Los jueces penales de Nevada emiten citaciones para obligar a los testigos a venir al tribunal a testificar. Los jueces penales de Nevada también pueden emitir “citaciones duces tecums” para obligar a las personas a traer al tribunal ciertos documentos y otros materiales relevantes para el caso.
La ley de Nevada tiene estrictas reglas que describen lo que deben contener las citaciones, cómo pueden ser entregadas a los testigos y qué se considera como prueba de entrega. Las citaciones que no cumplan con estos requisitos pueden ser consideradas inválidas por el tribunal.
Los testigos deben cumplir con las órdenes de las citaciones o de lo contrario corren el riesgo de ser considerados en desacato por el tribunal. Las sanciones por desacato generalmente incluyen:
- multas de hasta $500, y/o
- hasta 25 días de cárcel
Emitir citaciones es necesario solo para testigos que de otra manera no estarían dispuestos a venir al tribunal.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de Las Vegas discuten cómo funcionan las citaciones en casos penales de Nevada:
- 1. ¿Cuál es la definición legal de las citaciones?
- 2. ¿Cuál es la forma y el contenido requeridos de las citaciones en Nevada?
- 3. ¿Cuáles son los requisitos de entrega?
- 4. ¿Qué sucede si se viola una citación?
Las citaciones son órdenes del tribunal que obligan a los testigos a comparecer en el tribunal para testificar.
1. ¿Cuál es la definición legal de las citaciones?
Una citación es una orden del tribunal que requiere que el destinatario comparezca en un procedimiento judicial para testificar como testigo. Mientras tanto, una “citación duces tecums” es una orden del tribunal que requiere la presentación de documentos, pruebas físicas u otros objetos tangibles relevantes para el caso, como documentos, libros u otros objetos.
Los tribunales deben emitir citaciones solo cuando el testimonio de los destinatarios es relevante para el caso o cuando tienen documentos u objetos relevantes para el caso. Los tribunales siempre tienen la discreción de modificar o “anular” (retirar) las citaciones que consideren “irrazonables u opresivas”.1
Las citaciones solo son necesarias para testigos que no cooperan y no quieren comparecer en el tribunal o presentar documentos. Si un testigo está dispuesto a comparecer y promete hacerlo, entonces ni el fiscal ni el abogado defensor necesitan citar formalmente al testigo mediante una orden del tribunal.
Declaraciones juradas
Es raro que los jueces permitan a las partes en un caso penal llevar a cabo declaraciones juradas, que generalmente solo ocurren en casos civiles o casos penales federales. Pero en caso de que se lleve a cabo una declaración jurada penal, los residentes de Nevada que reciben una citación están obligados a asistir solo si el procedimiento tiene lugar en el condado donde:
- viven,
- trabajan, o
- realizan negocios
Mientras tanto, los residentes de Nevada que no son residentes y reciben una citación para asistir a una declaración jurada solo están obligados a asistir si el procedimiento se lleva a cabo dentro de 40 millas de donde se les entregó la citación (o en otro lugar que el tribunal determine como apropiado).2
2. ¿Cuál es la forma y el contenido requeridos de las citaciones en Nevada?
Para que las citaciones de Nevada sean legalmente ejecutables, deben ser emitidas por el secretario bajo el sello del tribunal o por un juez de paz. La citación debe contener:
- el nombre del tribunal
- el nombre de la persona a la que se le ha emitido la citación
- el motivo de la citación
- cuándo y dónde la persona debe comparecer para dar el testimonio o presentar pruebas requeridas
- si se requiere que la persona traiga un documento u objeto al tribunal
Tenga en cuenta que cuando los fiscales citan a testigos para un gran jurado, los fiscales están obligados a informarles oralmente sobre la naturaleza general de las preguntas del gran jurado antes de que testifiquen.3
3. ¿Cuáles son los requisitos de entrega?
Las citaciones deben ser entregadas correctamente a la persona a la que se le ha emitido para que sean válidas. Las partes en el caso no pueden entregar personalmente una copia de la citación. En cambio, las únicas personas que pueden entregar físicamente las citaciones son:
- agentes de la paz, o
- cualquier persona mayor de 18 años que no sea parte en el caso, como un agente de procesos
Tenga en cuenta que las citaciones generalmente no pueden ser entregadas por correo excepto cuando la citación es para que la persona asista a un juicio por delito menor. En este caso, las citaciones pueden enviarse por correo — por correo certificado o registrado, con acuse de recibo — a la última dirección conocida del destinatario al menos diez días antes del inicio del juicio. Luego, el certificado de envío debe presentarse en el tribunal dentro de los dos días posteriores al envío de la citación.
Las citaciones pueden ser entregadas en cualquier lugar del estado de Nevada.4
Aceptación de la entrega
Las citaciones deben ser entregadas correctamente para ser legalmente válidas.
Los testigos pueden aceptar la entrega de la citación ya sea a través de:
- ser formalmente notificado, o
- hacer una promesa escrita u oral de comparecer
Para que la promesa oral de comparecer de un testigo sea legalmente reconocida, la persona que acepta la promesa oral debe:
- identificarse ante el testigo por su nombre y cargo;
- hacer una nota escrita de la fecha de la promesa oral y la identidad del testigo; y
- ejecutar un “certificado de servicio” revelando la información en (1) y (2) anteriormente
Tenga en cuenta que si la citación es específicamente para que el testigo testifique en una audiencia preliminar, la citación debe ser correctamente programada con el tribunal primero.5
También tenga en cuenta que los testigos citados generalmente tienen derecho a una tarifa de testigo de $25 por cada día de asistencia para testificar, además de los reembolsos de millaje.6
Citando a prisioneros
Siempre que los abogados defensores o fiscales deseen citar a un preso de la cárcel o prisión, pueden presentar una “moción” ante el tribunal. Esta moción incluiría una declaración jurada que atestigua sobre lo que el preso testificaría y por qué es relevante para el caso.
Si el juez concede la moción, entonces ordenará al sheriff correspondiente que traiga al preso al tribunal. Los costos de transporte del preso serán pagados por el estado o el acusado (a discreción del juez).7
4. ¿Qué sucede si se viola una citación?
Los tribunales de Nevada pueden considerar a las personas “en desacato” por desobedecer la orden de una citación de comparecer en el tribunal y/o producir pruebas o documentos. La pena típicamente incluye:
- hasta $500 en multas, y/o
- hasta 25 días de cárcel
Tenga en cuenta que si la persona fue encontrada en desacato por negarse a testificar ante un gran jurado, el tribunal puede imponer una sentencia de cárcel de hasta seis meses o hasta que el jurado sea dado de baja (lo que ocurra primero). Tenga en cuenta que la mayoría de los casos pueden resolverse antes del juicio.
El tribunal también puede ordenar a la persona que reembolse a la defensa y/o fiscalía por cualquier gasto incurrido al desobedecer la citación.8
Referencias legales
- Estatuto Revisado de Nevada��174.335����Citación para la producción de pruebas documentales y objetos. 1. Excepto en los casos previstos en NRS 172.139, una citación también puede ordenar a la persona a quien se dirige que produzca los libros, papeles, documentos u otros objetos designados en ella. 2. El tribunal, a petición presentada de inmediato, puede anular o modificar la citación si el cumplimiento fuera irrazonable u opresivo. 3. El tribunal puede ordenar que los libros, papeles, documentos u objetos designados en la citación sean producidos ante el tribunal en un momento anterior al juicio o antes del momento en que se presenten como prueba y puede, al ser producidos, permitir que las partes y sus abogados inspeccionen los libros, papeles, documentos u objetos o partes de ellos. Véase también Wyman v. State, (2009) 125 Nev. 592, 217 P.3d 572 y Quinn v. Eighth Judicial Dist. Court of Nev., (2018) 134 Nev. 25, 410 P.3d 984. Para casos civiles entre litigantes, consulte las Reglas de Procedimiento Civil de Nevada 45 (NRCP 45), que son similares a las Reglas Federales en cuanto a cómo los jueces permiten la inspección de locales y ordenan la producción de información almacenada electrónicamente.
- NRS��174.375����Citación para la toma de declaraciones; lugar de examen.1.����Una orden para tomar una declaración autoriza al secretario del tribunal del condado en el que se va a tomar la declaración a emitir citaciones para las personas nombradas o descritas en ella.2.����Un residente de este estado puede ser requerido para asistir a un examen solo en el condado en el que reside o está empleado o realiza negocios en persona. Un no residente de este estado puede ser requerido para asistir solo en el condado donde se le sirve una citación o dentro de las 40 millas del lugar de servicio o en cualquier otro lugar que fije el tribunal.
- NRS��174.315����Emisión de citación por parte del fiscal o del abogado del acusado; promesa de comparecer; informar al testigo de la naturaleza general de la investigación del gran jurado; programación de ciertas citaciones. 1. Un fiscal puede emitir citaciones suscritas por el fiscal para testigos dentro del estado, en apoyo de la acusación o a quienes un gran jurado pueda ordenar que comparezcan ante él, en cualquier investigación pendiente ante el gran jurado. 2. Un fiscal o un abogado del acusado pueden emitir citaciones suscritas por el emisor para: (a) Testigos dentro del estado para comparecer ante el tribunal en el que se va a celebrar una audiencia preliminar o se va a juzgar una acusación, información o denuncia penal. (b) Testigos que ya hayan sido citados y que se requieran para volver a comparecer en cualquier Tribunal de Justicia en cualquier momento en que el tribunal se vuelva a reunir en el mismo caso dentro de los 60 días, y el plazo puede prorrogarse más allá de los 60 días si se demuestra una causa justa para su prórroga. 3. Los testigos, ya sea dentro o fuera del estado, pueden aceptar la entrega de una citación en lugar del servicio, mediante una promesa por escrito u oral de comparecer dada por el testigo. Cualquier persona que acepte una promesa oral de comparecer debe: (a) Identificarse ante el testigo por su nombre y ocupación; (b) Hacer una anotación escrita de la fecha en que se dio la promesa oral de comparecer y la información proporcionada por la persona que hizo la promesa oral de comparecer identificando a la persona como el testigo citado; y (c) Emitir un certificado de servicio que contenga la información establecida en los párrafos (a) y (b). 4. Un oficial de policía puede aceptar la entrega de una citación en lugar del servicio, a través de medios electrónicos, proporcionando una promesa por escrito de comparecer que se transmita electrónicamente por cualquier medio apropiado, incluyendo, sin limitación, por correo electrónico transmitido a través del sistema de correo electrónico oficial de la agencia de aplicación de la ley que emplea al oficial de policía. 5. Un fiscal debe informar oralmente a cualquier testigo citado según lo dispuesto en el apartado 1 de la naturaleza general de la investigación del gran jurado antes de que el testigo testifique. Esta declaración debe incluirse en la transcripción de los procedimientos. 6. Cualquier citación emitida por un abogado del acusado para un testigo que comparezca ante el tribunal en el que se va a celebrar una audiencia preliminar debe ser programada mediante la presentación de una moción que incluya un aviso de audiencia que fije el asunto para la audiencia no menos de 2 días judiciales completos después de la fecha en que se presenta la moción. Un fiscal puede oponerse a la moción oralmente en audiencia pública. Una citación que se programe correctamente de conformidad con este apartado puede ser entregada al testigo a menos que el tribunal anule la citación.
- NRS��174.305����Citación para la comparecencia de testigos; formulario; emisión. Excepto en lo dispuesto en NRS 172.195 y 174.315: 1. Una citación debe ser emitida por el secretario bajo el sello del tribunal. Debe indicar el nombre del tribunal y el título, si lo hay, del procedimiento, y debe ordenar a cada persona a quien se dirige que asista y dé testimonio en el momento y lugar especificados en ella. El secretario emitirá una citación, firmada y sellada pero de lo contrario en blanco, a una parte que la solicite, quien debe completar los espacios en blanco antes de que se le sirva.2.����Una citación debe ser emitida por un juez de paz en un procedimiento ante el juez de paz bajo el sello del tribunal.NRS��174.345����Servicio de citación.1.����Excepto en lo dispuesto en NRS 174.315 y en el apartado 2, una citación puede ser entregada por un oficial de policía o por cualquier otra persona que no sea parte y que tenga al menos 18 años de edad. Excepto en lo dispuesto en NRS 289.027, el servicio de una citación debe hacerse entregando una copia de la misma a la persona nombrada. 2. Excepto en lo dispuesto en NRS 174.315, una citación para asistir a un juicio por delito menor puede ser entregada por correo a la persona a la que se va a servir por correo certificado o registrado, con acuse de recibo solicitado por esa persona, en un sobre sellado con franqueo pagado, dirigido a la última dirección conocida de la persona, no menos de 10 días antes del juicio al que la citación ordena a la persona asistir. 3. Si se entrega una citación por correo, se debe presentar un certificado de envío al tribunal dentro de los 2 días posteriores al envío de la citación.NRS��174.365����Lugar de servicio.����Una citación que requiera la comparecencia de un testigo en una audiencia o juicio puede ser entregada en cualquier lugar dentro del estado de Nevada.
- NRS��174.315.
- NRS 50.225.
- NRS��174.325����Producción de un prisionero como testigo. 1. Cuando sea necesario que una persona encarcelada en la prisión estatal sea llevada ante cualquier tribunal de distrito, o que una persona encarcelada en la cárcel del condado sea llevada ante un tribunal de distrito que se reúna en otro condado, un juez del tribunal de distrito o del distrito, en sus cámaras, puede emitir una orden con ese propósito y ejecutada por el alguacil del condado cuando se emite. La orden solo
- NRS��174.385����Desacato. El incumplimiento, sin una excusa adecuada, de obedecer una citación de un tribunal, un fiscal o un abogado de la defensa entregada a la persona y aceptada, se considerará un desacato al tribunal del cual se emitió la citación o, en el caso de una citación emitida por un fiscal o un abogado de la defensa, del tribunal en el que se llevará a cabo una audiencia preliminar, una investigación está pendiente o se va a juzgar una acusación, información o denuncia. NRS��22.100����Sanción por desacato. 1.����Tras la respuesta y la evidencia presentada, el tribunal o el juez o el jurado, según corresponda, determinará si la persona acusada de desacato es culpable. 2.����Excepto en los casos previstos en la NRS 22.110, si se encuentra a una persona culpable de desacato, se le puede imponer una multa de hasta $500 o se le puede encarcelar por un máximo de 25 días, o ambas cosas. 3.����Además de las sanciones previstas en el apartado 2, si se encuentra a una persona culpable de desacato según el apartado 3 de la NRS 22.010, el tribunal puede ordenar a la persona que pague a la parte que busca hacer cumplir la orden, la regla o el proceso los gastos razonables, incluidos, entre otros, los honorarios de abogados, incurridos por la parte como resultado del desacato. NRS��22.110����Encarcelamiento hasta el cumplimiento si el desacato es la omisión de realizar un acto; sanción por no testificar ante un gran jurado. 1. Excepto en los casos previstos en el apartado 2, cuando el desacato consiste en la omisión de realizar un acto que aún está en el poder de la persona para realizar, la persona puede ser encarcelada hasta que lo realice. El acto requerido debe especificarse en la orden de detención. 2.����Una persona encarcelada como resultado de su fracaso o negativa a testificar ante un gran jurado puede ser encarcelada en la cárcel del condado por un período no superior a 6 meses o hasta que ese gran jurado sea dado de baja, lo que sea menor.