La defensa de parada repentina puede ser usada por el conductor del vehículo que sigue en un accidente de auto por colisión trasera. Si bien generalmente, el conductor del vehículo que sigue es responsable en estos accidentes, eso no siempre es el caso. Si el conductor delantero se detiene repentinamente, en ciertas circunstancias pueden ser responsables o al menos compartir algo de culpa por el accidente.
¿Si el conductor delantero hace una parada repentina, pueden ser responsables por un accidente de auto?
En una colisión trasera, la parte delantera del vehículo que sigue choca con la parte trasera del vehículo que lleva. En algunas circunstancias limitadas, el conductor del vehículo que lleva puede ser responsable, o al menos parcialmente responsable, por el accidente por detenerse repentinamente de una manera insegura. Esto se conoce como la defensa de parada repentina.
Algunos estados tienen leyes de tránsito como Código de Vehículos de California 22109 CVC, que prohíbe a los conductores detenerse abruptamente sin señalizar adecuadamente a los conductores inmediatamente detrás de ellos.1
La defensa de parada repentina es planteada por el conductor del vehículo que sigue. Generalmente es parte de una demanda por lesiones personales en la que el conductor del vehículo que lleva afirma que el vehículo que sigue causó el accidente. El conductor del vehículo que sigue entonces hace una contrainterrogatorio de que fue el vehículo que lleva el que lo causó al no tomar un cuidado razonable para otros conductores cuando frenaron.
La defensa de parada repentina puede ser una fuerte si el conductor delantero:
- no tenía luces de freno funcionando,
- frenó bruscamente en un arranque de ira en la carretera,
- estaba manejando ebrio o bajo la influencia de drogas, o
- intencionalmente frenó para tratar de causar un accidente en una instancia de fraude de seguros.
Incluso en estos casos, sin embargo, el conductor que sigue todavía puede ser responsable parcialmente por seguir demasiado de cerca.
¿Por qué el conductor que sigue normalmente es responsable?
En un accidente de auto por colisión trasera, el conductor que sigue normalmente es el que es responsable. Esto se debe a que todos los estados tienen una ley de tránsito que prohíbe a los conductores de seguir otros vehículos demasiado de cerca.
En California, esta ley es Código de Vehículos de California 21703 CVC. Esta ley impone un deber de cuidado a los conductores para mantener una distancia de seguimiento segura. Una colisión trasera es una fuerte evidencia de que estabas siguiendo el vehículo delante de ti demasiado de cerca y no proporcionando una distancia de seguimiento segura.
No hay una medida específica que equivalga a una distancia segura de seguimiento. En cambio, la distancia entre la parte delantera de su automóvil y la parte trasera del que está delante debe ser lo que una persona razonable mantendría en circunstancias similares. Algunos factores que pueden influir en lo que es una distancia de seguimiento razonablemente segura son:
- condiciones de carretera mojadas,
- la distancia de frenado y el peso del vehículo líder (los vehículos más pequeños y ligeros, como las motocicletas, pueden detenerse más rápido que los más pesados),
- la distancia de frenado y el peso del vehículo que sigue (los camiones grandes tardan más en detenerse),
- visibilidad,
- si había mucho tráfico en la carretera,
- si hay peligros o distracciones en la carretera, como niños jugando en un área residencial, que podrían requerir una detención repentina, y
- si es de día o de noche.
Estos factores pueden cambiar la longitud de una distancia de seguimiento segura. No mantener una distancia segura de seguimiento viola la ley de tránsito. Debido a que esta ley de tránsito en particular está diseñada para proteger a los vehículos líderes de colisiones frontales, si el conductor que sigue la viola, puede equivaler a negligencia por sí misma. El hecho de que el accidente ocurriera mientras el conductor que sigue estaba en violación de la ley lo hace presuntivamente responsable.
¿Cómo funciona la culpa compartida en una reclamación por lesiones personales?
Muchos accidentes de automóvil, incluidas las colisiones frontales, no son solo culpa de un conductor. Muchos son accidentes de culpa compartida. Tanto el conductor que sigue como el conductor líder tienen alguna responsabilidad. Diferentes estados usan diferentes reglas para la distribución de responsabilidad en estos accidentes. Estas reglas se dividen en 3 categorías:
- negligencia contributiva,
- negligencia comparativa pura, y
- negligencia comparativa modificada.
Solo unos pocos estados, como Virginia,2 todavía usan negligencia contributiva. En estos estados, si contribuyes en absoluto al accidente, entonces no puedes recuperar ninguna compensación por tus lesiones. Esto a menudo condena un caso de lesiones personales presentado por el conductor del vehículo que sigue contra el conductor líder bajo la defensa de detención repentina.
Muchos estados, incluidos Florida y California,3 usan negligencia comparativa pura. En estos estados, el jurado en su juicio por lesiones personales debe asignar un porcentaje de responsabilidad a cada parte involucrada. Su compensación se reduce entonces por su parte de culpa. Para los conductores de vehículos que siguen involucrados en accidentes traseros, la negligencia comparativa pura es la regla de culpa compartida más amigable.
Algunos estados, como Texas,4 usan negligencia comparativa modificada. Al igual que con la versión pura de esta regla, el jurado asigna un porcentaje de responsabilidad y su compensación se reduce por su parte de culpa. Sin embargo, a diferencia de los estados de negligencia comparativa pura, se le prohíbe recuperar cualquier compensación si fue más de la mitad responsable del accidente.
La mejor manera de demostrar que no fue responsable o que su parte de responsabilidad fue muy pequeña, es establecer una relación abogado-cliente con un abogado de lesiones personales de una firma de abogados de buena reputación.
¿Cómo es esto diferente de la doctrina de emergencia repentina?
La defensa de parada repentina es diferente de la doctrina de emergencia repentina.
La doctrina de emergencia repentina sostiene que la negligencia no conducirá a la responsabilidad por un accidente si la acción negligente surge de una situación de emergencia.
En California, por ejemplo, tienes que probar lo siguiente para plantear la defensa de emergencia repentina:
- hubo una situación de emergencia repentina e inesperada que puso a alguien en peligro de lesión inmediata, real o aparente,
- la persona que plantea la defensa de emergencia repentina no causó la emergencia, y
- la persona que plantea la defensa actuó como lo haría una persona razonablemente cuidadosa en circunstancias similares, aunque la retrospectiva ahora muestre que un curso de acción diferente habría sido más seguro.5
En el contexto de un choque trasero, la defensa de emergencia repentina podría plantearse por el conductor del vehículo principal, no el que sigue. La defensa de emergencia repentina desafiaría la alegación de que el conductor principal era responsable del accidente. Esto hace que la doctrina de emergencia repentina sea una réplica a la defensa de parada repentina. Argumentaría que, si el conductor principal se detuvo demasiado de repente, fue solo por una emergencia repentina.
Por ejemplo: Loretta está conduciendo con seguridad por la carretera. Terry está detrás de ella a lo que él cree que es una distancia segura. Un niño se desliza a la carretera delante de Loretta. Loretta frena bruscamente y se detiene de repente. Terry no puede detenerse a tiempo y choca con Loretta. Loretta demanda a Terry por el accidente de vehículo motorizado. Terry plantea la defensa de parada repentina, alegando que Loretta debe ser responsable porque se detuvo de manera irrazonable. Loretta plantea la defensa de emergencia repentina, argumentando que tuvo que detenerse rápidamente para salvar al niño.
Estos casos de accidentes pueden ser complejos. Un abogado de lesiones personales experimentado puede ayudar a las víctimas u otros pasajeros en el vehículo del demandante a recuperar una compensación de la compañía de seguros del conductor demandado.
Referencias legales:
- Ver, por ejemplo, Ley de Vehículos y Tráfico de Nueva York 1163(c).
- Coutlakis v. CSX Transportation, Inc., 796 S.E.2d 556 (2017).
- Li v. Yellow Cab Co., 13 Cal.3d 804 (1975) (California) y Estatutos de Florida 768.81.
- Código de Práctica Civil y Remedios de Texas 33.001.
- Instrucciones de Jurado Civil de California (CACI) No. 452.