En California, las compañías de seguros tienen la obligación de defender y indemnizar a sus asegurados. Esto significa que cuando un tercero presenta una reclamación por un riesgo cubierto, el asegurador debe investigar la reclamación de manera oportuna y justa de buena fe. El asegurador también debe proporcionar al asegurado una defensa legal si la reclamación es potencialmente cubierta.
El incumplimiento de la obligación de defender y indemnizar al asegurado puede constituir una “mala fe” por parte del asegurador. Los daños por el incumplimiento de la “obligación de defender” por mala fe en California pueden incluir:
- Costos de contratar a un abogado para defender la reclamación (honorarios de abogado);
- Daños por el daño emocional resultante de la mala fe del asegurador; y
- Posiblemente incluso daños punitivos.
Para ayudarlo a comprender mejor las leyes de “mala fe de seguros” de California, nuestros abogados de lesiones personales de California discuten a continuación:
- 1. ¿Cuál es la obligación de buena fe de un asegurador?
- 2. ¿Qué actos constituyen una “mala fe” por parte de un asegurador en California?
- 3. ¿Cuándo tiene un asegurador la obligación de defender a un asegurado?
- 4. ¿Qué es un “riesgo cubierto” bajo la ley de seguros de California?
- 5. ¿Qué daños puedo recuperar por la mala fe de un asegurador en California?

1. ¿Cuál es la obligación de buena fe de un asegurador?
Las pólizas de seguro son contratos entre el asegurador y el asegurado. Según la ley de California, todos los contratos contienen una cláusula implícita de buena fe y equidad.
Esto significa que cada parte tiene la obligación de buena fe de actuar para cumplir sus obligaciones bajo el contrato. Las partes no deben hacer nada para interferir de manera injusta con el derecho de la otra parte a recibir los beneficios (s) del contrato. 1
La mayoría de los contratos de seguros en California requieren a un asegurador que:
- Pague reclamaciones cuando el asegurado experimente un riesgo potencialmente “cubierto”,2
- Investigue una reclamación para determinar quién es responsable de la lesión,
- Proporcione al asegurado una defensa legal contra reclamaciones de terceros, y
- Haga buenos esfuerzos para resolver reclamaciones.
Ejemplo: Durante una fiesta en la casa de Bill, un invitado tropieza y golpea su cabeza en el fregadero. Ella hace una reclamación de responsabilidad por el lugar contra Bill por sus gastos médicos y pérdida de salarios. La póliza de seguro de propietario de Bill cubre accidentes de “resbalón y caída” si son causados por la negligencia del propietario. En esta etapa nadie está seguro de por qué el invitado resbaló. Pero debido a que la reclamación es potencialmente cubierta, el asegurador debe investigarla de inmediato y usar buena fe para defender los derechos de Bill.
2. ¿Qué actos constituyen una “mala fe” por parte de un asegurador en California?
Muchos actos pueden constituir reclamaciones de mala fe por parte de los aseguradores de California. Sin limitación, estos casos de mala fe de seguros de California pueden involucrar:
- Retrasar o negarse a pagar una reclamación de manera irrazonable.3
- Fallo en llevar a cabo una investigación completa, rápida y justa en el proceso de reclamaciones.4
- Falta de estándares razonables para investigar reclamaciones.
- Falta de comunicación con el asegurado con respecto a una reclamación.
- Tergiversación de hechos sobre los beneficios de la póliza, las disposiciones de la póliza, los límites de la póliza o la cobertura del contrato de seguro.5
- Rechazo o retraso irrazonable para liquidar una reclamación válida o obtener una oferta de liquidación.
- Fallo en explicar adecuadamente una denegación de reclamación.
- Incumplimiento de contrato.
- Comprometer la capacidad del asegurado para defenderse de una demanda judicial de cualquier manera.6
3. ¿Cuándo tiene un asegurador la obligación de defender a un asegurado?
Los aseguradores en California están obligados a defender e indemnizar a sus asegurados si un riesgo es incluso “potencialmente” cubierto. Esto significa que incluso si la causa de un accidente es desconocida, el asegurador debe tratarlo como un riesgo cubierto, al menos inicialmente.
Ejemplo: Joel compra una nueva casa, pero deja que los propietarios actuales se queden en ella hasta 60 días. Algún tiempo antes de que se cumplan los 60 días, la familia se muda, dejando la casa vacía. Durante ese tiempo, la casa se daña en un incendio.
La aseguradora de propietario de Joel niega la reclamación de Joel por daños a la propiedad con el argumento de que la póliza no cubre las casas que han estado vacías durante más de 30 días. Pero a falta de prueba de cuándo se mudaron los anteriores propietarios, la compañía debe investigar y considerar la reclamación de Joel de buena fe.
El asegurado también debe actuar de buena fe y cumplir con los requisitos de notificación establecidos en la póliza. 7 El falsear los hechos de un accidente podría invalidar la póliza y posiblemente resultar en acusación por fraude.

4. ¿Cuál es un “riesgo cubierto” bajo la ley de seguros de California?
Al determinar si un riesgo está cubierto, los tribunales de California se refieren al lenguaje contenido en la póliza de seguros. El tribunal decide entonces cuál es la “expectativa razonable” del asegurado basada en tal lenguaje.
Si la intención no es clara, el tribunal resuelve cualquier ambigüedad a favor del titular de la póliza. El resultado es que si un reclamo podría o no estar cubierto, dependiendo de hechos que aún son desconocidos, la compañía de seguros aún debe investigar y, si es necesario, defenderse contra reclamos de terceros.
5. ¿Qué daños puedo recuperar por la mala fe de un asegurador en California?
Los daños por el incumplimiento de mala fe de un asegurador para defender e indemnizar pueden incluir:
- Cantidades que el asegurado tuvo que pagar al lesionado,
- Costos de defender una demanda contra la otra parte,
- Honorarios legales incurridos para obtener beneficios bajo la póliza de seguros, y/o
- Daños por ansiedad, sufrimiento mental y angustia emocional. 8
No hay un estándar fijo para decidir la cantidad de daños por angustia emocional en una demanda por mala fe. El jurado puede otorgar cualquier cantidad razonable que considere apropiada.
En casos realmente graves, el asegurado también puede recuperar daños punitivos por la infracción de mala fe del deber de defender.
Y finalmente, también vale la pena señalar que si el asegurador no defiende un reclamo de terceros, no puede desafiar posteriormente una sentencia sobre ese reclamo porque no fue parte de los procedimientos.
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Nuestros abogados de seguros también tienen oficinas de derecho de daños y perjuicios en Las Vegas y Reno para satisfacer sus necesidades si fue lesionado por un deber de mala fe de un asegurador para defender en Nevada. Para casos de Colorado, consulte nuestro artículo sobre mala fe de seguros y el deber de defender en Colorado.
Descargo de responsabilidad: Los resultados pasados no garantizan los resultados futuros.
Referencias legales:
- Instrucciones Civiles de California (CACI) 325. Incumplimiento del Pacto de Buena Fe y Equidad—Elementos Factuales Esenciales.
- Vea por ejemplo, CACI 2300. Incumplimiento del Deber Contractual de Pagar un Riesgo Cubierto.
- CACI 2331. Incumplimiento de la Obligación Implícita de Buena Fe y Equidad—Falla o Retraso en el Pago (Primera Parte)—Elementos Factuales Esenciales; vea también Major v. Western Home Ins. Co. (2009) 169 Cal.App.4th 1197, 1209, 87 Cal.Rptr.3d 556.
- Vea, por ejemplo, CACI 2332. Mala Fe (Primera Parte)—Falla en Investigar Adecuadamente una Reclamación.
- CACI 2333. Mala Fe (Primera Parte)—Incumplimiento del Deber de Informar al Asegurado de sus Derechos—Elementos Factuales Esenciales.
- CACI 2336. Mala Fe (Tercera Parte)—Falla Inrazonable para Defender—Elementos Factuales Esenciales. Y vea en general CACI 2337. Factores a Considerar al Evaluar el Comportamiento del Asegurador.
- CACI 2320. Defensa Afirmativa—Falla para Proporcionar Notificación Oportuna.
- CACI 2350. Daños por Mala Fe.