Una “licencia de ausencia” en California es cuando tomas un tiempo libre temporalmente del trabajo, pero con la intención de regresar al trabajo y mantener el empleo.
Cuando termina el período de licencia, puedes volver al trabajo en el mismo puesto o en uno equivalente. Si el empleador niega la licencia o no te permite regresar, se puede presentar una demanda.
En California, si eres elegible, puedes hacer uso de los siguientes tipos de licencias pagadas o no pagadas por los siguientes períodos de tiempo:
| Tipo de Licencia de Ausencia en California | Duración Máxima de la Ausencia | Pagada o No Pagada |
| Licencia por Duelo | 5 días | No pagada |
| Licencia para Víctimas de Delitos | Depende de las circunstancias | Depende |
| Licencia para Víctimas de Violencia Doméstica | Depende de las circunstancias | Depende |
| Licencia para Rehabilitación por Drogas o Alcohol | Acomodaciones razonables | No pagada |
| Licencia por Enfermedad Familiar bajo CFRA | 12 semanas | No pagada |
| Licencia por Enfermedad Familiar bajo FMLA | 12 semanas | No pagada |
| Licencia Kin Care | La mitad de tus horas de licencia por enfermedad | Pagada |
| Licencia por Servicio de Jurado o Citación | El tiempo que sea necesario | No pagada |
| Licencia para Actividades Escolares | 40 horas por año | No pagada |
| Licencia para Educación en Alfabetización | Acomodaciones razonables | No pagada |
| Licencia por Lesión Militar | 26 semanas | No pagada |
| Licencia para Cónyuge Militar | 10 días | No pagada |
| Licencia para Nuevos Padres | 12 semanas | No pagada |
| Licencia para Donantes de Órganos o Médula Ósea | 5 días para médula ósea, 30 días para donación de órgano | No pagada |
| Licencia de Paternidad | 12 semanas | No pagada |
| Licencia por Discapacidad por Embarazo | 4 meses | No pagada |
| Licencia por Pérdida Reproductiva | 5 días | No pagada |
| Licencia por Enfermedad | 5 días o 40 horas al año | Pagada |
| Licencia para Votar | Tiempo suficiente para votar | Pagada (hasta 2 horas) |
En este artículo, nuestros abogados laborales de Los Ángeles abordan los siguientes temas clave sobre las licencias de ausencia en California.
- 1. Tipos de Licencia
- 2. Aviso para Tomar Licencia
- 3. Licencia Pagada
- 4. Beneficios de Reemplazo de Salario
- 5. ¿Recupero mi antiguo trabajo?
- 6. Cuando los Empleadores Niegan la Licencia
- 7. Si te Despiden por Tomar Licencia
- 8. Recursos
- 9. Solicitar Licencia
- Preguntas Frecuentes
- Recursos Adicionales
1. Tipos de Licencia
Hay varios tipos de licencias laborales permitidas en California, como se resume a continuación.
Licencia por Enfermedad
La ley de California te otorga, si trabajas más de 30 días en un año, el derecho a acumular al menos una hora de licencia por enfermedad por cada 30 horas trabajadas.1 Debes poder tomar al menos 40 horas (o cinco días) de licencia por enfermedad al año.2 Esta licencia es pagada, aunque el empleador puede limitar la cantidad de tiempo por enfermedad acumulado a 80 horas por año.3
Ten en cuenta que, dependiendo de tu caso, tu empleador puede estar obligado a otorgarte la licencia una vez que le notifiques sobre tu enfermedad o discapacidad, incluso si no has podido obtener documentación médica o un diagnóstico.4
Muchas ciudades y condados en California proporcionan tiempo adicional por enfermedad o restricciones de acumulación más flexibles.5
Si has agotado tu licencia por enfermedad pagada, puedes tomar licencia por enfermedad no pagada bajo la CFRA (discutida más adelante).6 También puede ser posible ausentarte del trabajo usando días por enfermedad o mediante el Seguro de Incapacidad (DI).
Los empleados en California generalmente tienen derecho a al menos cinco días de licencia por enfermedad al año.
Licencia por Enfermedad Familiar bajo CFRA o FMLA
CFRA – Ley de Derechos Familiares de California
La Ley de Derechos Familiares de California (CFRA) te permite tomar hasta 12 semanas de licencia en un período de 12 meses para cuidar a un familiar elegible que tenga una condición de salud grave. Eres elegible para la licencia CFRA solo si:
- has estado empleado al menos 12 meses antes de comenzar la licencia CFRA, y
- has trabajado al menos 1,250 horas para tu empleador, y
- tu empleador tiene 5 o más empleados o es una subdivisión política o civil del Estado de California.
La licencia generalmente no es pagada, a menos que califiques para beneficios de reemplazo salarial bajo:
Sin embargo, durante la licencia tienes derecho a continuar recibiendo tus beneficios de seguro médico.7 Cuando finaliza el período de licencia, tienes derecho a tu antiguo trabajo o a uno casi idéntico.8
FMLA – Ley Federal de Licencia Médica y Familiar
También puedes tomar licencia por enfermedad familiar no pagada bajo la Ley Federal de Licencia Médica y Familiar (FMLA). Sin embargo, la FMLA solo aplica a empleadores privados con al menos 50 empleados y agencias gubernamentales.
Para tomar licencia FMLA, debes haber trabajado allí al menos un año y haber acumulado al menos 1,250 horas en los 12 meses previos a la licencia. Además, debes estar empleado en un lugar de trabajo donde:
- se empleen 50 o más trabajadores (o hayan sido empleados al menos 20 semanas en el año actual o anterior)
- dentro de un radio de 75 millas de ese lugar de trabajo.9
Si no eres elegible para la licencia CFRA o FMLA, aún puedes tener derechos bajo la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) o la Ley de Empleo Justo y Vivienda de California (FEHA) que requieren que tu empleador haga acomodaciones razonables por una discapacidad.
Licencia Kin Care
En California, puedes usar hasta la mitad de tu tiempo pagado por enfermedad como licencia kin care.10 Esto te permite usar tiempo por enfermedad para cuidar a un familiar que está enfermo.11
A diferencia de la licencia por enfermedad familiar bajo CFRA o FMLA, la licencia kin care no requiere que el familiar sufra una condición médica grave. Cualquier enfermedad es suficiente.12
Licencia para Nuevos Padres
Si eres elegible, la CFRA te otorga hasta 12 semanas de licencia en un período de 12 meses tras el nacimiento de un hijo, una adopción o la colocación de un niño en cuidado de crianza.13 La licencia para nuevos padres bajo CFRA no es pagada, aunque puedes ser elegible para beneficios de reemplazo salarial.
Licencia por Discapacidad por Embarazo
Si eres una madre embarazada “discapacitada” debido a tu embarazo, la ley de California te otorga hasta cuatro meses de licencia no pagada por discapacidad por embarazo (PDL) – que son aproximadamente 122 días calendario. Esta forma de licencia solo aplica si tu empleador:
- emplea a 5 o más personas,
- es una entidad gubernamental estatal o local, o
- es un agente de un empleador cubierto.14
Eres “discapacitada” si tu proveedor de salud considera que no puedes realizar una función esencial del trabajo debido a tu embarazo.15
Licencia de Paternidad
Tanto la CFRA estatal como la FMLA federal proporcionan 12 semanas laborales por año de licencia de paternidad para padres nuevos elegibles. Esta licencia está destinada a permitirte vincularte o conectar con un hijo recién nacido, adoptado o en cuidado de crianza. Generalmente no es pagada, aunque puedes ser elegible para reembolso salarial a través del Programa de Licencia Familiar Pagada (PFL) de California.
La licencia de paternidad bajo CFRA debe tomarse dentro de 1 año de:
- el nacimiento del nuevo hijo, o
- la fecha de una condición de salud grave.16
Licencia por Duelo
En California, si tu empleador tiene cinco o más empleados, la CFRA te garantiza cinco días de licencia no pagada por duelo para un:
- cónyuge o pareja doméstica,
- hijo,
- padre,
- hermano,
- abuelo,
- nieto, y
- suegro.17
Muchos empleadores ofrecen licencia por duelo pagada para empleados.
Licencia para Votar
Si no puedes votar en una elección estatal fuera del horario laboral, tienes derecho a tomarte el tiempo suficiente al inicio o al final de tu turno para votar.
La licencia para votar es pagada por las primeras dos horas de ausencia. Debes avisar a tu empleador al menos dos días hábiles antes de tomar la licencia para votar.18
Licencia para Víctimas de Delitos
Puedes solicitar días pagados por enfermedad (verbalmente o por escrito) para propósitos relacionados con ser víctima o tener un familiar que sea víctima, como se detalla en la Sección 12945.8 del Código de Gobierno.
Los empleadores tampoco pueden discriminar o tomar represalias contra ti por:
- servir en un jurado (con aviso previo),
- comparecer en la corte como testigo bajo citación, o
- buscar órdenes de restricción u otras protecciones legales para tu seguridad o bienestar.19
Hay protecciones adicionales para empleados de empleadores con 25 o más empleados: puedes tomarte tiempo libre para atender asuntos relacionados con violencia para ti o familiares, incluyendo atención médica, asesoría, procedimientos legales, reubicación o planificación de seguridad.
Debes proporcionar aviso anticipado cuando sea posible. Para ausencias no programadas, puede requerirse certificación (como reporte policial, orden judicial, documentación médica).
Mientras tanto, los empleadores deben proporcionar acomodaciones para la seguridad, como cambios de horario o ajustes en el lugar de trabajo. Las acomodaciones no pueden imponer una carga excesiva en las operaciones del negocio.
Los empleadores deben mantener confidencial la documentación o el estatus como víctima, divulgándola solo cuando sea legalmente requerido o por razones de seguridad.
Puedes usar vacaciones, licencia por enfermedad u otro tiempo pagado para estos propósitos. La licencia generalmente está limitada a 12 semanas y corre concurrentemente con las leyes federales y estatales de licencia familiar. Si no eres la víctima, el empleador puede limitar la licencia a cinco días por razones de reubicación o a 10 días por otras razones.20
Aprende más sobre la licencia para víctimas de delitos.
Licencia para Víctimas de Violencia Doméstica
Si eres una víctima de violencia doméstica en California, tienes derecho a la misma licencia que cualquier víctima de delito (discutida en la sección anterior). Entre otras cosas, esto incluye licencia para:
- buscar atención médica por lesiones causadas por delito o abuso,
- obtener servicios de un refugio para violencia doméstica, programa, organización de servicios para víctimas o centro de crisis por violación,
- recibir asesoría psicológica,
- participar en planificación de seguridad para prevenir futuros abusos, incluyendo reubicación, o
- ayudar a un familiar que sea víctima de un delito.
Puedes usar tiempo pagado (PTO) en estos días. De lo contrario, los empleadores con 25 o más empleados deben proporcionar licencia no pagada.21
Licencia por Servicio de Jurado o Citación
Tanto la ley federal como la de California garantizan licencia no pagada si has sido llamado a servir en un jurado o testificar en la corte como testigo. Dura el tiempo que sea necesario, dado el juicio u otro procedimiento judicial. Debes avisar a tu empleador con un aviso razonable que has sido llamado a servir en un jurado.22
Licencia por Lesión Militar
Si tu empleador tiene al menos 50 empleados, la FMLA proporciona hasta 26 semanas de licencia no pagada en un período de 12 meses para que cuides a un miembro del servicio militar enfermo o lesionado. El miembro del servicio debe ser tu:
- cónyuge,
- hijo,
- padre, o
- pariente más cercano.23
Licencia para Cónyuge Militar
Si tu empleador en California tiene 25 o más empleados, tienes derecho a 10 días de licencia no pagada si eres cónyuge de un miembro del servicio militar desplegado durante un período de conflicto militar. Puedes tomar esta licencia en cualquier momento durante el despliegue de tu cónyuge.24
Licencia Parental para Actividades Escolares
Si tu empleador tiene 25 o más empleados, puedes tomar hasta 40 horas de licencia no pagada por actividades escolares cada año para:
- participar en actividades escolares o de cuidado infantil con tu hijo,
- buscar, inscribir o reinscribir a tu hijo en una escuela o proveedor de cuidado infantil autorizado, o
- atender una emergencia escolar o de cuidado infantil.
También solo está disponible si ya has usado todas tus vacaciones, licencia personal u otro tiempo pagado.25
Licencia para Educación en Alfabetización
Los empleadores con 25 o más empleados deben permitirte tomar licencia no pagada por educación en alfabetización.26
Este tipo de licencia no te otorga tiempo libre del lugar de trabajo. En cambio, tu empleador debe:
- hacer acomodaciones razonables para ti y
- ayudarte a encontrar e inscribirte en un programa de educación en alfabetización o arreglar que un tutor u otro maestro visite tu lugar de trabajo.27
Licencia para Rehabilitación por Drogas o Alcohol
Los empleadores con 25 o más empleados están legalmente obligados a proporcionar licencia para rehabilitación por drogas o alcohol. Es licencia no pagada, aunque puedes usar tiempo por enfermedad en su lugar.
Los empleadores también deben hacer esfuerzos razonables para mantener privada tu inscripción en un programa de tratamiento.28
Licencia para Donantes de Órganos o Médula Ósea
Si tu empleador en California tiene 15 o más empleados, tienes derecho a:
- 30 días de licencia no pagada para donar un órgano, o
- 5 días de licencia no pagada para donar médula ósea.
Los empleadores pueden requerir que los donantes de médula ósea usen una forma de tiempo pagado, y pueden requerir que los donantes de órganos usen dos semanas de tiempo pagado primero.29
Licencia por Pérdida Reproductiva
Los trabajadores en una empresa de California con no menos de cinco empleados pueden tomar cinco días de licencia no pagada dentro de los tres meses siguientes a un:
- fracaso de adopción,
- fracaso de subrogación,
- pérdida del embarazo,
- nacimiento sin vida, o
- un procedimiento de reproducción asistida fallido.30
La FMLA proporciona hasta 26 semanas de licencia no pagada en un período de 12 meses para que cuides a un miembro del servicio militar enfermo o lesionado.
2. Aviso para Tomar Licencia
Salvo una emergencia, da a tu empleador un “aviso razonable anticipado” antes de tomar una licencia de ausencia en California. Si planeas ausentarte para votar, debes avisar al menos dos días hábiles antes.
3. Licencia Pagada
Solo los siguientes tipos de licencia deben ser pagados bajo la ley de California:
- licencia por enfermedad,
- licencia kin care, y
- licencia para votar.
Todos los demás tipos de licencia pueden ser no pagados. Sin embargo, algunos empleadores optan por pagar ciertos tipos de licencia. Estas políticas de la empresa estarán en el contrato de trabajo, convenio colectivo o manual del empleado.
Además, puedes ser elegible para seguro temporal por discapacidad o un programa de licencia familiar pagada (PFL). Si te lesionaste o enfermó en el lugar de trabajo, también puedes recibir compensación para trabajadores.
4. Beneficios de Reemplazo de Salario
En California, si tomas una licencia de ausencia del trabajo, puedes ser elegible para beneficios de reemplazo de salario a través del programa de Licencia Familiar Pagada (PFL). PFL proporciona hasta 8 semanas de beneficios de reemplazo salarial en un período de 12 meses. Estos beneficios son entre el 60 y 70 por ciento de tu salario semanal, antes de la lesión.31
5. ¿Recupero mi antiguo trabajo?
Casi todas las formas de licencia laboral incluyen protección del empleo. Si estás en una licencia protegida por ley, tienes derecho legal a tu antiguo trabajo cuando regreses de la licencia, o a un trabajo sustancialmente similar. Un trabajo diferente generalmente es similar si tiene un equivalente:
- salario,
- beneficios, y
- condiciones laborales.32
Si no te ofrecen tu antiguo trabajo o uno similar, puedes presentar una demanda y exigir reincorporación.
No te pueden despedir por servicio de jurado.
6. Cuando los Empleadores Niegan la Licencia
Los empleadores pueden negar la licencia por enfermedad proporcionada por el empleador por razones establecidas en el contrato de trabajo. Sin embargo, generalmente no pueden negar tu solicitud si tu licencia está garantizada por la ley estatal o federal.
Algunas situaciones en las que un empleador puede negar la licencia son si:
- tu empleador no está cubierto por la ley,
- no eres legalmente elegible para la licencia,
- solicitas licencia médica familiar, pero la condición de tu familiar no es lo suficientemente grave,
- proporcionaste aviso insuficiente, o
- no has proporcionado la información necesaria para respaldar tu solicitud (como prueba de que tu cónyuge es un miembro activo del servicio y está siendo desplegado).
7. Si te Despiden por Tomar Licencia
Puedes presentar una demanda por despido injustificado contra tu empleador si te despiden por tomar una licencia a la que tienes derecho. Puedes ser elegible para daños tales como:
- salarios caídos
- dolor y sufrimiento (angustia emocional)
- daños punitivos
- honorarios de abogados
- reincorporación al trabajo
8. Recursos
Si tu empleador te está negando la licencia a la que tienes derecho bajo la ley de California o federal, primero intenta hablar con Recursos Humanos o la gerencia superior. Si eso falla, contacta a un abogado laboral para discutir tus opciones. Puedes tener motivos para:
- presentar una queja ante el Comisionado de Trabajo de California,
- presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles de California, y/o
- presentar una demanda tradicional.
9. Solicitar Licencia
Mantén la carta corta y educada e incluye la siguiente información:
- la primera fecha de tu licencia,
- la fecha de tu regreso al trabajo, y
- documentación de respaldo suficiente para que tu empleador pueda verificar tu solicitud
En la práctica, a los empleadores les gusta saber lo antes posible que planeas tomar licencia. Revisa tu manual del empleado; puede haber una política de la empresa que te dé un plazo para solicitar la licencia.
La CFRA otorga a los trabajadores elegibles en California una licencia de ausencia tras el nacimiento de un hijo o la colocación de un niño en cuidado de crianza.
Preguntas Frecuentes
¿Cuánto aviso debo dar a mi empleador antes de tomar licencia?
En la mayoría de los casos, debes dar a tu empleador un “aviso razonable anticipado” antes de tomar licencia en California. Para la licencia para votar específicamente, debes avisar al menos dos días hábiles antes. La cantidad exacta de aviso puede depender del tipo de licencia y las políticas de tu empresa, así que revisa tu manual del empleado para requisitos específicos.
¿Me pagarán durante mi licencia de ausencia?
Depende del tipo de licencia. Solo la licencia por enfermedad, licencia kin care y licencia para votar (hasta 2 horas) están obligadas a ser pagadas bajo la ley de California. Todos los demás tipos de licencia pueden ser no pagados, aunque puedes ser elegible para beneficios de reemplazo salarial a través de programas como la Licencia Familiar Pagada (PFL), que proporciona entre el 60 y 70% de tus salarios semanales por hasta 8 semanas.
¿Qué pasa si mi empleador me despide por tomar una licencia protegida por ley?
Si tu empleador te despide por tomar una licencia a la que tienes derecho legalmente, puedes presentar una demanda por despido injustificado. Puedes ser elegible para daños que incluyen salarios caídos, compensación por angustia emocional, daños punitivos, honorarios de abogados y reincorporación al trabajo.
¿Tengo garantizado recuperar mi mismo trabajo después de que termine mi licencia?
Sí, casi todas las formas de licencia laboral incluyen protección del empleo. Tienes derecho legal a regresar a tu antiguo trabajo o a un puesto sustancialmente similar con salario, beneficios y condiciones laborales equivalentes. Si tu empleador no te ofrece tu antiguo trabajo o uno similar, puedes presentar una demanda exigiendo reincorporación.
Recursos Adicionales
Para más información, consulta lo siguiente:
- ¿Qué es una licencia de ausencia? Todo lo que necesitas saber – Guía de Forbes.
- Cómo pedir una licencia de ausencia del trabajo (con ejemplos) – Discusión de U.S. News and World Report.
- Por qué tomarse tiempo libre es tan bueno para tu salud – Resumen de EverydayHealth.com.
- Pregunta a un experto: ¿Cómo pido tiempo libre en un nuevo trabajo? – Consejos de Harvard Business Review.
- Proteger tu trabajo mientras enfrentas una enfermedad crónica – Artículo de The New York Times.
Referencias Legales:
- Código Laboral de California 246(b)(1) LAB. Ley de Lugar de Trabajo Saludable y Familia Saludable de 2014 (AB 1522). Además de las leyes estatales y federales de empleo que proveen licencias de ausencia, también existen leyes locales de licencia que pueden aplicarte.
- Igual.
- Código Laboral de California 246(d) LAB.
- Ver Proyecto de Ley del Senado de California 95. Ver también Ross v. County of Riverside (Tribunal de Apelaciones de California, Cuarto Distrito de Apelaciones, División Uno, 2019) 36 Cal. App. 5th 580 (el empleador conocía la condición médica del empleado y debió acomodarlo aunque no había proporcionado documentación de apoyo aún).
- Ver, por ejemplo, Ley de Licencia por Enfermedad de Oakland (permite a los trabajadores acumular 40 horas de licencia por enfermedad si su empleador tiene 10 empleados o menos, o 72 horas si tiene 11 o más). La Ordenanza de Licencia por Enfermedad Pagada en la ciudad de Los Ángeles requiere que los empleadores proporcionen licencia por enfermedad pagada si trabajas al menos dos horas en una semana para el mismo empleador durante 30 o más días en un año. Código Municipal de Los Ángeles 187.04.
- Código de Gobierno de California 12945.2(b)(4)(C) GOV. Ver también: Avila v. Continental Airlines, Inc. ( Faust v. California Portland Cement Co. ( Iloff v. LaPaille (Cal. 2025) 573 P.3d 1100.
- Código de Gobierno de California 12945.2(e) GOV.
- Igual. Ver también Meza v. Naleo Educ. Fund (Tribunal Superior de California, Condado de Los Ángeles, 2023) 22STCV34671. Código de Gobierno de California 12945.2(b)(4)(B) GOV. Proyecto de Ley de la Asamblea 1041. Código de Gobierno de California 12945.2(b)(12) GOV. Código de Gobierno de California 12945.2(a) GOV. Si eres un empleado elegible de un empleador cubierto, puedes tomar licencia CFRA para cuidar ciertos familiares, incluyendo un hijo, hijo en cuidado de crianza, cónyuge, pareja doméstica registrada, padre, abuelo, nieto, hermano o persona designada (cualquier individuo relacionado por sangre o cuya asociación con el empleado es equivalente a una relación familiar). Estos familiares deben sufrir una condición de salud grave. Tal condición calificante es una condición física o mental que requiere: atención hospitalaria, hospicio o centro de atención residencial, o tratamiento o supervisión continua por un proveedor de salud. Ver también Proyecto de Ley del Senado 1383.
- 29 USC 2601 et seq.
- Código Laboral de California 246.5(a)(1) LAB.
- Código Laboral de California 245.5(c) LAB.
- Código Laboral de California 233(a) LAB.
- Código de Gobierno de California 12945.2(b)(4) GOV. Este tipo de licencia solía estar cubierta por la Ley de Licencia para Nuevos Padres de California (NPLA). Sin embargo, esta ley fue derogada por el Proyecto de Ley del Senado 1383 en 2020 y la cobertura que proporcionaba fue trasladada a la CFRA.
- Código de Gobierno de California 12926(d) GOV. Ver, por ejemplo: Malloy v. Superior Court (Sanchez v. Swissport, Inc. (
- Cal. Code of Regs. (CCR) Título 2 § 11035(f). Algunas condiciones que pueden llegar al nivel de discapacidad para licencia por embarazo incluyen: severas náuseas matutinas, diabetes gestacional, hipertensión, preeclampsia y pérdida del embarazo.
- 2 CCR § 11090.
- Proyecto de Ley de la Asamblea 1949. Este tiempo se usa típicamente para planificar y asistir a un funeral y hacer otros arreglos. No existen leyes federales que garanticen la oportunidad de tomar licencia por duelo.
- Código Electoral de California 14000 ELEC.
- Código de Gobierno de California 12945.8 GC. AB 2499 (2024). Código Laboral de California 246.5 LC.
- Igual.
- Igual.
- Igual y 28 USC 1875. Los empleadores pueden exigir prueba del servicio de jurado o testimonio. Puedes solicitar esta documentación al tribunal.
- 29 CFR 825.127.
- Código Militar y de Veteranos de California 395.10 MVC. Para ser elegible, debes trabajar 20 o más horas por semana, no como contratista independiente, notificar a tu empleador tu intención de tomar licencia para cónyuge militar dentro de dos días de recibir aviso del despliegue de tu cónyuge, y proporcionar prueba de ese despliegue.
- Código Laboral de California 230.8 LAB. Debes avisar tu intención de tomar licencia para actividades escolares. Para ser elegible, debes trabajar para un empleador con 25 o más empleados, y ser padre o proveedor de cuidado infantil autorizado. Los padres elegibles incluyen padres, tutores legales, padrastros, padres adoptivos, abuelos o alguien que actúe in loco parentis para el niño.
- Código Laboral de California 1041 LAB.
- Código Laboral de California 1041 y 1042 LAB. Además, tu empleador debe abstenerse de tomar represalias contra ti por tu analfabetismo y hacer esfuerzos razonables para mantenerlo privado.
- Código Laboral de California 1025 y 1028 LAB. Los empleadores no pueden tomar represalias contra ti por buscar rehabilitación, a menos que no puedas realizar tus funciones laborales sin poner en peligro a alguien. Este tipo de licencia requiere que estos empleadores proporcionen acomodaciones razonables si voluntariamente quieres ingresar a un programa de tratamiento.
- Código Laboral de California 1510(a) LAB, también conocida como Ley de Protección Memorial Michelle Maykin para Donaciones. Código Laboral de California 1510(c) LAB. Código Laboral de California 1510(g) LAB. Depende de ti verificar que eres donante y que existe una necesidad médica para la donación.
- Según el Código de Gobierno 12945.6 (SB 848). Si un empleado tiene más de un evento de pérdida reproductiva dentro de un período de un año, el empleador no está obligado a otorgar más de 20 días totales de licencia por pérdida reproductiva.
- Estado de California: Departamento de Desarrollo de Empleo, “Resumen del Programa de Licencia Familiar Pagada de California – 2025.” Para ser elegible para beneficios de desempleo a través de PFL, debes: 1) estar empleado o buscando activamente trabajo cuando comenzó el período de licencia, 2) no poder realizar tu trabajo regular, 3) haber tenido al menos $300 retenidos de salarios en deducciones de Seguro de Incapacidad Estatal (SDI) en un período de 12 meses antes de la licencia, y 4) perder salarios para: cuidar a un familiar gravemente enfermo o persona designada; vincularte con un nuevo hijo; o ayudar a un cónyuge, padre, hijo o pareja doméstica registrada en tu despliegue militar a un país extranjero haciendo arreglos financieros, cuidando a tus descendientes o padres, asistiendo a un evento patrocinado por el ejército, o ayudando al miembro militar durante una licencia militar de descanso y recuperación.
- Departamento de Trabajo, “Asesor de la Ley de Licencia Médica y Familiar.” Históricamente, los trabajadores corrían el riesgo de ser despedidos si tomaban tiempo libre. California se ha convertido en uno de los estados más amigables para los trabajadores en cuanto a licencias protegidas por empleo.