En Colorado, la policía no tiene permitido registrarte a ti o a tu propiedad a menos que
- tú consientas el registro,
- obtengan una orden de registro válida, O
- la situación encaje en una de las excepciones al requisito de la orden de registro.
Si te acusan de un delito basado en evidencia encontrada a partir de un registro ilegal, tu abogado puede presentar una moción para suprimir la evidencia. Si el juez concede la moción, en la mayoría de los casos, cualquier evidencia obtenida ilegalmente será “descartada en el tribunal.” Esto puede llevar a que los cargos en tu contra
- se reduzcan, o
- incluso se desestimen por completo.1
Para ayudarte a entender mejor las leyes de Colorado contra los registros ilegales, nuestros abogados de defensa criminal en Colorado explican, a continuación, qué registros están prohibidos por la constitución y qué puedes hacer si eres víctima de un registro ilegal.
- 1. ¿Cuándo puede la policía detenerme y registrarme legalmente?
- 2. ¿Cuándo es válida una orden de registro?
- 3. ¿Cuáles son las excepciones al requisito de la orden?
- 4. ¿Qué puedo hacer si soy víctima de un registro y decomiso ilegal?
- 5. ¿Puede la policía desarmarme durante un registro si tengo un CCW?
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1. ¿Cuándo puede la policía detenerme y registrarme legalmente?
La Cuarta Enmienda se aplica a los registros tanto de:
- agencias federales de aplicación de la ley (como el FBI y Inmigración y Control de Aduanas de EE.UU., o “ICE”) y
- policía estatal y local.
Esta protección contra registros y decomisos irrazonables significa que la policía y otros agentes de la ley no pueden registrarte a ti o a tu propiedad a menos que:
- Hayan obtenido una orden de registro válida de un juez, O
- El registro encaje dentro de una de las limitadas excepciones al requisito de orden reconocidas por los tribunales federales y de Colorado.
2. ¿Cuándo es válida una orden de registro?
Para ser válida bajo las constituciones de EE.UU. y del estado, una orden de registro en Colorado debe:
- Estar basada en causa probable;
- Estar respaldada por un juramento o afirmación escrita;
- Describir el lugar a registrar, o la persona o cosa a incautar, con la mayor precisión posible; y
- Ser legalmente ejecutada por un juez de Colorado o federal.
3. ¿Cuáles son las excepciones al requisito de la orden?
En términos generales, la policía no necesita una orden de registro cuando:
- Tú voluntariamente consientes el registro;
- La policía está realizando una “barrida protectora” en Colorado del área relacionada con un arresto legal para buscar peligros, como una persona escondida cerca;
- El registro es incidental a un arresto legal y la policía busca armas que podrían usarse contra ellos o evidencia criminal que podría ser destruida;
- La policía realiza un “stop and frisk” (también conocido como “detención Terry”2) – es decir, un cacheo de la ropa exterior de un sospechoso para buscar armas mientras el sospechoso está detenido temporalmente;
- El registro ocurre en una frontera internacional (un “registro de inspección”);
- El registro es de un vehículo y la policía tiene “causa probable” para creer que contiene evidencia de un delito — la llamada “excepción del automóvil” al requisito de orden;
- La policía ve un objeto obviamente incriminatorio que está en “vista clara” mientras realizan un registro legal; o
- Es una situación de emergencia y un registro es necesario para prevenir daño físico o daño grave a la propiedad, o para localizar a un sospechoso fugitivo.
4. ¿Qué puedo hacer si soy víctima de un registro y decomiso ilegal?
Si eres víctima de un registro o decomiso ilegal por parte de la policía, tú y tu abogado defensor criminal en Colorado pueden pedir al tribunal que excluya la evidencia obtenida como resultado del registro ilegal. Esto se conoce como la “regla de exclusión.”
La regla de exclusión se aplica
- no solo a la evidencia obtenida ilegalmente, sino también
- a toda la evidencia que la policía encuentre basada en la evidencia originalmente incautada ilegalmente — la llamada “fruta del árbol envenenado.”
La exclusión de evidencia usualmente se realiza en una audiencia separada antes de un juicio penal, mediante una moción para suprimir evidencia en Colorado.
Aprende más sobre mala conducta policial en Colorado.
5. ¿Puede la policía desarmarme durante un registro si tengo un CCW?
Aunque tengas un permiso de Colorado para portar un arma oculta, la policía puede desarmarte temporalmente durante una detención legal SI tienen una sospecha articulable de actividad criminal.
Sin embargo, a menos que el oficial te arreste, tu arma debe ser devuelta al final de la detención.
Referencias legales:
- Cuarta Enmienda a la Constitución de EE.UU. y Artículo II, Sección 7, de la Constitución de Colorado (“El pueblo estará seguro en sus personas, papeles, hogares y efectos, contra registros y decomisos irrazonables; y no se emitirá orden para registrar ningún lugar o incautar persona o cosas sin describir el lugar a registrar, o la persona o cosa a incautar, lo más cerca posible, ni sin causa probable, respaldada por juramento o afirmación reducida a escrito.”)
- Nombrado por el caso de la Corte Suprema de EE.UU. Terry v. Ohio, 392 U.S. 1 (1968).
- 18-12-214 (1)(b) C.R.S. Véase también People in Interest of C.C.-S, (21 de octubre de 2021) 2021 COA 127. Véase también People in Interest of J.G., (Corte de Apelaciones, 2022) COA 64 (“Bajo circunstancias ordinarias, un registro a un estudiante en la escuela está ‘justificado en su inicio’ cuando un funcionario escolar tiene sospecha razonable de que un registro revelará evidencia de que el estudiante ha violado o está violando la ley o las reglas de la escuela… Concluimos que la sospecha razonable es un medio suficiente, pero no necesario, para justificar un registro en su inicio. Un registro puede justificarse en su inicio sin sospecha razonable cuando el expediente muestra que el estudiante tenía una expectativa sustancialmente disminuida de privacidad en su persona o propiedad.”).