
Código de Educación 35330d es la estatuta de California que proporciona a los distritos escolares inmunidad de viaje de campo.
Esta inmunidad generalmente significa que los distritos escolares no son responsables de las lesiones que sufren las personas cuando están en un viaje de campo. “Personas” incluyen:
- estudiantes,
- maestros, y
- acompañantes.
Tenga en cuenta, sin embargo, que a pesar de esta inmunidad, una parte lesionada en un viaje de campo todavía podría intentar demandar a una escuela por negligencia. La ley de California define “negligencia” como el fracaso en el uso de un cuidado razonable para prevenir daños a uno mismo o a otros.
Dependiendo de los hechos del caso, un viajero de campo podría intentar obtener compensación por las lesiones incurridas demostrando que la escuela fue negligente en el curso del viaje de campo.
1. ¿Cuál es el Código de Educación de California 35330d?
Código de Educación 35330 es la estatuta de California que establece inmunidad de viaje de campo escolar.
El lenguaje de la ley dice:
“Todas las personas que realicen el viaje o excursión se considerarán como habiendo renunciado a todas las reclamaciones contra el distrito, una escuela charter o el Estado de California por lesiones, accidentes, enfermedades o muerte ocurridas durante o por motivo del viaje o excursión”. 1
En general, esto significa que las escuelas no son responsables por las lesiones sufridas en los viajes de campo por:
- estudiantes,
- maestros, o
- acompañantes.
2. ¿Las partes lesionadas todavía pueden demandar por negligencia?
La amplia redacción de EC 35330d no parece que proporcione a las escuelas inmunidad al 100% en todos los viajes de campo y en todas las circunstancias. Dependiendo de los hechos de un caso, una parte lesionada podría intentar responsabilizar a una escuela por lesiones en un viaje de campo bajo una teoría de negligencia.
Para recuperar daños en una demanda por lesiones personales bajo una teoría de negligencia, un demandante generalmente necesita probar tres cosas:
- que el demandado le debía al demandante una deber de cuidado,
- que el demandado incumplió tal deber a través de un acto negligente o descuidado, y
- que la negligencia del demandado fue un factor sustancial en la causación de la lesión.2
En el contexto de un viaje de campo, los funcionarios escolares definitivamente tienen un deber de mantener a los niños razonablemente seguros durante el evento.
Para una demanda por lesiones personales de esta naturaleza, la pregunta principal sería si los funcionarios escolares incumplieron este deber. En otras palabras, ¿ocurrió negligencia que impidiera que la inmunidad del viaje de campo funcionara?
La ley de California define “negligencia” como el fracaso en el uso de un cuidado razonable para prevenir daños a uno mismo o a otros. Parece que algún tipo de negligencia podría ocurrir que todavía impondría responsabilidad a una escuela por lesiones en un viaje de campo.
Mientras que la responsabilidad dependería de los hechos de un caso, algunos factores que podrían influir en la decisión de un tribunal son:
- la ubicación del viaje de campo,
- la duración del viaje,
- la edad de los estudiantes,
- el título de trabajo o el papel de la parte negligente, y
- los deberes de la parte negligente.
3. ¿Puede una víctima recuperar daños?
Tal vez. Un tribunal podría otorgar daños si encontrara que:
- se produjo negligencia, y
- la inmunidad en EC 35330 no se aplicó,
Estos daños se conocen como “daños compensatorios” y sirven para compensar a la persona lesionada por cualquier pérdida incurrida.
Los daños compensatorios incluyen:
- “económicos” (pecuniarios) daños, como facturas médicas, daños a la propiedad y pérdida de salarios, y,
- “no económicos” daños, como dolor y sufrimiento.
4. ¿Cuál es la ley de “negligencia comparativa” de California?
La ley de negligencia comparativa de California se aplica en casos en los que la negligencia de la víctima de un accidente ayudó a causar sus lesiones.
Bajo la ley, una persona lesionada en un accidente todavía puede recuperar daños incluso cuando él o ella es parcialmente responsable por el accidente. Por ejemplo, una parte que solo sea responsable en un 25 por ciento de causar el accidente solo será responsable de pagar el 25% de los daños.3
California es un estado de negligencia comparativa pura. Esto significa que las víctimas todavía pueden recuperar algunos daños incluso si son el 99% responsables del accidente. Esto contrasta con una doctrina de negligencia comparativa modificada, aplicada en algunos otros estados, que impide a los demandantes recuperar daños si son responsables en un 50% o más.