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Si ha sido víctima de discriminación o acoso en el lugar de trabajo en California, puede presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles (CRD). Esta oficina antes se conocía como el Departamento de Justicia y Vivienda Justa de California (DFEH), por lo que la presentación todavía se conoce como una Queja DFEH. Los 5 pasos clave para presentar una exitosa son:
- determinar si tiene un reclamo válido,
- reunir evidencia,
- determinar si el CRD es la mejor agencia para su queja,
- participar en la investigación, y
- negociar un resultado satisfactorio o presentar una demanda.
Si tiene un abogado de empleo, él o ella pueden ayudarlo a tomar estos pasos.
1. Determine si tiene un reclamo válido
La Ley de Justicia y Vivienda Justa (FEHA) es una ley de derechos civiles que prohíbe el acoso, la discriminación y la represalia ilegales en el lugar de trabajo. Sin embargo, hay algunas situaciones en las que no cubrirá su caso, como cuando:
- la FEHA no cubre a su empleador,
- la conducta no era ilegal, o
- el plazo de prescripción ha expirado.
Por ejemplo, la FEHA solo cubre los siguientes empleadores:
- aquellos que emplean regularmente a 5 o más personas,
- aquellos que actúan como agente de un empleador cubierto, y
- entidades públicas, como el Estado de California o un gobierno municipal o estatal.[1]
Sin embargo, esto no incluye:
- asociaciones religiosas,
- organizaciones sin fines de lucro religiosas, o
- el gobierno federal o muchos de sus contratistas.[2]
Además, tiene 3 años desde la fecha de la actividad ilegal para presentar su queja DFEH.[3] Esta es la prescripción. Si espera más tiempo para presentar su queja, será desestimada.
2. Reunir evidencia para respaldar su reclamo
Si tiene un reclamo válido, el siguiente paso es reunir evidencia que lo respalde. ¿Qué evidencia es relevante dependerá del reclamo mismo?
Por ejemplo, si presenta una demanda de discriminación en el lugar de trabajo, la evidencia pertinente puede ser:
- prueba de que está en una clase protegida, que cubre rasgos distintos como:
- estado civil,
- condiciones médicas,
- identidad de género,
- expresión de género,
- orientación sexual y
- origen nacional;
- documentación de acoso laboral por estar en esa clase,
- una negativa por escrito a proporcionar una adaptación razonable para su rasgo protegido,
- declaraciones de otros trabajadores que están o estaban en situaciones similares,
- recibos de pago que muestren reducciones en su salario,
- evidencia documental o testimonial de que se excluyó de oportunidades de toma de decisiones o reuniones, y/o
- revisiones de rendimiento que muestren cambios súbitos y drásticos en ellas.
Sin embargo, si su queja ante el DFEH es por represalias, algunos tipos de evidencia relevante serían:
- detalles sobre la actividad que desencadenó las represalias que muestren que se trataba de una actividad legalmente protegida,
- documentación o testimonio que muestre que ha sufrido una acción laboral adversa, y
- indicaciones que sugieren que el revés está conectado con sus actividades, como una proximidad temporal cercana o declaraciones explícitas de los supervisores.
Un abogado laboral con experiencia ayudando a otros a través de este paso puede marcar una gran diferencia.
3. Determine si el CRD es el lugar adecuado para presentar su demanda
El CRD no puede ser el único lugar para presentar su queja. Típicamente, las opciones son presentar una:
- queja bajo la ley estatal de California con el CRD,
- queja bajo la ley federal con la Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo de EE. UU. (EEOC), o
- demanda en un tribunal estatal, bajo la ley estatal, o en un tribunal federal, bajo la ley federal.
El CRD acepta quejas que aleguen las siguientes violaciones de la FEHA:
- represalias,
- acoso, incluyendo acoso sexual, o
- [4]
La federal EEOC acepta reclamos que aleguen violaciones del Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 de los EE. UU.
El Título VII y la FEHA se reflejan entre sí de cerca. Sin embargo, hay algunas diferencias en las leyes que podrían alterar dónde es mejor presentar su queja.
Presentar una demanda en un tribunal estatal o federal generalmente requiere que primero agotes tus recursos administrativos. Esto significa ir a través del proceso de reclamos de CRD o EEOC y obtener una carta de derecho a demandar.[5] Sin embargo, excepciones limitadas a esta regla podrían hacer que esta opción esté disponible para usted.
4. Participar en la investigación
La presentación de una queja ante el DFEH, también conocida como una consulta previa a la demanda, desencadena una investigación. En este punto, usted es el “demandante”.
Usted será contactado por un investigador poco después de que se haya presentado la queja. Se llevará a cabo una audiencia de admisión. Durante esa entrevista, que generalmente se realiza por teléfono, se le harán preguntas sobre lo que sucedió.[6]
Si el investigador cree que hay una reclamación válida, él o ella le proporcionará un formulario de queja. Esta es una descripción de los acontecimientos que tuvieron lugar que usted afirma que fueron ilegales. Si la descripción es precisa, puede firmar y devolverla al CRD.[7]
El formulario de queja firmado se sirve entonces a su empleador. Entonces se convierten en el “demandado”. Tendrán 30 días para responder a ella.[8]
5. Negociar un acuerdo o presentar una demanda
Mientras el CRD investiga su reclamo, usted y su empleador pueden negociar una resolución. Si pasas por el proceso de mediación gratuito del CRD, el proceso de investigación se detendrá mientras las conversaciones estén en curso.
La mayoría de las quejas del DFEH se resuelven a través de la mediación o la negociación.
Si la investigación se cierra y el caso no se ha resuelto mutuamente, CRD emitirá un informe de sus hallazgos. La CRD también puede:
- decidir que no hubo violación de la ley, cerrar el caso y emitirte una carta de derecho a demandar,
- decidir que el caso tiene mérito y representarte contra tu empleador, o
- decidir que el caso tiene mérito pero también no intervenir en él y emitirte una carta de derecho a demandar.
La carta de derecho a demandar te permite presentar una demanda en los tribunales.
¿Cuál es el proceso de queja de DFEH?
Presentar tu queja de DFEH, también conocida como el formulario de admisión inicial, pone en marcha el siguiente proceso:
- un investigador de CRD revisa tu queja,
- si la queja es válida, el investigador programará una entrevista de admisión,
- si hay indicios de que tu queja tiene mérito, recibirás un formulario de queja que describe tus alegaciones e incluye pruebas de apoyo,
- si el formulario de queja es preciso, lo firmas y lo devuelves,
- el formulario de queja se sirve a tu empleador, quien tiene 30 días para responder,
- CRD investiga tu queja y la respuesta de tu empleador a ella,
- tú y tu empleador pueden participar en la resolución de disputas, y
- la investigación se cierra, CRD emite su informe y, si recibes un aviso de derecho a demandar, decides si demandar a tu empleador en los tribunales.
Recuerda que esta es solo la etapa administrativa del caso. Por lo general, tendrás que pasar por esto antes de poder presentar una demanda civil en los tribunales.
Contar con el consejo legal de un abogado con experiencia en casos de discriminación ilegal es esencial para lograr el éxito.
¿Hay alguna otra agencia que maneje quejas de discriminación en California?
Además de la CRD, la EEOC federal puede manejar una queja de discriminación en el lugar de trabajo en California. Tiene oficinas distritales en San Francisco y Los Ángeles y varias oficinas locales en todo el estado.
¿Cuál es el papel de la EEOC?
La EEOC hace cumplir las leyes federales de discriminación laboral, en particular el Título VII.
Sin embargo, la ley de California ofrece más protecciones y beneficios a los trabajadores del estado. Por ejemplo, FEHA no limita la compensación financiera por tu angustia emocional, mientras que el Título VII sí. Si el comportamiento parece violar tanto las leyes estatales como federales, generalmente es mejor avanzar bajo la FEHA de California.
Referencias legales:
[1] Código de Gobierno de California 12926 (d) GOV.
[2] Igual.
[3] Código de Gobierno de California 12960 GOV.
[4] Código de Gobierno de California 12940 GOV.
[5] Véase el Código de Gobierno de California 12965 (b) GOV.
[6] 2 Código de Regulaciones de California (CCR) 10007(b).
[7] 2 CCR 10009.
[8] 2 CCR 10023.