Ayudar y abetir en Nevada es cuando actúas como cómplice en un delito. De acuerdo con el NRS § 195.020, ayudar y abetir intencionalmente te hace responsable de los delitos que ayudas a cometer, y enfrentas las mismas penas que los principales.
Ejemplos comunes de ayudar y abetir son mantener una vigilancia durante un delito o ser un conductor de escape.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de Las Vegas discuten:
- 1. ¿Qué es ayudar y abetir en Nevada?
- 2. ¿Cuáles son algunos ejemplos de ayudar y abetir?
- 3. ¿Cuántos años obtengo por ayudar y abetir?
- 4. ¿Cómo es diferente la conspiración?
- 5. ¿Cómo lucho contra los cargos de responsabilidad de cómplice bajo el NRS 195.020?
1. ¿Qué es ayudar y abetir en Nevada?
La definición legal de Nevada de ayudar y abetir es ayudar, aconsejar o alentar a otra persona (s) – llamada el principal – para cometer un delito. Si ayudas o abetes a los principales en actividades criminales, se te llama cómplice.1
2. ¿Cuáles son algunos ejemplos de ayudar y abetir?
Las acciones que pueden calificar como ayudar y abetir un delito penal incluyen:
- Mantener una vigilancia en el lugar de un delito mientras el principal roba en una tienda;
- Actuar como el conductor de escape después de un robo a un banco;
- Proporcionar a alguien la combinación de una caja fuerte con la intención de que esa persona use la combinación para robar de la caja fuerte; o
- Darle a alguien herramientas con la intención de que esa persona las use para cometer un robo a una casa.
En pocas palabras, ayudar con la comisión de un delito de Nevada cuenta como “ayudar y abetir”. Incluso proporcionar información cuenta si sabes que el principal la usará para violar la ley.
3. ¿Cuántos años obtengo por ayudar y abetir?
En la mayoría de los casos en Nevada, ayudar y abetir conlleva la misma pena que el delito subyacente que ayudaste a llevar a cabo.2 Por ejemplo, ayudar y abetir un robo conlleva la sentencia estándar de robo de dos a 15 años en la prisión estatal de Nevada.
La principal excepción a esta regla es el secuestro de segundo grado (NRS 200.310). Los principales condenados por secuestro de segundo grado enfrentan dos a 15 años en la prisión estatal de Nevada y una posible multa de hasta $15,000. Por el contrario, los cómplices del secuestro de segundo grado enfrentan la misma pena de prisión potencial pero ninguna multa.3
Tenga en cuenta que las leyes federales para la responsabilidad de cómplices son en gran parte similares a la ley de Nevada: si se sospecha que está ayudando y abetiendo un delito federal, se le acusa del delito subyacente que supuestamente ayudó a los principales a llevar a cabo.4
4. ¿Cómo es diferente la conspiración?
Una conspiración (NRS 199.480) es cuando dos o más personas acuerdan participar en un delito juntos. Solo hacer el acuerdo califica como conspiración criminal. No importa si los conspiradores son exitosos al llevar a cabo el delito.
En contraste, puede ser condenado por auxiliar y cooperar sin haber hecho un acuerdo previo.
Ejemplo: Zack sabe que su amigo Mike está a punto de cometer un robo a una casa en Reno. Zack decide quedarse afuera para vigilar y poder llamar a Mike si ve a la policía acercándose. Si son atrapados, Mike y Zack podrían ser llevados al Centro de Detención de Washoe por robo (NRS 205.060) – Mike por cometer el robo, y Zack por auxiliar y cooperar. Sin embargo, no deberían ser acusados de conspiración porque Mike nunca acordó con Zack que él vigilaría.
Conspiración puede ser un delito de clase B o delito grave dependiendo del caso.5
5. ¿Cómo lucho contra los cargos de responsabilidad de cómplice bajo el NRS 195.020?
Hay muchas estrategias posibles para luchar contra los cargos de auxiliar y cooperar en un delito en Nevada. Las siguientes son algunas de las defensas más comunes:
- No hay auxilio ni cooperación. Solo porque sepa de un delito o esté en presencia de un lugar de un delito no lo hace cómplice. Mientras no facilite el delito de manera consciente, no es responsable de auxiliar o cooperar.
- El delito ya se ha cometido. Ayudar a un criminal conocido después de que el delito se haya cometido no es auxiliar y cooperar. Sin embargo, los fiscales podrían presentar cargos por ser un accesorio después de los hechos (NRS 195.030).
- No hay conocimiento del delito. No puede ser culpable de auxiliar y cooperar en un delito si no tiene conocimiento de que el principal está cometiendo un delito. Si el fiscal no puede demostrar más allá de una duda razonable que usted supiera o debería haber sabido del delito subyacente, entonces los cargos deben ser desestimados.
- Usted se retiró del delito. Si inicialmente planea auxiliar y cooperar en un delito, es posible que escape de la responsabilidad de cómplice siempre y cuando notifique a todos que ya no está participando y haga todo lo posible para evitar que el delito ocurra, como avisar a la policía. Si el abogado de la defensa puede demostrar que usted se retiró adecuadamente antes de auxiliar y cooperar en un delito, el caso criminal podría ser desestimado.
¿En California? Conozca las leyes de California para ayudar y cooperar.
Referencias legales
- Código Revisado de Nevada 195.020. Ver también Estado v. Plunkett, (2018) 429 P.3d 936, 134 Nev. Adv. Rep. 88. Ver también Desai v. Estado, (207) 133 Nev. 339, 398 P.3d 889, 133 Nev. Adv. Rep. 48.
- NRS 195.020.
- NRS 200.340.
- 18 U.S.C. 2.
- NRS 199.480.