Es un delito alterar o eliminar intencionalmente un número de identificación de vehículo (VIN), número de fabricante o número de motor con la intención de falsear la identidad o impedir la identificación de un vehículo motorizado o de una parte importante del mismo. 1
De manera similar, es un delito poseer o transferir un vehículo o una parte importante si se sabe que el VIN, el número de fabricante o el número de motor han sido alterados o eliminados ilegalmente.
En Colorado, la manipulación de VIN está prohibida según 18-4-420 (3) C.R.S. Violas esta ley cuando sabes que haces cualquiera de las siguientes cosas a un número de VIN, número de fabricante o número de motor:
- eliminar,
- cambiar,
- alterar,
- contrafaer,
- desfigurar,
- destruir,
- disfrazar,
- falsificar,
- forjar, o
- borrarlo;
O
- cuando posees un vehículo o parte que alguien más haya hecho cualquiera de estas acciones.
La manipulación de un número de identificación de vehículo (VIN) está prohibida según 18-4-420 (3) C.R.S.
Penalidades por eliminar o alterar un VIN
Alterar o eliminar un número de identificación de vehículo es un delito de clase 5 de Colorado. La pena puede incluir:
- 1-3 años de prisión, y/o
- Una multa de $1,000-$100,000.
Además, una consecuencia de poseer un vehículo o parte de un auto con un VIN alterado es que puede ser confiscado por la policía de Colorado y destruido por orden judicial. Para evitar esto, si accidentalmente has destruido o alterado un VIN u otra identificación de vehículo, puedes obtener un número de reemplazo especial del Departamento de Vehículos Motorizados de Colorado, según lo dispuesto en 42-5-110 C.R.S.
Defensas para eliminar o alterar un VIN
Las mejores defensas para los cargos de manipulación de VIN de Colorado dependen de los hechos específicos de tu caso. Las defensas comunes a menudo incluyen, sin embargo:
No sabías que el VIN estaba alterado
No eres culpable según 18-4-420 (3) C.R.S. a menos que sabes que alteraste o eliminaste el VIN, el número de fabricante o el número de motor o sabes que posees un auto con identificación eliminada o alterada.
Bajo 18-1-501 (6) C.R.S., cometes un delito “conscientemente” cuando:
- Eres consciente de que tu conducta es una prohibida por una ley penal, o
- Eres consciente de que la conducta es prácticamente segura para causar un resultado prohibido por una ley penal.
No tenías la intención de prevenir la identificación
Para violar 18-4-420 (3) C.R.S., debes haber tenido la intención de falsear la identidad o prevenir la identificación del vehículo o parte.
Por lo tanto, si, por ejemplo, estabas reparando una pieza del motor y accidentalmente borrabas un número, no has violado la ley. Sin embargo, es posible que desees contactar con el DMV de Colorado para obtener un número de identificación de reemplazo para prevenir que el vehículo o parte sea confiscado y posiblemente destruido.
El coche o la parte fue descubierto durante una búsqueda ilegal
Un vehículo o parte que fue descubierto como resultado de una búsqueda y detención ilegal no puede ser usado como evidencia en tu contra en un tribunal.
Si crees que has sido víctima de una búsqueda ilegal, te invitamos a contactarnos para una consulta gratuita. Nuestros abogados de robo de automóviles de Denver estarán encantados de discutir todas las mejores defensas para tus cargos de Colorado por manipulación de VIN o posesión de un vehículo o parte con un VIN alterado.
Llámanos para ayuda…
Llámanos para ayuda
Si tú o alguien que conoces ha sido acusado de violar Colorado 18-4-420 (3) C.R.S., te invitamos a contactarnos para una consulta gratuita.
Nuestros compasivos abogados de robo de automóviles de Denver saben que hay dos lados en cada historia. Nuestro trabajo es presentar el tuyo y luchar para reducir o desestimar los cargos en tu contra.
Para hablar con uno de nuestros conocedores abogados de defensa penal de Denver, simplemente completa el formulario en esta página, o llámanos al:
Grupo de Defensa Legal de Colorado
4047 Tejon Street
Denver, CO 80211
(303) 222-0330
Para obtener más información sobre el delito relacionado con la propiedad o el funcionamiento de un taller de desguace, consulte nuestro artículo sobre Propiedad o Funcionamiento de un Taller de Desguace en Denver, 18-4-420 (1) C.R.S.
Referencias legales:
- 18-4-420 (5)(b) define “pieza de motor de componente principal” como:
- (I) El motor;
- (II) La transmisión;
- (III) Una aleta delantera;
- (IV) El capó;
- (V) Cualquier puerta que permita el acceso o la salida del compartimiento de pasajeros del vehículo;
- (VI) El parachoques delantero o trasero;
- (VII) Un panel trasero;
- (VIII) La tapa de la maleta, la puerta trasera o la puerta trasera;
- (IX) El piso de la maleta;
- (X) La caja de carga de una camioneta;
- (XI) El marco, o si el vehículo tiene un cuerpo unitario, la estructura o estructuras de soporte que sirven como marco;
- (XII) La cabina de un camión;
- (XIII) El cuerpo de un vehículo de pasajeros;
- (XIV) Un airbag o ensamblaje de airbag;
- (XV) Una rueda o un neumático; o
- (XVI) Cualquier otra parte de un vehículo motorizado que sea comparable en diseño o función a cualquiera de las partes que se han enumerado, o que hayan sido etiquetadas con un número de identificación único y rastreable, por el fabricante del vehículo motorizado o la parte.