Es un delito alterar o eliminar intencionalmente un número de identificación del vehículo (VIN), número del fabricante o número de motor con la intención de falsear la identidad o impedir la identificación de un vehículo motorizado o una pieza principal de vehículo motorizado.1
De manera similar, es un delito poseer o transferir intencionalmente un vehículo o una pieza principal si sabe que el VIN, número del fabricante o número de motor ha sido alterado o eliminado ilegalmente.
En Colorado, la manipulación del VIN está prohibida bajo 18-4-420 (3) C.R.S. Usted viola esta ley cuando intencionalmente hace cualquiera de las siguientes acciones a un VIN, número del fabricante o número de motor:
- eliminar,
- cambiar,
- alterar,
- falsificar,
- desfigurar,
- destruir,
- disfrazar,
- falsificar,
- forjar, o
- obliterarlo;
O
- cuando posee un vehículo motorizado o pieza a la que otra persona le haya hecho cualquiera de estos actos.
La manipulación del Número de Identificación del Vehículo (VIN) está prohibida bajo 18-4-420 (3) C.R.S.
Penalizaciones por eliminar o alterar un VIN
Alterar o eliminar un número de identificación del vehículo es un delito grave de clase 5 en Colorado. El castigo puede incluir:
- 1-3 años de prisión, y/o
- Una multa de $1,000-$100,000.
Además, poseer un vehículo o pieza con un VIN alterado puede resultar en su confiscación por parte de las autoridades de Colorado y destrucción por orden judicial. Para evitar esto, si ha destruido o alterado accidentalmente un VIN u otra identificación del vehículo, puede obtener un número de identificación de reemplazo especial del Departamento de Vehículos Motorizados de Colorado, según lo dispuesto en 42-5-110 C.R.S.
Defensas para eliminar o alterar un VIN
Las mejores defensas contra cargos de manipulación del VIN en Colorado dependen de los hechos específicos de su caso. Sin embargo, las defensas comunes incluyen:
No sabía que el VIN estaba alterado
No es culpable bajo 18-4-420 (3) C.R.S. a menos que intencionalmente haya alterado o eliminado el VIN, número del fabricante o número de motor o intencionalmente haya poseído un vehículo con identificación eliminada o alterada.
Bajo 18-1-501 (6) C.R.S. comete un delito “intencionalmente” cuando:
- Es consciente de que su conducta está prohibida por un estatuto penal, o
- Es consciente de que la conducta es prácticamente segura que cause un resultado prohibido por un estatuto penal.
No tenía la intención de impedir la identificación
Para violar 18-4-420 (3) C.R.S., debe haber tenido la intención de falsear la identidad o impedir la identificación del vehículo o pieza.
Por ejemplo, si estaba reparando una pieza del motor y accidentalmente desfiguró un número, no ha violado la ley. Sin embargo, podría querer contactar al DMV de Colorado para obtener un número de identificación de reemplazo y evitar que el vehículo o pieza sea confiscado y posiblemente destruido.
El vehículo o pieza fue descubierto durante una búsqueda ilegal
Un vehículo o pieza descubierto como resultado de una búsqueda y confiscación ilegal no puede usarse como evidencia en su contra en la corte.
Si cree que ha sido víctima de una búsqueda ilegal, le invitamos a contactarnos para una consulta gratuita. Nuestros abogados de robo de autos en Denver estarán encantados de discutir todas las mejores defensas para sus cargos en Colorado por manipulación del VIN o posesión de un vehículo o pieza con un VIN alterado.
Para conocer el delito relacionado de poseer u operar un taller clandestino, consulte nuestro artículo sobre Poseer u Operar un Taller Clandestino en Denver, 18-4-420 (1) C.R.S.
Referencias legales:
- 18-4-420. El texto del código dice lo siguiente:
(1) Una persona comete la propiedad u operación de un taller clandestino si intencionalmente:
(a) Posee u opera un taller clandestino, sabiendo que es un taller clandestino, o conspira con otra persona para poseer u operar un taller clandestino, sabiendo que es un taller clandestino;
(b) Transporta un vehículo motorizado o pieza principal de vehículo motorizado obtenida ilegalmente hacia o desde un taller clandestino, sabiendo que es un taller clandestino; o
(c) Vende o transfiere a, o compra o recibe de, un taller clandestino, sabiendo que es un taller clandestino, un vehículo motorizado o pieza principal de vehículo motorizado obtenida ilegalmente.
(2) Una violación del párrafo (a) del inciso (1) de esta sección es un delito grave de clase 4. Una violación del párrafo (b) o (c) del inciso (1) de esta sección es un delito grave de clase 5.
(3)(a) Una persona comete alterar o eliminar un número de identificación del vehículo si intencionalmente:
(I) Elimina, cambia, altera, falsifica, desfigura, destruye, disfraza, falsifica, forja u obliterar el número de identificación del vehículo, número del fabricante o número de motor de un vehículo motorizado o pieza principal de vehículo motorizado con la intención de falsear la identidad o impedir la identificación de un vehículo motorizado o pieza principal de vehículo motorizado; o
(II) Posee, compra, dispone, vende o transfiere un vehículo motorizado o pieza principal de vehículo motorizado con conocimiento de que contiene un número de identificación del vehículo, número del fabricante o número de motor eliminado, cambiado, alterado, falsificado, desfigurado, destruido, disfrazado, falsificado, forjado u obliterado, a menos que dicho vehículo motorizado o pieza principal de vehículo motorizado cumpla con las disposiciones de sección 42-5-110, C.R.S.
(b) Este inciso (3) no se aplica a una parte privada o a un agente de una parte privada que actúe con la autorización de una agencia de aplicación de la ley para confiscar, retener, reciclar, transportar o disponer legalmente de un vehículo motorizado o pieza principal de vehículo motorizado con un número de identificación del vehículo, número del fabricante o número de motor que esté eliminado, cambiado, alterado, falsificado, desfigurado, destruido, disfrazado, falsificado, forjado u obliterado.
(4) Alterar o eliminar un número de identificación del vehículo es un delito grave de clase 5.
(5) Según se usa en esta sección, a menos que el contexto requiera lo contrario:
(a) “Taller clandestino” significa cualquier edificio, lote, instalación u otra estructura o local donde:
(I) Cualquier persona o personas posean, reciban, almacenen, desarmen o alteren, incluyendo la alteración o ocultación de cualquier característica o número identificativo, un vehículo motorizado o pieza principal de vehículo motorizado obtenida ilegalmente con el propósito de usar, vender o disponer del vehículo motorizado o pieza principal de vehículo motorizado; o
(II) Dos o más vehículos motorizados obtenidos ilegalmente estén presentes con el propósito de alteración, venta o disposición; o
(III) Seis o más piezas principales de vehículo motorizado obtenidas ilegalmente de dos o más vehículos motorizados estén presentes con el propósito de alteración, venta o disposición.
(b) “Pieza principal de vehículo motorizado” significa cualquiera de las siguientes partes de un vehículo motorizado:
(I) El motor;
(II) La transmisión;
(III) Un guardabarros delantero;
(IV) El capó;
(V) Cualquier puerta que permita la entrada o salida del compartimento de pasajeros del vehículo;
(VI) El parachoques delantero o trasero;
(VII) Un panel trasero lateral;
(VIII) La tapa del maletero, portón trasero o hatchback;
(IX) El piso del maletero;
(X) La caja de carga de una camioneta;
(XI) El chasis, o si el vehículo tiene una carrocería unificada, la estructura o estructuras de soporte que sirven como chasis;
(XII) La cabina de un camión;
(XIII) La carrocería de un vehículo de pasajeros;
(XIV) Una bolsa de aire o conjunto de bolsa de aire;
(XV) Una rueda o neumático; o
(XVI) Cualquier otra parte de un vehículo motorizado que sea comparable en diseño o función a cualquiera de las partes listadas, o que haya sido etiquetada con un número de identificación rastreable único, por el fabricante del vehículo motorizado o pieza.
(c) “Vehículo motorizado” significa todos los vehículos de cualquier descripción que sean impulsados por cualquier potencia que no sea la fuerza muscular; excepto que “vehículo motorizado” no incluye vehículos que circulan sobre rieles.
(d) “Obtenido ilegalmente” significa obtenido por robo, fraude o engaño o sin el permiso del propietario.