En California, la entrega negligente permite que una víctima de accidente responsabilice al propietario o poseedor legal de un vehículo por permitir que una persona insegura conduzca. La responsabilidad puede surgir cuando el demandado sabía —o razonablemente debería haber sabido— que el conductor era incompetente o no apto, pero aún así permitió que la persona usara el automóvil, camión o motocicleta.
Elementos
Para establecer la entrega negligente, generalmente debe probar:
- Que el conductor operó el vehículo de manera negligente;
- Que el demandado era propietario o poseedor legal del vehículo;
- Que el demandado sabía o debería haber sabido que el conductor era incompetente o no apto;
- Que el demandado permitió que la persona condujera; y
- Que la falta de aptitud del conductor fue un factor sustancial para causar sus lesiones.
Señales de falta de aptitud
Un conductor puede no estar apto porque estaba:
- intoxicado por alcohol o drogas;
- sin licencia o conduciendo con licencia suspendida o revocada;
- demasiado inexperto para conducir de manera segura;
- afectado por una condición médica;
- conocido por conducir de manera imprudente; y/o
- de otro modo incapaz de operar el vehículo de manera segura.
Daños potenciales
Las víctimas de accidentes pueden buscar compensación por:
- gastos médicos;
- ingresos perdidos y pérdida de capacidad de ganancia;
- daños a la propiedad;
- dolor y sufrimiento; y/o
- daños por muerte injusta si la víctima falleció.
La entrega negligente es una demanda basada en la propia negligencia del propietario del vehículo, no solo en la propiedad del vehículo. Si se prueba, puede buscar compensación tanto del conductor como de la persona que entregó el vehículo.
Tenga en cuenta que entregar un vehículo motorizado a un menor que no es seguro o no tiene derecho legal a conducir también puede ser considerado un delito bajo el Código Penal de California 193.8(a).
En nuestra experiencia, la pregunta crítica suele ser qué sabía el propietario antes de entregar las llaves. Por lo tanto, buscamos mensajes de texto, accidentes previos, historial de DUI o conducción imprudente, registros de licencias, declaraciones de testigos y otras pruebas que muestren que el peligro debería haber sido evidente.
Para ayudarle a comprender mejor la ley de entrega negligente, nuestros abogados de lesiones personales en California discuten:
Un propietario de automóvil que permitió que conductores sin licencia usaran el vehículo enfrenta responsabilidad por la negligencia del conductor.
1. Elementos de una demanda
Las Instrucciones del Jurado Civil de California (CACI) 724 establecen los elementos de la entrega negligente. Si resultó lesionado en un accidente automovilístico, puede ganar una demanda por entrega negligente demostrando los siguientes cinco elementos por preponderancia de la evidencia:
- Que el conductor (cesionario) fue negligente al operar el vehículo;
- Que el demandado (cedente) era propietario del vehículo o lo poseía con el permiso del propietario;
- Que el demandado tenía conocimiento real, o debería haber sabido, que el conductor era incompetente o no apto para conducir el vehículo;
- Que el demandado permitió que el conductor condujera el vehículo; y
- Que la incompetencia, inexperiencia o falta de aptitud del conductor para conducir fue un factor sustancial para causarle daño.1
2. Ejemplos
Si un conductor causa un accidente, el propietario del vehículo podría ser responsable ante usted por entrega negligente si el propietario sabía —o debería haber sabido— que el conductor:
- estaba ebrio o drogado;
- era menor de edad;
- no tenía una licencia de conducir vigente y válida;
- tenía la licencia suspendida o revocada;
- tenía una condición médica (como problemas de visión) que lo hacía peligroso para conducir; o
- tenía una condena reciente por conducir ebrio o de manera imprudente
Por lo tanto, no importa si el propietario no estaba cerca de la escena del accidente. Mientras haya autorizado al conductor a tomar el volante —y ese conductor no estaba apto para hacerlo— el propietario es responsable ante usted bajo la entrega negligente.2
3. Defensas
Cuatro defensas potenciales a la responsabilidad civil por una demanda de entrega negligente incluyen (pero no se limitan a):
- Que el propietario del automóvil no sabía —y no tenía aviso— de que el conductor no estaba apto para conducir.
- Que el conductor no causó el accidente automovilístico.
- Que sus lesiones no fueron causadas por el conductor.
- Que la entrega del vehículo al conductor por parte del demandado fue consistente con lo que una persona razonable haría en circunstancias similares.3
Lectura adicional
Para información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Entrega negligente de automóviles – Houston Law Review.
- Responsabilidad por entrega negligente de un vehículo motorizado – South Texas Law Journal.
- Responsabilidad civil: ¿Se aplica la doctrina de entrega negligente a los vendedores? – University of Florida Law Review.
Referencias legales:
- Instrucciones del Jurado Civil de California (CACI) 724. Allen v. Toledo (1980) 109 Cal.App.3d 415; Hartford Accident & Indemnity Co. v. Abdullah (1979) 94 Cal.App.3d 81. Instrucciones del Jurado Civil de California (“CACI”) 400. Véase también Sección 1714(a) del Código Civil de California (“Todos son responsables, no solo por el resultado de sus actos voluntarios, sino también por una lesión ocasionada a otro por su falta de cuidado ordinario o habilidad en la administración de su propiedad o persona, excepto en la medida en que este último haya, voluntaria o por falta de cuidado ordinario, causado la lesión a sí mismo…”). Véase también: Diaz v. Carcamo (2011) 51 Cal.4th 1148; Grafton v. Mollica (1965) 231 Cal.App.2d 860; Dodge Center v. Superior Court (1988) 199 Cal.App.3d 332; Ghezavat v. Harris (2019) 40 Cal.App.5th 555; Blake v. Moore(1984) 162 Cal.App.3d 700; Perez v. G & W Chevrolet, Inc. (1969) 274 Cal.App.2d 766; Syah v. Johnson (1966) 247 Cal.App.2d 534; Mettelka v. Superior Court (1985) 173 Cal.App.3d 1245.
- Código de Vehículos de California 14606. Código de Vehículos de California 14607. Código de Vehículos de California 14608. Véase también Flores v. Enterprise Rent-A-Car Co. (2010) 188 Cal.App.4th 1055; Osborn v. Hertz Corp. (1988) 205 Cal.App.3d 703.
- Véase, por ejemplo: Richards v. Stanley (Corte Suprema de California, 1954) 43 Cal.2d 60; Nault v. Smith (1961) 194 Cal. App.2d 257.