Si eres un estudiante universitario de California que fue agredido sexualmente en el campus, tu escuela está obligada a investigar tu reclamo y tomar medidas. No hacerlo puede ser una violación de tus derechos civiles bajo el Título IX, y puedes:
- presentar una queja ante el Departamento de Educación (DOE) y/o
- demandar a tu universidad y a los funcionarios universitarios por medidas cautelares y daños y perjuicios.
No es necesario que tu agresor sea encontrado culpable penal o civilmente responsable para ejercer tus derechos bajo el Título IX.
A continuación, nuestros abogados de lesiones personales discuten las siguientes preguntas frecuentes sobre reclamos bajo el Título 9 por agresiones sexuales en el campus:
- ¿Qué es el Título IX?
- ¿Se aplica a todas las universidades?
- ¿Cuáles son mis derechos bajo el Título 9?
- ¿Cuál es el proceso de queja?
- ¿Cuál es el plazo de prescripción?
- ¿Tengo un reclamo?
- ¿Pueden presentar una queja personas que no son víctimas?
- ¿Debería demandar?
- ¿Puedo permanecer en el anonimato?
- ¿Cuáles son mis daños y perjuicios?
- Recursos adicionales
Si tienes más preguntas después de leer este artículo, te invitamos a contactarnos en Shouse Law Group.
¿Qué es el Título IX?
El Título IX, o “Título 9”, se refiere a una sección de la Ley de Derechos Civiles de 1964 que extiende las protecciones de derechos civiles a escuelas secundarias y universidades en base a:
- orientación sexual y
- identidad de género.
Esta ley de derechos civiles ha sido fundamental en el avance de los derechos de las mujeres y en ayudar a las estudiantes a combatir la violencia en las citas en los campus de educación superior.1
¿Se aplica a todas las universidades?
Solo las universidades y colegios de California
- que aceptan fondos federales o
- con estudiantes que aceptan ayuda financiera federal
deben cumplir con las regulaciones del Título IX.
Como resultado, las normas del Título IX se aplican a la mayoría de las instituciones educativas públicas y privadas en los Estados Unidos, con algunas excepciones para ciertos programas, incluyendo algunos programas de formación o educación religiosa o militar.2
¿Cuáles son mis derechos bajo el Título IX?
Si eres un estudiante universitario de California que denuncia una agresión sexual u otra violencia sexual en el campus, tu escuela debe informarte de tu derecho a:
- notificar a las autoridades policiales o
- ir más allá de cualquier proceso de queja informal para presentar una queja formal.
Las universidades y colegios también están obligados a realizar una investigación pronta e imparcial de tu informe de agresión sexual. Luego debes ser notificado de:
- el resultado y
- cualquier acción disciplinaria tomada.
¿Cuál es el proceso de queja?
Como estudiante, puedes presentar una queja del Título IX electrónicamente a través de la oficina regional del Departamento de Educación, Oficina de Derechos Civiles (ORC) donde se encuentra tu universidad o colegio. No es necesario que pases primero por el proceso de queja de tu escuela.3
El OCR determinará si abrir o no una investigación. Si el OCR investiga la queja, puede requerir que la universidad realice cambios en sus políticas o prácticas; de lo contrario, puede decidir presentar una demanda civil en California.4
¿Cuál es el plazo de prescripción?
Una queja de Título IX generalmente debe presentarse dentro de los 180 días posteriores al incidente más reciente de
- asalto,
- acoso, o
- discriminación.
Sin embargo, ese límite de tiempo puede extenderse en algunos casos por una buena causa.5
Mientras tanto, es posible que solo tenga seis meses para presentar una demanda civil contra su escuela en California, dependiendo del caso. Póngase en contacto con un abogado de inmediato para discutir los plazos para presentar una demanda.
¿Tengo una reclamación?
En la mayoría de las denuncias de agresión sexual bajo el Título IX, es posible que se hayan violado sus derechos si la universidad o los funcionarios escolares:
- eran conscientes de que usted era víctima de conducta sexual inapropiada; y
- actuaron con indiferencia deliberada al abordar la conducta sexual inapropiada.
Ejemplos de “indiferencia deliberada” al abordar la agresión sexual en un campus de California podrían incluir:
- la escuela no proporciona alojamiento académico y de vida para usted;
- la escuela no hace cumplir la orden de no contacto entre el presunto agresor y usted;
- los profesores hacen comentarios despectivos sobre usted; y/o
- la escuela no le informa sobre sus derechos para denunciar la agresión a la policía o no investiga su caso de manera oportuna.
¿Pueden presentar una denuncia las personas que no son víctimas?
En algunos casos, sí.6 Si su escuela no actúa después de una denuncia de violación, entonces su escuela puede haber violado el Título IX al crear un riesgo elevado de agresión sexual al no tomar medidas para un problema conocido.7
¿Debería demandar?
Si su universidad o colegio de California está respondiendo adecuadamente a su denuncia de agresión, es posible que no sea necesario que tome ninguna otra medida. Sin embargo, si su escuela no proporciona actualizaciones oportunas – o si la “investigación” sigue arrastrándose o se retrasa repetidamente – una denuncia bajo el Título IX o una demanda civil le otorga más poder para ver que se haga justicia.
¿Puedo permanecer en el anonimato?
La OCR debe mantener su nombre y su información de contacto confidenciales si presenta una denuncia bajo el Título IX (o si se presenta una en su nombre). En cuanto a las demandas civiles en California, hay algunas situaciones en las que puede presentar una demanda de forma anónima dependiendo de:
- su edad;
- riesgo de represalias;
- riesgo de injusticia para los demandados;
- naturaleza de la agresión; y
- amenaza de daño social.
Tenga en cuenta que según las nuevas reglas de 2020, cualquier audiencia en vivo puede llevarse a cabo virtualmente, y usted y el demandado pueden estar en habitaciones separadas si lo solicita.8
¿Cuáles son mis daños?
En general, el resultado de las reclamaciones de Título IX y las demandas civiles en California incluirán:
- compensación monetaria;
- cambios en las políticas o procedimientos universitarios; y/o
- tomar medidas contra el perpetrador.9
Recursos adicionales
Para obtener información adicional sobre las leyes de agresión sexual en California y ayuda para las víctimas, consulte lo siguiente:
- Recursos de violencia sexual – Lista de la Oficina del Fiscal General de California de agencias gubernamentales y otras organizaciones que brindan información y apoyo.
- Coalición de California contra la agresión sexual (CALCASA) – Grupo de defensa estatal líder que apoya a las víctimas y la prevención. Recurso clave para la educación.
- Programa de compensación para víctimas de California – Brinda asistencia financiera a víctimas de delitos violentos, incluida la agresión sexual. Programa estatal.
- RAINN – Línea directa nacional de agresión sexual que brinda apoyo gratuito y confidencial a sobrevivientes las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
- Centro de recursos para víctimas de delitos – Brinda información, asistencia y referencias para víctimas de todo tipo de delitos en California.
Para casos que involucren escuelas primarias, secundarias o preparatorias, lo invitamos a visitar nuestra página sobre demandas contra maestros y distritos escolares en California. Para casos que involucren médicos en el campus, consulte nuestra página de demandas contra médicos por agresión sexual.
Referencias legales:
- Título IX de la Sección 1681 de la Ley de Educación de 20 U.S.C.A. Véase también, El Departamento de Justicia de los Estados Unidos, Resumen del Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972, 20 U.S.C.A. §1681 et seq. (“El Título IX es una ley federal integral que prohíbe la discriminación por motivos de sexo en cualquier programa o actividad educativa financiada con fondos federales.”). Véase también la Ley Clery.
- Título IX de la Sección 1681(a) de la Ley de Educación de 20 U.S.C.A. (“…en cualquier programa o actividad educativa que reciba asistencia financiera federal.”)
- Departamento de Educación de los Estados Unidos, Oficina de Derechos Civiles, Oficinas; La Secretaria DeVos toma medidas históricas para fortalecer las protecciones del Título IX para todos los estudiantes, Departamento de Educación de los Estados Unidos (6 de mayo de 2020)
- Cómo presentar una queja por discriminación ante la Oficina de Derechos Civiles, Departamento de Educación de los Estados Unidos, Oficina de Derechos Civiles. (“Antes de presentar una queja ante la OCR contra una institución, un posible demandante puede querer informarse sobre el proceso de quejas de la institución y utilizar ese proceso para resolver la queja. Sin embargo, por ley, un demandante no está obligado a utilizar el proceso de quejas institucional antes de presentar una queja ante la OCR.”).
- Igual. (“Una queja debe presentarse dentro de los 180 días calendario a partir de la fecha de la presunta discriminación, a menos que la OCR extienda el plazo por una buena causa demostrada en ciertas circunstancias.”).
- Jane Does 1-10 v. Baylor Univ., Caso No. 6:16-CV-173-RP (W.D. Tex. 7 de marzo de 2017).
- Franklin v. Gwinnett County Public Schools, 503 U.S. 60, 75 (1992).
- La Secretaria DeVos toma una acción histórica para fortalecer las protecciones del Título IX para todos los estudiantes, Departamento de Educación de EE. UU. (6 de mayo de 2020); Erica L. Green, Las reglas de DeVos refuerzan los derechos de los estudiantes acusados de conducta sexual inapropiada, The New York Times (6 de mayo de 2020). Consulte también la definición de acoso sexual en el lugar de trabajo.
- Gebser v. Distrito Escolar Independiente de Lago Vista, 524 US 274 (1998).