giro postal o cheque de cajero.
El proceso de solicitud requerirá que reveles:
- Su nombre completo, nombre de nacimiento, fecha de nacimiento, dirección y cualquier otro nombre que haya usado anteriormente;
- Sus direcciones de residencia durante los diez años inmediatamente anteriores a la presentación de su solicitud;
- Si es residente de Colorado y si tiene una licencia de conducir válida u otra identificación con foto emitida por el estado (carnet de identidad) o una orden militar que demuestre la residencia; y
- Si cumple con los criterios para obtener un permiso según lo establecido anteriormente.
Devuelva su formulario de solicitud completo, en persona, al sheriff que emite y firme en presencia de un empleado autorizado del departamento. Es posible que se pueda enviar por correo con una firma notariada, pero pregunte con anticipación.
Si declara intencionalmente de forma falsa o engañosa en una solicitud de permiso o deliberadamente omite cualquier información material, su solicitud puede ser denegada y puede ser acusado de perjurio.
También se le requerirá proporcionar:
- Un conjunto completo de huellas dactilares (tomadas por el Sheriff),
- Evidencia documental que demuestre la competencia con un arma de fuego, como se establece anteriormente;
- Una fotografía a color de su cabeza de vista frontal tomada dentro de los treinta días inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud de permiso (o por el Sheriff). La foto debe medir 1 1/8 pulgadas de ancho y 1 1/4 “de alto, y debe mostrar su cabeza completa, incluyendo el cabello y los rasgos faciales; y
- Una licencia de conducir válida de Colorado o una identificación con foto válida de Colorado o militar para su comparación.
Las personas también pueden solicitar permisos temporales de emergencia si necesitan el permiso lo antes posible.2

Un permiso de porte oculto de Colorado es válido por 5 años a partir de la fecha de emisión.
3. ¿Cuánto tiempo es válido mi permiso de porte oculto?
A menos que sea revocado, su permiso de porte oculto de Colorado es válido por 5 años a partir de la fecha de emisión. Después de eso, debe renovarse a través de una solicitud de renovación.
Sin embargo, el sheriff puede negar, revocar o negarse a renovar un permiso si tiene una creencia razonable de que ya no cumple con los criterios establecidos anteriormente o que presenta a sí mismo o a otros.
Si el sheriff suspende o revoca su permiso, se le notificará por escrito los motivos de la suspensión o revocación y se le dará la oportunidad de presentar información adicional para el registro y buscar una revisión judicial de la decisión.
Los permisionarios pueden solicitar una renovación del permiso dentro de ciento veinte días antes de la expiración de su permiso. Los formularios de renovación se pueden obtener de:
- El sheriff del condado o ciudad y condado en el que reside, o
- El sheriff del condado o ciudad y condado en el que mantenga una residencia secundaria o posea o alquile un bien inmueble que utilice para un negocio.
La tarifa para la renovación no excederá los $50.3
Verifique qué estados tienen reciprocidad de porte oculto con Colorado aquí.
4. ¿Hay restricciones para alcohólicos y adictos a las drogas?
Las leyes de armas de Colorado le prohíben obtener una licencia de porte oculto de Colorado si es un usuario habitual de drogas y/o alcohol. Se considera que es un usuario crónico y habitual de bebidas alcohólicas con facultades disminuidas si:
- En algún momento ha sido internado como alcohólico, o
- En el período de diez años inmediatamente anterior a la fecha en que se presente su solicitud de permiso, ha tenido dos o más condenas por conducir bajo los efectos del alcohol en Colorado u otra jurisdicción.4
5. ¿Hay restricciones para llevar un arma oculta?
Para hacer uso de su permiso, debe tener una fotografía a color de usted y debe tener tanto el permiso como una identificación con fotografía emitida por el estado en todo momento en que esté en posesión real de un arma oculta.
A pedido de un oficial de la ley, debe presentar ambos. El incumplimiento de llevar y presentar un permiso y una identificación con fotografía válida a pedido es una falta menor. Se puede castigar bajo la ley estatal con:
- Una multa de hasta $300, y/o
- Hasta 10 días de prisión.
Sin embargo, si los titulares de permiso muestran al tribunal un permiso válido y una tarjeta de identificación con fotografía válida emitida antes de la fecha de su delito antes o en la fecha programada de la audiencia, el tribunal desestimará los cargos.
Además, tener un permiso para portar un arma oculta no autoriza a violar CRS 18-12-105, la ley de Colorado sobre portar un arma oculta. Entre las acciones que no puede hacer bajo esta ley se encuentran:
- Llevar un arma oculta a un lugar donde el porte de armas está prohibido por la ley federal;
- Llevar un arma oculta a una escuela pública (a menos que sea un oficial de seguridad armado contratado por la escuela o la escuela esté legalmente utilizada para la caza u otros deportes de tiro);
- Llevar un arma oculta a un edificio público en el que no se permiten legalmente armas.5
Vea nuestro artículo relacionado, ¿Tienes que registrar armas en Colorado?
Para representación penal…

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Referencias Legales
- CRS 18-12-203; Peterson v. Martinez, (10th Cir. 2013) 707 F.3d 1197; ver, por ejemplo. Solicitud de CCW de Denver.
- Mismo. CRS 18-1.3-501.
- CRS 18-12-201 – 215; ver también Seguna v. Maketa, (Colo. App. 2008) 181 P.3d 399; ver también Bureau de Investigación de Colorado (CBI).
- Ver nota 1. Ver también CRS 18-12-106.
- Ver nota 3. Ver también CRS 29-11.7-103 & 18-12-105.6(2)(a). Antes del 1 de marzo de 2022, olvidarse de llevar un permiso era una falta menor de clase 1 con hasta seis meses de cárcel y/o una multa de hasta $500. SB21-271.