Código de Vehículos de California § 21954 CVC requiere que los peatones fuera de los pasos peatonales marcados o no marcados cedan el derecho de paso a los vehículos que se aproximan. Sin embargo, los conductores aún deben ejercer el debido cuidado y evitar atropellar a los peatones que cruzan la calle a pesar del tráfico cercano que se aproxima.
El texto completo del estatuto dice lo siguiente:
21954. (a) Todo peatón en una vía pública en cualquier punto que no sea dentro de un paso peatonal marcado o dentro de un paso peatonal no marcado en una intersección deberá ceder el derecho de paso a todos los vehículos en la vía pública que estén tan cerca como para constituir un peligro inmediato. Existe un peligro inmediato si el vehículo que se aproxima está tan cerca o se acerca tan rápido que una persona razonablemente cuidadosa se daría cuenta de que existe un peligro de colisión.
(b) Las disposiciones de esta sección no eximen al conductor de un vehículo del deber de ejercer el debido cuidado para la seguridad de cualquier peatón en una vía pública.
(c) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2029, y a partir de esa fecha queda derogada.
Análisis Legal
Las leyes de tránsito de California otorgan el derecho de paso a los vehículos fuera de los pasos peatonales no marcados o marcados. Por lo tanto, los peatones deben ceder el paso a los vehículos que se aproximan cuando no están en un paso peatonal marcado o no marcado. Sin embargo, los conductores con derecho de paso aún deben ceder a los peatones si esa es la única forma de evitar una colisión.1
Los peatones en California que cruzan las calles fuera de un paso peatonal ya no enfrentan cargos por cruce indebido (VC 21955) siempre que sea seguro. De lo contrario, el cruce indebido es una infracción que conlleva:
- una multa base de $196, más
- tarifas administrativas y recargos.
El cruce indebido no causará que se agreguen puntos al historial de manejo del peatón en el DMV.2
Mientras tanto, los conductores que no ceden el paso a un peatón (VC 21950) también enfrentan una infracción. La multa suele ser de $286. Se asignará un punto en el historial del conductor en el DMV.3
El Código de Vehículos 21954 VC manda que los peatones fuera de los pasos peatonales cedan el derecho de paso al tráfico que se aproxima.
Preguntas Frecuentes
¿Puedo cruzar la calle fuera de los pasos peatonales?
Sí, pero el 21954 VC requiere que cedas el derecho de paso a todos los vehículos en la vía pública si cruzas indebidamente.
¿Esta ley aplica tanto en áreas rurales como urbanas?
Sí, el 21954 VC aplica a todas las vías públicas en California. Sin embargo, asegúrate de revisar las ordenanzas locales: tu ciudad o condado puede tener leyes más restrictivas para peatones.
¿Es ilegal cruzar indebidamente en California?
Ya no a menos que haya tráfico cercano que se aproxima. Aun así, nunca se recomienda cruzar indebidamente.
¿Soy responsable si un auto me atropella mientras cruzo indebidamente?
Lo más probable es que un tribunal encuentre que tanto tú como el conductor son parcialmente responsables: tú por cruzar indebidamente con tráfico que se aproxima, y el conductor por no ceder el paso a tiempo.
¿Aplica el 21954 VC si voy en patines o en patineta?
Sí. “Peatón” incluye a caminantes, patinadores y usuarios de patineta.
Referencias Legales
- Código de Vehículos de California 21954 – Peatones Fuera de los Pasos Peatonales. In re H.M. (Cal. App. 2d Dist., 2008), 167 Cal. App. 4th 136. People v. Ramirez (Cal. App. 2d Dist., 2006), 140 Cal. App. 4th 849.
- Código de Vehículos de California 21955.
- Código de Vehículos de California 21950.