Nevada Revised Statute 207.030 hace que sea un delito menorvagancia, que comprende: conducta lasciva en público; solicitud de prostitución; pimping o pandering; tratar de entrar a una casa para ver lo que hay dentro; mantener un lugar para ocultar propiedad perdida/robad; merodear en baños públicos con fines ilegales; y/o alojarse en algún lugar sin el permiso del dueño.1
La sentencia penal por violar NRS 207.030 depende de la acción específica:
Delito de vagancia en Nevada | Penas de delito menor |
Participar en – o ofrecer o acordar participar en – conducta lasciva o disoluta en un lugar público o en un lugar abierto a la vista pública; o Participar en – o ofrecer o acordar participar en – o ayudar y abetir – prostitución; o Ser un pimp, panderer o procurador, o vivir en o cerca de casas de prostitución (como burdeles) | Primera condena en tres años
Segunda condena en tres años
Tercera condena en tres años
|
Tratar de entrar a una casa solo para ver lo que hay dentro; o Mantener un lugar donde ocultar propiedad perdida o robada; o Merodear en un baño público para participar o solicitar cualquier acto lascivo, lascivo o ilegal; o Alojamiento en cualquier lugar 1) sin el permiso del propietario; o 2) donde se haya registrado un aviso de incumplimiento y elección para vender; o 3) que haya sido colocado en un registro de propiedades vacías, abandonadas o embargadas por un gobierno local |
|
¿Qué pasa si cometo más de un acto de vagancia?
Si te condenan por más de un acto de vagancia, entonces las múltiples sentencias deben cumplirse consecutivamente (una después de la otra).2
Ejemplo: Ella es condenada por dos cargos de vagancia por solicitar prostitución y merodear en un baño público para participar en prostitución. El juez le ordena cinco días de prisión por cada cargo. Como las sentencias deben cumplirse consecutivamente, Ella tendría que cumplir 10 días.
Tenga en cuenta que también puede enfrentar cargos criminales adicionales además de la vagancia, dependiendo de por qué fue arrestado. Por ejemplo, si lo atrapan presuntamente solicitando prostitución, potencialmente podría enfrentar cargos por ambos vagancia y solicitud.
¿Puedo ser obligado a trabajar si estoy encarcelado por vagancia?
Sí. Si estás en la cárcel por vagancia pero eres físicamente capaz de trabajar, puedes ser obligado a trabajar en los edificios, terrenos o obras públicas del condado. Tu jefe será uno de los siguientes:
- supervisor de carreteras,
- superintendente,
- capataz, o
- otro supervisor o custodio.
Mientras trabajas, el sheriff (o su agente) puede usar medios razonables y humanos para evitar que te escapes mientras trabajas. Después del trabajo, serás devuelto a la cárcel.
Por cada día que trabajes “de buena fe y voluntariamente”, dos días de prisión se restarán de tu sentencia. Esto significa que si trabajas todos los días, tu sentencia se puede reducir a la mitad.3
¿Puedo pedir dinero sin ser arrestado?
NRS 207.030 permite que los gobiernos locales aprueben ordenanzas que regulen dónde, cuándo y cómo puedes pedir limosna o solicitar limosna al público de manera legal.4 Por lo tanto, consulte sus leyes locales para obtener detalles sobre cuándo y dónde puede pedir limosna de manera legal.
¿Puedo dormir en público sin ser arrestado?
Por lo general no, aunque las reglas específicas varían según la localidad. En Las Vegas, hay una ordenanza específica que hace que sea un delito menor dormir o acampar en las aceras o calles si hay espacio disponible en un refugio para personas sin hogar.5
Referencias legales
- Estatuto Revisado de Nevada 207.030 – Actos prohibidos; pena.
1. Es ilegal:
(a) Ofrecer o acordar participar o participar en conducta lasciva o disoluta en cualquier lugar público o en cualquier lugar abierto al público o expuesto a la vista pública;
(b) Ofrecer o acordar participar, participar o ayudar y alentar cualquier acto de prostitución;
(c) Ser un proxeneta, pandillero o procurador o vivir en o cerca de casas de prostitución;
(d) Solicitar la admisión a una casa con pretextos triviales sin otro motivo aparente que ver quién puede estar allí, o para obtener una visión de los locales;
(e) Mantener un lugar donde se oculten bienes perdidos o robados;
(f) Molestar en o alrededor de cualquier inodoro abierto al público con el propósito de participar o solicitar cualquier acto lascivo o lascivo o cualquier acto ilegal; o
(g) Alojarse en cualquier edificio, estructura o lugar, ya sea público o privado:
(1) Donde se haya registrado un aviso de incumplimiento y elección para vender, a menos que la persona sea el propietario, el inquilino o tenga derecho a la posesión o control de los mismos;
(2) Que haya sido colocado en un registro de propiedades vacías, abandonadas o embargadas por un gobierno local, a menos que la persona sea el propietario, el inquilino o tenga derecho a la posesión o control de los mismos; o
(3) Sin el permiso del propietario o de la persona con derecho a la posesión o al control de los mismos.2. Una persona que viola una disposición del apartado 1 será castigada:
(a) Por la primera violación del párrafo (a), (b) o (c) del apartado 1 y por cada violación subsiguiente del mismo párrafo que ocurra más de 3 años después de la primera violación, por un delito menor.
(b) Por la segunda violación del párrafo (a), (b) o (c) del apartado 1 dentro de los 3 años después de la primera violación del mismo párrafo, con prisión en la cárcel del condado por no menos de 30 días ni más de 6 meses y con una multa de no menos de $250 ni más de $1,000.
(c) Por la tercera o subsiguiente violación del párrafo (a), (b) o (c) del apartado 1 dentro de los 3 años después de la primera violación del mismo párrafo, con prisión en la cárcel del condado por 6 meses y con una multa de no menos de $250 ni más de $1,000.
(d) Por una violación de cualquier disposición de los párrafos (d) a (g), inclusive, del apartado 1, por un delito menor.3. Los términos de prisión prescritos por el apartado 2 deben imponerse para ser cumplidos consecutivamente.
4. Un gobierno local puede promulgar una ordenanza que regule el tiempo, lugar o modo en que una persona o grupo de personas puede mendigar o solicitar limosna en un lugar público o lugar abierto al público.