ARS § 13-1424 es la ley de Arizona que define el delito de voyeurismo. Cometes este delito si:
- invades la privacidad de una persona con el propósito de estimulación sexual, o
- toma una fotografía o una película mientras lo hace y la distribuye o la publica.
Una violación de esta ley es un delito de clase 5 castigable con más de dos años en prisión estatal.
Ejemplos
- mirar a una persona desvestirse sin que esa persona lo sepa.
- mirar furtivamente por la ventana de un vecino y ver a una pareja teniendo relaciones sexuales.
- fotografiar a una mujer mientras se ducha y publicar las fotos en las redes sociales.
Defensas
Los abogados de defensa penal recurren a varias estrategias legales para ayudar a los clientes a combatir los cargos de voyeurismo. Algunos comunes incluyen demostrar que:
- el acusado actuó con el consentimiento de la “víctima”,
- no hubo invasión de la privacidad, y/o
- el acusado estaba exento bajo la ley.
Penas
Una violación de esta sección del código penal es un delito de clase 5 (en lugar de un delito misdemeanor). El delito es castigable con:
- custodia en prisión estatal de hasta dos años y seis meses, y/o
- una multa máxima de $150,000.
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal discutirán qué es la ley bajo este estatuto, las defensas disponibles si se acusa, las penas por una condena y los delitos relacionados.
1. ¿Cómo define la ley de Arizona el “voyeurismo”?
Las personas en Arizona son culpables de voyeurismo si:
- invaden de manera consciente la privacidad de otra persona sin el conocimiento de la otra persona con el propósito de estimulación sexual, o
- toman una fotografía o una película mientras lo hacen y la divulgan, muestran, distribuyen o publican.i
A los efectos de esta sección, la privacidad de una persona se invade si:
- la persona tiene una expectativa razonable de que no será fotografiada, grabada en vídeo, filmada, sometida a una grabación digital o de otro modo vista o grabada, y
- la persona es fotografiada, filmada o vista:
– mientras la persona está desnuda, sin vestir o parcialmente vestida,
– mientras la persona está practicando el coito, el contacto sexual, la actividad sexual o el comportamiento sexual,
– mientras la persona está orinando o defecando, o
– de una manera que captura directa o indirectamente o permite ver los genitales, los glúteos o el seno femenino de la persona, ya sea vestido o desvestido.ii
Tenga en cuenta que hay algunas excepciones bajo esta ley. Por ejemplo, una persona no es culpable de voyeurismo si se aplica cualquiera de lo siguiente:
- una persona fotografía, filma o ve a alguien con fines de seguridad y hay un aviso publicado de la fotografía, filmación o visualización,
- los agentes de la ley fotografían, filman o ven a alguien de acuerdo con una investigación legal, o
- las personas están usando legalmente dispositivos de vigilancia infantil. iii
Tenga en cuenta que algunos estados dividen el delito de voyeurismo en diferentes grados, como primer grado, segundo grado y tercer grado. Sin embargo, Arizona no lo hace. Solo tiene una forma de voyeurismo.
2. ¿Hay defensas para un cargo presentado bajo ARS 13-1424?
Las personas acusadas de un delito bajo este estatuto tienen el derecho legal de impugnarlo con una defensa legal. Tres defensas comunes incluyen que los acusados demuestren que:
- actuaron con el consentimiento de la “víctima”.
- no invadieron la privacidad de una persona.
- están exentos bajo la ley.
2.1 Consentimiento
Las personas no son culpables de voyeurismo si la “víctima” sabía que otra persona lo estaba viendo y esa persona consintió la visualización. Por lo tanto, los acusados siempre pueden intentar defenderse de un cargo demostrando que actuaron con consentimiento.
2.2 Sin invasión de privacidad
Recuerde que las personas solo son culpables de este delito si invaden la privacidad de otra persona. Además, hay varios elementos que un fiscal debe probar para demostrar que un acusado invadió la privacidad de la “víctima”. Esto significa que siempre es una defensa para un acusado demostrar que no invadió la privacidad de la “víctima”.
2.3 Exención
Recuerde también que ciertas exenciones se aplican a esta ley. Los acusados, entonces, pueden desafiar un cargo demostrando que caían en una de estas exenciones. Por ejemplo, tal vez el acusado estaba viendo a alguien mientras seguía el protocolo de seguridad legal.
3. ¿Cuáles son las penas?
Una violación del apartado A o B de este estatuto es una felonia de Clase 5.iv Una felonia de Clase 5 es castigable con una condena de prisión estatal de hasta dos años y seis meses.
Si un cargo de voyeurismo se clasifica como un “delito peligroso”, entonces el delito es castigable con hasta cuatro años de prisión.
Tenga en cuenta que algunos delitos sexuales en Arizona resultan en que el infractor tenga que registrarse como delincuente sexual. Sin embargo, una persona condenada por voyeurismo no tiene que registrarse como tal.
Ejemplos de algunos delitos sexuales que sí requieren registro como delincuente sexual incluyen:
- abuso sexual de un menor,
- abuso de un menor,
- agresión sexual,
- cualquier tercera o posterior ofensa de exposición indecente o indecencia sexual pública,
- explotación sexual de un menor,
- extorsión sexual cuando la víctima tenía menos de 15 años de edad.v
4. ¿Hay delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con el voyeurismo. Estos incluyen:
- divulgación ilegal de imágenes explícitas – ARS 13-1425,
- fotografía furtiva – ARS 13-3019, y
- extorsión – ARS 13-1804.
4.1 Divulgación ilegal de imágenes explícitas – ARS 13-1425
De acuerdo con ARS 13-1425, divulgación ilegal de imágenes explícitas, es el delito en el que las personas intencionalmente divulgan imágenes involucradas o desnudas de otra persona y lo hacen para dañar, acosar o amenazar a esa persona.
La divulgación ilegal de imágenes explícitas también se conoce como “porno de venganza”.
A diferencia del voyeurismo, el porno de venganza requiere que una persona divulgue ciertas imágenes con la intención de dañar, acosar o amenazar a una persona.
4.2 Fotografía furtiva – ARS 13-3019
De acuerdo con ARS 13-3019, fotografía furtiva, es el delito en el que las personas, en ciertas circunstancias, fotografían o graban a una persona en secreto sin el consentimiento de esa persona (por ejemplo, filmar a una persona desvistiéndose en un vestuario).
Si una persona comete este delito mientras está en una relación doméstica con la “víctima”, la acusación también podría dar lugar a un cargo de violencia doméstica. Sin embargo, la ley de Arizona dice que el voyeurismo nunca es una base para un cargo de violencia doméstica.
4.3 Extorsión – ARS 13-1804
De acuerdo con ARS 13-1804, extorsión, es el delito en el que las personas toman o intentan tomar la propiedad de otra persona amenazando con hacer algún acto futuro (como romper el dedo del “víctima”).
de Arizona trata el extorsión como un delito más grave que el acoso. El delito puede llevar a cargos de delito de clase 2, castigables con más de 12 años de prisión.
Referencias legales:
Referencias legales:
- Estatutos revisados de Arizona 13-1424. El lenguaje del estatuto dice lo siguiente:
A. Es ilegal invadir intencionalmente la privacidad de otra persona sin el conocimiento de la otra persona con el fin de estimulación sexual.B. Es ilegal para una persona divulgar, mostrar, distribuir o publicar una fotografía, videocinta, película o grabación digital que se hace en violación del apartado A de esta sección sin el consentimiento o conocimiento de la persona representada.
C. Para los propósitos de esta sección, la privacidad de una persona se invade si ambas de las siguientes aplican:
1. La persona tiene una expectativa razonable de que no será fotografiada, grabada en vídeo, filmada, grabada digitalmente o de otra manera vista o grabada.
2. La persona es fotografiada, grabada en vídeo, filmada, grabada digitalmente o de otra manera vista, con o sin dispositivo, ya sea:
(a) Mientras la persona está en estado de desnudez o vestimenta parcial.
(b) Mientras la persona está involucrada en actos sexuales o contacto sexual.
(c) Mientras la persona está orinando o defecando.
(d) De una manera que directa o indirectamente captura o permite la visualización de los genitales, nalgas o senos femeninos de la persona, ya sea vestida o desnuda, que de otra manera no estarían visibles al público.
D. Esta sección no se aplica a ninguna de las siguientes:
1. Fotografiar, grabar en vídeo, filmar o grabar digitalmente con fines de seguridad si se notifica el uso del equipo de fotografía, grabación en vídeo, filmación o grabación digital en la ubicación y la ubicación es una en la que la persona tiene una expectativa razonable de privacidad.
2. Fotografiar, grabar en vídeo, filmar o grabar digitalmente por parte de los funcionarios de correccionales por razones de seguridad o en relación con la investigación de presuntas infracciones de personas en las instalaciones de una cárcel o prisión.
3. Fotografiar, grabar en vídeo, filmar o grabar digitalmente por parte de los agentes de la ley en el marco de una investigación, que de otra manera es legal.
4. El uso de un dispositivo de vigilancia infantil según se define en el artículo 13-3001.
E. Una violación del apartado A o B de esta sección es un delito de clase 5, excepto que una violación del apartado B de esta sección es un delito de clase 4 si la persona representada es reconocible.
Vea también Estado v. Gongora, 235 Ariz. 178 (2014).
- A.R.S. 13-1424C.
- ARS 13-1424D.
- ARS 13-1424E.
- ARS 13-3821A.