Según los estatutos de Colorado, publicar una imagen privada con fines lucrativos está prohibido. Esta ofensa consiste en una persona que publica una imagen de otra persona sin su permiso con fines de lucro u otro activo. Publicar una imagen privada con fines lucrativos es un delito de clase 1, lo que significa que conlleva penas de una costosa multa y tiempo en la cárcel. Para los propósitos de este artículo, nuestros abogados de defensa penal de Colorado abordarán:
- 1. ¿Qué es publicar una imagen privada con fines lucrativos?
- 2. ¿Cuáles son las penas por publicar una imagen privada con fines lucrativos?
- 3. ¿Cuáles son las defensas en Colorado para publicar una imagen privada con fines lucrativos?
- 4. Delitos relacionados
Según los estatutos de Colorado, publicar una imagen privada con fines lucrativos está prohibido. Esta ofensa consiste en una persona que publica una imagen de otra persona sin su permiso con fines de lucro u otro activo.
1. ¿Qué es publicar una imagen privada con fines lucrativos?
Publicar una imagen privada con fines lucrativos ocurre cuando una persona mayor de 18 años distribuye o publica imágenes o videos en las redes sociales a cambio de dinero. Esto implica imágenes o videos que contienen partes privadas e íntimas de una persona identificada o identificable que tenga más de 18 años.
Para ser condenado por el delito de publicar una imagen privada con fines lucrativos, un fiscal debe poder probar todos los siguientes elementos:
- El acusado publicó las fotos de la persona representada con la intención de obtener un beneficio monetario como resultado de la publicación, visualización o eliminación de la imagen; y
- El acusado publicó las fotos sin el consentimiento de la persona representada o fue consciente de que la persona representada tenía una expectativa razonable de que las imágenes permanecerían privadas. 1
Por ejemplo, digamos que una mujer decide publicar una serie de imágenes íntimas de su ex marido en Facebook para que todos sus amigos, conocidos y familiares las vean. Ella afirma que solo quitará la foto si él acepta pagar la mitad de la renta de un último mes en su apartamento compartido. Si el ex marido decide alertar a las autoridades, o si otra persona informa las publicaciones, la mujer podría ser arrestada y acusada de publicar una imagen privada con fines lucrativos.
Los estatutos de Colorado definen los términos “partes íntimas privadas” y “medios sociales”. Las partes íntimas privadas se consideran los genitales externos, o el periné o el ano o los pubis de cualquier persona o el seno de una mujer. 2
“Medios sociales” se refiere explícitamente a cualquier medio electrónico, incluyendo un servicio informático interactivo, una red telefónica o una red de datos, que permite a los usuarios crear, compartir y ver contenido generado por el usuario, incluyendo pero no limitado a videos, fotografías fijas, blogs, blogs de video, podcasts, mensajes instantáneos, correo electrónico o perfiles de sitios web de Internet. 3
2. ¿Cuáles son las penas por publicar una imagen privada con fines pecuniarios?
Publicar una imagen privada con fines pecuniarios se clasifica como un delito de clase 1. Al ser condenado por este delito, una persona puede enfrentar penas de hasta 364 días de prisión y una multa obligatoria de hasta $10,000.
Debido a una ley relativamente nueva promulgada en 2014, esta multa es significativamente más costosa que la multa estándar asociada con un delito de clase 1 en el estado. La multa máxima para la mayoría de los otros delitos de clase 1 es de $1,000. Colorado elevó las multas por este delito para reforzar la posición del estado de que no tomará en serio los cargos por este delito.
Además de los cargos criminales, una persona representada puede presentar una demanda civil contra una persona que supuestamente publicó las imágenes para buscar daños compensatorios. 4
3. ¿Cuáles son las defensas en Colorado para publicar una imagen privada con fines pecuniarios?
De acuerdo con la ley estatutaria de Colorado, si una persona publica una imagen, fotografía o video relacionado con un “acontecimiento noticioso”, no puede ser condenado por publicar una imagen privada con fines pecuniarios.
Un acontecimiento noticioso se refiere a un asunto de interés público, de preocupación pública o relacionado con una figura pública que está íntimamente involucrada en la resolución de importantes cuestiones públicas o, por razón de su fama, forma eventos en áreas de preocupación para la sociedad. 5
4. Delitos relacionados
Publicar una imagen con fines pecuniarios está relacionado con el delito de publicar una imagen privada con fines de acoso.
4.1 Publicar una imagen privada con fines de acoso C. R. S. 18-7-107
Este delito, que también se conoce comúnmente como “porno de venganza“, ocurre cuando una persona publica imágenes íntimas de una persona representada en línea con el propósito de acosar o molestarla. Si la persona representada, de hecho, sufre una grave angustia emocional debido a este comportamiento, la persona que publicó las fotos puede ser condenada. Publicar una imagen privada con fines de acoso (porno de venganza) se clasifica como un delito de clase 1, que conlleva penas de hasta 364 días de prisión y una multa de al menos $10,000.
Llámenos para obtener ayuda…
Si ha sido arrestado y acusado de publicar una imagen privada con fines pecuniarios, comuníquese con nosotros en el Grupo de Defensa Legal de Colorado.
Referencias Legales
- C. R. S. 18-7-108(1)(a)
- C. R. S. 18-7-108(6)(b)
- C. R. S. 18-7-108(6)(c)
- C. R. S. 18-7-108(4). Antes del 1 de marzo de 2022, los delitos de clase 1 conllevaban hasta 18 meses de prisión y/o hasta $5,000 en multas. SB21-271.
- C. R. S. 18-7-108(6)(a)