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Las víctimas de discriminación o acoso en el lugar de trabajo de California pueden presentar una queja con el Departamento de Derechos Civiles (CRD), antes conocido como el Departamento de Justicia y Vivienda Justa (DFEH). Cinco pasos clave para una queja exitosa son:
- contratar a un abogado,
- reunir evidencia,
- determinar si el CRD es el organismo apropiado,
- participar en la investigación, y
- negociar una resolución satisfactoria o presentar una demanda.
1. Contrata a un abogado laboral
Uno de los aspectos más importantes para presentar una queja exitosa al DFEH o al CRD es obtener ayuda legal. Con suerte, nunca habrás tenido que presentar una queja antes porque nunca fuiste víctima de discriminación en el lugar de trabajo. Desafortunadamente, esto significa que el proceso será nuevo e desconocido para ti.
Los abogados laborales ayudan a sus clientes a presentar quejas de discriminación al CRD todos los días. Están acostumbrados al proceso y conocen las dificultades potenciales y los peligros que deberás evitar para tener éxito. También sabrán qué evidencia necesitarás para tu caso en particular y cómo reunirla.
Establecer una relación abogado-cliente con un abogado de una firma de derecho de discriminación laboral es esencial. Obtener su consejo legal es la mejor manera de aumentar tus posibilidades de éxito.
2. Reúne evidencia para respaldar tu queja de discriminación
Antes de presentar una consulta previa a la queja al CRD o al DFEH, deberás reunir evidencia que respalde tu queja. Si bien puedes complementar tu queja con nuevos hechos después de presentarla por primera vez, los investigadores tomarán tu queja más en serio si es fuerte desde el principio.
La evidencia pertinente dependerá de la naturaleza de su queja. Si presenta una queja basada en la discriminación en el lugar de trabajo, la evidencia puede ser:
- su estado en una clase protegida,
- documentación de acoso laboral que se dirija a su rasgo protegido,
- reducciones en el salario o en las responsabilidades laborales,
- exclusión de reuniones o toma de decisiones,
- una negativa a proporcionar una adaptación razonable para su discapacidad o condición,
- cambios drásticos y repentinos en las revisiones de desempeño, y/o
- otros compañeros de trabajo en su clase protegida que enfrentan dificultades similares.
Si su reclamo ante el DFEH/CRD se basa en represalias, sin embargo, la evidencia puede ser diferente:
- prueba de que participó en una actividad legalmente protegida,
- evidencia de que ha sufrido una acción laboral adversa, como disciplina laboral o una pérdida de beneficios, y
- indicios de que el retroceso en el lugar de trabajo está relacionado con sus actividades.
Un abogado puede ayudarlo a comprender qué evidencia vale la pena recopilar. También pueden sugerir formas de recopilarla en un entorno laboral sensible.
3. Decida si el CRD/DFEH es el lugar correcto
Dependiendo de la naturaleza de su queja, puede tener opciones sobre dónde presentarla. Puede presentar:
- una queja bajo la ley estatal ante el CRD,
- una queja bajo la ley federal ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo de los Estados Unidos (EEOC), o
- una demanda en un tribunal estatal o federal.
El CRD acepta quejas que aleguen violaciones de la Ley de Equidad de Empleo y Vivienda de California (FEHA). Esas violaciones pueden tomar la forma de:
El EEOC acepta quejas que aleguen violaciones del Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964. Estas violaciones generalmente se asemejan a las que violan la FEHA de California. Si bien las protecciones legales de la ley federal Title VII son extremadamente similares a las proporcionadas por la FEHA estatal, hay diferencias importantes.
Para presentar una demanda, sin embargo, los demandantes generalmente tienen que agotar sus recursos administrativos primero. Esto generalmente significa que tienes que presentar tu reclamo con la EEOC o CRD antes de presentar una demanda.[2] Solo después de obtener una carta de derecho a demandar de la agencia, puedes presentar la demanda en la corte. Hay excepciones limitadas a este requisito, sin embargo.
4. Participar en la investigación
Una vez que haya presentado una consulta previa a la demanda con el CRD, se iniciará una investigación.
Poco después de presentar su queja, será contactado por un investigador. Ellos programarán una entrevista de admisión contigo.[3] Esta entrevista generalmente sucede por teléfono. El investigador le hará preguntas sobre su situación y lo que sucedió. Cualquier evidencia que no se haya incluido en la queja debe presentarse en este punto.
El investigador puede decidir rechazar su queja si:
- ya ha pasado el plazo para presentar la queja,
- el CRD no tiene jurisdicción sobre la reclamación,
- la queja ya se ha presentado antes con el CRD o la EEOC, o
- sus alegaciones, incluso si se demuestran, no pueden constituir una violación de la ley.[4]
Si el investigador decide que podría haber un caso, él o ella creará un formulario de queja y se lo enviará. Si el formulario de queja describe correctamente su caso, puede firmarlo y devolverlo al CRD.[5]
El formulario de queja firmado se servirá a su empleador. Su empleador, ahora conocido como el “demandado”, tiene 30 días para responder a él.[6]
5. Negociar con su empleador o presentar una demanda
Puedes ir a través del proceso de investigación del CRD o exigir una carta de derecho a demandar inmediata y llevar tu caso directamente a la corte.
La mayoría de las quejas del CRD / DFEH se resuelven a través de mediación o negociación.
El proceso de mediación de la CRD es voluntario y gratuito. Mientras la mediación está en curso, la investigación de la CRD se detendrá. Si se rechaza la mediación o no se llega a ninguna parte, la investigación de la CRD se reanudará. Esta investigación puede:
- citarte a ti, a tu empleador u otros testigos,
- hacer que las partes involucradas respondan preguntas presentadas por escrito, también conocidas como interrogatorios,
- compeler la producción de evidencia física, y
- obtener una orden judicial por incumplimiento.[7]
A medida que se descubre evidencia, las negociaciones se intensificarán para resolver el caso.
Al concluir la investigación de CRD / DFEH, pueden suceder varias cosas. CRD puede:
- decidir que no se cometió ninguna violación legal, en cuyo caso cerrará la investigación y le emitirá una carta de derecho a demandar,
- establecer que el caso tiene mérito y que CRD lo representará contra su empleador,
- establecer que el caso tiene mérito pero rechazar intervenir, a menudo emitirle una carta de derecho a demandar, o
- no actuar dentro del límite de tiempo de 150 días, en cuyo caso se emitirá una carta de derecho a demandar.
Si CRD finaliza su investigación, producirá un informe de sus hallazgos. Debe revisar de cerca este informe con su abogado para decidir si presentar una demanda civil.
¿Cuál es el proceso de queja de CRD?
Cuando presente una consulta previa a la DFEH o CRD, pasará por el siguiente proceso:
- un investigador revisará el formulario de admisión,
- si el investigador lo acepta, programará una entrevista de admisión con usted,
- si hay indicios de que su caso tiene mérito, el investigador le enviará un formulario de queja que describe sus alegaciones y la evidencia que las respalda,
- si encuentra que el formulario de queja es preciso, lo firma y lo devuelve al investigador,
- el formulario de queja se sirve a su empleador,
- su empleador tiene 30 días para responder,
- CRD llevará a cabo una investigación para determinar si su empleador violó la FEHA,
- si tanto usted como su empleador lo desean, se llevarán a cabo sesiones de mediación o conciliación para resolver el litigio, pausando el proceso de investigación de CRD mientras continúan,
- si la mediación llega a una resolución, el caso terminará,
- si la resolución del litigio no resuelve el caso, la investigación de CRD continuará, y
- una vez que la investigación esté completa, CRD emitirá una decisión sobre el mérito de su caso y intervendrá en su nombre contra su empleador o le dará un aviso de derecho a demandar.
¿Qué tipo de quejas maneja DFEH o CRD?
CRD / DFEH solo maneja quejas de violaciones de la FEHA de California. Estos son generalmente quejas de discriminación o acoso relacionadas con un comportamiento no deseado que se dirige a su:
- raza,
- sexo, incluido el acoso sexual,
- estado civil,
- género,
- orientación sexual,
- origen nacional,
- condición médica, y
- otras características protegidas legalmente.
Otras quejas laborales, como violaciones de las leyes de horas y salarios de California, deben ir a otro lugar, como la División de Cumplimiento de Normas Laborales de California (DLSE) también conocida como la Oficina del Comisionado de Trabajo.
¿Qué otras agencias manejan quejas de discriminación en California?
CRD no es la única agencia gubernamental que acepta quejas sobre discriminación en el lugar de trabajo. También puede presentar una queja con la EEOC federal.
¿Cuál es el papel de la EEOC?
La EEOC es la agencia que acepta quejas de discriminación ilegal bajo la ley de derechos civiles federal, Título VII. Esto lo hace muy similar al CRD o DFEH. Sin embargo, las protecciones que el Título VII otorga a los trabajadores en California no son tan fuertes como las proporcionadas por la ley de California, como la FEHA. Por ejemplo, la FEHA permite daños punitivos y no tiene límite en otras sanciones civiles, como por su angustia emocional.
Si su caso se centra en un comportamiento que sería una violación tanto del Título VII como de la FEHA, como muchos lo hacen, perseguirlo bajo la FEHA puede ser la mejor opción.