El Código de Vehículos de California 21712 VC hace ilegal que un conductor permita a una persona:
- Montar en parte de un vehículo no destinado a pasajeros;
- Montar en el maletero de un vehículo; y,
- Montar en un vehículo que el conductor está remolcando.
Hay cuatro puntos importantes que saber sobre esta sección del código.
- Un motorista que viola el Código de Vehículos 21712 debe pagar una multa de varios cientos de dólares. La cantidad exacta dependerá de la naturaleza de la violación.
- Un conductor que viola el VC 21712 también recibirá un punto en su registro de conducción de DMV. Una persona corre el riesgo de obtener una suspensión de licencia de operador negligente si recibe 4 puntos en 12 meses, 6 puntos en 24 meses o 8 puntos en 36 meses.
- Existen defensas legales para aquellos que desean desafiar una multa por un viaje o remolque ilegal. Sin embargo, un conductor debe consultar con un abogado defensor experimentado antes de usar uno.
- Un motorista no puede ignorar una multa por una violación del VC 21712. Si lo hace, puede ser acusado de falta de comparecencia, según el Código de Vehículos de California 40508. La falta de comparecencia, según la ley de California, puede ser acusada como un delito menor.
Nuestros abogados de accidentes automovilísticos de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. Código de Vehículos 21712 VC – Montar y remolcar ilegalmente según la ley de California
- 2. Las penas por montar y remolcar ilegalmente
- 3. Defensas legales si un conductor viola el VC 21712
- 4. Violación del Código de Vehículos 21712 y escuela de tráfico
- 5. Montar / remolcar ilegalmente y cargos criminales
- 6. Ignorar una multa por violar el VC 21712
- 7. Efecto de un viaje/remolque ilegal en una demanda por lesiones personales
- 8. Leyes relacionadas con el Código de Vehículos 21712 VC
1. Código de Vehículos 21712 VC – Montar ilegalmente y remolcar bajo la ley de California
El Código de Vehículos 21712 prohíbe al conductor hacer tres cosas. Estos son:
- Permitir que un pasajero viaje en vehículos o partes de vehículos que no están destinados a pasajeros1;
- Permitir que una persona viaje en el maletero de un vehículo2; y,
- Permitir que los pasajeros viajen en vehículos que el conductor está remolcando (por ejemplo, barcos, campistas, remolques, etc.).3
Los tribunales de California han proporcionado algunas reglas adicionales al analizar esta sección del código. Estos incluyen:
- VC 21712 no requiere que todas las partes del cuerpo de un pasajero estén completamente dentro de un vehículo.4
- Las personas que viajan en la cama de un camión no violan VC 21712 solo porque sus pies o piernas sobresalgan del vehículo.5
- Un conductor de motocicleta viola esta sección si comparte el mismo asiento con una persona.6
El Código de Vehículos 21712 VC está destinado a prevenir que las personas se agarren fuera de las partes exteriores de los vehículos o viajen en posiciones que creen peligros.7
2. Las penas por montar ilegalmente y remolcar
Un conductor en violación del Código de Vehículos 21712 recibe dos penas. Estos son:
- Una multa; y,
- Puntos asignados a su registro de conducir DMV.
2.1. Multa
Hay diferentes multas bajo el Código de Vehículos 21712 dependiendo de las acciones del conductor. Si un conductor permite que una persona viaje en el maletero de un vehículo, recibe las siguientes multas básicas:
- $100.00 por su primera ofensa8
- $200.00 por una segunda ofensa, si ocurre dentro de un año desde la primera ofensa9
- $250 por una tercera o posterior ofensa, si ocurre dentro de un año desde la segunda ofensa10
Tenga en cuenta que las multas anteriores son “multas básicas”. Estas difieren de las multas reales que recibe un conductor. Las multas reales son significativamente mayores porque incluyen tarifas y evaluaciones de penalidad.
Si un conductor viola el Código de Vehículos 21712 de cualquier otra manera (por ejemplo, remolcando ilegalmente a un pasajero), debe pagar una multa de $238.00.11
2.2. Puntos en el registro de conducir DMV de un conductor
Un conductor que viola el Código de Vehículos 21712 también recibirá un punto en su registro de conducir.12 Los puntos puestos en el registro de conducir de un conductor son, en última instancia, informados a la compañía de seguros de esa persona. El resultado es un aumento desfavorable en las tarifas de seguro.
Además, el DMV puede declarar a una persona un operador negligente si acumula un cierto número de puntos dentro de un período de 1, 2 o 3 años. Si esto sucede, el DMV puede suspender o revocar los privilegios de conducir de un conductor.
Tenga en cuenta, sin embargo, que cualquiera de estas últimas acciones requerirá una audiencia del DMV de California.
3. Defensas legales si un conductor viola VC 21712
Un conductor siempre puede desafiar una multa por montar o remolcar ilegalmente al plantear una defensa legal. Si lo hace, sin embargo, debe comunicarse con un abogado defensor experimentado para obtener asistencia.
3.1. Defensas comunes a una violación de VC 21712
Existen tres defensas comunes a una violación de VC 21712. Estos son:
- Hubo una emergencia que hizo imposible seguir el Código de Vehículos 21712;
- El oficial emitió una multa por error; y,
- El vehículo no se estaba moviendo.
No importa la defensa utilizada, un conductor debe respaldarla con evidencia creíble. La mejor evidencia proviene de:
- Testigos
- Fotografías
- Video de vigilancia
3.2. Obtener ayuda de un abogado
Es fundamental que los conductores busquen la ayuda de un abogado si desafían una multa por una montura o remolque ilegal. Hay tres principales razones por las cuales. Estos incluyen:
- Los fiscales dan mejores ofertas a los conductores con abogados.
- Los abogados defensores saben cómo reducir y desestimar cargos.
- Una persona representada por un abogado no tiene que ir a la corte. El abogado de la persona puede ir en su nombre.
4. Violación del Código de Vehículos 21712 y la escuela de tráfico
Los conductores que ilegalmente montan o remolcan no tienen que asistir a la escuela de tráfico. Pero, pueden elegir hacerlo.
Si un conductor elige asistir a la escuela de tráfico, aún debe pagar su multa.13 Sin embargo, el conductor generalmente no debe obtener puntos en su registro de conducir.14
Los conductores pueden elegir asistir a la escuela de tráfico si:
- El conductor tiene una licencia de conducir válida;
- La infracción ocurrió mientras el conductor conducía un vehículo no comercial; y,
- La multa es por una infracción que es una violación de tránsito.
5. Montar/remolcar ilegalmente y cargos criminales
Los cargos criminales no se presentan si un conductor recibe una multa por una monta/remolque ilegal. Esto se debe a que no es un delito si un conductor viola el Código de Vehículos 21712 VC.
Las violaciones de VC 21712 son infracciones bajo la ley de California; y, los infractores no están sujetos a encarcelamiento u otras penas criminales.
6. Ignorar una multa por violar VC 21712
Los conductores no deben ignorar las multas por violar el Código de Vehículos 21712. Dos cosas suceden si lo hacen. Estos son:
- El conductor viola una nueva ley, Código de Vehículos de California 40508 VC, por la falta de comparecencia en la corte en una citación de tráfico; y,
- El conductor puede recibir penas por violar VC 40508.
6.1. Violación del Código de Vehículos 40508 VC
Después de recibir una multa de tráfico en California, el conductor debe firmar una promesa escrita de comparecer en la corte.
Si el conductor falta a la comparecencia de forma intencional, viola el Código de Vehículos 40508 VC.15 El conductor falta intencionalmente a la comparecencia cuando es voluntariamente un ausente. No es una defensa si el conductor no tenía la intención de infringir la ley.16
No importa si el conductor infractor es culpable o inocente de la infracción de tránsito subyacente. 17 Viola el Código de Vehículos 40508 simplemente al romper una promesa de:
- Comparecer en la corte,
- Comparecer para pagar la fianza,
- Pagar la fianza en cuotas,
- Pagar una multa dentro del tiempo autorizado, o
- Cumplir con cualquier condición de la corte.18
6.2. Penas por violar el VC 40508
La violación del Código de Vehículos 40508 VC es un delito menor. Las penas son:
- Hasta seis meses en la cárcel del condado, y/o
- Una multa de hasta $1,000.19
7. ¿Efecto de un viaje/remolque ilegal en una demanda por lesiones personales?
Un conductor que viola el Código de Vehículos 21712 puede lesionar a otra parte. Por ejemplo, podría lesionar a un pasajero o a otro conductor. Si la parte lesionada presenta más tarde una demanda por lesiones personales contra el conductor, el conductor puede ser considerado “negligente”.
La ley de California define la “negligencia” como la falta de usar el cuidado razonable para evitar daños a uno mismo o a los demás. En el contexto de un accidente automovilístico, los conductores negligentes son responsables del accidente y pueden tener que pagar por cualquier daño causado.
Demostrar negligencia en un caso de lesiones personales a veces puede ser difícil. Sin embargo, en California, un conductor se considera “negligente por sí mismo” si viola una estatuta.
La negligencia “per se” es una teoría legal en la que se presume la negligencia basada en la violación de una estatuta o ordenanza por parte del demandado.
Esto significa que un conductor sería negligente por sí mismo si lesionaba a una parte mientras remolcaba o autorizaba un viaje prohibido, ya que estaría en violación del VC 21712.
Tenga en cuenta, sin embargo, que incluso si un conductor es negligente por sí mismo, el conductor todavía puede recuperar cualquier daño que incurra. Esto se debe a las leyes de responsabilidad comparativa de California.
8. Leyes relacionadas con el Código de Vehículos 21712 VC
Hay tres leyes relacionadas con el VC 21712. Estos son:
- Manejo temerario;
- Azotar o zigzaguear vehículos remolcados; y,
- Señalizar cuando un conductor se detiene o disminuye la velocidad.
8.1. Manejo temerario
El Código de Vehículos de California 23103 es la ley estatal sobre manejo temerario. Hace que sea un delito conducir con descuido temerario por la seguridad de las personas o la propiedad. 20
Si nadie más que el conductor imprudente resulta herido en el incidente, el Código de Vehículos 23101 es un delito menor. Se puede castigar como máximo con:
- De cinco a noventa días en la cárcel del condado, y/o,
- Una multa de entre 145 y 1.000 dólares. 21
Pero la posible sentencia de cárcel y la multa aumentan si la conducción imprudente causa una lesión. 22
Y cualquier condena por conducción imprudente añadirá dos puntos al registro del DMV de California del conductor.
8.2. Azotar o virar vehículos remolcados
De acuerdo con el Código de Vehículos 21711:
Nadie debe operar un tren de vehículos cuando cualquier vehículo remolcado azote o vire de lado a lado o no siga sustancialmente el camino del vehículo remolcador. 23
Esta sección prohíbe esencialmente a un conductor azotar un vehículo remolcado o virar mientras remolca un vehículo.
Una persona que viola el VC 21711 recibirá:
- Una multa de 238 dólares y,
- Un punto asignado a su registro de DMV de conducir.
8.3. Señalizar cuando un conductor se detiene o disminuye la velocidad
El Código de Vehículos de California 22109 VC establece que nadie debe detenerse o disminuir repentinamente la velocidad de un vehículo sin antes dar una señal apropiada, siempre que haya una oportunidad de hacerlo. 24
En virtud de esta sección, se requiere que un conductor dé una señal a través de su mano, su brazo, una lámpara de señal o un dispositivo mecánico. 25
Un conductor que viola el VC 22109 recibirá:
- Una multa de $238.00 y,
- Un punto en su registro de conducir del DMV.
Referencias Legales:
- Código de Vehículos de California 21712 (a) VC.
- Código de Vehículos de California 21712 (c) VC.
- Código de Vehículos de California 21712 (g) VC.
- Albania v. Kovacevich (1941), 44 Cal. App. 2d 925.
- Vea lo mismo.
- James v. Myers (1945), 68 Cal. App. 2d 23.
- Vea Albania v. Kovacevich arriba.
- Código de Vehículos de California 21712 (e)(1) VC.
- Código de Vehículos de California 21712 (e)(2) VC.
- Código de Vehículos de California 21712 (e)(3) VC.
- Vea el DMV de California.
- Vea lo mismo.
- Vea el sitio web de los Tribunales de California.
- Vea lo mismo.
- Código de Vehículos de California 40508 VC.
- CALCRIM 2240, nota al pie 1: Alguien comete un acto de forma voluntaria cuando lo hace voluntariamente o a propósito. No se requiere que tenga la intención de infringir la ley, lastimar a alguien más o obtener alguna ventaja.
- Vea lo mismo.
- Código de Vehículos de California 40508 VC.
- Código Penal de California 19 PC. Excepto en los casos en que se prescribe una pena diferente por cualquier ley de este estado, toda infracción declarada como delito menor se castiga con prisión en la cárcel del condado que no exceda de seis meses, o con una multa que no exceda de mil dólares ($1,000), o con ambas cosas, excepto como se establece en la Sección 23104 o 23105 VC.
- Código de Vehículos de California 23103 VC:“(a): Una persona que conduce un vehículo en una carretera con desprecio voluntario o temerario por la seguridad de las personas o la propiedad es culpable de conducir temerariamente.(b) Una persona que conduce un vehículo en un estacionamiento fuera de la calle, tal como se define en la subdivisión (c) de la Sección 12500, con desprecio voluntario o temerario por la seguridad de las personas o la propiedad es culpable de conducir temerariamente.”
- Código de Vehículos 23103(c): “Excepto como se establece en la Sección 40008, las personas condenadas por el delito de conducción temeraria serán castigadas con prisión en la cárcel del condado por no menos de cinco días ni más de 90 días o con una multa de no menos de ciento cuarenta y cinco dólares ($145) ni más de mil dólares ($1,000), o con ambas cosas, excepto como se establece en la Sección 23104 o 23105 VC.”
- Código de Vehículos de California 23104 (a) VC: “Salvo lo dispuesto en la subdivisión (b), cada vez que la conducción temeraria de un vehículo cause directamente lesiones corporales a una persona distinta del conductor, la persona que conduce el vehículo será, al ser condenada, castigada con prisión en la cárcel del condado por un período no inferior a 30 días ni superior a seis meses o con una multa no inferior a doscientos veinte dólares ($220) ni superior a mil dólares ($1,000), o con ambas cosas, la multa y la prisión”.
- Código de Vehículos de California 21711 VC.
- Código de Vehículos de California 22109 VC.
- Fueste v. Johnson (1962), 207 Cal. App. 2d 790.