Extradición es el proceso legal de traer de vuelta a fugitivos de la justicia al estado en el que supuestamente cometieron un delito. Ya sea que los fugitivos estén siendo buscados para extradición a Colorado o extradición desde Colorado, se emite una orden de arresto del gobernador para su detención. Una vez que el fugitivo es detenido, tiene derecho a una audiencia para impugnar la extradición antes de ser transferido fuera del estado.
A continuación, nuestros abogados de defensa criminal en Denver, Colorado discuten las siguientes preguntas frecuentes sobre el proceso de extradición bajo la ley de Colorado:
- 1. ¿Qué es la extradición?
- 2. ¿Qué es una orden de arresto del gobernador?
- 3. ¿Qué sucede después del arresto?
- 4. ¿Cómo puedo impugnar la extradición?
- 5. ¿Hay diferencias entre la extradición a y desde Colorado?
- 6. ¿Cuánto tiempo lleva la extradición?
La ley penal requiere que los gobernadores tanto del estado “demandante” como del estado “asilo” acuerden la extradición.
1. ¿Qué es la extradición?
Extradición es el proceso judicial de devolver a un “fugitivo de la justicia” al estado en el que supuestamente:
- cometió un delito,
- violó la fianza,
- violó las condiciones de libertad condicional, o
- violó las condiciones de libertad condicional.1
El proceso de extradición no es necesario cuando un presunto fugitivo no cruza las fronteras estatales. En estos casos, la policía local en el estado ya tendría la autoridad para buscar y arrestar al fugitivo.
Tenga en cuenta que no es raro que los acusados
2. ¿Qué es una orden de arresto del gobernador?
El proceso de extradición de una persona buscada comienza con una orden de arresto del gobernador. Cuando una persona es buscada dentro o fuera del estado de Colorado, el estado que solicita la extradición (el “estado demandante”) debe:
- obtener un documento escrito, y
- hacer que lo firme el gobernador del estado donde se encuentra el fugitivo (“estado asilo”) de acuerdo con los procedimientos de la Ley Uniforme de Extradición Penal (UCEA), 2 y
- listarlo en el Centro Nacional de Información Criminal de los Estados Unidos (NCIC).3
(En algunos casos, el estado demandante emite primero una “orden de arresto de fugitivo”; y luego, después de que se detiene al sospechoso, el estado demandante emite la orden de arresto del gobernador. En otros casos, la orden de arresto del gobernador sirve esencialmente como la orden de arresto del fugitivo.)
2.1. ¿Qué gobernador firma la orden de arresto?
El gobernador en el estado receptor de la solicitud de extradición es quien firma la orden de arresto del gobernador. Esto significa que el estado que quiere al presunto fugitivo debe presentar una solicitud al gobernador del estado donde se encuentra actualmente el fugitivo.4
Por ejemplo, si Utah cree que una persona vive o se esconde en Colorado, el Estado de Utah enviará una orden de arresto del gobernador a Colorado. Luego, el gobernador de Colorado firma la orden para permitir que las agencias policiales locales persigan y arresten al presunto fugitivo.
Un abogado experimentado en defensa criminal puede ayudar a los acusados a decidir si vale la pena intentar luchar contra la extradición.
3. ¿Qué sucede después del arresto?
Cuando presuntos fugitivos son arrestados en el estado de asilo, tienen una breve audiencia de asesoramiento. En esta audiencia, un juez determina si hay causa probable de que el arrestado sea realmente el fugitivo buscado. Esta audiencia también es donde el juez informa al presunto fugitivo de la solicitud de extradición, el cargo subyacente y el derecho legal a un abogado y una audiencia de habeas corpus (discutida en la sección 4).
La audiencia de asesoramiento también es donde el presunto fugitivo puede optar por “renunciar a la extradición“. Una renuncia a la extradición significa que el presunto fugitivo acepta ser transportado al estado demandante sin presentar una lucha legal.
Algunas personas eligen una renuncia a la extradición para acelerar el proceso. Pero en la mayoría de los casos, los abogados de defensa aconsejarían a las personas nunca renunciar a la extradición. Un abogado experimentado puede encontrar defectos procesales que el estado cometió y detener la extradición.5
3.1. ¿Puede un sospechoso ser liberado bajo fianza?
Varía caso por caso.
Algunas órdenes de arresto son órdenes sin fianza, lo que requiere que las autoridades mantengan a los presuntos fugitivos en custodia hasta que se resuelva la extradición. El estado de asilo suele mantener a los presuntos fugitivos durante un máximo de 30 días antes de que el estado demandante los transporte de vuelta. Pero el estado de asilo puede mantenerlos hasta 90 días siempre y cuando el estado demandante demuestre que planea extraditarlos.6
En otros casos, los presuntos fugitivos son liberados bajo su propio reconocimiento o con una fianza baja. Si renuncian a la extradición, entonces deben entregarse al estado de origen. Si no renuncian a la extradición, entonces deben comparecer en todas las audiencias judiciales pendientes hasta que se resuelva el caso de extradición.7
4. ¿Cómo puedo luchar contra la extradición?
Los presuntos fugitivos que deseen luchar contra la extradición pueden presentar un habeas corpus. Este documento cuestiona la legalidad de su arresto y extradición, típicamente en los siguientes dos motivos:
- Los documentos de extradición en sí son inválidos y no siguen el procedimiento adecuado; y/o
- La policía arrestó a la persona equivocada y el presunto fugitivo es en realidad la víctima de una identidad equivocada
El juez llevará a cabo una audiencia para determinar si otorga o no el habeas corpus. Si el tribunal lo niega, entonces el estado de asilo finalmente puede extraditar al presunto fugitivo al estado demandante.
Recuerde que el propósito de la audiencia de habeas corpus es solo asegurarse de que se sigan los procedimientos adecuados de extradición. La audiencia no está diseñada para determinar la culpabilidad o inocencia de la persona arrestada.8
5. ¿Existen diferencias entre la extradición hacia y desde Colorado?
Cada estado es un poco diferente. Por lo tanto, se recomienda a los acusados que contraten a un abogado en ambos estados, el demandante y el de asilo, para luchar contra la extradición y garantizar que se respeten sus derechos.
Tenga en cuenta que si una persona en Colorado enfrenta cargos penales en ambos Colorado y otro estado, el juez de Colorado puede optar por mantener a la persona en el estado pendiente del resultado del caso de Colorado. Luego, una vez que termine, la persona puede ser extraditada desde Colorado al otro estado.9
6. ¿Cuánto tiempo lleva la extradición?
La extradición puede tomar dos o tres meses, especialmente si el acusado elige luchar contra la extradición.
Para obtener asesoramiento legal sobre el proceso de extradición o para discutir confidencialmente sus procedimientos penales con uno de nuestros abogados de defensa criminal de Colorado, no dude en contactarnos. Representamos a clientes que enfrentan cargos penales en y alrededor de Denver, Colorado Springs, Aurora, Fort Collins, Lakewood y varias ciudades cercanas en todo el estado de Colorado. Podemos negociar una reducción de cargos o un sobreseimiento con el fiscal del distrito.
Nuestro bufete de abogados defiende contra todo tipo de casos penales, incluyendo agresión sexual, DUI, violencia doméstica, abuso infantil, violación de libertad condicional, falta de registro como delincuente sexual y todos los demás cargos graves y menores. También hacemos sellado de antecedentes y expungements.
Para casos en California, Nevada o Arizona, consulte nuestras páginas sobre leyes de extradición de California, leyes de extradición de Nevada y leyes de extradición de Arizona.
Referencias Legales
- CRS 16-19-104 (Forma de Demanda); Layher v. Van Cleave, (1970) 171 Colo. 465, 468 P.2d 32.
- CRS 16-19-103 (Fugitivos de la Justicia); Briddle v. Caldwell, (Colo. 1981) 628 P.2d 613. Actualmente, Carolina del Sur y Missouri no son parte de la UCEA.
- Centro Nacional de Información de Crímenes de Estados Unidos (NCIC). Servicios. El estado demandante también es llamado “el estado querido”, “el estado solicitante” o “el estado de origen”.
- Igual que la nota al pie 1.
- CRS 16-19-126.5.
- CRS 16-19-119.5.
- CRS 16-19-117.
- Ver, por ejemplo, Capra v. Miller, (1967) 161 Colo. 448, 422 P.2d 636.
- CRS 16-19-120.