La licencia de educación de alfabetización es el tiempo libre del trabajo otorgado a un empleado adulto que revela que tiene un problema de analfabetismo. Analfabetismo es:
- la condición de no poder, o
- tener mucha dificultad con,
- la lectura y la escritura.
Ley de Asistencia de Alfabetización para Empleados
El tiempo libre del trabajo como resultado del analfabetismo se otorga por la Ley de Asistencia de Alfabetización para Empleados. El empleado puede tomar tiempo libre para aprender a leer si se cumplen las siguientes tres condiciones:
- El empleado trabaja para un empleador privado.
- El empleador privado emplea regularmente a 25 o más empleados.
- El empleado es analfabeto y lo revela a su empleador.
Expectativas del empleador
Se espera que un empleador:
- haga acomodaciones razonables,
- para cualquier empleado,
- que revele un problema de analfabetismo, y
- solicitar asistencia para inscribirse en un programa de educación de alfabetización para adultos.
Asistencia incluye, pero no se limita a:
- ayudar al empleado a localizar programas de educación de alfabetización,
- inscribirse en programas de educación de alfabetización, o
- organizar un tutor u otro proveedor de servicios de educación de alfabetización para visitar el lugar de trabajo del empleado.
Sin discriminación ni represalias
Un empleador no está permitido:
- degradar,
- despedir injustamente,
- negarse a reincorporar,
- no promover,
- suspender, o
- de cualquier otra manera discriminar contra el empleado por tomarse un permiso.
A continuación, nuestros abogados de empleo y trabajo de California discuten las siguientes preguntas frecuentes sobre los derechos de los empleados de California para tomarse un permiso para la educación de la alfabetización:
- 1. ¿Qué es el permiso para la educación de la alfabetización?
- 2. ¿Quién califica para este tipo de tiempo libre del trabajo?
- 3. ¿Qué tiene que hacer mi empleador?
- 4. ¿Tengo derecho a recibir pago durante el permiso para la educación de la alfabetización?
- 5. ¿Mi empleador mantendrá mi analfabetismo en privado?
- 6. ¿Puede mi empleador despedirme por revelar mi analfabetismo?
- 7. ¿Qué pasa si mi empleador violó mis derechos?
1. ¿Qué es la licencia de educación de alfabetización?
La licencia de educación de alfabetización es un tiempo libre del trabajo otorgado a los empleados que revelan que tienen un problema con la alfabetización. La alfabetización es:
- la condición de no poder, o
- tener mucha dificultad con,
- la lectura y la escritura.
2. ¿Quién califica para este tipo de tiempo libre del trabajo?
Un empleado puede calificar para la licencia de educación de alfabetización si se cumplen las siguientes condiciones:
- El empleado trabaja para un empleador privado.
- El empleador emplea regularmente a 25 o más empleados.
- El empleado es analfabeto y revela su analfabetismo a su empleador. 1
2.1 ¿A quién revelo mi incapacidad para leer?
La ley de California no especifica a quién el empleado debe revelar su analfabetismo. Algunas opciones pueden incluir:
- el supervisor inmediato del empleado,
- el director de recursos humanos,
- un miembro del personal de recursos humanos, o
- otra persona designada que maneja los problemas relacionados con la licencia.
3. ¿Qué tiene que hacer mi empleador?
Se espera que los empleadores:
- proporcionen acomodaciones razonables, y
- ayuden a cualquier empleado que tenga un problema con la alfabetización.
Una acomodación es “razonable” si no impone una carga excesiva al empleador. 2
La ayuda incluye, pero no se limita a:
- ayudar al empleado a localizar programas de educación de alfabetización,
- inscribirse en programas de educación de alfabetización, o
- organizar un tutor u otro proveedor de servicios de educación de alfabetización para visitar el lugar de trabajo del empleado.
4. ¿Tengo derecho a recibir pago durante la licencia de educación de alfabetización?
Un empleado no tiene derecho a tiempo libre con pago para un empleado, incluso cuando esa licencia está garantizada por la ley.
Los empleadores pueden permitir a un empleado usar:
- días de vacaciones,
- días personales, o
- otro tiempo compensatorio.
Esta decisión depende del empleador y no está garantizada.
5. ¿Mi empleador mantendrá mi analfabetismo en privado?
Si un empleado revela su analfabetismo, el empleador está obligado a:
- hacer todos los esfuerzos razonables,
- para proteger la privacidad del empleado,
- en cuanto al hecho de que él o ella tiene un problema con el analfabetismo. 3
6. ¿Puede mi empleador despedirme por revelar mi analfabetismo?
A un empleador no se le permite:
- degradar,
- despedir indebidamente,
- negarse a reincorporar,
- no promover,
- suspender, o
- de cualquier otra manera discriminar al empleado por tomarse un descanso.
La “excepción” a esto es si el empleado no es capaz de realizar satisfactoriamente su trabajo. 4
7. ¿Qué pasa si mi empleador violó mis derechos?
Si un empleador actúa ilegalmente en contra de un empleado debido al uso de licencia educativa de alfabetización, el empleado puede presentar una demanda ante la División de Normas de Cumplimiento Laboral del Departamento de Relaciones Industriales.
La División revisará la demanda del empleado por acciones ilegales por parte del empleador. Si se violaron los derechos del empleado, él o ella puede tener derecho a:
- reincorporación,
- reembolso por salarios perdidos, y
- reembolso por beneficios laborales.
El empleador también puede ser declarado culpable de un delito menor. 5
Cierre
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Referencias legales:
- Código Laboral de Cal. § 1041(a).
- Código Laboral de Cal. § 1041(b).
- Código Laboral de Cal. § 1042.
- Código Laboral de Cal. § 1044.