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La ley de California no requiere que los empleadores le proporcionen días pagados para vacaciones o una tarifa especial premium por trabajar en días festivos. Sin embargo, muchos empleadores eligen hacerlo.
Si se promete el pago de vacaciones en su contrato de trabajo, su empleador está entonces obligado contractualmente a cumplir con esa promesa.
¿Los empleadores de California tienen que proporcionar tiempo libre pagado para vacaciones?
No, no hay ninguna ley estatal ni ley federal de empleo que requiera que los empleadores en California proporcionen pago por vacaciones o les den tiempo libre durante una vacación. Sin embargo, muchos empleadores proporcionan un pago extra por vacaciones o tiempo libre pagado, de todos modos.
Tampoco hay ninguna exigencia legal de que un negocio:
- se cierre en un día festivo,
- le dé un día libre por una vacación o
- le permita acumular tiempo libre (pagado o no pagado) si elige trabajar en un día festivo.
Esto significa que no siempre tienes recurso legal
- si tu empleador no proporciona un día pagado para una vacación o
- si solo se le paga su tarifa normal por las horas trabajadas en un día festivo.
Empleados exentos v. no exentos
No importa si eres exento o no exento. Sin embargo, las leyes relevantes de horas extras y salario mínimo siguen siendo válidas para los empleados no exentos.
Por ejemplo: Brian está programado para trabajar 10 horas en Navidad para su empleador en el estado de California. Si bien no tiene derecho legal a más que su tarifa regular de pago por las primeras 8 horas, tiene derecho a 1.5 veces su tarifa normal por las últimas 2 horas porque está trabajando horas extras.
Obligación contractual por el pago de vacaciones
La única vez que los empleadores tienen que proporcionar pago por vacaciones o tiempo libre pagado es si se promete uno de estos arreglos en
- el contrato de trabajo o
- el acuerdo de negociación colectiva.
Si es así, entonces el empleador está obligado contractualmente a proporcionarlo.1
¿Hay alguna excepción?
Sí, hay una excepción. Muchos empleados federales de la agencia ejecutiva que trabajan en California tienen derecho legal al pago de vacaciones. Si eres un trabajador cubierto, cualquier hora trabajada en un día festivo se paga a el doble de su tarifa regular de pago.
Esta excepción solo se aplica a los empleados federales que trabajan en el Poder Ejecutivo. El Poder Ejecutivo incluye:
- departamentos gubernamentales en el Poder Ejecutivo,
- corporaciones controladas o propiedad del gobierno federal, y
- establecimientos independientes o agencias dentro del Poder Ejecutivo, como el Gobierno de Responsabilidad de Oficina (GAO).2
Todos los empleados de estos departamentos que tienen horarios de trabajo regulares tienen derecho a pago doble por horas trabajadas en días festivos.3 Esto incluye a los empleados a tiempo parcial.4 Estos trabajadores no tienen que depender de las disposiciones de pago por días festivos en sus contratos de trabajo.
Excepciones a la excepción
No todos los empleados del Poder Ejecutivo tienen derecho a pago por días festivos. Algunos de los empleados del Poder Ejecutivo que no tienen derecho a pago por días festivos son:
- funcionarios elegidos,
- jefes de departamentos,
- empleados que trabajan en el extranjero y que reciben pagos con tarifas salariales locales en sus lugares de trabajo,
- civiles en un Guardacostas buque,
- guardianes de faros,
- Miembros del Servicio Exterior Senior, y
- empleados estudiantiles.5
¿Por qué los empleadores elegirían proporcionar pago por días festivos?
Muchos empleadores ofrecen voluntariamente beneficios por días festivos en California. Generalmente lo hacen por una o varias razones. Las razones más comunes para ofrecer beneficios por días festivos son:
- mejora la moral,
- te vuelves más leal a la empresa,
- es más probable que quieras trabajar para la empresa,
- los estudios han demostrado que el tiempo libre pagado para los días festivos aumenta la productividad,6
- disminuye el agotamiento,
- puede reducir el reemplazo, y
- atrae mejor talento a la empresa.
Cómo se ofrecen los días festivos pagados
Por estas razones, muchos empleadores eligen ofrecer beneficios por días festivos, incluso si no están legalmente obligados a hacerlo. Esa promesa de beneficios por días festivos puede venir en la:
- oferta de trabajo,
- contrato de trabajo,
- manual del empleado, o
- acuerdo de negociación colectiva.
Una vez ofrecido, los beneficios por días festivos son contractualmente vinculantes para su empleador. Si su empleador promete beneficios por días festivos pero luego no los proporciona, puede tomar medidas legales. Puedes
¿Qué días festivos reconocen los empleadores?
Los empleadores a menudo tienen una lista de días festivos que reconocen. Estos días festivos generalmente incluyen:
- Víspera de Año Nuevo o Año Nuevo,
- Día de Martin Luther King, Jr.,
- Día del Presidente,
- Día de los Caídos,
- 4 de julio o Día de la Independencia,
- Día del Trabajo,
- Día de Colón o Día de los Pueblos Indígenas,
- Día de los Veteranos,
- Día de Acción de Gracias, y
- Víspera de Navidad o Navidad.
Algunos empleadores en California también pueden cubrir otros días festivos específicos, como:
- Cumpleaños de Lincoln,
- Juneteenth, y
- Día de César Chávez.7

Aunque los empleadores de California no están obligados a proporcionar beneficios de pago por vacaciones, muchos lo hacen.
¿Cuáles son las dos formas en que los empleadores pueden pagarle por los días festivos?
Los empleadores generalmente usan una de dos formas para proporcionar beneficios de vacaciones para usted. Pueden:
- darle un día libre pagado por el día festivo, o
- pagar una tarifa premium por las horas trabajadas en el día festivo.8
Además, no ofrecer un pago extra por vacaciones puede hacer que usted renuncie para pasar el día festivo particular con sus amigos y familiares, en lugar de estar en el trabajo. Perder trabajadores justo antes de la temporada de vacaciones suele ser el peor escenario para los empleadores. Ofrecer un pago extra por el tiempo de vacaciones en lugar de la tarifa normal puede ser la mejor manera de evitar que esto suceda.
Día libre pagado
Los empleadores que proporcionan un día libre pagado generalmente lo dan el día festivo mismo o, si el día festivo cae
Estos empleadores generalmente son empresas o negocios que pueden cerrar en las vacaciones. Al cerrar en las vacaciones, pueden darles a todos o al menos a la mayoría de los empleados el día libre en forma de vacaciones pagadas o tiempo libre.
Tenga en cuenta que los empleados estatales de California generalmente pueden usar ocho horas de su crédito de vacaciones personales o de vacaciones para tomarse los días festivos estatales
- Año Nuevo Lunar,
- Día de los Nativos Americanos,
- Día de Conmemoración del Genocidio o
- Juneteenth.
Tarifa premium
Los empleadores también pueden pagar una tarifa premium por las horas trabajadas en un día festivo. Algunos empleadores pagan
- tiempo y medio, o 1,5 veces la tarifa normal de pago.
- Otros pagan el doble del tiempo, o el doble de la tarifa regular.
Otros tienen una política de la empresa que ofrece un bono si trabaja en un día festivo cubierto. Los arreglos precisos de la política de su empleador se establecerán en su contrato de trabajo. El pago extra generalmente se recibe en la próxima fecha de pago. Los empleadores que optan por proporcionar el pago de vacaciones suelen ser negocios que no pueden cerrar en vacaciones, como:
- restaurantes,
- tiendas minoristas, o
- tiendas de comestibles.
Estas tiendas a menudo pagan una tarifa premium por las horas trabajadas en vacaciones para incentivarlo a trabajar estas horas de alta demanda. Algunos empleados están dispuestos o incluso ansiosos por trabajar durante las vacaciones para ganar más gracias al pago extra. 9
¿Qué puedo hacer si tengo derecho a pago de vacaciones pero no lo recibo?
Si el contrato de empleo o el acuerdo de negociación colectiva promete pago extra de vacaciones o un día libre, pero su empleador no lo proporciona, su empleador puede estar incumpliendo el contrato de empleo. Usted tiene recursos legales bajo la ley de California.
Puede presentar una queja ante la Junta de Trabajo de California por una violación de las leyes laborales de California. Esta denuncia puede desencadenar una investigación por parte de la Oficina del Comisionado de Trabajo. 10
También puede contratar a un abogado laboral para presentar una demanda. Esto exigiría una compensación por los salarios que deberían haberse pagado, pero que no se pagaron. Si muchos empleados han sido privados de sus beneficios de vacaciones contractualmente prometidos, la demanda se puede presentar como una acción colectiva.
¿Y qué hay de los días festivos religiosos?
Si se toma tiempo libre por un día festivo religioso, los empleadores de California no están obligados a pagarle (a menos que sea su política).
Tenga en cuenta que la ley de California sí requiere que los empleadores acomoden sus creencias religiosas a menos que esto represente una carga excesiva. Un ejemplo de un acomodo sería cambiar su horario para que pueda ir a su iglesia, templo, mezquita, etc., para asistir a una observancia religiosa.11
¿Qué pasa si mi día de pago cae en un día festivo?
Si su día de pago cae en un día festivo en el que la oficina está cerrada, entonces su empleador de California puede pagarle el próximo día hábil. Así que si normalmente se le paga los viernes, pero la oficina está cerrada por el Año Nuevo, entonces se le pagaría el siguiente lunes.12
Para una discusión más profunda, consulte nuestro artículo sobre ¿Los empleados de salario reciben pago por día festivo?
Referencias legales:
- Vea, por ejemplo, Advanced-Tech Security Services, Inc. v. Superior Court (
- 5 USC 104 y 5 USC 105.
- 5 CFR 550.131. Vea también AB-67 Double Pay on the Holiday Act of 2016 (nunca pasó).
- 5 CFR 550.131(a) y 5 CFR 550.101(a)(1).
- 5 CFR 550.101(b).
- Vea, por ejemplo, Shawn Achor y Michelle Gielan, “The Data-Driven Case for Vacation,” Harvard Business Review (13 de julio de 2016).
- Días festivos estatales, Secretario de Estado de California.
- Vea, por ejemplo, nota 1.
- Vea, por ejemplo, City of Sacramento v. Public Employees Retirement System (Tribunal de Apelaciones de California, Tercer Distrito de Apelaciones, 1991) 229 Cal. App. 3d 1470. AB-2596 (2022).