En Colorado, es un delito grave vender, distribuir, fabricar o poseer con la intención de vender cualquier sustancia que pretenda ser una sustancia controlada genuina pero que no lo sea.
Las penas por violar la ley de drogas imitadas de Colorado pueden incluir:
- Hasta 1 año de encarcelamiento, y/o
- Una multa de hasta $100,000.
Y anunciar una droga imitación – incluso si no vendes ninguna realmente – es un delito menor grave. Las penas incluyen:
- 6-18 meses en la cárcel, y/o
- Una multa de $500-$5,000.
Para ayudarte a entender mejor la ley de Colorado sobre drogas imitadas, nuestros abogados de defensa criminal en Denver, Colorado discuten lo siguiente:
- 1. ¿Qué es una sustancia controlada imitación?
- 2. ¿Qué prohíben las leyes de Colorado sobre drogas imitadas?
- 3. Penas por drogas imitadas en Colorado
- 4. Defensas contra cargos por drogas imitadas en Colorado
1. ¿Qué es una sustancia controlada imitación?
La Sección 18-18-420 (4) de los Estatutos Revisados de Colorado (C.R.S.) establece:
Una “sustancia controlada imitación” significa una sustancia que no es la sustancia controlada que pretende ser pero que, por su apariencia, incluyendo color, forma, tamaño y marcas, por las representaciones hechas, y por la consideración de todos los factores relevantes establecidos en la sección 18-18-421, llevaría a una persona razonable a creer que la sustancia es la sustancia controlada que pretende ser.
18-18-421 C.R.S. (1) establece:
Al determinar si una sustancia es una sustancia controlada imitación, el juzgador puede considerar, además de todos los demás factores relevantes, lo siguiente:
(a) Declaraciones de un propietario o de cualquier persona que controle la sustancia sobre la naturaleza de la sustancia o su uso o efecto;
(b) Declaraciones hechas al receptor de que la sustancia puede ser revendida para obtener un beneficio desmedido que es más que el margen normal cobrado por minoristas legales de productos farmacéuticos similares;
(c) Si la sustancia está empaquetada de una manera normalmente usada para sustancias controladas ilícitas;
(d) Tácticas evasivas o acciones utilizadas por el propietario o persona que controla la sustancia para evitar la detección por parte de las autoridades policiales;
(e) La proximidad de la sustancia controlada imitación a cualquier sustancia controlada cuando se observa una conducta que se supone ilegal bajo este artículo.
La diferencia entre una sustancia controlada imitación y una sintética
Las sustancias controladas imitación o sustancias falsificadas son drogas destinadas a ser confundidas con las reales. A veces se conocen como drogas falsas o “bunk”.
Una sustancia controlada sintética (“droga de diseño”), por otro lado, no pretende ser otra droga. Es una alternativa a una sustancia controlada que está destinada a ser químicamente similar y a producir un efecto similar. A diferencia de una droga imitación o falsificada, puede o no parecerse a su equivalente “real”.
Ejemplos de sustancias controladas sintéticas incluyen:
- Cannabinoides sintéticos (marihuana falsa o “Spice”), Colorado 18-18-406.1 C.R.S., y
- Estimulantes sintéticos, como “Sales de baño”.
2. ¿Qué prohíben las leyes de Colorado sobre drogas imitadas?
Venta, fabricación, distribución y posesión para la venta
18-18-422 C.R.S. hace ilegal que una persona fabrique, distribuya o posea con la intención de distribuir una sustancia controlada imitación.
Para sostener una condena bajo 18-18-422 C.R.S., no necesitas saber que la sustancia es falsa. Si representas conscientemente que una droga es una sustancia controlada, no importa si realmente sabes que es falsa o si erróneamente crees que es real. Tu conocimiento real sobre la naturaleza de la sustancia es irrelevante.1
Publicidad o solicitud para una sustancia controlada imitación
18-18-422 C.R.S. también hace ilegal colocar en un periódico, revista, volante u otra publicación, o publicar o distribuir en un lugar público, un anuncio o solicitud que sepas promoverá la distribución de sustancias controladas imitadas.
Excepción para profesionales autorizados
La ley de Colorado que prohíbe la venta de sustancias controladas imitadas no se aplica a los profesionales – ya sean licenciados, registrados o de otro modo – que estén autorizados por el estado de Colorado para poseer, administrar, dispensar o distribuir una sustancia controlada, si la distribución, posesión, dispensación o administración de la sustancia controlada imitación se realiza en el curso legal de su práctica profesional.2
3. Penas por drogas imitadas en Colorado
Posesión para la venta, venta, fabricación o distribución de una sustancia controlada imitación
Fabricar, vender o distribuir una droga imitación o poseer una con la intención de venderla suele ser un delito grave de drogas nivel 4 en Colorado.
Las consecuencias de vender o tener la intención de vender una sustancia controlada imitación pueden incluir:
- 6 meses-1 año de encarcelamiento, y/o
- Una multa de $1,000-$100,000.
Sin embargo, una violación de 18-18-422 C.R.S. se convierte en un delito grave de drogas nivel 3 en Colorado cuando un adulto distribuye una sustancia controlada imitación a un menor y el adulto es al menos dos años mayor que el menor.
Como delito grave de drogas nivel 3, la venta de una droga imitación puede ser castigada con:
- 2-4 años de prisión, y/o
- Una multa de $2,000-$500,000.
El tiempo en prisión puede ser aún mayor para quienes están en libertad condicional por un delito grave al momento de la ofensa, o están sujetos a las sentencias agravadas de Colorado para delitos graves de drogas.
Publicidad de sustancias controladas imitadas
Anunciar una sustancia controlada imitación es un delito menor de drogas nivel 1 en Colorado.
Las penas por anunciar una sustancia controlada imitación pueden incluir:
- 6-18 meses en la cárcel, y/o
- Una multa de $500-$5,000.
4. Defensas contra cargos por drogas imitadas en Colorado
La mejor defensa para un delito de drogas en Colorado depende de los hechos específicos de tu caso. Pero las defensas comunes contra la fabricación, venta o posesión para la venta de una sustancia controlada imitación a menudo incluyen (sin limitación):
- Las drogas no eran tuyas y no ejerciste control sobre ellas,
- No sabías que poseías las drogas,
- No tenías la intención de vender las drogas,
- No vendiste ni anunciaste la sustancia,
- Estabas autorizado por el estado de Colorado para vender sustancias controladas y vendías la(s) droga(s) en cumplimiento con la ley estatal,
- Fuiste víctima de mala conducta policial (como inducción al delito), o
- Las drogas fueron encontradas durante una búsqueda e incautación ilegal.
Sin embargo, NO es una defensa que creyeras que la sustancia que vendiste o poseíste para la venta era una sustancia controlada real. Mientras hayas representado conscientemente que era una sustancia controlada, eres culpable de este delito.
Referencias legales:
- People v. Pharr, 1984, 696 P.2d 235.
- 18-18-424 C.R.S.