ARS § 13-1804 es la ley de Arizona que define el delito de robo por extorsión. Cometes este delito si tomas o intentas tomar la propiedad de otra persona amenazando con hacer alguna acción futura (como romper el dedo del “víctima”).
Una violación de esta ley puede llevar a un cargo de delito grave de Clase 2 castigable con hasta 12 años y medio de prisión estatal.
El lenguaje de ARS § 13-1804 enumera varias amenazas que llevarán a un cargo de extorsión. Por ejemplo, un fiscal puede acusar a las personas de extorsión si toman algo de alguien o intentan tomar algo y amenazan con:
- causar lesiones físicas o la muerte a la “víctima”,
- causar daños a la propiedad, o
- acusar a alguien de un delito.
Ejemplos
- tomar el coche de una persona después de amenazar con matar al cónyuge del conductor (que es el pasajero).
- amenazar con exponer una aventura extramatrimonial a menos que él/ella pague 10.000 dólares.
- amenazar con acusar a alguien de asesinato si no ceden una propiedad.
Defensas
Las personas tienen el derecho de plantear una defensa legal para contestar los cargos de extorsión. Algunas defensas comunes incluyen demostrar que:
- el acusado no hizo una amenaza,
- el acusado tenía un derecho legítimo a la propiedad en cuestión, y/o
- la policía violó los derechos constitucionales del acusado.
Penas
Un delito de extorsión es un delito grave de Clase 2 (en lugar de un delito menor) si el acusado cometió el delito amenazando con causar lesiones físicas o la muerte. De lo contrario, el delito es un delito grave de Clase 4.
Según las leyes penales de Arizona, un delito grave de Clase 2 es castigable con prisión estatal de hasta 12 años y medio.
Un delito grave de Clase 4 es castigable con una pena de prisión de hasta tres años y nueve meses.
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal discutirán qué es la ley bajo este estatuto, las defensas disponibles si se acusa, las penas por una condena y los delitos relacionados.
1. ¿Cómo define la ley de Arizona la “extorsión”?
Las personas en el Estado de Arizona cometen robo por extorsión si roban o intentan robar bienes o servicios amenazando con:
- matar a alguien o causarle una lesión física con un arma mortal o un instrumento peligroso,i
- causar una lesión física o daño físico a alguien por cualquier otro medio,
- dañar la propiedad de alguien,
- cometer un delito,
- acusar a alguien de un delito o presentar cargos criminales,
- exponer un secreto o hecho afirmado que sometería a alguien al odio, al desprecio, al ridículo o a la disminución de su crédito o negocio,
- tomar o retener alguna acción como servidor público,
- hacer que alguien se desprenda de cualquier propiedad, y/o
- tomar o retener acciones con respecto al derecho de acceso a una propiedad adyacente.ii
2. ¿Existen defensas para los cargos de extorsión presentados bajo el ARS 13-1804?
Los abogados de extorsión recurren a varias estrategias/exclusiones legales diferentes para desafiar los cargos penales presentados bajo este estatuto. Tres defensas comunes incluyen que los abogados de extorsión demuestren que:
- el acusado no amenazó a nadie.
- el acusado tenía un reclamo legal sobre la propiedad en cuestión.
- la policía violó los derechos constitucionales de un acusado.
2.1 Sin amenaza
Las personas son culpables de extorsión solo si roban algo y hacen algunas amenazas. Esto significa que tal vez la mejor defensa para los cargos de extorsión sea que los acusados
2.2 Reclamo legal
El lenguaje de ARS 13-1804 establece que, en algunos casos de extorsión, las personas pueden alegar la defensa de que amenazaron con recuperar una propiedad de la que tenían derecho legal. De manera similar, es una defensa para los acusados
Como ejemplo, considere a un paisajista que proporcionó servicios legales a un propietario. Si el propietario se niega a pagar, el paisajista puede amenazar con una demanda para recuperar la compensación por el trabajo realizado.
2.3 Violación de los derechos constitucionales
A veces, la policía violará los derechos constitucionales de una persona al arrestar a alguien o investigar un caso. Por ejemplo, la aplicación de la ley a veces puede:
- realizar una búsqueda o detención ilegal,
- coaccionar una confesión, o
- detener o arrestar a un acusado
sin causa probable.
En cualquiera de estos escenarios, un juez puede excluir evidencia de un caso o desestimarlo.
3. ¿Cuáles son las penas?
Arizona trata la extorsión como un delito grave.
Un delito penal de extorsión en el que el acusado amenazó con la muerte o lesión física es una felonia de Clase 2. Una felonia de Clase 2 es castigable con 12 años y medio de prisión estatal.
El delito de extorsión cometido por cualquier otra amenaza es un delito de clase 4. Un primer delito bajo este estatuto, como delito de clase 4, es castigable con tres años y nueve meses de prisión estatal. Un segundo o posterior delito puede llevar a siete a 15 años de prisión.
4. ¿Hay delitos similares?
Hay tres delitos relacionados con el robo por extorsión. Estos son:
- soborno – ARS 13-2602,
- amenazar e intimidar – ARS 13-1202, y/o
- robo con fuerza – ARS 13-1507.
4.1 Soborno – ARS 13-2602
De acuerdo con ARS 13-2602, soborno a un funcionario público es el delito donde:
- una persona, con intención corrupta, ofrece o acuerda proporcionar algún beneficio a un servidor público o funcionario público, y
- lo hace con la intención de influir en el voto del servidor público o funcionario público.
Tenga en cuenta que a diferencia de las violaciones de ARS 13-1804, las personas tienen que actuar con una intención corrupta para violar este estatuto. Una “intención corrupta” significa que el acusado tiene que hacer alguna oferta con la intención de influir ilegalmente a un funcionario.
4.2 Amenazar e intimidar – ARS 13-1202
De acuerdo con ARS 13-1202, amenazar e intimidar es el delito donde las personas amenazan con:
- lesionar físicamente a alguien,
- causar una grave inconveniencia pública (como la evacuación de un edificio), o
- lesionar a otra persona para promover una pandilla callejera, una organización criminal o una empresa de extorsión.
Tenga en cuenta que si un acusado intenta cometer extorsión amenazando una lesión física, pero la “víctima” no entrega ningún bien, el acusado puede ser acusado de:
- extorsión intentada, o
- amenazar e intimidar.
4.3 Robo con fuerza – ARS 13-1507
De acuerdo con ARS 13-1507, robo con fuerza de segundo grado es el delito donde las personas ingresan o permanecen ilegalmente en o sobre una estructura residencial con la intención de cometer cualquier robo o delito grave.
Si una persona ingresa a una estructura residencial con la intención de cometer extorsión, los fiscales pueden acusar a esa persona de:
- robo con fuerza de segundo grado, y
- extorsión.
Referencias Legales
- Vea, por ejemplo, Estado v. Garcia, 227 Ariz. 377 (2011); y, Estado v. Mendoza-Tapia, 229 Ariz. 224 (2012).
- Estatutos Revisados de Arizona 13-1804. El lenguaje de la ley dice lo siguiente:
A. Una persona comete robo por extorsión al obtener o intentar obtener bienes o servicios mediante una amenaza de hacer en el futuro cualquiera de lo siguiente:1. Causar lesiones físicas a cualquier persona mediante un arma mortal o un instrumento peligroso o causar la muerte o lesiones físicas graves a cualquier persona.
2. Causar lesiones físicas a cualquier persona, excepto según lo dispuesto en el párrafo 1 de este apartado.
3. Causar daños a la propiedad.
4. Participar en otra conducta que constituya un delito.
5. Acusar a alguien de un delito o presentar cargos penales contra alguien.
6. Exponer un secreto o un hecho afirmado en un mensaje de redes sociales según lo definido en el artículo 16-901 o de cualquier otra manera, ya sea verdadero o falso, que tienda a someter a alguien a odio, desprecio o burla o a perjudicar la reputación o los negocios de la persona, a menos que la amenaza se base en una reclamación plausible de derecho a los bienes o servicios obtenidos o buscados para obtener.
7. Tomar o abstenerse de tomar acción como servidor público o hacer que un servidor público tome o se abstenga de tomar acción.
8. Hacer que alguien se desprenda de cualquier propiedad.
9. Tomar o abstenerse de tomar acción con respecto a una presunta reclamación de uso o de otro derecho de acceso a una propiedad adyacente si se cumplen ambas de las siguientes condiciones:
(a) El interés de propiedad del reclamante es el resultado de una compra de una hipoteca por impuestos o una ejecución hipotecaria de conformidad con el título 42, capítulo 18.
(b) El valor de mercado justo de la propiedad del reclamante es igual o menor que la cantidad pagada por el reclamante por la compra de la hipoteca por impuestos o la ejecución hipotecaria, incluidos los impuestos pagados después de la compra de la hipoteca y cualquier costo y honorarios de abogado pagados en relación con la ejecución hipotecaria. Para los fines de esta subdivisión, “valor de mercado justo” significa el valor de mercado justo según lo definido en el artículo 33-814, apartado A a partir de la fecha del robo.
B. Es una defensa para una acusación bajo el apartado A, párrafo 5, 6 o 7 de este artículo si una persona razonable creería que los bienes o servicios se obtuvieron o se buscaban obtener mediante la amenaza de una acusación razonable, exposición, demanda u otra invocación de acción oficial.
C. El robo por extorsión es un delito de clase 4, excepto que el robo por extorsión bajo el apartado A, párrafo 1 de este artículo es un delito de clase 2.
- A.R.S. 13-1804B.