Un inmigrante que pierde una audiencia de inmigración o cuyo solicitud de inmigración es rechazada, tiene derecho a apelar la decisión. Nuestros abogados de apelaciones de inmigración manejan apelaciones de todo tipo de asuntos de inmigración, desde órdenes de deportación hasta denegaciones de visas o solicitudes de asilo.
Las órdenes de remoción (deportación) y otras decisiones de los jueces de inmigración se apelan al Consejo de Apelaciones de Inmigración (BIA).1
Las denegaciones de visas y peticiones hechas a los Oficiales de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) generalmente se apelan al Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO).
Las apelaciones de inmigración a cualquiera de estas agencias deben presentarse dentro de los 30 días a partir de cuando el oficial de USCIS o el juez de inmigración haga su decisión.
Un inmigrante que pierde una apelación puede poder apelar a un tribunal federal de apelaciones. Los tribunales federales tienen jurisdicción para revisar la mayoría de las decisiones del BIA, así como algunos asuntos relacionados con las acciones de USCIS.
Para ayudarlo a obtener una mejor visión general de los recursos de inmigración, discutimos lo siguiente a continuación:
- 1. ¿Qué asuntos se apelan al Consejo de Apelaciones de Inmigración?
- 2. ¿Qué asuntos se apelan al Oficina de Apelaciones Administrativas?
- 3. ¿Qué asuntos de inmigración se pueden apelar a un tribunal federal?
- 4. Apelaciones de determinaciones de “temor creíble” y “temor razonable”
- 5. ¿Por qué usar un abogado de inmigración?
Para obtener información más detallada, también puede desear revisar nuestros artículos sobre:
- Apelar una decisión de la corte de inmigración al Consejo de Apelaciones de Inmigración;
- Apelar una determinación de Servicios de Aduanas e Inmigración de los Estados Unidos al Oficina de Apelaciones Administrativas;
- Apelaciones de inmigración al Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Circuito 9; o
- El proceso de la corte de inmigración.
1. ¿Qué asuntos se apelan al Consejo de Apelaciones de Inmigración?
El Consejo de Apelaciones de Inmigración es una agencia administrativa dentro del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Considera los recursos de decisiones tomadas por los jueces de inmigración durante el proceso de la corte de inmigración.
Los asuntos dentro de la jurisdicción de la BIA incluyen:
- Órdenes de deportación,
- Retención de remoción,
- Asilo (excepto las determinaciones de temor creíble y temor razonable),
- Reapertura de casos de inmigración, y
- Negación de una fianza de inmigración.2
2. ¿Qué asuntos se apelan al Oficina de Apelaciones Administrativas?
La Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) revisa las determinaciones hechas por los oficiales de Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
El AAO considera apelaciones de más de aproximadamente cincuenta tipos diferentes de solicitudes e instancias de inmigración, incluyendo:
- La mayoría de las peticiones de visa de inmigrante y no inmigrante basadas en el empleo;
- Solicitudes de Estatus de Protección Temporal (TPS);
- Peticiones de visa de novio(a);
- Solicitudes de exención de una causa de inadmisibilidad;
- Solicitudes de permiso para volver a solicitar la admisión después de la deportación (exenciones I-212); y
- Solicitudes y peticiones de visa T y U.
3. ¿Qué asuntos de inmigración se pueden apelar a un tribunal federal?
Las decisiones del Consejo de Apelaciones de Inmigración y algunas decisiones de USCIS se pueden apelar a la corte de apelaciones federal de la jurisdicción apropiada.
En California, el tribunal adecuado es la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos para el 9º Circuito, también conocida como la Corte de Apelaciones del 9º Circuito.
El 9º circuito escucha apelaciones de decisiones de la BIA, así como desafíos que involucran:
- Demoras injustificadas por parte de USCIS en la tramitación de una solicitud o petición;
- Negación de una solicitud de naturalización por parte de USCIS;
- Confinamiento ilegal de alguien en custodia de inmigración; o
- Una orden de deportación denegada por motivos legales o constitucionales.
4. Apelaciones de determinaciones de “temor creíble” y “temor razonable”
Un extranjero sujeto a deportación expedita / deportación resumida que teme persecución o tortura en su país de origen puede solicitar una revisión de “temor creíble” o “temor razonable”.
Estas son revisiones limitadas realizadas por un oficial de inmigración de los Estados Unidos en lugar de un juez. Sin embargo, las revisiones de temor creíble y razonable se pueden apelar a un juez de inmigración. 2
Si el juez de inmigración determina que un extranjero tiene un temor creíble de persecución o tortura, el juez de inmigración anulará la orden de deportación y el inmigrante será puesto en procedimientos de deportación regulares. 3 Durante dichos procedimientos, el extranjero tendrá la oportunidad de solicitar asilo.
Sin embargo, si un juez de inmigración determina que un extranjero no tiene un temor creíble de persecución o tortura, el extranjero será deportado.
Esta decisión no es apelable.
5. ¿Por qué usar un abogado de inmigración?
Los inmigrantes tienen el derecho de representarse a sí mismos durante una apelación. Sin embargo, tanto la BIA como la AAO tienen reglas estrictas y plazos límite que deben seguirse al pie de la letra.
Además, la BIA y la AAO están cada una sujetas a decisiones y casos judiciales anteriores que pueden variar dependiendo del estado en el que se emitió la decisión original. Estos casos y decisiones pueden involucrar complejas interpretaciones de la ley constitucional y a menudo deben investigarse y argumentarse cuidadosamente.
La mayoría de los inmigrantes están mejor si tienen un abogado experimentado para manejar su apelación de inmigración.
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Nuestros abogados de inmigración de California representan apelaciones en la corte de inmigración, la Junta de Apelaciones de Inmigración, la Oficina de Apelaciones Administrativas y la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito. Manejamos todos los asuntos relacionados con la inmigración, incluyendo los procedimientos de deportación, el alivio posterior a la condena para los inmigrantes y los ajustes basados en la familia. Nuestros abogados de defensa penal de California también representan a los inmigrantes acusados de delitos deportables o delitos inadmisibles. Para una consulta gratuita con uno de nuestros abogados de inmigración o criminales compasivos, llámenos o complete el formulario en esta página.
Referencias legales:
- 8 CFR § 1003.1.
- 8 CRS § 1003.42.
- Vea la Ley de Inmigración y Nacionalidad (“INA”) 235(b)(1)(B)(iii)(I).