NRS § 201.020 hace que sea un delito en Nevada no pagar la manutención de los hijos ordenada por el tribunal o la manutención del cónyuge (pensión alimenticia). Las penas pueden incluir encarcelamiento, multas, restitución, suspensión de la licencia de conducir e incluso embargo de sus salarios. También puede afectar sus derechos de custodia de los hijos.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de Las Vegas discuten los siguientes temas sobre el incumplimiento de la manutención de los hijos y la pensión alimenticia:
1. Elementos
Para que sea condenado por violar NRS 201.020 en Nevada, el fiscal debe demostrar más allá de una duda razonable que usted desobedeció “con conocimiento” una orden del tribunal de pagar la manutención a su:
- cónyuge o ex cónyuge,
- hijo menor, o
- hijo adulto incapacitado.
Para demostrar que actuó “con conocimiento”, los fiscales generalmente intentan demostrar que:
- está voluntariamente desempleado o subempleado sin una buena causa, con la intención de evitar el pago, o sin usar una diligencia razonable para obtener un empleo suficiente, o
- no puede pagar debido a gastos excesivos, deudas u otra obligación legal.
Tenga en cuenta que no hay un “privilegio conyugal” que se aplique en casos de falta de pago de la manutención. Por lo tanto, su (ex) cónyuge puede testificar en su contra en el tribunal.1
2. Penas
La pena por no pagar la manutención de los hijos o la pensión alimenticia en Nevada depende de la cantidad adeudada y si tiene condenas anteriores, como muestra la siguiente tabla:
Delito NRS 201.020 | Sentencia de Nevada |
Primera violación si debe menos de $10,000; o Violación posterior si debe menos de $5,000 | Delito menor: Hasta 6 meses en la cárcel y/o $1,000 más restitución |
Primera violación si debe $10,000 o más; o Violación posterior si debe $5,000 o más | Delito grave de categoría C: 1 a 5 años en prisión y hasta $10,000 más restitución |
Suspensión de la licencia
Si su caso involucra la manutención de los hijos, el DMV de Nevada puede suspender su licencia de conducir si debe:
- al menos $1,000 y
- al menos dos meses de manutención.2
Custodia de los hijos
El tribunal de familia que maneja su caso puede tener en cuenta su(s) condena(s) por falta de apoyo al determinar la custodia física y legal de su hijo.3
Desacato civil
Los tribunales de Nevada también pueden declararlo en desacato civil por no pagar la pensión alimenticia o la manutención de los hijos. La pena estándar por desacato civil es:
- hasta $500 en multas y/o
- hasta 25 días en la cárcel.4
El tribunal incluso puede emitir una orden para embargar sus salarios.
3. Defensas
Aquí en Las Vegas Defense Group, hemos representado a innumerables personas acusadas de no pagar pensión alimenticia o manutención de menores. En nuestra experiencia, la defensa más común es que no pudo hacer los pagos sin culpa propia. Los cargos pueden ser retirados si podemos demostrar que:
- buscó diligentemente un trabajo pero sin suerte,
- estaba demasiado enfermo o incapacitado para trabajar, o
- estaba encarcelado y tenía fondos insuficientes en el banco.
No es una defensa para los cargos de NRS 201.020 que no se haya dado cuenta de que no estaba haciendo los pagos o que simplemente se olvidó. El hecho de que el dinero no se haya pagado es suficiente para que el tribunal presuma que su conducta fue “consciente”.
4. Ley Federal
El no pago de la pensión alimenticia se convierte en un delito federal cuando:
- no pagó voluntariamente la pensión alimenticia para un hijo que vive en otro estado – o viajó a otro estado con la intención de evitar pagar la pensión alimenticia; y
- el no pago ha durado más de un año o asciende a más de $5,000.5
Penalidades Federales
El no pago de la pensión alimenticia conlleva hasta seis meses en Prisión Federal y/o una multa si se cumplen las siguientes condiciones:
- es su primer delito por no pagar; y
- no salió del estado para evitar pagar la pensión alimenticia; y
- el no pago duró no más de dos años, o la cantidad adeudada no es más de $10,000.
De lo contrario, el no pago de la pensión alimenticia conlleva hasta dos años de prisión y/o una multa.
Además, el tribunal ordenará que pague una restitución completa igual a la cantidad de la pensión alimenticia impaga.6
Defensas Federales
No pagar la pensión alimenticia es un delito según la ley federal solo si el no pago es voluntario.7 Por lo tanto, la defensa más común es que cualquier no pago fue el resultado de un accidente, un error, o que no tenía medios para pagar.
Los tribunales federales presumen que tiene la capacidad financiera para pagar una obligación legal de pensión alimenticia. Sin embargo, esta presunción puede ser refutada por defensas como las utilizadas en los tribunales estatales de Nevada descritas anteriormente.8
Ley Federal vs. Ley de Nevada
Incluso si usted y su hijo viven en diferentes estados, el tribunal federal tiene jurisdicción sobre asuntos de pensión alimenticia solo si:
- el no pago se extendió por más de un año, y
- usted debe más de $5,000 en pagos atrasados.
Esto es diferente a los tribunales estatales de Nevada, donde puede ser procesado por faltar solo un pequeño pago.
Además, todos los casos federales de falta de manutención de menores en Nevada son procesados por la Oficina del Fiscal de los Estados Unidos y se manejan en:
- el Tribunal Federal Lloyd D. George en Las Vegas o
- el Tribunal Federal Bruce R. Thompson en Reno.
En contraste, los casos de manutención de menores del estado de Nevada son procesados por los fiscales de distrito del condado en los tribunales de justicia y distrito del condado.
Cargos Federales y Estatales
Puede enfrentar cargos por no pagar la pensión alimenticia en los tribunales estatales y federales de Nevada. Si es declarado culpable en ambos tribunales, cumpliría las sentencias consecutivamente (una después de la otra).9
Lectura adicional
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- ¿Qué sucede cuando la cantidad de manutención de los hijos es una carga? Revisando la relación entre las órdenes de manutención de los hijos y los pagos de manutención de los hijos – Revisión de Servicios Sociales.
- Una nueva peonía: pagar, trabajar o ir a la cárcel en la aplicación contemporánea de la manutención de los hijos y más allá – Revista de Derecho de la Universidad de Seattle.
- Acumulación de deudas: las intersecciones entre los atrasos de manutención de los hijos y las obligaciones financieras legales – Revista de Justicia Penal de la Universidad de California en Los Ángeles.
- Falsificación del fracaso: el análisis económico utilizado para construir pautas de manutención de los hijos – Foro Legal de la Universidad de Chicago.
- Padres tras las rejas: repensar la política de manutención de los hijos para padres no custodios de bajos ingresos y sus familias – Revista de Género, Raza y Justicia.
Tenga en cuenta que Nevada tiene varias organizaciones dedicadas a garantizar que los niños reciban suficiente apoyo financiero, como el Programa de Cumplimiento de Manutención de Niños del Departamento de Salud y Servicios Humanos de Nevada. Para familias que viven en y alrededor de Las Vegas, el Tribunal de Familia del Condado de Clark, Nevada ofrece varios servicios de autoayuda.
Referencias Legales
- NRS 201.020. Sanciones; Jurisdicción.
1. Excepto en los casos previstos en la subsección 2, una persona que a sabiendas no provee el sustento de su:
(a) Cónyuge o ex cónyuge;
(b) Hijo menor; o
(c) Hijo que al llegar a la mayoría de edad no puede proveer su sustento debido a una enfermedad, incompetencia u otra discapacidad legal que contrajo antes de alcanzar la mayoría de edad,
según lo ordenado por un tribunal, es culpable de un delito menor.
2. Una persona que viole las disposiciones de la subsección 1 es culpable de un delito grave de categoría C y será castigada según lo dispuesto en la NRS 193.130 si:
(a) Los atrasos de la persona por falta de pago de la manutención de los hijos o del cónyuge ordenada por un tribunal ascienden a $10,000 o más y se han acumulado durante cualquier período desde la fecha en que un tribunal ordenó por primera vez al acusado que provea dicha manutención; o
(b) Es una segunda o posterior violación de la subsección 1 o un delito cometido en otra jurisdicción que, de haberse cometido en este Estado, sería una violación de la subsección 1, y los atrasos de la persona por falta de pago de la manutención de los hijos o del cónyuge ordenada por un tribunal ascienden a $5,000 o más y se han acumulado durante cualquier período desde la fecha en que un tribunal ordenó por primera vez al acusado que provea dicha manutención.
3. Una acción penal por violación de la subsección 1 puede ser presentada en un tribunal de jurisdicción competente en cualquier condado en el que:
(a) Un tribunal haya emitido una orden válida para que el acusado pague la manutención de los hijos o del cónyuge;
(b) El acusado resida;
(c) El padre o tutor del hijo para el que el acusado debe manutención resida;
(d) El cónyuge o ex cónyuge al que el acusado debe manutención resida; o
(e) El hijo para el que el acusado debe manutención resida. - NRS 425.500 – 425.560.
- NRS 125C.003.
- NRS 22.100. NRS 22.110.
- 18 USC 228(a).
- 18 USC 228; see también United States v. Stephens, (9th Cir. 2004) 374 F.3d 867.
- 18 USC 228(c) & (d); véase también United States v. Harrison, (8th Cir. 1999) 188 F.3d 985.
- 18 USC 228(b).
- 18 U.S.C. § 3584.