El registro de delincuentes sexuales es un requisito impuesto a las personas condenadas por ciertos delitos sexuales. El registro es accesible al público. Las personas enlistadas a menudo experimentan estigmatización. Pueden perder un trabajo o ser impedidas de vivir donde quieren vivir. Los delincuentes sexuales tienen que verificar su registro al menos una vez al año. Ciertas condenas requieren registro de por vida.
No registrarse como delincuente sexual es un delito grave. No verificar el registro también es un delito grave.
1. ¿Qué es el registro de delincuentes sexuales?
En Texas, el registro de delincuentes sexuales es una lista de personas que han sido condenadas por un delito sexual elegible. El Departamento de Seguridad Pública de Texas (DPS) mantiene el registro. La información del registro proviene de otras agencias, incluyendo:
- Departamento de Justicia Penal de Texas,
- Departamento de Justicia Juvenil de Texas, y
- agencias locales de aplicación de la ley.
El registro de DPS no incluye delincuentes sexuales registrados en otros estados.
Los infractores se clasifican en 3 niveles de riesgo diferentes:
- Los infractores de bajo riesgo tienen pocas probabilidades de cometer un delito sexual,
- Los infractores de moderado riesgo pueden seguir cometiendo delitos sexuales, y
- Los infractores de alto riesgo representan una amenaza para cometer un delito sexual.
El registro incluye información sobre un infractor sexual, como su:
- descripción física, incluyendo estatura, peso, raza y género,
- fecha de nacimiento,
- alias,
- dirección física,
- nivel de riesgo,
- detalles sobre la condena que requiere registro, y
- fotos.
El registro no puede incluir la siguiente información:
- Número de Seguro Social,
- número de licencia de conducir,
- número de teléfono, incluyendo números de teléfono celular,
- el nombre, dirección o número de teléfono del empleador del infractor sexual, y
- cualquier información que identifique a la víctima.1
2. ¿Quién tiene que registrarse?
Las personas condenadas por ciertos delitos sexuales tienen que registrarse. La naturaleza de la ofensa determina por cuánto tiempo tienen que registrarse.
Algunas personas están obligadas a registrarse como delincuentes sexuales de por vida. Los siguientes delitos requieren registro de por vida:
- abuso sexual continuo de un niño,
- indecencia con un niño,
- agresión sexual,
- agresión sexual agravada,
- actuación sexual de un niño,
- secuestro agravado, si hubo intención de cometer un delito sexual,
- robo, si hubo intención de cometer un delito sexual una vez dentro,
- trata de personas involucrando prostitución,
- trata de niños involucrando o llevando a un delito sexual,
- trata humana o de niños continua,
- incesto,
- prostitución infantil forzada,
- posesión o promoción de pornografía infantil, y
- posesión o promoción de material obsceno de niños menores de 18 años.2
Algunos delitos requieren registro de por vida si hay otra condena. Estos delitos incluyen:
- exposición indecente involucrando a un niño,
- restricción ilegal o secuestro de un niño menor de 17 años.3
Otros delitos sexuales requieren registro durante 10 años. Estos delitos incluyen:
- exposición indecente involucrando a un niño, si fue el primer delito,
- restricción ilegal o secuestro de un niño, si fue el primer delito,
- un segundo delito de exposición indecente con un adulto,
- bestialidad,
- solicitar a un menor en línea,
- prostitución,
- ciertos casos de estupro estatutario (con un menor bajo la edad de consentimiento de Texas de 17 años), y
- intento o conspiración para cometer un delito sexual que requiere registro.4
3. ¿Cuál es el proceso de registro?
Cada ciudad y condado tiene su propio proceso.
Los delincuentes sexuales tienen que registrarse a sí mismos. La policía no los inscribirá.
Los registrantes a menudo envían la siguiente información a la policía local:
- el nombre del delincuente,
- dirección,
- detalles sobre la condena, y
- fotografías a color.
Los delincuentes tienen que volver a registrarse si se mudan. Tienen que registrarse dentro de una semana de mudarse a un nuevo condado. La única excepción es si el condado tiene una ventana más larga para el registro.5
Los delincuentes sexuales que se mudan o visitan pueden tener que volver a registrarse. Tienen que notificar a la policía si planean quedarse más de una semana.6
4. ¿Cuál es el proceso para verificar un registro?
Los registrantes de delincuentes sexuales tienen que verificar la información en su registro.
El proceso de verificación depende de la ciudad o el condado. En muchos lugares, los registrantes tienen que ir al departamento de policía. Allí, pueden ver su registro. Si la información es correcta, firman un formulario. Si hay alguna información incorrecta, tienen que corregirla.
La mayoría de los delincuentes sexuales tienen que verificar su registro una vez al año. Aquellos que tienen múltiples condenas por un delito sexualmente violento lo hacen cada 90 días.7
5. ¿Qué sucede si un delincuente sexual no se registra o verifica?
No registrarse como delincuente sexual o verificar un registro es un delito grave.8
Las multas por una violación pueden ser tan altas como $10,000.
El tiempo de prisión y la clase de delito dependen del delincuente sexual:
El delincuente tiene que… | Clase de delito | Sentencia de prisión potencial |
Registrarse durante 10 años | Delito grave de prisión estatal | 180 días a 2 años |
Registrarse por vida | Delito grave de tercer grado | 2 a 10 años |
Registrarse por vida y verificar cada 90 días | Delito grave de segundo grado | 2 a 20 años |
El delito se eleva al siguiente grado de delito grave si:
- el delincuente tiene una condena anterior por no registrarse, o
- el delincuente usó fraudulentamente la información de su registro.
Referencias legales:
- Código de Procedimiento Penal de Texas 62.005(b).
- Código de Procedimiento Penal de Texas 62.101(a).
- Código de Procedimiento Penal de Texas 62.101(a).
- Código de Procedimiento Penal de Texas 62.101(c).
- Código de Procedimiento Penal de Texas 62.051.
- Código de Procedimiento Penal de Texas 62.051.
- Código de Procedimiento Penal de Texas 62.058.
- Código de Procedimiento Penal de Texas 62.102.