Los extranjeros cuyos países son demasiado peligrosos para que regresen pueden obtener el Estatus de Protección Temporal (TPS) en los Estados Unidos. El TPS permite a los extranjeros vivir y trabajar en los EE. UU. hasta que sea seguro para ellos regresar a casa.
Para ayudarlo a comprender mejor cómo obtener el Estatus de Protección Temporal, nuestros abogados de inmigración de California discuten a continuación:
- 1. ¿Quién es elegible para el Estatus de Protección Temporal?
- 2. ¿Cómo solicito el TPS?
- 3. ¿Cuánto cuesta obtener el estatus de protección temporal?
- 4. ¿Qué evidencia necesito presentar con mi solicitud?
- 5. ¿Qué beneficios otorga el TPS?
1. ¿Quién es elegible para el Estatus de Protección Temporal?
Para recibir el Estatus de Protección Temporal, un extranjero en los EE. UU. debe:
- Ser nacional de un país actualmente designado como un país TPS o, si el extranjero no tiene nacionalidad, haber vivido por última vez en un país TPS designado;
- Presentar una petición de TPS durante el período de registro o re-registro inicial para el país correspondiente; y
- Haber estado presente y residiendo continuamente en los EE. UU. (excepto breves ausencias temporales) desde la fecha de designación más reciente para el país del extranjero.
Los países TPS incluyen aquellos que:
- Están involucrados en un conflicto armado en curso;
- Han experimentado un desastre ambiental o una epidemia (como el brote de ébola de 2014-2016 en África Occidental); o
- Han experimentado otra condición extraordinaria y temporal que hace que sea inseguro para sus nacionales regresar.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) mantiene una lista de países actualmente designados como países TPS.
La lista también contiene la fecha aplicable en la que el país fue designado como un país con TPS, así como la fecha de vencimiento de la designación de TPS y las fechas del período de registro y/o re-registro actual.
Hacer clic en el nombre de un país en la lista llevará a una página con información más específica para ese país.
1.1. ¿Quién no es elegible?
Un extranjero NO es elegible para obtener o mantener TPS si:
- Ha sido condenado por cualquier delito grave o por dos o más delitos menores cometidos en los Estados Unidos;
- Es inadmisible como inmigrante a los EE. UU. por motivos criminales o de seguridad no eximibles;1
- Está sujeto a una prohibición obligatoria para el asilo en los Estados Unidos (como haber participado en la persecución o en la actividad terrorista);
- No cumple con los requisitos de presencia física y residencia continua en los EE. UU.; o
- No se registra o no se re-registra a tiempo para TPS sin una buena causa.
1.2. ¿Qué pasa si soy inadmisible a los EE. UU.?
Si un extranjero conoce un motivo de inadmisibilidad exigible, también debe presentar un Formulario I-601, Solicitud de Exención de Motivos de Inadmisibilidad. Si USCIS ya ha eximido la inadmisibilidad (por ejemplo, con una solicitud de TPS anterior), el extranjero no necesita volver a solicitar la exención.
USCIS generalmente otorgará una exención de inadmisibilidad:
- Por motivos humanitarios,
- Para mantener unidos a los familiares, o
- Cuando sea de interés público.
Cuesta $930 presentar una solicitud de exención de inadmisibilidad Formulario I-601, pero puede estar disponible una exención de tarifas.
2. ¿Cómo solicito TPS?
Para obtener TPS, un extranjero primero debe confirmar que su país está actualmente en la lista de TPS.
Luego el extranjero debe completar y presentar:
- Formulario I-821, Solicitud de Estado de Protección Temporal,
- Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo (ya sea que desee o no empleo),
- Una solicitud de exención de inadmisibilidad Formulario I-601, si es necesario, y
- Todas las tarifas aplicables o una Solicitud de Exención de Tarifas I-192.
3. ¿Cuánto cuesta solicitar el estado de protección temporal?
Los solicitantes de TPS por primera vez deben presentar una tarifa de $50 con su Formulario I-821. No hay tarifa de Formulario I-821 para el re-registro.
Los solicitantes de 14 años o más también deben pagar una tarifa de $85 por servicios biométricos (huellas dactilares, verificación de antecedentes y otras verificaciones de identidad).
Todos los solicitantes también deben presentar un Formulario I-765 Solicitud de Documento de Autorización de Empleo (EAD), incluso si no necesitan o desean un EAD. Hay una tarifa de presentación de $410 para el Formulario I-765, pero se puede solicitar una exención de tarifas.
Y finalmente, si el extranjero es inadmisible a los EE. UU., también debe solicitar un Formulario I-601 Exención de Motivos de Inadmisibilidad. La exención I-601 requiere una tarifa de presentación adicional de $930, aunque se puede solicitar una exención de tarifas.
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